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ESTOS CINCUENTA A

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ESTOS CINCUENTA A OS PROCESO POLITICO CONTEMPORANEO EL RESCATE DEL MUNICIPIO Una de las tendencias fundamentales, no solo en el pa s sino tambi n en muchos otros ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: ESTOS CINCUENTA A


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ESTOS CINCUENTA AÑOSPROCESO POLITICO
CONTEMPORANEO
  • EL RESCATE DEL MUNICIPIO
  • Una de las tendencias fundamentales, no solo en
    el país sino también en muchos otros Estados, es
    la recuperación del municipio como célula básica
    de la vida política y administrativa, centro de
    las actividades sociales primarias, y cuna del
    ejercicio de la democracia. En Colombia, la
    reforma constitucional realizada en 1986 alienta
    la descentralización territorial, no solamente
    en el aspecto administrativo, sino también en el
    contexto político y en la participación fiscal

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  • Desde 1958 se iniciaron los proyectos de
    reestructuración política y se buscó la
    racionalización de los servicios públicos,
    creando instrumentos que permitieran en ellos una
    mayor eficiencia bajo la administración
    descentralizada y encomendada a las autoridades
    locales. Sobrevivían los controles
    administrativos y se trataba más de corregir
    otros mecanismos que habían mostrado su
    ineficacia, como la delegación de funciones. Un
    nuevo hito lo pone la reforma del 68 que hace un
    poco más por la descentralización administrativa.
    La descentralización asume las formas de
    descentralización técnica, funcional o por
    servicios no logra sinembargo cosa distinta al
    incremento de la burocracia y la dispersión de
    los recursos, conocida la todavía incipiente
    capacitación para el diseño y la evaluación de
    proyectos y presupuestos. Se mencionan en los
    períodos siguientes disposiciones progresistas en
    favor del municipio, como la reglamentación del
    situado fiscal por la Ley 46 de 1971, la
    regulación de las Contralorías Municipales, la
    normatización de la Planeación Municipal y de las
    Juntas Administradoras Locales, las Asociaciones
    de Municipios y las Areas Metropolitanas

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LA ESTRUCTURA POLITICA DEL ESTADO COLOMBIANO
  • La configuración que hace tiempo tiene el Estado
    Colombiano es la forma republicana a partir de un
    concepto básico, a saber Quienes ejercen el
    poder y administran los recursos del país no lo
    hacen como dueños de él, no les pertenece por
    designación divina, ni por herencia
    aristocrática, ni por conquista militar. Lo hacen
    como representantes de todo el pueblo, que es el
    sustento de la soberanía

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  • El ejercicio del poder y las atribuciones de los
    gobernantes y administradores está definido en el
    articulado de la Constitución, y es desarrollado
    a través de las leyes pertinentes, lo que supone
    que la voluntad discrecional está reglada y
    restringida, con límites que determinan la
    legalidad de los actos administrativos, y a
    partir de los cuales se origina la
    responsabilidad de los gobernantes o mandatarios
    ante los gobernados o mandantes, cuya voluntad se
    busca realizar y en cuyo nombre se gobierna. La
    Constitución y las leyes crean y organizan las
    instituciones encargadas de anular los actos
    ilegales y de sancionar a quienes hagan mal uso
    de su autoridad. En términos concretos, la
    Constitución de la República se dirige a una
    finalidad Diseñar la estructura orgánica del
    Estado -la anatomía política-, reglamentar su
    funcionamiento -la fisiología política-, y
    regular las relaciones entre el Estado y las
    personas que lo conforman objetivo éste que es
    fundamental, y puede asimilarse como se está
    haciendo, a una cierta ecología política donde
    las instituciones constituyen la biosfera o nicho
    del hombre social.

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  • Como en todas las constituciones liberales, en
    las nuestras se ha consagrado la separación de
    las ramas del poder público, que equivocadamente
    se sigue atribuyendo a Montesquieu. Pero es aún
    válida la pretensión de que ella permite un
    control recíproco que le da sentido democrático
    al ejercicio del poder y pone cortapisas a la
    exagerada influencia de unos sectores sobre
    otros. Las ramas Legislativa, Ejecutiva, y
    Judicial, están llamadas, sinembargo a la
    cooperación en la persecución del común
    bienestar.
  • Los conservadores han buscado desprestigiar la
    libertad bautizándola anarquía, y los liberales
    han motejado de tiranía el orden impuesto por los
    contrarios. Resultado de la evolución política es
    el logro, relativamente consolidado, de la
    prevalencia de los intereses sociales frente a
    los derechos privados o particulares.

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  • El gobierno de CESAR GAVIRIA promovió la
    convocatoria de una Asamblea Nacional
    Constituyente, con el manifiesto interés de
    promover una mayor participación democrática en
    la gestión política. Se pensó que la violencia,
    ya instalada como endemia en el país, y en
    proceso de expansión y de agudización tanto en
    sus formas económica y partidista, como en la
    vinculación delincuencial con el narcotráfico,
    cedería en la medida en que las élites,
    detentadoras tradicionales del manejo del Estado,
    cedieran en su afán de ventajas y de privilegios,
    en favor de un pueblo largamente humillado y
    ofendido, sin recursos de desarrollo y privado en
    la práctica de los más elementales derechos los
    derechos humanos.

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1. LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA.
  • El pueblo colombiano durante el largo ejercicio
    de la llamada democracia representativa solo fué
    convidado a las urnas para elegir a quienes en su
    nombre pensaran y decidieran, y se convirtió en
    un lugar común sin respaldo fáctico la alegación
    de que los representantes del pueblo buscaban la
    defensa de los intereses comunes. Por ello se
    hizo necesario crear mecanismos a través de los
    cuales los colombianos no fueran solo llamados a
    elegir, sino también a decidir sobre los asuntos
    de su interés prioritario. Los partidos han
    perdido representatividad y se hace preciso
    escuchar otras formas de opinión, al margen de
    ellos. Esto requería inclusive -y justificaba-
    que la reforma no fuera hecha por un Congreso
    desprestigiado y esclerosado sino por la
    presencia general del pueblo -constituyente
    primario- en una Asamblea Constituyente, sin
    limitaciones al ejercicio de su soberanía.

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2. LUCHA CONTRA LA ARBITRARIEDAD Y BUSQUEDA DE LA
PAZ.
  • La generalizada violencia en el país se ha
    convertido en un fenómeno complejo. Ya es
    imposible asumir con simpleza que las bandas
    armadas son grupos de delincuentes comunes.
  • Derechos Humanos por parte de los agentes de un
    Estado, clasista y comprometido con el
    liberalismo económico internacional, cuya
    carencia de controles éticos ha llevado al mismo
    Papa a calificarlo como capitalismo salvaje. La
    estructura del Estado como instrumento de sus
    oligarquías económicas ha convertido las
    libertades públicas en formas que no corresponden
    a ninguna realidad para los ciudadanos de carne y
    hueso

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  • Se detecta la tendencia en los jueces del país a
    imponer la pena mínima en cada caso. Algunos
    delitos no corresponden en la opinión pública a
    la importancia que les da la ley tal ocurre con
    la contaminación de aguas, el hurto, el aborto,
    la invasión, el incesto, la rebelión y el
    estupro. La evolución en las leyes penales mostró
    a los investigadores que se protege más el
    interés particular que el general, y se sanciona
    en forma más drástica la delincuencia política
    que la delincuencia común
  • Una de las conclusiones que aportan los
    invetigadores es elemental e importante Un
    juzgado es una pequeña empresa dirigida por un
    juez que es muy docto en lo jurídico pero
    totalmente ignorante en administración de ahí
    que en su "empresa" todo el mundo atienda al
    público a todas horas, todos se dediquen a buscar
    un negocio en el archivo y nadie se
    responsabilice de la eficacia ni de la
    eficiencia...
  • Afirma el Doctor JAIME GIRALDO ANGEL "Colombia
    tiene una vez y media más jueces que Estados
    Unidos a pesar de que en este último país suele
    acudirse a la justicia por cualquier problema
    intrascendente. Mientras que en Colombia hay un
    juez por cada 8.000 habitantes, en Estados Unidos
    hay uno por cada 12.000...... pero en este país
    hay múltiples mecanismos extrajudiciales y
    prejudiciales de solución de conflictos, que
    hacen que sólo entre el 5 y el 10 de las
    demandas lleguen a juicio.

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3. UNA INSTITUCIONALIDAD FUERTE COMO PLATAFORMA
PARA EL FUTURO
  • Los retos del siglo XXI requieren un Estado con
    características especiales. Por ello se busca que
    el desarrollo económico y social tengan por
    escenario un país moderno. Desde luégo, se trata
    de fortalecer las instituciones, no simplemente
    de fortalecer el ejecutivo, como en ocasiones se
    ha propuesto. Una condición parece ser el
    pluralismo democrático, en sustitución de las
    hegemonías partidistas que acaban debilitando el
    proceso general de la convivencia
  • La nueva estructura política propenderá por el
    reconocimiento de los grupos de presión, sin
    llegar a los excesos del corporativismo fascista,
    pero les asignará papel activo y responsabilidad
    específicas en la gestión ciudadana.

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4. NUEVA VISION SOBRE LA SEPARACION DE LAS RAMAS
DEL PODER PUBLICO.
  • Las últimas reformas constitucionales han hecho
    hincapié en que haya cooperación entre las Ramas,
    no obstando su tradicional separación
    estructural. Sinembargo los partidarios del
    intervencionismo estatal como remedio a los
    abusos privados sobre todo en el campo económico,
    encuentran oportuno estudiar con otros ojos la
    posibilidad de integrar los elementos del Estado
    para determinados efectos.
  • La separación de poderes ha tenido ese resultado,
    en la medida en que el mecanismo de contrapeso,
    manipulado por los personeros de los intereses
    elitistas, frena y obstaculiza todo intento de
    volcar interés sobre la inversión social o sobre
    las reinvidicaciones laborales, o en la
    normatización favorable a las clases y sectores
    pobres.

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5. RETORNO DEL FEDERALISMO.
  • Los promotores de la nueva estructura política
    consideran que ha llegado el momento de volver a
    intentar la fórmula federalizante en la
    organización del país. El peso de los valores
    regionales, la diferenciación de culturas, llaman
    a fomentar con nuevo criterio el desarrollo de
    los intereses de las regiones y provincias, la
    explotación de sus recursos y la utilización de
    sus riquezas. Dentro de ese espíritu se tuvo ya
    el precedente de la elección popular de alcaldes
    y gobernadores.
  • Se espera que la autonomía local dé una mejor
    imagen del Estado en su inmediatez y su
    proximidad al concepto de legitimidad. La
    promoción de la autonomía local incluye la
    transferencia de poderes de policía, la
    independencia fiscal, la "legislación
    territorializada" y la planeación local pero
    articulada.

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6. MODERNIZACION DE LA ECONOMIA.
  • Un último objetivo en la catequesis que hace el
    gobierno para la Constituyente, es la
    modernización de la economía. Se reconoce que el
    énfasis de las últimas reformas se ha puesto en
    la construcción de unos ciertos derechos de
    sentido social, de favor a las clases
    proletarias. Pero a juicio de los nuevos
    ideólogos, la necesidad del momento es quitarle
    al proceso económico nuéstro ese carácter
    parroquial, esas limitaciones de economía
    doméstica, e insertarla en la economía mundial,
    internacionalizarla, y aceptar las misiones y
    papeles que en tal condición le corresponderían.

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LA CONSTITUYENTE
  • Desde 1988 se había propuesto por el Presidente
    Virgilio Barco la convocatoria de un Plebiscito
    para derogar la prohibición introducida por la
    Reforma de 1957, cuyo tenor reducía a las
    atribuciones del Congreso la posibilidad de
    reformar la Constitución. Luego se integró con
    acuerdo de los partidos políticos liberal y
    conservador una Comisión de Ajuste Institucional,
    con el encargo de elaborar el temario para una
    Reforma Constitucional.

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CONSTITUCION POLITICA DE 1991
  • La Constitución Política de Colombia, vigente
    desde Julio de 1991, y originada en la Asamblea
    Nacional Constituyente elegida por voto popular,
    tiene algunas características de especial
    interés.
  • Se trató de incorporar en ella los aportes de
    muchos pensamientos, de tendencias plurales,
    inclusive de intereses precarios y transitorios.
    De hecho no puede confundirse una Constitución
    con un programa de gobierno o con los postulados
    pragmáticos de un partido. Una Constitución es el
    programa de vida de un pueblo y no se diseña en
    forma inmediatista para la solución de problemas
    coyunturales sino que se proyecta a la historia.
    Los Estados modernos no lo son porque tengan
    constituciones de la semana pasada sino porque
    han hallado en documentos ya centenarios el
    espíritu suficiente y flexible para acomodarse a
    los nuevos tiempos.
  • lo han hecho para distinguir los derechos que son
    derechos de los derechos que no son derechos, es
    decir, la eficacia, de la retórica.

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LA CONSTITUCION COLOMBIANA
  • tiene para el estudioso una estructura que
    integra temas y conceptos de singular
    importancia. Sin que vayamos a agotarlos en la
    glosa, los enumeramos
  • TITULOS
  • I DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
  • II DE LOS DERECHOS, LAS GARANTIAS Y
    LOS DEBERES
  • III DE LOS HABITANTES Y DEL
    TERRITORIO
  • IV DE LA PARTICIPACION DEMOCRATICA Y
    DE LOS
  • PARTIDOS POLITICOS
  • V DE LA ORGANIZACION DEL ESTADO
  • VI DE LA RAMA LEGISLATIVA
  • VII DE LA RAMA EJECUTIVA
  • VIII DE LA RAMA JUDICIAL
  • IX DE LAS ELECCIONES Y DE LA
    ORGANIZACION ELECTORAL
  • X DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL
  • XI DE LA ORGANIZACION TERRITORIAL
  • XII DEL REGIMEN ECONOMICO Y DE LA
    HACIENDA PUBLICA
  • XIII DE LA REFORMA DE LA CONSTITUCION

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PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
  • Salart de Monjoie, se alarga y complementa en el
    intento de adecuarse a las nuevas proyecciones
    del interés social. Los llamados por los
    tratadistas contemporáneos, derechos de primera
    generación son complementados por la promoción de
    intereses colectivos y sociales, presentados como
    derechos, pero que deben entenderse como
    postulaciones políticas o compromiso ideológico
  • La democracia representativa, sufrida en sus
    excesos en siglo y medio de vida republicana,
    pasa a ser democracia participativa, y la
    Constituyente crea mecanismos varios a través de
    los cuales el ciudadano toma responsabilidad en
    las decisiones administrativas cotidianas.
  • El pluralismo ideológico se abre puertas, donde
    antes se mantenía un riguroso monopolio del
    liberal-conservatismo
  • La autonomía de los poderes locales, que había
    sido un proyecto largamente acariciado, entra
    como tendencia fuerte, definida con claridad y
    concreción, y sobre la cual las expectativas son
    grandes y urgentes. Este principio, bien podría
    considerarse, es la forma moderna del antiguo
    interés federalista.

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EL ESTADO Y SUS FINES
  • El Estado se define como república unitaria, y a
    la noción de Estado de Derecho, que supone la
    vigencia plena del principio de legalidad, se
    agrega la nota calificativa de SOCIAL Estado
    SOCIAL de Derecho. El estado democrático surge
    con la autolimitación engendrada por voluntad del
    constituyente primario al reglamentar el
    ejercicio de la autoridad
  • El concepto de Estado Social ingresa a la teoría
    política con la Constitución impuesta por los
    Aliados a la Alemania vencida, en 1949. El texto
    hace énfasis en que el poder debe concebirse como
    instrumento democrático, y no solamente debe
    inscribirse en un ámbito jurídico sino que ha de
    orientarse a la solución de los problemas
    generales dando especial protección a los
    sectores más necesitados de la sociedad con un
    sentido que supere la justicia distributiva y
    alcance los niveles de la equidad
  • El concepto de SOBERANIA ha tenido esenciales
    variaciones en el último siglo. Vinculado
    inicialmente a los monarcas, fué sinónimo de
    irresponsabilidad ante las instancias terrenas y
    relación de orígen con la divinidad propuesta por
    las religiones

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LA DIVERSIDAD ETNICA
  • La Constitución reconoce que el país es asiento
    de varias culturas y de formaciones étnicas
    diferenciables. Esta estructura sociológica
    apenas ahora despierta el cuidado de los
    constituyentes y de los políticos. De hecho la
    pluralidad étnica ha existido siempre en nuestro
    país. Y parecidas composiciones se observan en
    otros Estados y continentes. Es el llamado hace
    tiempo problema de las minorías nacionales. El
    ideal de la concordancia estado-nacionalidad en
    el estado nacional ha sido prácticamente de
    imposible realización.

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LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA
  • Se han creado varios mecanismos por medio de los
    cuales se hace efectiva la participación de los
    ciudadanos en las decisiones que afectan la vida
    de la comunidad. La iniciativa popular permite a
    un grupo de ciudadanos proponer la creación de
    normas ante las corporaciones, no solo en los
    niveles locales sino en las alturas del Congreso

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LAS GARANTIAS
  • Cuando los derechos no tienen formas expeditas de
    reclamarse y hacerse cumplir, se diría que
    carecen de garantías. Por eso el constituyente ha
    cuidado que no queden huérfanos de ellas y ha
    previsto varias para darles realidad y eficacia a
    los derechos.
  • el debido proceso
  • principio de legalidad
  • inculpar a los parientes
  • Habeas Corpus
  • prohibición de la extradición de nacionales
  • principio de la doble instancia
  • derecho de petición.

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LA TUTELA
  • En la constitución del 91 aparece una forma
    peculiar de amparo judicial de los derechos
    fundamentales de las personas, que no existía
    antes en forma genérica. Aunque debe entenderse
    que dentro de la tutela o amparo es una especie
    la protección de la libertad personal que hemos
    conocido como habeas corpus.
  • De un lado, en torno al requisito de que para que
    sea viable debe ser el único camino para la
    protección del derecho amenazado, pues si existen
    mecanismos judiciales diferentes para el trámite,
    no puede hacerse uso de la tutela. Por otra
    parte, la Constitución habló de vulneración o
    amenazas procedentes de cualquier autoridad
    pública, y en el debate subsiguiente ha quedado
    reducida a la rama ejecutiva del poder, aunque
    subsisten muchas presiones para hacerla operar
    aún respecto de las decisiones judiciales

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LA ACCION DE CUMPLIMIENTO
  • Comoquiera que es experiencia cotidiana en el
    país la inejecución de las normas legales
    expedidas, la Constitución consagra la acción de
    cumplimiento, cuyo objeto es forzar a que los
    encargados de ejecutar una norma obedezcan lo
    dispuesto y le den realidad.

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LOS DERECHOS HUMANOS
  • La Constitución Nacional reconoce los derechos
    humanos, y declara incorporados a la estructura
    jurídico-política de la nación las disposiciones
    del Derecho Internacional Humanitario. Hay qué
    aclarar los conceptos, que se refieren a
    concepciones jurídico-normativas la una, y a
    postulados doctrinales o filosóficos la otra.
  • Como doctrina de fuentes y proyección humanista,
    la de los derechos humanos tiene una finalidad
    la defensa del individuo contra la autoridad
    aplastante del Estado. Se considera que las
    conductas sometidas a la penalización ordinaria
    -en especial el homicidio, el secuestro, la
    tortura, y todas las formas de violencia física y
    moral contra las personas- son más graves y
    generan más escándalo social, cuando provienen de
    los agentes del Estado -jueces, policía,
    ejército-, dado que a ellos se les ha cedido el
    monopolio de la fuerza armada y los privilegios
    de administrar y juzgar, precisamente para que
    custodien la seguridad y la tranquilidad de los
    asociados.
  • Cuando algunas costumbres de tolerancia, de
    generosidad, de altruísmo, de convivencia y de
    humanización de los conflictos armados, asumen la
    forma de acuerdos entre las naciones, va tomando
    forma la normatización que llamamos Derecho
    Humanitario.

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TERRITORIO, HABITANTES Y NACIONALIDAD
  • El territorio es el soporte físico del Estado, y
    correctamente se lo denomina el país (palabra
    procedente del latin pagus, que significa el
    campo). En el país habita la población, dentro de
    la cual el conjunto de voluntades de los
    ciudadanos constituye la nación. Y cuando se
    reúnen población, gobierno y territorio,
    conforman la organización jurídico-política que
    conocemos como Estado.
  • mar territorial
  • espacio aéreo
  • territorio flotante
  • territorio volante
  • territorio ficticio
  • territorio colgante
  • espectro electromagnético
  • El territorio pertenece al Estado
  • Pero entre los habitantes, que conforman la
    población, debemos distinguir los extranjeros de
    los nacionales, y entre estos últimos los
    nacionales en general de los nacionales
    ciudadanos. Son nacionales, es decir, tienen la
    nacionalidad colombiana, las personas nacidas de
    padres colombianos residentes aquí o en cualquier
    lugar del mundo, o los que siendo hijos de
    extranjeros soliciten y obtengan la carta de
    naturaleza o nacionalización, todo ello dentro de
    las condiciones y los requisitos previstos en las
    leyes.

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ORGANIZACION DEL ESTADO
  • El Estado colombiano se plantea funcionalmente
    con el Poder Público operando a través de tres
    Ramas, la Legislativa, la Ejecutiva, y la
    Judicial.
  • RAMA LEGISLATIVA
  • Tiene un órgano bicameral, el Congreso, que
    integran el Senado y la Cámara de Representantes.
    (No tiene correspondientes en los niveles
    departamental y municipal, pues la Asamblea y el
    Concejo son corporaciones administrativas). Los
    Senadores y Representantes llegan por elección
    popular, para períodos de cuatro años.El Senado
    tiene cien miembros elegidos por la
    circunscripción nacional, y dos más elegidos por
    las comunidades indígenas.

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  • La Cámara la integran dos Representantes por cada
    departamento y por el Distrito Capital de Santa
    Fe de Bogotá, y uno más por cada 250.000
    habitantes, o fracción mayor de 125.000.
    Adicionalmente por vía de ley pueden definirse
    otras circunscripciones para elegir hasta cinco
    representantes, por otras minorías políticas, por
    los grupos étnicos, y por los colombianos
    residentes en el exterior.
  • Los miembros de las Cámaras están distribuídos en
    siete Comisiones Constitucionales permanentes, y
    en ellas se da el primer debate a los proyectos
    de ley, de acuerdo a su contenido Asuntos
    Constitucionales, Política Internacional y
    Defensa, Hacienda y Crédito Público, Presupuesto
    y Control Fiscal, Recursos Naturales y Ecología,
    Comunicaciones y Servicios Públicos, Asuntos
    Laborales y Economía Solidaria.

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  • La función de legislar o expedir las leyes la
    cumple el Congreso a través de un procedimiento
    en el cual cada proyecto de ley debe discutirse
    inicialmente en la Comisión y luego en la sesión
    plenaria de la respectiva Cámara, y repetir los
    mismos pasos en la otra. De acuerdo a la
    naturaleza y jerarquía de las leyes éstas pueden
    ser
  • Leyes orgánicas. Como la del Presupuesto, o del
    Plan General de Desarrollo.
  • Leyes estatutarias. Como la de la Administración
    de Justicia, o del Régimen de los Partidos
    políticos.
  • Y leyes ordinarias. Categoría en la cual se
    incluyen las que no tienen especial jerarquía ni
    trámites propios.

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RAMA EJECUTIVA
  • La Rama Ejecutiva del Poder Público tiene por
    cabeza en el ámbito nacional al Presidente de la
    República, quien en nuestro régimen
    presidencialista reúne las atribuciones de JEFE
    DEL ESTADO y JEFE DEL GOBIERNO. Es elegido por
    sufragio universal en votación directa y secreta
    para un período de CUATRO AÑOS y no puede ser
    reelegido. El Presidente puede nombrar y remover
    libremente a sus Ministros. Pero el retiro de un
    Ministro es obligatorio si se aprueba en el
    Congreso la MOCION DE CENSURA a su gestión.

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Facultades Extraordinarias
  • El Presidente de la República en circunstancias
    especiales refuerza o incrementa sus atribuciones
    a través de las facultades extraordinarias que
    pueden originarse en el Congreso o en la
    Constitución misma. El Congreso puede otorgar al
    Presidente facultades precisas y concretas para
    que, dentro de un término definido expida
    Decretos con fuerza de Ley, en los cuales está
    prácticamente legislando por delegación. Pero es
    la Constitución misma la que lo convierte en
    legislador en los llamados Estados de
    Excepción.
  • EL VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA es elegido en
    la misma fecha que el Presidente y para el mismo
    período. Reemplaza al Presidente en sus faltas
    temporales (licencia, enfermedad) o absolutas
    (muerte, destitución).
  • Los MINISTROS del despacho, cada uno en su área
    y en conjunto con el Presidente de la República,
    conforman el Gobierno. Asimismo son el enlace del
    Gobierno con el Congreso de la República. Pueden
    presentar proyectos de ley e intevervenir en los
    debates.

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LA FUERZA PUBLICA
  • La Fuerza Pública está conformada por las
    autoridades armadas dependientes del Ejecutivo y
    cuya finalidad profesional es la defensa del
    orden interno, de la integridad de las
    instituciones y de la soberanía nacional.
  • Las Fuerzas Armadas no son deliberantes y
    respecto de ellas no existe el derecho de
    reunión, ni de dirigir peticiones, salvo sobre
    asuntos del servicio no pueden votar ni
    intervenir en actividades políticas. Tienen
    derecho a ser investigados y juzgados por
    Tribunales Militares por la comisión de hechos
    punibles relacionados con el servicio, lo que se
    denomina Fuero Militar.

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ENTIDADES DESCENTRALIZADAS
  • La Rama Ejecutiva comprende, asimismo, las
    entidades descentralizadas, que pueden ser
    establecimientos públicos, empresas industriales
    y comerciales del Estado, y sociedades de
    economía mixta. Se caracterizan por tener
    personería jurídica, autonomía administrativa, y
    patrimonio propio o capital independiente
  • Ella busca la tecnificación de los oficios y la
    estabilidad en los empleos para evitar los vicios
    derivados de la politización. Todos los
    empleados al servicio del Estado pueden
    integrarse a las garantías de la carrera
    administrativa, excepto los de elección popular,
    los de libre nombramiento y remoción, y los
    trabajadores vinculados por contrato

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LAS RELACIONES INTERNACIONALES
  • Aspecto trascedental en las atribuciones del Jefe
    del Estado es el establecimiento y preservación
    de las relaciones con los otros Estados y pueblos
    del orbe. Uno de los conceptos que tienden a
    incorporarse al arsenal de las relaciones
    internacionales contemporáneas es el de la
    autoprotección.

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LA ORGANIZACION TERRITORIAL
  • Uno de los aspectos fundamentales de las nuevas
    tendencias político-administrativas es la
    reestructuración de las divisiones territoriales.
    Entre los dos entes políticos fundamentales, el
    nacional y el municipal, se irán definiendo y
    reglamentando delimitaciones para los
    Departamentos, las Regiones (integradas por
    éstos), las Provincias (subdivisiones de los
    Departamentos), las Areas Metropolitanas
    (conformadas por una capital y los municipios
    aledaños) las Asociaciaciones de Municipios y
    los Distritos Especiales en relación con la
    Administración, el Turismo y el Fomento
    Industrial.

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RAMA JUDICIAL
  • Su cometido es impartir justicia, y ésto se
    descompone en la aplicación de las normas
    legales, la homologación de las interpretaciones
    jurisprudenciales, y la administración de los
    recursos físicos y humanos del sector
    especializado. En la cúpula, o más alto nivel, se
    encuentran la Corte Constitucional, la Corte
    Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el
    Consejo Superior de la Judicatura, y la Fiscalía
    General de la Nación.

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  • Corte Constitucional
  • Corte Suprema de Justicia,
  • Consejo de Estado
  • Consejo Superior de la Judicatura

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ORGANISMOS DE CONTROL
  • Procuraduría General de la Nación
  • Contraloría General de la República
  • Veeduría del Tesoro
  • Defensoría del Pueblo,

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ORGANIZACION ELECTORAL
  • Consejo Nacional Electoral
  • Registrador Nacional del Estado Civil

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(No Transcript)
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