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El aborto

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El aborto Qu pasa en la Argentina? Medici n de una pr ctica clandestina y penalizada no es f cil Estimaci n del aborto inducido en la Argentina (junio 2006). – PowerPoint PPT presentation

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Title: El aborto


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El aborto
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Estadísticas (OMS)
  • Se estima que, en 2000, se practicaron en todo el
    mundo 27 millones de abortos legales y 19
    millones de abortos ilegales. El 95 de los
    abortos ilegales (abortos inseguros) fue
    practicado en países en vías de desarrollo, y el
    99 de las muertes por causa de estos abortos
    también tuvo lugar en dichos países.

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  • Qué pasa en la Argentina?
  • Medición de una práctica clandestina y penalizada
    no es fácil
  • Estimación del aborto inducido en la Argentina
  • (junio 2006). Ministerio de salud de la Nación.
    Guinés García

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  • ARGENTINA
  • 700.000
    nacidos por año
  • 460.000-600.000 abortos inducidos por año
  • 40-50 de los embarazos en Argentina se
    interrumpen
  • Cada mujer argentina tendría dos abortos
    inducidos

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Definición
  • Por aborto se entiende la interrupción del
    desarrollo embrionario antes de que el producto
    de la concepción haya alcanzado la viabilidad
  • aborto espontáneo por causas accidentales o
    patológicas independientemente de la voluntad
    humana (10-15 después de la anidación)
  • aborto procurado debido a una intencionalidad
    humana directa.

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Técnicas abortivas
  • Primer trimestre
  • del embarazo
  • Médicas
  • Quirúrgicas

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Interceptivos, microabortivos o antianidatorios
  • Dispositivo intrauterino (DIU)
  • Píldora del mes después
  • (RU-486 o Mifepristona)
  • Prostaglandinas (misoprostol)
  • Píldora del día después
  • o levonorgestrel

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Píldora del día después
  • Tomada en las 12 primeras horas, evita el 85
  • de los embarazos.
  • Por la ley nacional 25.673/02 se accede
  • gratuitamente en cualquier hospital.
  • Mecanismo de acción
  • Detención de la movilidad uterina y atrapamiento
    de los espermatozoides en el cuello
  • Vuelve no fecundantes los espermatozoides que
    logran pasar.
  • Los que quedan atrapados en el cuello para
    fecundar después, les interfiere en su
    capacitación.
  • Si la mujer no ovuló, impide la ovulación
  • Interfiere en la pared implantatoria, por lo
    tanto puede interferir en la implantación.

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Técnicas quirúrgicas del primer trimestre
  • Quirúrgicas
  • Dilatación y evacuación de la cavidad uterina
  • Mediante legrado
  • O aspiración

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Técnicas abortivas
  • Segundo trimestre del embarazo
  • Médicas
  • Soluciones hipertónicas
  • Oxitocina
  • Quirúrgicas
  • Legrado

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(No Transcript)
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Tipos de aborto provocado
  • Aborto terapéutico
  • Aborto embriópático o eugénico (por indicación
    fetal)
  • Aborto criminológico o ético (por indicación
    criminológica)
  • Aborto psicosocial

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Aborto terapéutico
  • Para salvar la vida de la madre
  • o evitar un daño grave e irreversible en su
    salud.
  • (Concepto ambigüo. OMS bienestar físico,
    psíquico, social...)
  • Agravamiento de enfermedades ya presentes
    insuficiencia cardíaca, renal, etc.
  • Casos excepcionales embarazo ectópico, tumor
    uterino.

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(No Transcript)
15
Aborto embriopático o eugénico
  • Cuando existe probabilidad o certeza de que el
    nuevo ser va a estar aferctado por anomalías o
    malformaciones congénitas.

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Aborto criminológico o ético
  • Cuando el embarazo es consecuencia de una acción
    violenta o delictiva en casos de incesto y
    violación
  • Salvo en el casos de
  • violaciones masivas,
  • el riesgo de embarazo
  • es bajo (inferior al 2 )

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Aborto psicosocial
  • Es el que se realiza por consideraciones sobre la
    situación psicológica, familiar, económica o
    social de la mujer. Aquí se sitúa el mayor número
    de abortos realizados en el mundo.

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Cuándo comienza la vida humana?
  • Fecundación (cigoto, primer día)
  • Anidación (blastocisto, 14 días)
  • Fin de organogénesis (feto, 2 meses)
  • Viabilidad (prematuro, 21 semanas)
  • Nacimiento (recién nacido, 9 meses)
  • Criterios relacionales

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El desarrollo del cigoto al recién nacido es un
proceso gradual y continuo. Realidad biólógica
humana, distinta, autónoma. Autopoyesis
20
Aborto aspectos legales
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Aspectos legales
  • El ámbito de la ética y el ámbito de la moral
  • Despenalización
  • Legalización

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Precisamente por esto, la ley civil debe asegurar
a todos los miembros de la sociedad el respeto de
algunos derechos fundamentales, que pertenecen
originariamente a la persona y que toda ley
positiva debe reconocer y garantizar. Entre ellos
el primero y fundamental es el derecho inviolable
de cada ser humano inocente a la vida. Si la
autoridad pública puede, a veces, renunciar a
reprimir aquello que provocaría, de estar
prohibido, un daño más grave, sin embargo, nunca
puede aceptar legitimar, como derecho de los
individuos aunque éstos fueran la mayoría de los
miembros de la sociedad, la ofensa infligida a
otras personas mediante la negación de un derecho
suyo tan fundamental como el de la vida. (EV 71)
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En el caso expuesto, cuando no sea posible evitar
o abrogar completamente una ley abortista, un
parlamentario, cuya absoluta oposición personal
al aborto sea clara y notoria a todos, puede
lícitamente ofrecer su apoyo a propuestas
encaminadas a limitar los daños de esa ley y
disminuir así los efectos negativos en el ámbito
de la cultura y de la moralidad pública. En
efecto, obrando de este modo no se presta una
colaboración ilícita a una ley injusta antes
bien se realiza un intento legítimo y obligado de
limitar sus aspectos inicuos. (EV 73)
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Ley del aborto en el mundo
  • 1922 Rusia, planificación demográfica
  • 1933 Alemania,
  • por razones eugenésicas
  • para la perfección de la raza
  • 1935 Islandia,
  • aborto terapéutico
  • 1937 Dinamarca
  • 1938 Suecia
  • 1950 Finlandia
  • 1969 Noruega
  • 1968 Gran Bretaña
  • 1974 EEUU
  • 1975 Francia
  • 1976 Alemania
  • 1978 Italia
  • 1985 España

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(No Transcript)
26
  • El aborto está sujeto a diferentes legislaciones
    en los 202 países del mundo. Hay muchos matices,
    pero podemos genéricamente afirmar que existen 6
    categorías
  • aborto legal sin restricciones en 57 naciones y
    donde vive el 39.5 de la población mundial
  • aborto legal por razones socioeconómicas y
    psicofísicas en 14 naciones y donde vive el 21.3
    de la población mundial
  • aborto legal por razones psicofísicas en 23
    naciones y donde vive el 4.2 de la población
    mundial
  • aborto legal por razones físicas en 33 naciones y
    donde vive el 9.2 de la población mundial
  • aborto legal en casos específicos (como
    violación, grave malformación del feto, peligro
    de vida para la madre) en 66 naciones y donde
    vive el 25.37 de la población mundial
  • totalmente ilegal en 3 naciones Nicaragua, Chile
    y El Salvador (0.43 de la población mundial).
  • Fuente htttp//www.reproductiverights.org/pdf/pub
    _fac_abortionlaws_spanish.pd

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Legislación argentina sobre el aborto
  • En Argentina, el aborto es un delito,
  • tipificado por el Código Penal en el Libro
    Segundo De los delitos,
  • Título I Delitos contra las personas,
  • Capítulo I Delitos contra la vida,
  • artículos 85-88.
  • El texto actual data de 1922.

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Legislación argentina sobre el aborto
  • Artículo 85.-
  • El que causare un aborto
  • será reprimido
  • 1. Con reclusión o prisión de
  • tres a diez años, si obrare
  • sin consentimiento de la mujer.
  • Esta pena podrá elevarse hasta quince años, si el
    hecho fuere seguido de la muerte de la mujer.
  • 2. Con reclusión o prisión de uno a cuatro años,
    si obrare con consentimiento de la mujer. El
    máximum de la pena se elevará a seis años, si el
    hecho fuere seguido de la muerte de la mujer.

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Legislación argentina sobre el aborto
  • Artículo 86.- Incurrirán en las penas
    establecidas en el artículo anterior y sufrirán
    además, inhabilitación especial por doble tiempo
    que el de la condena, los médicos, cirujanos,
    parteras o farmacéuticos que abusaren de su
    ciencia o arte para causar el aborto o cooperaren
    a causarlo.
  • El aborto practicado por un médico diplomado con
    el consentimiento de la mujer encinta, no es
    punible
  • 1. Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro
    para la vida o la salud de la madre y si este
    peligro no puede ser evitado por otros medios
  • 2. Si el embarazo proviene de una violación o de
    un atentado al pudor cometido sobre una mujer
    idiota o demente. En este caso, el consentimiento
    de su representante legal deberá ser requerido
    para el aborto.

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Legislación argentina sobre el aborto
  • Artículo 87.- Será reprimido con prisión de seis
    meses a dos años, el que con violencia causare un
    aborto sin haber tenido el propósito de causarlo,
    si el estado de la paciente fuere notorio o le
    constare.
  • Artículo 88.- Será reprimida con prisión de uno a
    cuatro años, la mujer que causare su propio
    aborto o consintiere en que otro se lo causare.
    La tentativa de la mujer no es punible.

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  • Quien procura el aborto, si éste se produce,
    incurre en excomunión latae sententiae.(CIC can.
    1398).
  • Incurren en excomunión, todos los que cometen
    este delito conociendo la pena, incluidos los
    cómplices.
  • Sólo el obispo diocesano y los sacerdotes que
    tienen esta facultad pueden levantar la
    excomunión.
  • El obstáculo canónico puesto al acceso a los
    sacramentos pretende tener sobre todo un valor
    medicinal y pedagógico.

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  • Prevención remota e inmediata
  • Responsabilidad personal y colectiva
  • Una posición coherente de defensa de la vida
    humana por nacer supone que esa misma actitud
    de incondicional respeto y cuidado se extienda
    también a la vida humana ya nacida, es decir, a
    toda vida humana, especialmente en contextos de
    pobreza, marginación, guerra, etc.

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Abortoaspectos éticos y teológicos
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Debate ético
  • La continuidad del desarrollo embrionario es el
    centro de gravedad en el debate ético
    (presunción)
  • Beneficio de la duda

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  • El aborto procurado es la eliminación deliberada
    y directa, como quiera que se realice, de un ser
    humano en la fase inicial de su existencia, que
    va de la concepción al nacimiento.
    Evangelium Vitae, n. 58.

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El aborto en la Biblia
  • Los textos de la Sagrada Escritura, que nunca
    hablan del aborto voluntario y, por tanto, no
    contienen condenas directas y específicas al
    respecto, presentan de tal modo al ser humano en
    el seno materno, que exigen lógicamente que se
    extienda también a este caso el mandamiento
    divino no matarás. Evanglium Vitae, n. 61

37
El aborto en la Tradición de la Iglesia
No matarás con el aborto el fruto del seno y no
harás perecer el niño ya nacido. Didajé
38
El aborto en la Tradición de la Iglesia
También es hombre el que lo va a ser, de la
misma forma que todo el fruto está ya contenido
en la semilla. Tertuliano
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El aborto en la Tradición de la Iglesia
  • Tesis de la animación retardada
  • Durante once siglos (VII XVII) fue dominante
    entre los autores cristianos.
  • Durante seis siglos (XI XVI) fue defendida
    prácticamente por todos los autores católicos que
    abordaron este tema (ej. S. Tomás).
  • A partir del siglo XVII, por influjo de varios
    médicos, comienza a imponerse la tesis de la
    animación inmediata.
  • A partir del siglo XIX, y sobre todo en el XX, la
    tesis de la animación inmediata se hace
    mayoritaria en el pensamiento eclesial.

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El aborto en la Tradición de la Iglesia
  • La tradición eclesial rechaza el aborto, aunque
    la disputa sobre la animación del feto no dará la
    calificación de homicidio en sentido estricto al
    realizado antes de la adquisición de forma
    humana.

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El Magisterio eclesial
  • GS 27 y 51 condena del aborto.
  • Catecismo 2270-2273
  • CDF, Declaración sobre el aborto procurado (1974)
  • Donum Vitae 1987
  • Juan Pablo II, Evangelium Vitae (1995)

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  • Cuanto atenta contra la vida, homicidios de
    cualquier clase, genocidios, aborto, eutanasia y
    el mismo suidicio deliverado, cuanto viola la
    integridad de la persona humana ... cuanto
    ofende la dignidad humana ..., degradan la
    civilización humana, deshonran más a sus autores
    que a sus víctimas y son totalmente contrarias a
    honor debido al Creador.

  • GS 27

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  • La vida, desde su concepción, debe se
    salvaguardada con el máximo cuidado el aborto y
    el infanticidio son crímenes abominables.
  • GS 51
  • Primera versión Concebida en el útero

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CATIC 2270
  • La vida humana debe ser respetada y protegida de
    manera absoluta desde el momento de la
    concepción. Desde el primer momento de su
    existencia, el ser humano debe ser reconocidos
    sus derechos de persona, entre los cuales está el
    derecho inviolable de todo ser inocente a la vida.

45
CATIC 2273
  • El derecho inalienable de todo individuo humano
    inocente a la vida constituye un elemento
    constitutivo de la sociedad civil y de su
    legislación

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Aborto procurado 1974
  • Aunque hubiese duda sobre la cuestión de si el
    frito de la concepción es ya una persona humana,
    es objetivamente ynb pecado grave el atreverse a
    afrontar el riesgo de un homicidio... Es ya un
    hombre aquel que está en el camino de serlo.
  • AP 13
  • (Más allá de la cuestión filosófica de la
    constitución de la persona humana, apunta a la
    cuestión ética y moral)

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Donum Vitae 1987
  • Los conocimientos científicos sobre el embrión
    humano ofercen una indicación preciosa para
    discernir racionalmente una presencia personal
    desde el primer surgir de la vida humana.
  • El magisterio no se ha comprometido expresamente
    con una afirmación de naturaleza filosófica pero
    repite de forma constante la condena moral de
    cualquier tipo de aborto procurado...
  • El fruto de la generación humana desde el primer
    momento de su existencia, es decir desde la
    constitución del cigoto, exige el respeto
    incondicional que es moralmente debido al ser
    humano en su totalidad corporal y espiritual. El
    ser humano debe ser tratado y respetado como
    persona desde el primer instante de su
    concepción.
  • DV I,1.

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El Magisterio eclesial
  • La vida humana es inviolable desde su concepción.
  • El derecho a la vida del no-nacido se fundamenta
    en una reflexión sobre datos científicos vida
    humana, continuum
  • El tema de la recepción del alma racional queda
    relegado a un segundo plano.
  • La defensa de la vida del no-nacido se aplica
    incluso a las situaciones más dramáticas.
  • Argumento evangélico en favor del pobre, del más
    débil.
  • Importancia del contexto social cultural.
  • El derecho a la vida debe ser siempre protegido
    legal y penalmente (Proteger los valores éticos
    cuya violación atenten contra el bien común. STh
    I-II q 96, art.2)

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El Magisterio eclesial
  • Por tanto, con la autoridad que Cristo confirió
    a Pedro y a sus Sucesores, en comunión con todos
    los Obispos que en varias ocasiones han
    condenado el aborto y que en la consulta citada
    anteriormente, aunque dispersos por el mundo, han
    concordado unánimemente sobre esta doctrina,
    declaro que el aborto directo, es decir, querido
    como fin o como medio, es siempre un desorden
    moral grave, en cuanto eliminación deliberada de
    un ser humano inocente. Esta doctrina se
    fundamenta en la ley natural y en la Palabra de
    Dios escrita es transmitida por la Tradición de
    la Iglesia y enseñada por el Magisterio ordinario
    y universal. Evangelium Vitae, n. 62.
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