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BIENES DE LA HACIENDA P BLICA RECURSOS DEL TESORO INGRESOS CORRIENTES: Recursos que llegan al Municipio en forma regular. INGRESOS CORRIENTES TRIBUTRARIOS ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: BIENES DE LA HACIENDA P


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BIENES DE LA HACIENDA PÚBLICA
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RECURSOS DEL TESORO
  • INGRESOS CORRIENTES Recursos que llegan al
    Municipio en forma regular.
  • INGRESOS CORRIENTES TRIBUTRARIOS Constituidos
    por los Impuestos que a su vez pueden ser
    directos o indirectos.
  • El impuesto lo consideramos como el recurso que
    el contribuyente paga al Estado sin esperar
    ninguna contraprestación directa o indirecta.
    Debido a la facultad potestativa del Estado, es
    decir a la soberanía que se le ha encomendado
    mediante la elección popular de sus dignatarios.

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LA COMPENSACIÓN
  • Respecto a la compensación establecida en el
    código civil articulo 1715 da la posibilidad de
    saldar deudas de los entes públicos con tributos
    adeudados, para lo cual se requiere de las
    siguientes calidades
  • Que sean ambas deudas de dinero o de cosas
    fungibles o indeterminadas de igual género y
    calidad.
  • Que ambas deudas sean líquidas.
  • Que ambas deudas sean actualmente exigibles.

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CARACTERÍSTICAS PARA LA COMPENSACIÓN
  • Haber sido adquirida legalmente, para lo cual
    debe contar con disponibilidad presupuestal y el
    correspondiente registro presupuestal.
  • Debe existir acto administrativo de
    reconocimiento de la obligación por parte del
    ordenador del gasto.
  • Deberá formar parte de los pasivos de la entidad.
  • Debe estar incorporada en el presupuesto de la
    actual vigencia dentro del rubro déficit fiscal.

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INGRESOS CORRIENTES TRIBUTARIOS
  • IMPUESTOS DIRECTOS
  • Constituidos en los Municipios por el impuesto
    predial unificado y su sobretasa para la
    Corporación Autónoma Regional. Además por el
    impuesto a los vehículos automotores. Este último
    que la Nación cedió a los departamentos y
    Municipios conforme a la ley 488 de 1998 y
    decreto 2654 de 1998.

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INGRESOS CORRIENTES TRIBUTARIOS
  • IMPUESTOS INDIRECTOS
  • A nivel Municipal los ingresos tributarios están
    constituidos fundamentalmente por el impuesto de
    industria y comercio, el impuesto de avisos y
    tableros, el impuesto a espectáculos públicos, el
    impuesto de degüello de ganado menor, el impuesto
    de juegos de azar, ocupación del espacio público
    entre otros.

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INGRESOS CORRIENTES NO TRIBUTARIOS
  • TASAS Contraprestación económica hacia el ente
    territorial por servicios prestados.
  • MULTAS Rentas pecuniarias impuestas por el ente
    territorial.
  • TRANSFERENCIAS Y PARTICIPACIONES
  • SGP Para propósito general, para educación y
    para salud.

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INGRESOS CORRIENTES NO TRIBUTARIOS
  • TRANSFERENCIAS Y PARTICIPACIONES
  • COFINANCIACIONES Recursos que financian
    proyectos municipales.
  • REGALÍAS Remuneración por explotación de recurso
    naturales no renovables.
  • DEGÜELLO DE GANADO MAYOR Porcentaje por tal
    motivo que los departamentos ceden a los
    municipios.

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INGRESOS CORRIENTES NO TRIBUTARIOS
  • FONDOS ESPECIALES Son los ingresos establecidos
    por la ley para la prestación de un servicio
    público específico. Ej Fondo local de salud.
  • CONTRIBUCIONES Son los recursos resultantes de
    la obligación de algunas personas que se
    benefician por una obra o acción del Estado.
  • Participación en la plusvalía Resultante de
    acciones urbanísticas de la administración.

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INGRESOS CORRIENTES NO TRIBUTARIOS
  • CONTRIBUCIONES
  • Contribución de seguridad Contribución sobre los
    contratos de obra pública para la construcción y
    mantenimiento de vías.
  • Contribución de valorización Es una contribución
    sobre las propiedades raíces que se benefician
    con la ejecución de obras de interés público
    local.
  • Contribución para bomberos Recargos a los
    impuestos de Ind. y comercio, circulación y
    tránsito, demarcación urbana, predial, telefonía
    móvil, etc.

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INGRESOS CORRIENTES NO TRIBUTARIOS
  • SOBRETASAS Son recargos que recaen sobre algunos
    de los tributos previamente establecidos y se
    destinan para un fin específico
  • SOBRETASAS PARA CORPORACIONES REGIONALES
  • SOBRETASAS PARA ÁREAS METROPOLITANAS
  • SOBRETASAS A LA GASOLINA Y ACPM

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RECURSOS DE CAPITAL
  • Son recursos recibidos en forma eventual o
    aquellos a los que acude la autoridad estatal
    cuando sus ingresos corrientes son insuficientes
    frente a requerimientos y necesidades de gastos.
  • RECURSOS DEL BALANCE
  • EXCEDENTES FINANCIEROS Es el resultado favorable
    del balance general del tesoro que podrá
    adicionarse al presupuesto en ejecución.
    SUPERÁVIT FISCAL.

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RECURSOS DE CAPITAL
  • RECURSOS DEL BALANCE
  • CANCELACIÓN DE RESERVAS Ocurre cuando siendo
    comprometidas legalmente partidas del presupuesto
    es una vigencia inmediatamente anterior, no son
    ejecutadas.
  • VENTA DE ACTIVOS Son recursos obtenidos por
    venta de activos, tales como terrenos,
    construcciones, maquinaria, etc., o por venta de
    títulos valores.

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RECURSOS DE CAPITAL
  • RECURSOS DEL BALANCE
  • RENTAS CONTRACTUALES Son ingresos públicos
    originados en el usufructo del patrimonio del
    Estado.
  • RECUPERACIÓN DE CARTERA VENCIDA Son aquellos
    ingresos estatales por concepto de contratos,
    sentencias judiciales u obligaciones ingresan en
    vigencias posteriores, como resultado del
    vencimiento en los plazos estipulados .

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RECURSOS DE CAPITAL
  • EXCEDENTES FINANCIEROS DE EMPRESAS INDUSTRIALES Y
    COMERCIALES DE ESTADO Y SOCIEDADES DE ECONOMÍA
    MIXTA Estos recursos ingresan al sector central
    y provienen de las utilidades y excedentes del
    sector descentralizado.
  • RECURSOS DE CRÉDITO INTERNO Y EXTERNO Son
    aquellos recursos de crédito obtenidos por el
    municipio con entidades nacionales o extranjeras,
    cuyo monto debe reembolsar de acuerdo con el
    plazo para su pago, en las condiciones
    establecidas para el efecto.

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RECURSOS DE CAPITAL
  • RENDIMIENTOS FINANCIEROS Son los ingresos
    obtenidos por la colocación de recursos
    financieros en el mercado de capitales o en
    títulos valores (dividendos, intereses y
    corrección monetaria).
  • DONACIONES Recursos a título de dádiva o regalo.
    Ej recursos de cooperación nacional o
    internacional

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RECURSOS DE CAPITAL
  • EXCEDENTES POR DIFERENCIAL CAMBIARIO Es el mayor
    valor en pesos que se genera por la diferencia en
    la tasa de cambio que ha servido en la
    programación presupuestal para cuantificar los
    empréstitos, así como las inversiones en moneda
    extranjera o venta de activos fijos poseídos en
    el exterior, frente al nuevo valor de la tasa de
    cambio vigente en cualquier momento de revisión.

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RECURSOS DE CAPITAL
  • BENEFICIOS DEL BANCO DE LA REPÚBLICA
  • -falta fotografía-

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INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
  • SE FORMALIZA CON LA LEY 179 DE 1994.
  • PRESUPUESTO GRAL. DE LA NACIÓN
  • PRESUPUESTO NACIONAL,
  • PRESUPUESTO DE LOS ESTABLECIMIENTO PÚBLICOS
    Rentas propias (ingresos corrientes de los
    establecimientos públicos, y excluidos aportes y
    transferencias de la nación (partidas del
    presupuesto público)) y recursos de capital
    (todos los recursos del crédito externo e interno
    con vencimiento mayor de un año, los recursos del
    balance, el diferencial cambiario, los
    rendimientos por operaciones financieras y las
    donaciones).

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INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
  • RENTAS PROPIAS - RECURSOS PROPIOS (ingresos
    tributarios e ingresos no tributarios rentas por
    operaciones comerciales e ingresos por venta de
    bienes y servicios)
  • ARTÍCULO 102 DEL DCTO. 111 DEL 96 Los
    establecimientos públicos del orden nacional
    invertirán sus excedentes de liquidez en títulos
    emitidos por la dirección del tesoro nacional del
    Ministerio de Hacienda en las condiciones del
    mercado o en inversiones autorizadas por él.

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CONTRIBUCIONES PARAFISCALES
  • Son contribuciones parafiscales los gravámenes
    establecidos con carácter obligatorio por la ley,
    que afectan a un determinado y único grupo social
    y económico y se utilizan para beneficio del
    propio sector.
  • EL manejo, administración y ejecución de estos
    recursos se dará exclusivamente en forma
    dispuesta en la ley que los crea y se destinarán
    solo al objeto previsto en ella, lo mismo que los
    rendimientos y excedentes financieros que
    resulten al cierre del ejercicio contable.

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FONDOS ESPECIALES
  • Son los ingresos definidos en la ley para la
    prestación de un servicio público específico, así
    como los pertenecientes a fondos sin personería
    jurídica creados por el legislador. Ej fondo de
    bienestar de la contraloría general del la
    república, fondo de publicaciones de la
    contraloría general de la república, fondo para
    la administración de justicia (manejados por le
    INPEC), fondo de defensa nacional, fondo interno
    del ministerio de defensa, fondo interno de la
    policía nacional.

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RECURSOS NO FINANCIEROS
  • BIENES DEL ESTADO
  • En cuanto a su destinación, se dividen en bienes
    fiscales y bienes de uso público.

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RANGO CONSTITUCIONAL DE LOS BIENES DEL ESTADO
  • Art. 63.- Los bienes de uso público, los parques
    naturales, las tierras, el patrimonio
    arqueológico, etc.
  • Art. 72.- El patrimonio cultural de la Nación
    está bajo la protección del Estado.
  • Art. 75.- El espectro electromagnético es un bien
    público inajenable e imprescriptible.
  • Art. 102.- El territorio, con los bienes públicos
    que de él forman parte, pertenecen a la Nación.
  • Art. 332.- El Estado es propietario del subsuelo
    y de los recursos naturales no renovables

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BIENES DE USO PÚBLICO
  • Son aquellos que están en cabeza de la Nación y
    cuyo uso pertenece a todos los habitantes como
    las calles, plazas, puentes y caminos.
  • Dos criterios sirven, de acuerdo con la ley, para
    que un bien sea declarado como de uso público a)
    Que pertenezca a una entidad de derecho público y
    b) Que sean destinados al uso común de los
    habitantes .

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CARACTERÍSTICAS DE LOS BIENES DE USO PÚBLICO
  • Su uso corresponde a todos los habitantes.
  • Son bienes que están en cabeza del Estado.
  • Son imprescriptibles.
  • Son inajenables.
  • Son inembargables.

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CLASIFICACIÓN DE LOS BIENES DE USO PÚBLICO
  • Bienes de uso público marítimo mar territorial,
    el jurisdiccional y altamar.
  • Bienes de uso público terrestre calles, plazas,
    puentes, caminos.
  • Bienes de uso público fluvial y lacustre A éstos
    pertenecen los ríos.
  • Los humedales.
  • Bienes de uso público aéreo Pertenecen a ellos
    el espacio aéreo, el segmento de la órbita
    geoestacionaria, el espectro electromagnético y
    el espacio donde actúa.
  • Los bienes ejidos (bancos de tierras).

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PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO INMUEBLES FISCALES
  • Son aquellos que tiene el Estado con semejante
    tratamiento al de la propiedad privada. Su uso no
    pertenece a todos los habitantes.
  • Su característica principal, frente a los bienes
    de uso público es su embargabilidad. SON
  • LOS BIENES BALDÍOS. Pertenecen al fondo nacional
    agrario (adm. INCORA).
  • LOS VACANTES Y MOSTRENCOS. Son del I.C.B.F.

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BIENES DE BENEFICIO Y USO PÚBLICO E HISTÓRICOS Y
CULTURALES INMUEBLES NO NEGOCIABLES
  • Tienen un valor histórico, estético, plástico,
    artístico, arquitectónico, urbano, arqueológico,
    ambiental, lingüístico, sonoro musical, etc.
  • Son inalienables, inembargables e
    imprescriptibles.

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RECURSOS NATURALES
  • Son elementos producidos por la naturaleza y que
    sirven al hombre en los procesos de producción.
  • Los recursos naturales renovables Los presenta
    la naturaleza al hombre en cantidad ilimitada la
    tierra, el suelo, el subsuelo, la flora, la
    fauna
  • Los recursos naturales no renovables Tales como
    el petróleo, el gas natural, las minas, los
    yesos, las arcillas, existen en cantidades
    limitadas y la naturaleza los presenta sin
    renovación periódica.

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RENTAS Y DEUDORES POR COBRAR
  • Son bienes de propiedad de la Nación que aparecen
    abandonados materialmente o que su titulación es
    tan confusa que se hace imprescindible adelantar
    un proceso para aclarar su estado actual. Los
    créditos provenientes de impuestos a favor del
    Estado causados y no pagados son bienes ocultos.

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ÓRGANO Y FUNCIONES DEL CONTROL FINANCIERO Y
CONTABLE
  • CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
  • Su función es vigilar la gestión de quienes
    administran bienes de la nación.

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MARCO CONSTITUCIONAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL
  • Los artículos 119, 267 y 268 de la C. Pol.
  • Es un órgano de control del Estado, de carácter
    técnico, con autonomía administrativa y
    presupuestal.
  • FUNCIONES (i) establecer la responsabilidad
    fiscal, (ii) imponer sanciones pecuniarias y
    (iii) ejercer la jurisdicción coactiva.

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ESTABLECER LA RESPONSABILIDAD FISCAL
  • Vinculación necesaria con el previo ejercicio de
    gestión fiscal.
  • Autonomía frente a la responsabilidad civil.
  • Carácter exclusivamente resarcitorio o
    reparatorio NO SANCIONATORIO.
  • Un grupo de elementos constitutivos daño, culpa
    y relación de causalidad.

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IMPONER SANCIONES PECUNIARIAS
  • El art. 1º de ley 610/00 define el proceso como
    el conjunto de actuaciones administrativas
    adelantadas por las contralorías con el fin de
    establecer
  • LOS FINES DE LA RESPONS. FISCAL
  • (i) actuación admitva. (ii) propósito
    resarcitorio. (iii) relación de responsabilidad y
    gestión fiscal.

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CARACTERÍSTICAS DE LA ACCIÓN FISCAL
  • Corresponde a las contralorías.
  • Es obligatoria (por parte de la Contraloría
    General).
  • Es oficiosa (no se requiere denuncia).
  • Es autónoma (es independiente de la acción penal,
    disciplinaria o administrativa que pueda
    adelantarse por los mismos hechos.

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ELEMENTOS DEL PROCESO
  • CADUCIDAD Es de cinco años a partir de ocurridos
    los hechos.
  • PRESCRIPCIÓN Es de cinco años desde proferido el
    auto de apertura del proceso, hasta ejecutoriado
    el fallo de responsabilidad.
  • NULIDAD Se da por falta de competencia,
    violación al debido proceso y al derecho de
    defensa.

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ETAPAS DEL PROCESO
  • ACTUACIÓN PREVIA Define si existe mérito.
  • FASE DE INSTRUCCIÓN Se compone de auto de
    apertura, notificación, declaración libre,
    aparición del apoderado, vinculación del garante,
    auto de archivo o imputación.
  • FASE DE DECISIÓN Se notifica auto de imputación,
    se profiere el fallo con o sin responsabilidad
    fiscal, notificación del fallo.

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EJERCER LA JURISDICCIÓN COACTIVA
  • La Jurisdicción Coactiva es un privilegio que se
    le confiere a las entidades de derecho público,
    con el objeto de cobrar acreencias.
  • CÓMO SE ADELANTA?
  • Procedim. general C.P.C. y C.C.A.
  • Procedim. especial DIAN.
  • Procedim. especial Alcances fiscales de fallos
    de la Contraloría General.

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Para adquirir copia del trabajo y de la
exposición, favor visitar la página
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  • JUAN CARLOS ARANGO RODRÍGUEZ
  • ANUNDO RAMÍREZ ARÉVALO
  • ANDRÉS LOMBARDO VANEGAS
  • SANDRA PATRICIA OLMOS RUBIO
  • JESÚS ANTONIO ESPITIA MARÍN
  • 2006
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