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Medios alternos de solucion de controversias e interacci

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Title: Medios alternos de solucion de controversias e interacci n notarial Author: Dr. Victoria Last modified by: Dr Hector Victoria Created Date – PowerPoint PPT presentation

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Title: Medios alternos de solucion de controversias e interacci


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Medios alternos de solución de controversias e
interacción notarial Abog. Jorge R. Peniche
Aznar Dr. Héctor Victoria Maldonado
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Problemática que le da origen a los MASC
  • Hablar de medios alternativos de solución de
    conflictos es recordar los problemas que enfrenta
    la procuración y administración de justicia en
    nuestro país. La ciudadanía se duele de algunos
    casos de corrupción que se dan en la procuración
    de justicia así como de lo lento y costoso que
    resulta acudir a dirimir sus controversias ante
    los órganos jurisdiccionales.
  • Si bien la Constitución Política de los Estados
    Unidos Mexicanos, en su artículo 17, establece
    que toda persona tiene derecho a que se le
    administre justicia por tribunales que estarán
    expeditos para impartirla en los plazos y
    términos que fijen las leyes, emitiendo sus
    resoluciones de manera pronta, completa e
    imparcial y que dicho servicio será gratuito, la
    realidad muestra que la conflictiva social ha
    rebasado la capacidad de los órganos encargados
    de la administración de justicia para cumplir con
    tan alta encomienda constitucional.
  • En consecuencia, se denuncia un sistema de
    impartición de justicia lento, complejo y costoso
    lo que, a su vez, genera que éste sea poco
    accesible para todos los mexicanos. Es evidente
    que la solución de abrir nuevos órganos
    jurisdiccionales e incrementar la plantilla de
    recursos humanos en juzgados y tribunales a fin
    de abatir el rezago, no ha sido suficiente.
  • Además, el principio de equidad no siempre se
    refleja o advierte en el orden jurídico y en las
    decisiones jurisdiccionales, incluso, se habla de
    decisiones injustas, aunque jurídicas, en
    virtud de que no hacen patente los valores y
    principios que el gobernado considera inspiran el
    orden jurídico y que deberían determinar las
    decisiones.

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Qué son los MASC
  • Conjunto de procedimientos que sirven como
    alternativas a los procedimientos adjudicatorios
    de litigio y arbitraje para la solución de
    controversias, que por lo general aunque no
    necesariamente involucran la intercesión y
    asistencia de un tercero neutral que ayuda a
    facilitar dicha solución
  • ESTAVILLO CASTRO, Fernando, voz Medios
    alternativos de solución de controversias,
    Enciclopedia Jurídica Mexicana, Tomo V, M-P, 2ª.
    Edición, Editorial Porrúa-UNAM, México, 2004, p.
    66.

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Características de los MASC
  • Autocompositivos o heterocompositivos
  • Adversariales o no adversariales
  • Adjudicatorios o no adjudicatorios
  • Voluntarios
  • Expeditos
  • Económicos

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Objetivos de los MASC
  • Establecer y afianzar una cultura de conciliación
    y diálogo en la solución de controversias, tanto
    entre particulares, como entre particulares y
    autoridades, sin necesidad de acudir a una
    instancia jurisdiccional.
  • Coadyuvar a disminuir la carga de trabajo de los
    órganos jurisdiccionales así como a lograr una
    mayor satisfacción de la población en la
    resolución de controversias a través de
    procedimientos sencillos, accesibles y ágiles.

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Principales MASC
  • Amigable composición
  • Conciliación.
  • Mediación
  • Arbitraje

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Amigable composición
  • La amigable composición es un mecanismo de
    solución de conflictos a través del cual un
    tercero imparcial (amigable componedor) toma la
    decisión sobre un conflicto en virtud de un
    mandato que le ha sido otorgado por las personas
    envueltas en un conflicto.
  • Tiene un carácter eminentemente contractual en el
    que no se ejerce una función jurisdiccional, pues
    no se sujeta a reglas procesales.

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Conciliación
  • La conciliación es un mecanismo de resolución de
    conflictos a través del cual, dos o más personas
    gestionan por sí mismas la solución de sus
    diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y
    calificado, denominado conciliador.
  • La conciliación es un procedimiento con una serie
    de etapas, a través de las cuales las personas
    que se encuentran involucradas en un conflicto
    desistible, transigible o determinado como
    conciliable por la ley, encuentran la manera de
    resolverlo a través de un acuerdo satisfactorio
    para ambas partes.

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Mediación
  • La mediación es un mecanismo de solución de
    conflictos a través del cual un tercero ajeno al
    problema interviene entre las personas que se
    encuentran inmersas en un conflicto para
    escucharlas, ver sus intereses y facilitar un
    camino en el cual se encuentren soluciones
    equitativas para los participantes en la
    controversia.

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Arbitraje
  • El arbitraje es un mecanismo por medio del cual
    las partes involucradas en un conflicto de
    carácter transigible, defieren su solución a un
    tribunal arbitral, el cual queda transitoriamente
    investido de la facultad de impartir justicia,
    profiriendo una decisión denominada laudo
    arbitral.
  • Es heterocompositivo y se encuentra sujeto a
    reglas de procedimiento.

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Tipos de arbitraje
  • Arbitraje en Derecho Es aquel ajustado a derecho
    que debe fundar su resolución en las normas
    legales y jurisprudencia vigentes.
  • Arbitraje en Equidad es aplicado en situaciones
    de confianza donde no hace falta aplicar las
    normas jurídicas o la jurisprudencia, sino los
    criterios de justicia propios de los árbitros
    conforme al lugar de las partes en conflicto.
  • Arbitraje técnico está basado en los
    conocimientos técnicos profesionales
    especializados de los árbitros que han sido
    nombrados.

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Algunos organismos que aplican MASC
  • Comisiones de Derechos Humanos
  • Comisiones de Arbitraje Médico
  • Procuraduría Federal del Consumidor
  • Juntas Federal y Locales de Conciliación y
    Arbitraje
  • Procuradurías de Justicia
  • Procuradurías de la Defensa del Menor y de la
    Familia

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Ventajas de los MASC sobre los métodos
tradicionales
  • Prestan atención a los intereses de las partes en
    conflicto y no sólo a sus derechos y
    obligaciones, en consecuencia, los resultados que
    se obtienen a través de algunos de estos
    procedimientos, benefician, a menudo, a todas las
    partes involucradas
  • Tienen impacto positivo en la relación futura de
    los contendientes, es decir, fomentan la
    transigencia, la tolerancia y la negociación ante
    la posibilidad de un futuro conflicto de
    intereses
  • Desaparece el juez como autoridad, lo cual, desde
    el punto de vista psicológico, desinhibe a las
    partes para poner en la mesa de discusión, los
    verdaderos intereses que subyacen a la litis y,
  • Se protegen los intereses de terceros ajenos a la
    controversia, pero que sufren las consecuencias
    negativas de la resolución.

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Retos conceptuales y prácticos de los MASC
  • Determinar si su inserción en el sistema jurídico
    local debe ser en sede judicial, o en cualquiera
    de los otros dos poderes, o bien, si ésta debe
    darse en el ámbito privado como el notarial
  • Considerar que el establecimiento de los medios
    alternativos de solución de conflictos requiere
    prever las condiciones necesarias para su éxito,
    entre otros
  • la adecuada formación de aquellas personas y
    funcionarios que tendrán la responsabilidad de
    aplicarlos,
  • la difusión masiva de qué son, cómo funcionan,
    ante quién acudir, así como las ventajas de optar
    por estos mecanismos y
  • el desarrollo de una cultura de diálogo y
    consenso desde los niveles básicos de la
    educación, hasta la inclusión de materias
    específicas en todos los planes y programas de
    estudio de las facultades y escuelas de derecho
  • Afrontar que estos mecanismos alternos de
    solución de conflictos a veces contradicen la
    formación, experiencia, y la cultura profesional
    de los abogados, según la cual, las partes son
    adversarios y los conflictos se resuelven
    mediante la aplicación de normas que determinen
    que sólo a uno de ellos asiste la razón, mientras
    que el otro carece de ella.

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Algunas entidades que contemplan MASC en su
legislación
  • Aguascalientes,
  • Baja California Sur,
  • Chihuahua,
  • Coahuila,
  • Colima,
  • Estado de México,
  • Guanajuato,
  • Nuevo León,
  • Oaxaca,
  • Puebla,
  • Querétaro,
  • Quintana Roo,
  • Tabasco,
  • Distrito Federal.

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Ventajas de llevar los MASC en sede notarial
  • Celeridad. Los MASC en sede notarial solucionan
    conflictos en plazos más rápidos que los procesos
    judiciales o aún otros medios ante autoridades
    creadas ex profeso.
  • Economía. Las partes solucionan sus conflictos
    con un evidente ahorro económico en comparación
    con los procesos judiciales.
  • Eficacia. Los MASC propician la cultura de
    conciliación, a la vez que otorgan plena
    seguridad jurídica a las partes.
  • Reserva y confidencialidad. La información que
    las partes revelan al notario puede ser
    confidencial o reservada
  • Idoneidad. La participación notarial garantiza
    la intervención de profesionales de alta
    capacitación y reconocida probidad.

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Retos de los Notarios ante los MASC
  • Propiciar ante las autoridades la inclusión de
    MASC en su legislación procesal y notarial
  • Capacitación profesional y técnica en medios y
    técnicas para aplicar los MASC
  • Difusión de las ventajas de los MASC entre sus
    clientes y en general en la sociedad.
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