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Instructivo del Presupuesto Participativo El Planeamiento en el Sector P blico LOS PEI Y LOS PESEM Los Planes Estrat gicos Institucionales (PEI) ... – PowerPoint PPT presentation

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1
DIPLOMADO EN GESTIÓN PÚBLICAS
GESTIÓN PRESUPUESTARIA
  • Expositor
  • Eco. Celso Navarro Jordán
  • Eco. ángel navarro Díaz

2
1. Antecedentes Presupuestarios.
  • El Presupuesto del Sector Público, su importancia
    económica.
  • Los Regímenes Presupuestarios en el Perú
  • La Normatividad Presupuestaria en el Perú
  • El Planeamiento en el Sector Público PESEM, PEI
    y POI.
  • Las Fases del Proceso Presupuestario

3
El Presupuesto.
  • Constituye el instrumento de gestión del Estado
    que permite a las entidades lograr sus objetivos
    y metas contenidas en su Plan Operativo
    Institucional (POI). Asimismo es la expresión
    cuantificada, conjunta y sistemática de los
    gastos a atender durante el año fiscal, por cada
    una de las Entidades que forman parte del Sector
    Público y refleja los ingresos que financian
    dichos gastos.

Ley N 28411.- Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, Art. 8, 8.1.
4
El Presupuesto.
El presupuesto constituye el instrumento de
gestión del Estado para el logro de resultados a
favor de la población, a través de la prestación
de servicios y logro de metas de coberturas con
eficacia y eficiencia por parte de las
Entidades. Asimismo, es la expresión
cuantificada, conjunta y sistemática de los
gastos a atender durante el año fiscal, por cada
una de las Entidades que forman parte del Sector
Público y refleja los ingresos que financian
dichos gastos.
Ley N 29626, Ley de Presupuesto del Sector
Público para año Fiscal 2011, que modifica el
Artículo 8, 8.1 de la Ley N 28411.- Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto.
5
Los Regímenes Presupuestarios en el Perú
  • En 1848, el Congreso aprobó por primera vez un
    presupuesto, que tuvo vigencia el bienio 1848
    1849.
  • De 1886 a 1920, período de la Descentralización
    Fiscal.
  • En 1922, se aprueba la Ley N 4598 - Ley Orgánica
    del Presupuesto y crea la Dirección General del
    Presupuesto Público en el Ministerio de Hacienda.
  • En 1962, mediante el Decreto Ley N 14260, se
    aprobó el Presupuesto Funcional o Presupuesto por
    Programas.
  • En 1964, se aprueba la Ley Nº 14816, Ley Orgánica
    del Presupuesto del Sector Público, la misma que
    posteriormente ha tenido modificatorias.

6
Los Regímenes Presupuestarios en el Perú
  • En 1982, el gobierno implementa una nueva
    metodología presupuestaria (Presupuesto Base
    Cero).
  • En 1992, mediante Decreto Ley N 25875, se
    aprueba la Ley Marco del Proceso Presupuestario,
    modificada por la Ley N 26199 en 1993.
  • En 1996, se aprueba la Ley de Gestión
    Presupuestaria del Estado, y establece el
    Presupuesto Funcional Programático.
  • En 2005, se publica la Ley N 28411 - Ley General
    del Sistema Nacional de Presupuesto (vigente a la
    fecha).

7
La Normatividad Presupuestaria en el Perú
  • Constitución Política del Estado Peruano de 1993,
    Artículos 74, 75, 77, 78 y 80.
  • Ley N 28112 Ley Marco de la Administración
    Financiera del Estado.
  • Ley N 28411 Ley General del Sistema Nacional
    de Presupuesto.
  • Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público.
  • Directivas para la Programación, Formulación,
    Aprobación, Ejecución, Control y Evaluación
    Presupuestaria.
  • Instructivo del Presupuesto Participativo

8
El Planeamiento en el Sector Público
LOS PEI Y LOS PESEM Los Planes Estratégicos
Institucionales (PEI) son similares a los Planes
Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM),
difieren de éstos por tener un alcance
institucional a nivel de cada Pliego
Presupuestario. La suma de los PEI reflejará con
mayor detalle los objetivos estratégicos
contemplados en los PESEM y responden a la manera
como el pliego presupuestario aporta en alcanzar
las metas que se ha fijado el sector al cual
pertenece.
DGPM-MEF (2001) Planeamiento Estratégico en el
Sector Público Formulación de los Planes
Estratégicos Institucionales 2002 -2006
9
El Planeamiento en el Sector Público
EL PLAN ESTRATÉGICO Es un esfuerzo
organizacional, definido y disciplinado que busca
que las instituciones definan con la mayor
claridad posible su misión y la visión que tienen
de esta en el mediano y largo plazo.
Constituyéndose en una herramienta poderosa que
posibilita la adaptación de la organización a
medios exigentes, cambiantes y dinámicos logrando
el máximo de eficiencia, eficacia y calidad en la
prestación de sus servicios.
Fuente FONAFE.- Manual de Planeamiento
Estratégico
10
El Planeamiento en el Sector Público
LOS PLANES OPERATIVOS reflejan las Metas
Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada
año fiscal y constituyen instrumentos
administrativos que contienen los procesos a
desarrollar en el corto plazo, precisando las
tareas necesarias para cumplir las Metas
Presupuestarias establecidas para dicho período,
así como la oportunidad de su ejecución, a nivel
de cada dependencia orgánica.
Numeral 71.3 del Art. 71 de la Ley Nº 28411
11
El Planeamiento en el Sector Público
EL PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL o, EL PLAN DE
TRABAJO INSTITUCIONAL (PTI) es un documento de
gestión mediante el cual se define con claridad
los objetivos que persigue en relación a las
funciones previstas en su Ley de creación que
sirve como guía técnica y política con la
finalidad de orientar a sus funcionarios y
servidores, hacia el logro de las metas
Institucionales.
Directiva Nº 002 94 INAP / DNR, Normas para
la Orientación, Formulación, Aplicación,
Evaluación y Actualización del Plan de Trabajo
Institucional
12
Las Fases del Proceso Presupuestario
  • El Proceso Presupuestario comprende las fases
    siguientes
  • 1. Programación
  • 2. Formulación
  • 3. Aprobación
  • 4. Ejecución
  • 5. Control
  • 6. Evaluación
  • Se sujeta al criterio de estabilidad, situación
    de sostenibilidad de las finanzas públicas, en
    términos de capacidad de financiación

13
Las Fases del Proceso Presupuestario
SE ESTABLECEN LOS OBJETIVOS INSTITUCIONALES,
PROPONEN LAS METAS, Y SE DETERMINA LA DEMANDA
GLOBAL DE GASTO Y ESTIMACIÓN DE INGRESOS
PROGRAMACIÓN
SE DEFINE LA ESTRUCTURA FUNCIONAL PROGRAMÁTICA,
LAS METAS Y ARMONIZACIÓN DE LA DEMANDA GLOBAL DE
GASTOS
FORMULACIÓN
APROBACIÓN POR LEY DEL CONGRESO
APROBACIÓN
SE CONCRETA EL FLUJO DE INGRESOS y EGRESOS
EJECUCIÓN
SEGUIMIENTO DE INGRESOS Y EGRESOS CONTROL DE LA
LEGALIDAD Y DE LA GESTIÓN
CONTROL
DETERMINAR LOS RESULTADOS DE LA GESTIÓN
EVALUACIÓN
14
2. Los Clasificadores Presupuestarios.
  • Los Clasificadores de Ingreso y gastos.
  • Las Fuentes de Financiamiento, equivalencias con
    el nuevo clasificadores
  • El Clasificador Funcional Programático

15
Partidas Genéricas del Ingresos - 2011
16
Partidas Genéricas del Gasto - 2011
17
Estructura de los Clasificadores de Ingresos y
Gastos - 2011
18
CLASIFICADOR FUNCIONAL 2011
Mediante Decreto Supremo N 068-2008-EF, de
24.May.2008, se aprueba el Clasificador Funcional
del Sector Público, los lineamientos para la
implementación del Clasificador Programático del
Sector Público, así como los lineamientos que
permitan la adecuación de los Programas
Estratégicos a dicho Clasificador. El
Clasificador tiene la siguiente estructura
DECRETO SUPREMO Nº 068-2008-EF, Art. 1
19
FUNCIONES PRESUPUESTALES
- Legislativa - Relaciones Exteriores -
Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia -
Defensa y Seguridad Nacional - Orden Público y
Seguridad - Justicia - Trabajo - Comercio -
Turismo - Agropecuaria - Pesca - Energía
- Minería - Industria - Transporte -
Comunicaciones - Medio Ambiente - Saneamiento -
Vivienda y Desarrollo Urbano - Salud - Cultura y
Deporte - Educación - Protección Social -
Previsión Social - Deuda Pública
DECRETO SUPREMO Nº 068-2008-EF, Art. 1
20
Fuentes de Financiamiento y Rubros - 2011
1. Recursos Ordinarios 00. Recursos
Ordinarios 2. Recursos Directamente Recaudados
09. Recursos Directamente Recaudados 3. Recursos
por Operaciones Oficiales de Crédito 19.
Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito 4.
Donaciones y Transferencias 13. Donaciones y
Transferencias 5. Recursos Determinados 04.
Contribuciones a Fondos 07. Fondo de
Compensación Municipal (FONCOMUN) 08.
Impuestos Municipales 18. Canon y Sobrecanon,
Regalías, Rentas de Aduanas y Participaciones
21
3. El Sistema Nacional de Presupuesto.
El Sistema Nacional de Presupuesto está
conformado por - La Dirección Nacional del
Presupuesto Público - La Entidad Pública - La
Oficina de Presupuesto del Pliego. - El Titular
de la Entidad
22
La Dirección Nacional del Presupuesto Público.
La Dirección Nacional del Presupuesto Público
como la más alta autoridad técnico-normativa en
materia presupuestaria, mantiene relaciones
técnico-funcionales con la Oficina de Presupuesto
o la que haga sus veces en la Entidad Pública y
ejerce sus funciones y responsabilidades de
acuerdo con la Ley N 28112
Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, Artículo 5.
23
Entidad Pública.
todo organismo con personería jurídica
comprendido en los niveles de Gobierno Nacional,
Regional y Local, incluidos sus respectivos
Organismos Públicos Descentralizados y empresas
creados o por crearse los Fondos, sean de
derecho público o privado cuando este último
reciba transferencias de fondos públicos, las
empresas en las que el Estado ejerza el control
accionario y los Organismos Constitucionalmente
Autónomos.
Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, Artículo 5.
24
La Oficina de Presupuesto del Pliego
es la responsable de conducir el Proceso
Presupuestario de la Entidad, sujetándose a las
disposiciones que emita la DNPP, para cuyo
efecto, organiza, consolida, verifica y presenta
la información que se genere así como coordina y
controla la información de ejecución de ingresos
y gastos autorizados en los Presupuestos y sus
modificaciones, los que constituyen el marco
límite de los créditos presupuestarios aprobados.
Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, Artículo 6.
25
El Titular de la Entidad
es la más alta Autoridad Ejecutiva. En
materia presupuestal es responsable de manera
solidaria, con el Consejo Regional o Concejo
Municipal, el Directorio u Organismo Colegiado
con que cuente la Entidad, según sea el caso.
Dicha autoridad puede delegar sus funciones en
materia presupuestal cuando lo establezca la Ley
General, las Leyes de Presupuesto del Sector
Público o la norma de creación de la Entidad. El
Titular es responsable solidario con el delegado.
Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, Artículo 6.
26
Técnicas Presupuestaria aplicadas en el Perú
Las técnicas presupuestarias que se han aplicado
en el Perú son - Presupuesto Tradicional Hasta
1962 - 63. - Presupuesto por Programa A partir
de 1962 63. - Presupuesto Base Cero De 1982 a
1984. - Presupuesto Funcional Programático
Desde 1997. - Presupuesto por Resultados A
partir de 2007. Es necesario indicar que las
tres (03) últimas metodologías se han
implementado en el marco del Presupuesto por
Programas.
Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, Artículo 6.
27
El Presupuesto Tradicional
En el presupuesto tradicional, se ponía
énfasis en las compras y adquisiciones, con lo
cual el presupuesto resultaba ser una lista de
ingresos y de gastos sin vincularse con las
realizaciones para los cuales eran asignados.
Cada ministerio tenía un presupuesto o lista de
gastos global en el que se hallaban clasificados
en rubros según su objeto, los gastos de todas
las oficinas ejecutivas, las cuales solicitaban
con cargo a las asignaciones globales, los
recursos necesarios para sus operaciones
CORNEJO Klaschen, Roberto El Presupuesto
gubernamental por Programas, pág. 66
28
El Presupuesto por Programas
  • ... Es un sistema en que se presta particular
    atención a las cosas que un gobierno realiza más
    bien que a las cosas que adquiere. Las cosas que
    un gobierno adquiere tales como servicios
    personales, provisiones, equipo, medios de
    transporte, etc., no son, naturalmente, sino
    medios que emplea para el cumplimiento de sus
    funciones. Las cosas que un gobierno realiza en
    cumplimiento de sus funciones pueden ser
    carreteras, escuelas y hospitales construidos,
    soldados preparados, tierras bonificadas, casos
    tramitados y resueltos, permisos expedidos,
    exposiciones celebradas, informes preparados o
    cualquiera de las innumerables cosa que se pueden
    definir ...

CORNEJO Klaschen, Roberto El Presupuesto
gubernamental por Programas, pág. 66
29
El Presupuesto Base Cero
  • PRESUPUESTO BASE CERO (PBC) ... No se
    construye a partir de uno anterior sino que las
    funciones, operaciones y actividades actuales
    están sujetas, para su conformación o
    eliminación, a los mismos análisis de
    costo/beneficio de las propuestas de innovaciones
    con las cuales compite la distribución de
    recursos
  • ... Consiste en un proceso de planeamiento y
    presupuesto que requiere la total y detallada
    justificación de las erogaciones a partir de su
    origen (de ahí su nombre de base cero) y no
    como incrementos de presupuestos anteriores. De
    ese modo exige de cada responsable la
    demostración de todos los rubros, nuevos o
    existentes, se expliquen y cuantifiquen
    debidamente

PARRO NEREO, RobertoPresupuesto Base Cero,
pág. 4 y 16
30
El Presupuesto por Resultados
  • Artículo 79. Del Presupuesto por Resultados
    (PpR)
  • 79.1 Presupuesto por Resultados (PpR) es una
    metodología que se aplica progresivamente al
    proceso presupuestario y que integra la
    programación, formulación, aprobación, ejecución,
    seguimiento y evaluación del presupuesto, en una
    visión de logro de productos, resultados y uso
    eficaz, eficiente y transparente de los recursos
    del Estado a favor de la población,
    retroalimentando los procesos anuales de
    asignación del presupuesto público y mejorando
    los sistemas de gestión administrativa del
    Estado.

31
4. Programación y Formulación Presupuestaria.
  • Las fases de Programación y Formulación
    Presupuestaria
  • El Presupuesto Participativo y el Marco
    Macroeconómico Multianual
  • La Aprobación del Presupuesto del Sector Público
    y del PIA
  • Determinación de Metas, Estimación de Ingresos y
    Gasto
  • La Fases de Formulación Presupuestaria
  • Los Objetivos Estratégicos y la Estructura
    Funcional Programática
  • La Aprobación del Presupuesto del Sector Público
    y del PIA

32
Programación y Formulación
El proceso de programación y formulación
presupuestaria es un proceso colectivo de
análisis técnico y toma de decisiones sobre las
prioridades y objetivos de la entidad para el
siguiente año fiscal, sobre la base de los
Programas Presupuestales, las Acciones Centrales
y las APNOP, el cual involucra a todas las
dependencias de la entidad. APNOP
Asignaciones Presupuestarias que no resultan en
Productos.
Directiva N 001-2011-EF/506.01 Directiva
General para la Programación y Formulación del
Presupuesto del Sector Público, Art.4, Numeral
4.1.
33
La Programación y Formulación
  • Formulación Objetivos
  • a) Determinar la EF y la EP del presupuesto
    institucional de la entidad para las categorías
    presupuestarias Acciones Centrales y APNOP. En el
    caso de los Programas Presupuestales, se utiliza
    la EF y la EP establecida en el diseño de dichos
    Programas.
  • b) Vincular los proyectos a las categorías
    presupuestarias. (art. 2º)
  • c) Registrar la programación física y financiera
    de las actividades/ acciones de inversión y/u
    obras de las categorías presupuestarias.
  • Programación Objetivos
  • a) Revisar la Escala de Prioridades de la
    entidad.
  • b) Determinar la Demanda Global de Gasto a partir
    de la cuantificación de la dimensión física de
    las metas de los Programas Presupuestales,
    Acciones Centrales y APNOP.
  • c) Estimar los fondos públicos, con el objeto de
    determinar el monto de la Asignación
    Presupuestaria - Entidad.
  • d) Determinar el financiamiento de la Demanda
    Global de Gasto, en función a la Asignación
    Presupuestaria Total.

Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 6 y 15
34
Categorías Presupuestarias
Programa Presupuestal categoría que constituye
un instrumento del Presupuesto por Resultados, y
que es una unidad de programación de las acciones
de las entidades públicas, las que integradas y
articuladas se orientan a proveer productos
mediante bienes y servicios, para lograr un
Resultado Específico en la población y así
contribuir al logro de un Resultado Final
asociado a un objetivo de política pública.
Directiva N 001-2011-EF/506.01 Directiva
General para la Programación y Formulación del
Presupuesto del Sector Público, Art.2, Inciso
a).
35
Categorías Presupuestarias
Acciones Centrales categoría que comprende a
las actividades orientadas a la gestión de los
recursos humanos, materiales y financieros de la
entidad, que contribuyen de manera transversal e
indivisible al logro de los resultados de todos
los Programas Presupuestales, así como de otras
actividades de la entidad que no conforman
Programas Presupuestales, de acuerdo al catálogo
de actividades de la categoría presupuestaria
Acciones Centrales consignado en el Anexo 1 de la
presente Directiva.
Directiva N 001-2011-EF/506.01 Directiva
General para la Programación y Formulación del
Presupuesto del Sector Público, Art.2, Inciso
b).
36
Categorías Presupuestarias
Asignaciones Presupuestarias que no resultan en
Productos (APNOP) categoría que comprende a las
actividades para la atención de una finalidad
específica de la entidad y que no tienen relación
con los Programas Presupuestales considerados en
la programación y formulación presupuestaria del
año respectivo, conforme al catálogo de
actividades de la categoría presupuestaria APNOP
consignado en el Anexo 2 de la presente
Directiva.
Directiva N 001-2011-EF/506.01 Directiva
General para la Programación y Formulación del
Presupuesto del Sector Público, Art.2, Inciso
c).
37
Categorías Presupuestarias Estructura.
Directiva N 001-2011-EF/506.01 Directiva
General para la Programación y Formulación del
Presupuesto del Sector Público, Art.2.
38
Comisión de Programación y Formulación
La Comisión es presidida por el Jefe de la
Oficina de Planificación y Presupuesto de la
entidad o el que haga sus veces y está integrada
por los coordinadores de los equipos del diseño
del Programa Presupuestal, los Jefes de la
Oficina General de Administración, de
Abastecimiento, de Personal, de Infraestructura,
de la Oficina de Programación e Inversiones, o
los que hagan sus veces, con la participación de
los representantes de las unidades ejecutoras,
según corresponda. Los integrantes de la Comisión
son responsables, en el marco de sus
competencias, del resultado de los trabajos de
dicha Comisión.
Directiva N 001-2011-EF/506.01 Directiva
General para la Programación y Formulación del
Presupuesto del Sector Público, Art.4, Numeral
4.3.
39
Comisión de Programación y Formulación
La Comisión, bajo la supervisión del Titular de
la entidad, desarrolla los siguientes trabajos,
los cuales son realizados sobre la base de los
Programas Presupuestales (PP) con los que
cuenten, el PEI o los lineamientos estratégicos
vigentes a) Revisar la información sobre los
resultados logrados por la entidad en los años
fiscales anteriores, así como los costos para
alcanzar dichos resultados. b) Revisar y
priorizar los objetivos de la entidad, guardando
consistencia con las políticas sectoriales y
nacionales, c) Priorizar los PP y productos en
función de la información sobre resultados,
costos y las prioridades de política sectorial y
nacional.
Directiva N 001-2011-EF/506.01 Directiva
General para la Programación y Formulación del
Presupuesto del Sector Público, Art.4, Numeral
4.4.
40
Comisión de Programación y Formulación
d) Optimizar las Acciones Centrales de la
entidad que permitan un apoyo más eficiente en la
ejecución de los PP, así como para alcanzar los
objetivos de la entidad. e) Priorizar las APNOP
de la entidad para alcanzar los objetivos... f)
Determinar las metas ... g) Determinar la demanda
global de gasto, h) Definir la EP y su
vinculación con la EF. i) Presentar al Titular de
la entidad un Resumen Ejecutivo del proyecto de
presupuesto institucional, que contenga los PP,
las Acciones Centrales y/o las APNOP, así como
las actividades y proyectos identificados en
dichas categorías y su forma de financiamiento.
Directiva N 001-2011-EF/506.01 Directiva
General para la Programación y Formulación del
Presupuesto del Sector Público, Art.4, Numeral
4.4.
41
Responsabilidad de la Oficina de Presupuesto
a) Brindar apoyo técnico a la Comisión de
Programación y Formulación Presupuestaria. b)
Prestar asesoría técnica, encontrándose facultada
para emitir los lineamientos técnicos adicionales
que sean necesarios para la fluidez y
consistencia de la programación y formulación
presupuestaria. c) Proponer al Titular de la
entidad o a quien éste delegue, la distribución
del monto de la Asignación Presupuestaria MEF,
comunicado por la DGPP, entre las UEs de la
entidad. d) Hacer de conocimiento de UEs, el
monto de los recursos que se les asignarán con
cargo a la Asignación Presupuestaria Total, con
la conformidad del Titular de la entidad o su
delegado.
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 5º.
42
Responsabilidad de la Oficina de Presupuesto
e) Remitir a la DGPP la propuesta aprobada de la
Estructura Programática y Estructura Funcional
hasta el plazo establecido en el Cuadro de Plazos
para la Programación y Formulación, incluyendo la
propuesta de Unidades Ejecutoras, según
corresponda, con las que operaría en el año
fiscal respectivo. Asimismo, remite a dicha
Dirección General el proyecto de presupuesto
institucional una vez que haya sido
consolidado. Este artículo aplica a los Gobiernos
Locales, a las empresas no financieras y
organismos públicos de los Gobiernos Regionales y
de los Gobiernos Locales, en la parte
correspondiente.
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 5º, Numeral 5.1.
43
Del Responsable del Programa Presupuestal
El Programa Presupuestal (PP) cuenta con un
Responsable Técnico que tiene funciones y
competencias relacionadas al logro del Resultado
Específico y que lleva a cabo el diseño y
seguimiento del Programa Presupuestal. Tiene las
siguientes funciones a) Remitir a la DGPP el
Anexo 2 de los lineamientos aprobados por la RD
Nº 002-2011-EF/76.01 (Contenidos Mínimos de un PP
con enfoque de Resultados), con información del
Programa y los Formatos Estructura Programática
del PP y Entidades que participan en el PP,
visados por el Jefe de la Oficina de Presupuesto
o el que haga sus veces en la entidad. Dicha
remisión se efectúa conforme al Cuadro de Plazos
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 5º , Numeral 5.2.
44
Del Responsable del Programa Presupuestal
b) Asistir técnicamente y coordinar con las
dependencias de la entidad y/o de otras entidades
que participan en la programación de los
productos, con el fin de lograr una consistente
programación física y financiera y su registro en
el Módulo de Formulación Presupuestal del
SIAF. c) Proporcionar las metas (en sus
dimensiones física y financiera) del Programa
Presupuestal a su cargo, así como cualquier otra
información que requiera la Comisión de
Programación y Formulación Presupuestaria. d)
Participar en las reuniones que convoque la
Comisión de Programación y Formulación
Presupuestaria.
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 5º , Numeral 5.2.
45
El Objetivo de la Entidad
El objetivo de la entidad es su contribución
institucional, en el marco de sus competencias,
al cumplimiento de los Planes Nacionales y
Sectoriales, y que debe orientar la articulación
de una serie de acciones encaminadas a su
consecución. La escala de prioridades se
determina en función de la información sobre
resultados logrados para alcanzar los objetivos
de la entidad en los años fiscales anteriores,
así como los costos para alcanzar dichos
resultados, y las prioridades de política
sectorial y nacional. Bajo los criterios
señalados en el párrafo precedente, el pliego
prioriza sus Programas Presupuestales y/o
Productos, así como las actividades de las
Acciones Centrales y de las APNOP, con el objeto
de determinar las asignaciones presupuestarias.
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art.7
46
El Objetivo del Pliego
4.1 El objetivo del pliego es la expresión de un
resultado que quiere conseguir y que debe
orientar la articulación de una serie de acciones
encaminadas a su consecución. 4.2 La Escala de
Prioridades es el orden de prelación otorgado a
los objetivos del pliego. A partir de dicha
escala y bajo los criterios de eficacia y
eficiencia, el pliego prioriza las metas
presupuestarias para el logro de sus objetivos.
Directiva N 003-2010-EF/76.01 Directiva General
para la Programación y Formulación del
Presupuesto del Sector Público, Art.4
47
Comparativo
  • Objetivo de la Entidad
  • El objetivo de la entidad es su contribución
    institucional, en el marco de sus competencias,
    al cumplimiento de los Planes Nacionales y
    Sectoriales, y que debe orientar la articulación
    de una serie de acciones encaminadas a su
    consecución
  • La escala de prioridades se determina en función
    de la información sobre resultados logrados para
    alcanzar los objetivos de la entidad en los años
    fiscales anteriores, así como los costos para
    alcanzar dichos resultados, y las prioridades de
    política sectorial y nacional.
  • Objetivo del Pliego
  • 4.1 El objetivo del pliego es la expresión de un
    resultado que quiere conseguir y que debe
    orientar la articulación de una serie de acciones
    encaminadas a su consecución.
  • 4.2 La Escala de Prioridades es el orden de
    prelación otorgado a los objetivos del pliego. A
    partir de dicha escala y bajo los criterios de
    eficacia y eficiencia, el pliego prioriza las
    metas presupuestarias para el logro de sus
    objetivos.

Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 6 y 15
Directiva N 003-2010-EF/76.01 Directiva General
para la Programación y Formulación del
Presupuesto del Sector Público, Art.4
48
La Meta Presupuestaria
La meta es la expresión cuantificada de los
resultados, productos y actividades, según
corresponda. En el caso de los proyectos la meta
es la expresión cuantificada de las acciones de
inversión y/u obras.
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art.8
La meta presupuestaria representa la expresión
concreta y cuantificable de los bienes y
servicios a ser entregados por el pliego a la
población objetivo, como consecuencia del uso de
sus recursos establecidos para el año fiscal.
  • Directiva N 003-2010-EF/76.01 Directiva General
    para la Programación y Formulación del
    Presupuesto del Sector Público, Art.4

49
Dimensiones de la Meta
a) Dimensión física corresponde a nivel de
resultados, productos/ proyecto, y
actividades/acciones de inversión y/u obras. A
nivel de resultados y productos/proyectos, es el
valor proyectado del indicador definido en la
unidad de medida establecida. A nivel de
actividad/acciones de inversión y/u obras, es el
valor proyectado en la unidad de medida
establecida. b) Dimensión financiera se
determina sólo a nivel de actividad /acciones de
inversión y/u obras y corresponde al valor
monetario de la dimensión física de la meta a
partir de la cuantificación de los insumos
necesarios para su realización.
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art.8
50
Dimensiones de la Meta
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art.8
51
Elementos de la Dimensión Física de la Meta
Resultados y Productos/Proy.
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 9, Numeral 9.1
52
Elementos de la Dimensión Física de la Meta
Actividad/Acciones de Inversión
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 9, Numeral 9.2
53
Indicadores de Desempeño
Los pliegos formulan indicadores de desempeño
que miden el logro de sus objetivos. En dicha
formulación debe señalarse las metas de los
indicadores definidos y los medios de
verificación. Para tal efecto, los pliegos
utilizan el Instructivo para la Formulación de
Indicadores de Desempeño publicado en el portal
institucional del Ministerio de Economía y
Finanzas http//www.mef.gob.pe. En dicho portal
se encuentra también los indicadores
correspondientes a los Gobiernos Locales.
Directiva N 003-2010-EF/76.01 Directiva General
para la Programación y Formulación del
Presupuesto del Sector Público, Art. 5
54
Demanda Global de Gastos
  • La Demanda Global de Gasto constituye la
    previsión de gastos de la entidad, para la
    provisión de los productos/proyectos y
    actividades/acciones de inversión y/u obras, los
    mismos que deben corresponder a una imputación
    adecuada de costos (dimensión financiera de la
    meta) y de la dimensión física de las metas a
    alcanzar. Para su determinación se requiere
    recabar, evaluar y consolidar la información
    relativa a la magnitud de los gastos que la
    entidad debe asumir para su producción y/u
    operatividad, y el logro de sus resultados
    específicos y/u objetivos.

Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 10.
55
Criterios para la Demanda Global de Gastos
  • En materia de personal activo, pensionista y
    cargas sociales
  • En materia de bienes, servicios y equipamiento
  • c) Otros Gastos Corrientes
  • d) De las contrapartidas
  • e) Del Servicio de la Deuda
  • f) En Sentencias Judiciales y Laudos Arbitrales
  • g) En operación y mantenimiento de
    infraestructura
  • h) En inversión pública

Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 10 ,inciso a).
56
Criterios para la Demanda Global de Gastos
  • En materia de personal activo, pensionista y
    cargas sociales
  • No se debe prever recursos para futuros
    reajustes, incrementos o aprobación de
    remuneraciones, escalas, bonificaciones, dietas,
    asignaciones, retribuciones, incentivos laborales
    y beneficios de toda índole, cualquiera sea su
    forma, modalidad, mecanismo y fuente de
    financiamiento salvo para el caso de las
    entidades de reciente creación que no cuentan con
    una escala remunerativa o dietas aprobadas
    conforme a la normatividad vigente.

Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 10 ,inciso a).
57
Estimación de Ingresos
En las proyecciones, los pliegos deben tomar en
consideración aquellos factores estacionales que
pudieran incidir en su comportamiento, tales
como - información estadística de la captación
(tendencia al incremento o su disminución),
- eliminación de ciertos conceptos de ingreso,
- captación de nuevos conceptos de ingreso,
- variación en el monto de las tasas, - cambios
producidos en el marco legal, entre otros.
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 13 ,inciso b).
58
La Asignación Presupuestaria Total
La Asignación Presupuestaria Total de los fondos
públicos es el resultado de la estimación de los
ingresos que se esperan recaudar, captar u
obtener. Esta Asignación se compone de lo
siguiente
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 14.
59
La Asignación Presupuestaria Total
a) Asignación Presupuestaria MEF Comprende
los montos correspondientes a i. Los recursos de
las FF Recursos Ordinarios y Recursos
Determinados en los rubros Canon y Sobrecanon,
Regalías, Rentas de Aduanas y Participaciones y
Fondo de Compensación Municipal, comunicados al
pliego por la DGPP , DGPM y DGDFAS, según
corresponda y, ii. Los recursos de las FF
Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
comunicado por la Dirección General de
Endeudamiento y Tesoro Público a los pliegos con
copia a las respectivas Unidades Ejecutoras,
según corresponda.
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 14, inciso a).
60
La Asignación Presupuestaria Total
b) Asignación Presupuestaria -
Pliego Comprende el monto estimado por el
pliego proveniente de las Fuentes de
Financiamiento Recursos Directamente
Recaudados, Donaciones y Transferencias y
Recursos Determinados en los rubro
Contribuciones a Fondos e Impuestos
Municipales, según corresponda.
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 14, inciso b).
61
Pautas de elaboración de la Estructura
Programática (EP)
16.1 Los Programas Presupuestales cuentan con
Estructuras Programáticas ya definidas y
asociadas a la correspondiente Estructura
Funcional. Para el caso de los Programas
Presupuestales Estratégicos, la Estructura
Programática se define a partir del Programa
Estratégico ya definido y aprobado por las Dir.
Programación y Formulación Presupuestaria de los
años fiscales 2009, 2010 y 2011. 16.2 En el caso
de las Acciones Centrales y las APNOP, la entidad
debe seleccionar las actividades de los catálogos
correspondientes a las Acciones Centrales y APNOP
consignados en los anexos, y las vincula con la
Estructura Funcional correspondiente.
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 16º.
62
Pautas de elaboración de la Estructura
Programática (EP)
16.3 Para efecto de determinar la Estructura
Programática de los proyectos, la entidad debe
seleccionarlos y vincularlos a las categorías
presupuestarias, así como vincularlos con sus
respectivas acciones de inversión u obras
detalladas en el Anexo 3. A partir de dicha
Estructura Programática, la entidad establece su
Estructura Funcional. Los proyectos seleccionados
son aquellos determinados de acuerdo al artículo
20º del Capítulo III de la presente
Directiva. 16.4 Determinada la Estructura
Programática y la Estructura Funcional se procede
a registrar las metas (en sus dimensiones físicas
y financieras) en el Módulo de Formulación
Presupuestal del SIAF, conforme a las
asignaciones presupuestarias informadas por la
Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en
la entidad.
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 16º.
63
El Programación Multianual
17.1 El Presupuesto Multianual del gasto público
constituye un marco presupuestal referencial de
mediano plazo de los gastos, para un período de 3
años fiscales consecutivos (Año t, Año t1 y Año
t2), para lo cual se toma en cuenta lo
siguiente Año t Corresponde al año de
formulación del gasto público. Año t1
Corresponde al periodo posterior al Año t. Año
t2 Corresponde al año posterior al Año
t1. 17.2 Como parte de la implementación
progresiva de la programación multianual del
gasto público se considera a los Programas
Presupuestales y a los proyectos de inversión
pública. 17.3 Los Programas Presupuestales
Estratégicos señalados en el numeral 22 de los
lineamientos aprobados por RD Nº
002-2011-EF/76.01, la programación presupuestaria
sólo considera el año 2012.
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 17º.
64
El Programación Multianual del Programa
Presupuestal - PMPP
18.1 El pliego debe consignar los productos a ser
entregados a la población en cada año (Año t, Año
t1 y Año t2) para el logro del Resultado
Específico establecido conforme al Programa
Presupuestal diseñado. Dicha información es
registrada en el Aplicativo de Programación
Multianual de los Programas Presupuestales, que
la DGPP podrá a disposición de los pliegos y de
acuerdo al Plazo. 18.2 La PMPP se realiza sobre
la determinación de la dimensión física de la
meta de los productos de cada Programa
Presupuestal. Una vez que se programa dicha meta
del año t, sobre la base de las características y
los supuestos identificados en la matriz lógica
del Programa Presupuestal respectivo, se estiman
las metas en su dimensión física para los
siguientes años (t1 y t2).
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 18º.
65
El Programación Multianual del Programa
Presupuestal - PMPP
18.3 Por cada producto debe consignarse el
listado de bienes y servicios requeridos para su
adecuada ejecución y el costo asociado, conforme
al diseño del Programa Presupuestal. 18.4 Los
Productos del Año t corresponden a aquellos
Productos consignados en los anexos de los
Programas Presupuestales del proyecto de Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
respectivo, presentados por el Poder Ejecutivo al
Congreso de la República en el marco del artículo
78º de la Constitución Política del Perú. 18.5 La
información de los Años t1 y t2 recoge la
estimación de los gastos a realizarse en los
productos de dichos años como parte de la
programación multianual de los Programas
Presupuestales.
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 18º.
66
El Programación Multianual del Programa
Presupuestal - PMPP
18.6 La asignación de los créditos
presupuestarios para atender los gastos en
Productos del Programa Presupuestal se determina
tomando en cuenta los productos priorizados por
las entidades y la información complementaria que
provea la Dirección General de Política
Macroeconómica y la Dirección General de
Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales.
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 18º.
67
El Programación Multianual de Inversión Pública -
PMIP
19.1 El PMIP, alcanza en su etapa de
implementación a los pliegos del Gobierno
Nacional y los Gobiernos Regionales. 19.2 El PMIP
es elaborado por la DGPP sobre la base de la
información registrada por los pliegos en el
Aplicativo de PMIP. 19.3 Los PIP del Año t
corresponden a aquellos proyectos consignados en
los anexos cuantitativos del proyecto de Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
respectivo, 19.4 La información de los Años t1
y t2 recoge la estimación de los gastos a
realizarse como parte de la programación
multianual en proyectos de inversión pública del
Año t, así como la programación de los gastos de
los nuevos proyectos de inversión pública viables
o que tengan estudios de pre inversión
registrados en el Banco de Proyectos del SNIP,
que iniciarían su ejecución en los Años t1 y t2.
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 19º.
68
El Programación Multianual de Inversión Pública -
PMIP
19.5 La asignación de los créditos
presupuestarios para atender los gastos de
inversión se determina tomando en cuenta las
prioridades en la ejecución de proyectos de
inversión pública establecidos por las entidades
y la información complementaria que provea la
Dirección General de Política de Inversiones y la
Dirección General de Política Macroeconómica y la
Dirección General de Descentralización Fiscal y
Asuntos Sociales. 19.6 El PMIP es revisado y
actualizado por la Dirección General de
Presupuesto Público, tomando en cuenta los anexos
cuantitativos de la Ley de Presupuesto del Sector
Público del año fiscal respectivo, aprobada por
el Congreso de la República.
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 19º.
69
El Programación Multianual de Inversión Pública -
PMIP
19.7 Los proyectos de inversión pública deben ser
considerados por la entidad que los ejecuta o
co-ejecuta en el marco de sus competencias.
Cuando dos o más pliegos participen en la
ejecución de un proyecto conforme a la
información registrada en el Formato SNIP-03
Ficha de Registro - Banco de Proyectos, cada
entidad programará la parte, que le corresponda
(actividades de inversión y/u obras).
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 19º.
70
Priorización de Proyectos de Inversión Pública
  • Se sujetan al siguiente orden de prelación
  • 1Proyectos en Ejecución (incluye
    cofinanciamiento de concesiones) y dentro de
    estos en el siguiente orden
  • Proyectos de inversión en Liquidación.
  • ii. Proyectos de inversión en Ejecución Física.
  • iii. Proyectos de inversión con Buena Pro.
  • iv. Proyectos de inversión en proceso de
    licitación o concurso.
  • v. Proyectos de inversión con expediente técnico
    aprobado.
  • vi. Proyectos de inversión con expediente técnico
    en elaboración.

Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 20º, Numeral 20.1.
71
Priorización de Proyectos de Inversión Pública
2 Proyectos de inversión con viabilidad. En
este caso, se dará mayor prioridad a aquellos
proyectos que se culminen en el Año t, después en
el Año t1 y finalmente en el Año t2. 20.2 Para
efecto de la prioridad, tendrán preferencia los
proyectos de inversión que estén vinculados al
cumplimiento de un programa estratégico y/o que
beneficien de manera directa a la población en
extrema pobreza o a grupos vulnerables, respecto
de aquellos que no tengan tal vinculación. 20.3
Los proyectos de inversión objeto de la
priorización, deben estar registrados en el
Aplicativo de Programación Multianual de la
Inversión Pública (PMIP.
Directiva N 001-2011-EF/50.01 Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del
Sector Público, Art. 20º, Numeral 20.1, 20.1 y
20.3.
72
Programación y Formulación Presupuestaria 2012
1. implementación de nuevas metodologías e
instrumentos para mejorar la calidad del gasto
público en el marco del Presupuesto por
Resultados (PpR). Entre otros aspectos, el PpR
implica migrar de un enfoque inercial y centrado
en el costeo de insumos hacia un modelo que
vincula los recursos asignados a las entidades
del Sector Público con los productos y los
resultados que deben lograr en beneficio de su
público objetivo, haciendo uso sistemático de la
información de desempeño y las prioridades de
política.
Resolución Directoral N 002-2011-EF/76.01
Lineamientos para para la Programación y
Formulación del Presupuesto del Sector Público
2012, Numeral 7.
73
Superación de Debilidades del actual Sistema
Presupuestario - 2012
- La desvinculación entre gastos y políticas
públicas debido a la ausencia de claridad de los
resultados que se deben lograr. - Atomización y
desarticulación de las acciones del Estado en los
tres niveles de gobierno. - La imprecisión en la
programación por falta de definición de
relaciones causales entre las acciones que se
financian y los resultados, divorcio entre las
metas físicas y el presupuesto. - La visión sólo
anual del presupuesto, con ausencia de objetivos
y metas de mediano y largo plazo. - La ausencia
de definición ciara de responsabilidad gerencial
que permita un adecuado ejercicio de la rendición
de cuentas.
Resolución Directoral N 002-2011-EF/76.01
Lineamientos para para la Programación y
Formulación del Presupuesto del Sector Público
2012, Numeral 7.
74
Para nuevos Programas e Intervenciones
- tener una estructura funcional programática
que claramente identifique al programa y sus
productos - contar con una estructura orgánica
que permita rendir cuentas sobre el desempeño del
programa - haber definido una población
objetivo y área de intervención - vincular los
resultados esperados del programa con los
objetivos nacionales del Plan Estratégico
Nacional - identificar claramente la
vinculación causal entre los productos entregados
y los resultados esperados, sobre la base de la
evidencia disponible, así como los indicadores de
desempeño y supuestos para su seguimiento -
Presentar la estructura de costo del programa.
Resolución Directoral N 002-2011-EF/76.01
Lineamientos para para la Programación y
Formulación del Presupuesto del Sector Público
2012, Numeral 7.
75
La Reforma busca
i) fortalecer la perspectiva estratégica del
presupuesto y su vinculación con las políticas
nacionales, sectoriales y territoriales, ii)
promover paulatinamente el diseño de
intervenciones públicas orientadas a resultados,
y basadas en evidencias, ííi) generar
información de desempeño para una asignación más
eficiente y eficaz de! presupuesto e iv)
introducir una programación multianual del gasto
dentro de (os topes agregados fijados por el
Marco Macroeconómico Multianual. .
Resolución Directoral N 002-2011-EF/76.01
Lineamientos para para la Programación y
Formulación del Presupuesto del Sector Público
2012, Numeral 7.
76
5. La Ejecución Presupuestaria.
  • La Fase de Ejecución Ejecución de Ingresos y
    Ejecución de Gasto
  • La Programación Mensual de Ingresos y Gastos
  • La Programación de Compromisos Anualizada PCA.
  • La Certificación de Créditos Presupuestarios
  • Modificaciones Presupuestarias En el Nivel
    Institucional y Funcional Programático.
  • Limitaciones a las modificaciones presupuestarias
  • Pago de cuotas internacionales, Pago de
    Sentencias Judiciales y las transferencias al
    CAFAE.
  • Normas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina
    Fiscal.

77
La Ejecución Presupuestaria.
  • está sujeta al régimen del presupuesto anual y
    a sus modificaciones conforme a la Ley General,
    se inicia el 1 de enero y culmina el 31 de
    diciembre de cada año fiscal. Durante dicho
    período se perciben los ingresos y se atienden
    las obligaciones de gasto de conformidad con los
    créditos presupuestarios autorizados en los
    Presupuestos.

Art. 25 de la Ley N 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto
78
El Ejercicio Presupuestario.
  • El Ejercicio Presupuestario Comprende
  • a) Año Fiscal, en el cual se realizan las
    operaciones de ingresos y gastos en el
    Presupuesto aprobado, se inicia el 01 de enero al
    31 de diciembre. En el se aplican los ingresos
    percibidos y se ejecutan los gastos devengados
    hasta el último día de diciembre.
  • b) Periodo de Regularización, en el se
    complementa el registro de la información de
    ingresos y gastos de las Entidades, sin
    excepción, será determinado por la DNPP y órganos
    rectores de los otros sistemas, sin exceder al 31
    de marzo de cada año fiscal.

Art. 29 de la Ley N 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto
79
La Ejecución Presupuestaria.
La ejecución de las Actividades y Proyectos así
como de sus Componentes se sujetan a - Ejecución
Presupuestaria Directa Se produce cuando la
Entidad con su personal e infraestructura es
ejecutor presupuestal y financiero de las
Actividades y Proyectos así como de sus
Componentes - Ejecución Presupuestaria
Indirecta Se produce cuando la ejecución física
y/o financiera es realizada por una Entidad
distinta al Pliego, por efecto de un contrato o
convenio con una Entidad privada, o con una
Entidad Pública a título oneroso o gratuito.
Art. 59 de la Ley N 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto
80
La Ejecución Presupuestaria.
Art. 59 de la Ley N 28411, ley General del
Sistema Nacional de Presupuestos.
81
Preparatoria para la Ejecución.
Directiva N 005-2010-EF/76.01 Para la Ejecución
Presupuestaria 2011, artículo 12
82
La Ejecución de Fondos Públicos.
Art. 25 de la Ley N 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuestos.
83
Etapas en la Ejecución de los Fondos Públicos.
se realiza en las etapas siguientes a. Estimac
ión cálculo o proyección de los ingresos por
todo concepto se espera alcanzar durante el año
fiscal. b. Determinación acto por el que se
establece o identifica con precisión el concepto,
el monto, la oportunidad y la persona natural o
jurídica, que debe efectuar un pago o desembolso
de fondos a favor de una Entidad. c. Percepción
momento en el cual se produce la recaudación,
captación u obtención efectiva
Art. 32 de la Ley N 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuestos.
84
Etapas en la Ejecución de los Fondos Públicos.
Art. 32 de la Ley N 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuestos.
85
Ejecución Financiera de los Fondos Públicos.
La Ejecución Financiera de los Ingresos se
produce cuando se recaudan, captan u obtienen los
recursos a. Recaudación Proceso propio de la
Ejecución de Ingresos mediante el cual, el Estado
percibe Recursos Públicos por concepto de
Impuestos, sin generar ningún tipo de
contraprestación por parte de éste. b. Captación
Proceso propio de la Ejecución de Ingresos
mediante el cual se perciben Recursos Públicos
por la prestación de un servicio público de
carácter individualizado por parte de las
Entidades Públicas. c. Obtención Proceso propio
de la Ejecución de Ingresos mediante el cual se
recepcionan Recursos Públicos por concepto de
Donaciones y/o Endeudamiento, por parte de las
Entidades Públicas.
DNPP Sistema de Gestión Presupuestaria -
Glosario de Términos 1999.
86
Ejecución Financiera de los Fondos Públicos.
DNPP Sistema de Gestión Presupuestaria -
Glosario de Términos 1999.
87
Ejecución del Gasto.
. La Ejecución Presupuestaria del Gasto - El
Compromiso Al 31 de diciembre la ejecución
presupuestaria, está constituida por compromisos
devengados . La Ejecución Financiera del
Gasto - El Devengado - El Giro - El Pago
DNPP Sistema de Gestión Presupuestaria -
Glosario de Términos 1999.
88
Ejecución del Gasto Público.
DNPP Sistema de Gestión Presupuestaria -
Glosario de Términos 1999.
89
La Programación Mensual de Ingresos y Gastos
La Programación Mensual del Presupuesto es el
proceso mediante el cual se compatibilizan los
objetivos de la programación presupuestaria anual
con las respectivas asignaciones financieras en
función a los créditos presupuestarios
autorizados, lo cual tiene por objeto generar la
información para la gestión de gasto
institucional y la adecuada gestión financiera de
caja .
90
La Programación de Compromisos Anuales. (PCA)
es un instrumento de programación del gasto
público de corto plazo, por toda fuente de
financiamiento, que permite la constante
compatibilización de la programación del
presupuesto autorizado, con el marco
macroeconómico multianual, las reglas fiscales
contenidas en la Ley de Responsabilidad y
Transparencia Fiscal y la capacidad de
financiamiento del año fiscal respectivo, en un
marco de disciplina, prudencia y responsabilidad
fiscal.
Directiva N 005-2010-EF/76.01 Para la Ejecución
Presupuestaria 2011, artículo 7
91
La Certificación de Créditos Presupuestarios
constituye un acto de administración cuya
finalidad es garantizar que se cuenta con el
crédito presupuestario disponible y libre de
afectación, para comprometer un gasto con cargo
al presupuesto institucional autorizado para el
año fiscal respectivo, en función a la PCA,
previo cumplimiento de las disposiciones legales
vigentes que regulen el objeto materia del
compromiso. Dicha certificación implica la
reserva del crédito presupuestario, hasta el
perfeccionamiento del compromiso y la realización
del correspondiente registro presupuestario.
Directiva N 005-2010-EF/76.01 Para la Ejecución
Presupuestaria 2011, artículo 14
92
El Compromiso.
acto de administración mediante el cual el
funcionario facultado a contratar y comprometer
el presupuesto a nombre de la entidad acuerda,
luego del cumplimiento de los trámites legalmente
establecidos, la realización de gastos
previamente aprobados, por un importe determinado
o determinable, afectando total o parcialmente
los créditos presupuestarios, en el marco de los
presupuestos aprobados, la PCA y las
modificaciones presupuestarias realizadas. El
compromiso se efectúa con posterioridad a la
generación de la obligación nacida de acuerdo a
Ley, Contrato o Convenio. El compromiso debe
afectarse a la correspondiente cadena de gasto,
reduciendo su importe del saldo disponible del
crédito presupuestario, a través del respectivo
documento oficial.
Directiva N 005-2010-EF/76.01 Para la Ejecución
Presupuestaria 2011, artículo 14
93
El Devengado.
es el acto de administración mediante el cual
se reconoce una obligación de pago, derivada de
un gasto aprobado y comprometido, que se produce
previa acreditación documentaria ante el órgano
competente de la realización de la prestación o
el derecho del acreedor. El reconocimiento de la
obligación debe afectarse al presupuesto
institucional, con cargo a la correspondiente
cadena de gasto. Esta etapa del gasto se sujeta a
las disposiciones que dicta la Dirección Nacional
del Tesoro Público.
Directiva N 005-2010-EF/76.01 Para la Ejecución
Presupuestaria 2011, artículo 14
94
El Pago.
El pago es el acto de administración mediante el
cual se extingue, en forma parcial o total, el
monto de la obligación reconocida, debiendo
formalizarse a través del documento oficial
correspondiente. Está prohibido efectuar pagos de
obligaciones no devengadas. Esta etapa del gasto
se sujeta a las disposiciones que dicta la
Dirección Nacional del Tesoro Público.
Directiva N 005-2010-EF/76.01 Para la Ejecución
Presupuestaria 2011, artículo 14
95
Las Modificaciones Presupuestarias
  • En el nivel Institucional
  • - Créditos Suplementarios
  • - Transferencias de Partidas
  • Se aprueban por Ley
  • En el nivel Funcional Programático
  • - Habilitaciones
  • -Anulaciones
  • Se aprueban mediante Resolución del Titular del
    Pliego ó por delegación.

Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, Artículos 39 y 40.
96
Las Modificaciones Presupuestarias.
Art. 25 de la Ley N 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuestos.
97
Modificaciones en el Nivel Institucional
Créditos Suplementarios constituyen
incrementos de los créditos presupuestarios
autorizados provenientes de mayores recursos
respecto de los establecidos en la Ley de
Presupuesto del Sector Público,
y Transferencias de Partidas son los
traslados de créditos presupuestarios entre
Pliegos..
Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, Artículos 39.
98
Modificaciones en el Nivel Funci
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