Title: ESTOS CINCUENTA A
1ESTOS CINCUENTA AÑOSPROCESO POLITICO
CONTEMPORANEO
- EL RESCATE DEL MUNICIPIO
- Una de las tendencias fundamentales, no solo en
el país sino también en muchos otros Estados, es
la recuperación del municipio como célula básica
de la vida política y administrativa, centro de
las actividades sociales primarias, y cuna del
ejercicio de la democracia. En Colombia, la
reforma constitucional realizada en 1986 alienta
la descentralización territorial, no solamente
en el aspecto administrativo, sino también en el
contexto político y en la participación fiscal
2- Desde 1958 se iniciaron los proyectos de
reestructuración política y se buscó la
racionalización de los servicios públicos,
creando instrumentos que permitieran en ellos una
mayor eficiencia bajo la administración
descentralizada y encomendada a las autoridades
locales. Sobrevivían los controles
administrativos y se trataba más de corregir
otros mecanismos que habían mostrado su
ineficacia, como la delegación de funciones. Un
nuevo hito lo pone la reforma del 68 que hace un
poco más por la descentralización administrativa.
La descentralización asume las formas de
descentralización técnica, funcional o por
servicios no logra sinembargo cosa distinta al
incremento de la burocracia y la dispersión de
los recursos, conocida la todavía incipiente
capacitación para el diseño y la evaluación de
proyectos y presupuestos. Se mencionan en los
períodos siguientes disposiciones progresistas en
favor del municipio, como la reglamentación del
situado fiscal por la Ley 46 de 1971, la
regulación de las Contralorías Municipales, la
normatización de la Planeación Municipal y de las
Juntas Administradoras Locales, las Asociaciones
de Municipios y las Areas Metropolitanas
3LA ESTRUCTURA POLITICA DEL ESTADO COLOMBIANO
- La configuración que hace tiempo tiene el Estado
Colombiano es la forma republicana a partir de un
concepto básico, a saber Quienes ejercen el
poder y administran los recursos del país no lo
hacen como dueños de él, no les pertenece por
designación divina, ni por herencia
aristocrática, ni por conquista militar. Lo hacen
como representantes de todo el pueblo, que es el
sustento de la soberanía
4- El ejercicio del poder y las atribuciones de los
gobernantes y administradores está definido en el
articulado de la Constitución, y es desarrollado
a través de las leyes pertinentes, lo que supone
que la voluntad discrecional está reglada y
restringida, con límites que determinan la
legalidad de los actos administrativos, y a
partir de los cuales se origina la
responsabilidad de los gobernantes o mandatarios
ante los gobernados o mandantes, cuya voluntad se
busca realizar y en cuyo nombre se gobierna. La
Constitución y las leyes crean y organizan las
instituciones encargadas de anular los actos
ilegales y de sancionar a quienes hagan mal uso
de su autoridad. En términos concretos, la
Constitución de la República se dirige a una
finalidad Diseñar la estructura orgánica del
Estado -la anatomía política-, reglamentar su
funcionamiento -la fisiología política-, y
regular las relaciones entre el Estado y las
personas que lo conforman objetivo éste que es
fundamental, y puede asimilarse como se está
haciendo, a una cierta ecología política donde
las instituciones constituyen la biosfera o nicho
del hombre social.
5- Como en todas las constituciones liberales, en
las nuestras se ha consagrado la separación de
las ramas del poder público, que equivocadamente
se sigue atribuyendo a Montesquieu. Pero es aún
válida la pretensión de que ella permite un
control recíproco que le da sentido democrático
al ejercicio del poder y pone cortapisas a la
exagerada influencia de unos sectores sobre
otros. Las ramas Legislativa, Ejecutiva, y
Judicial, están llamadas, sinembargo a la
cooperación en la persecución del común
bienestar. - Los conservadores han buscado desprestigiar la
libertad bautizándola anarquía, y los liberales
han motejado de tiranía el orden impuesto por los
contrarios. Resultado de la evolución política es
el logro, relativamente consolidado, de la
prevalencia de los intereses sociales frente a
los derechos privados o particulares.
6- El gobierno de CESAR GAVIRIA promovió la
convocatoria de una Asamblea Nacional
Constituyente, con el manifiesto interés de
promover una mayor participación democrática en
la gestión política. Se pensó que la violencia,
ya instalada como endemia en el país, y en
proceso de expansión y de agudización tanto en
sus formas económica y partidista, como en la
vinculación delincuencial con el narcotráfico,
cedería en la medida en que las élites,
detentadoras tradicionales del manejo del Estado,
cedieran en su afán de ventajas y de privilegios,
en favor de un pueblo largamente humillado y
ofendido, sin recursos de desarrollo y privado en
la práctica de los más elementales derechos los
derechos humanos.
71. LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA.
- El pueblo colombiano durante el largo ejercicio
de la llamada democracia representativa solo fué
convidado a las urnas para elegir a quienes en su
nombre pensaran y decidieran, y se convirtió en
un lugar común sin respaldo fáctico la alegación
de que los representantes del pueblo buscaban la
defensa de los intereses comunes. Por ello se
hizo necesario crear mecanismos a través de los
cuales los colombianos no fueran solo llamados a
elegir, sino también a decidir sobre los asuntos
de su interés prioritario. Los partidos han
perdido representatividad y se hace preciso
escuchar otras formas de opinión, al margen de
ellos. Esto requería inclusive -y justificaba-
que la reforma no fuera hecha por un Congreso
desprestigiado y esclerosado sino por la
presencia general del pueblo -constituyente
primario- en una Asamblea Constituyente, sin
limitaciones al ejercicio de su soberanía.
82. LUCHA CONTRA LA ARBITRARIEDAD Y BUSQUEDA DE LA
PAZ.
- La generalizada violencia en el país se ha
convertido en un fenómeno complejo. Ya es
imposible asumir con simpleza que las bandas
armadas son grupos de delincuentes comunes. - Derechos Humanos por parte de los agentes de un
Estado, clasista y comprometido con el
liberalismo económico internacional, cuya
carencia de controles éticos ha llevado al mismo
Papa a calificarlo como capitalismo salvaje. La
estructura del Estado como instrumento de sus
oligarquías económicas ha convertido las
libertades públicas en formas que no corresponden
a ninguna realidad para los ciudadanos de carne y
hueso
9- Se detecta la tendencia en los jueces del país a
imponer la pena mínima en cada caso. Algunos
delitos no corresponden en la opinión pública a
la importancia que les da la ley tal ocurre con
la contaminación de aguas, el hurto, el aborto,
la invasión, el incesto, la rebelión y el
estupro. La evolución en las leyes penales mostró
a los investigadores que se protege más el
interés particular que el general, y se sanciona
en forma más drástica la delincuencia política
que la delincuencia común - Una de las conclusiones que aportan los
invetigadores es elemental e importante Un
juzgado es una pequeña empresa dirigida por un
juez que es muy docto en lo jurídico pero
totalmente ignorante en administración de ahí
que en su "empresa" todo el mundo atienda al
público a todas horas, todos se dediquen a buscar
un negocio en el archivo y nadie se
responsabilice de la eficacia ni de la
eficiencia... - Afirma el Doctor JAIME GIRALDO ANGEL "Colombia
tiene una vez y media más jueces que Estados
Unidos a pesar de que en este último país suele
acudirse a la justicia por cualquier problema
intrascendente. Mientras que en Colombia hay un
juez por cada 8.000 habitantes, en Estados Unidos
hay uno por cada 12.000...... pero en este país
hay múltiples mecanismos extrajudiciales y
prejudiciales de solución de conflictos, que
hacen que sólo entre el 5 y el 10 de las
demandas lleguen a juicio.
103. UNA INSTITUCIONALIDAD FUERTE COMO PLATAFORMA
PARA EL FUTURO
- Los retos del siglo XXI requieren un Estado con
características especiales. Por ello se busca que
el desarrollo económico y social tengan por
escenario un país moderno. Desde luégo, se trata
de fortalecer las instituciones, no simplemente
de fortalecer el ejecutivo, como en ocasiones se
ha propuesto. Una condición parece ser el
pluralismo democrático, en sustitución de las
hegemonías partidistas que acaban debilitando el
proceso general de la convivencia - La nueva estructura política propenderá por el
reconocimiento de los grupos de presión, sin
llegar a los excesos del corporativismo fascista,
pero les asignará papel activo y responsabilidad
específicas en la gestión ciudadana.
114. NUEVA VISION SOBRE LA SEPARACION DE LAS RAMAS
DEL PODER PUBLICO.
- Las últimas reformas constitucionales han hecho
hincapié en que haya cooperación entre las Ramas,
no obstando su tradicional separación
estructural. Sinembargo los partidarios del
intervencionismo estatal como remedio a los
abusos privados sobre todo en el campo económico,
encuentran oportuno estudiar con otros ojos la
posibilidad de integrar los elementos del Estado
para determinados efectos. - La separación de poderes ha tenido ese resultado,
en la medida en que el mecanismo de contrapeso,
manipulado por los personeros de los intereses
elitistas, frena y obstaculiza todo intento de
volcar interés sobre la inversión social o sobre
las reinvidicaciones laborales, o en la
normatización favorable a las clases y sectores
pobres.
125. RETORNO DEL FEDERALISMO.
- Los promotores de la nueva estructura política
consideran que ha llegado el momento de volver a
intentar la fórmula federalizante en la
organización del país. El peso de los valores
regionales, la diferenciación de culturas, llaman
a fomentar con nuevo criterio el desarrollo de
los intereses de las regiones y provincias, la
explotación de sus recursos y la utilización de
sus riquezas. Dentro de ese espíritu se tuvo ya
el precedente de la elección popular de alcaldes
y gobernadores. - Se espera que la autonomía local dé una mejor
imagen del Estado en su inmediatez y su
proximidad al concepto de legitimidad. La
promoción de la autonomía local incluye la
transferencia de poderes de policía, la
independencia fiscal, la "legislación
territorializada" y la planeación local pero
articulada.
136. MODERNIZACION DE LA ECONOMIA.
- Un último objetivo en la catequesis que hace el
gobierno para la Constituyente, es la
modernización de la economía. Se reconoce que el
énfasis de las últimas reformas se ha puesto en
la construcción de unos ciertos derechos de
sentido social, de favor a las clases
proletarias. Pero a juicio de los nuevos
ideólogos, la necesidad del momento es quitarle
al proceso económico nuéstro ese carácter
parroquial, esas limitaciones de economía
doméstica, e insertarla en la economía mundial,
internacionalizarla, y aceptar las misiones y
papeles que en tal condición le corresponderían.
14LA CONSTITUYENTE
- Desde 1988 se había propuesto por el Presidente
Virgilio Barco la convocatoria de un Plebiscito
para derogar la prohibición introducida por la
Reforma de 1957, cuyo tenor reducía a las
atribuciones del Congreso la posibilidad de
reformar la Constitución. Luego se integró con
acuerdo de los partidos políticos liberal y
conservador una Comisión de Ajuste Institucional,
con el encargo de elaborar el temario para una
Reforma Constitucional.
15CONSTITUCION POLITICA DE 1991
- La Constitución Política de Colombia, vigente
desde Julio de 1991, y originada en la Asamblea
Nacional Constituyente elegida por voto popular,
tiene algunas características de especial
interés. - Se trató de incorporar en ella los aportes de
muchos pensamientos, de tendencias plurales,
inclusive de intereses precarios y transitorios.
De hecho no puede confundirse una Constitución
con un programa de gobierno o con los postulados
pragmáticos de un partido. Una Constitución es el
programa de vida de un pueblo y no se diseña en
forma inmediatista para la solución de problemas
coyunturales sino que se proyecta a la historia.
Los Estados modernos no lo son porque tengan
constituciones de la semana pasada sino porque
han hallado en documentos ya centenarios el
espíritu suficiente y flexible para acomodarse a
los nuevos tiempos. - lo han hecho para distinguir los derechos que son
derechos de los derechos que no son derechos, es
decir, la eficacia, de la retórica.
16LA CONSTITUCION COLOMBIANA
- tiene para el estudioso una estructura que
integra temas y conceptos de singular
importancia. Sin que vayamos a agotarlos en la
glosa, los enumeramos - TITULOS
- I DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
- II DE LOS DERECHOS, LAS GARANTIAS Y
LOS DEBERES - III DE LOS HABITANTES Y DEL
TERRITORIO - IV DE LA PARTICIPACION DEMOCRATICA Y
DE LOS - PARTIDOS POLITICOS
- V DE LA ORGANIZACION DEL ESTADO
- VI DE LA RAMA LEGISLATIVA
- VII DE LA RAMA EJECUTIVA
- VIII DE LA RAMA JUDICIAL
- IX DE LAS ELECCIONES Y DE LA
ORGANIZACION ELECTORAL - X DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL
- XI DE LA ORGANIZACION TERRITORIAL
- XII DEL REGIMEN ECONOMICO Y DE LA
HACIENDA PUBLICA - XIII DE LA REFORMA DE LA CONSTITUCION
17PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
- Salart de Monjoie, se alarga y complementa en el
intento de adecuarse a las nuevas proyecciones
del interés social. Los llamados por los
tratadistas contemporáneos, derechos de primera
generación son complementados por la promoción de
intereses colectivos y sociales, presentados como
derechos, pero que deben entenderse como
postulaciones políticas o compromiso ideológico - La democracia representativa, sufrida en sus
excesos en siglo y medio de vida republicana,
pasa a ser democracia participativa, y la
Constituyente crea mecanismos varios a través de
los cuales el ciudadano toma responsabilidad en
las decisiones administrativas cotidianas. - El pluralismo ideológico se abre puertas, donde
antes se mantenía un riguroso monopolio del
liberal-conservatismo - La autonomía de los poderes locales, que había
sido un proyecto largamente acariciado, entra
como tendencia fuerte, definida con claridad y
concreción, y sobre la cual las expectativas son
grandes y urgentes. Este principio, bien podría
considerarse, es la forma moderna del antiguo
interés federalista.
18EL ESTADO Y SUS FINES
- El Estado se define como república unitaria, y a
la noción de Estado de Derecho, que supone la
vigencia plena del principio de legalidad, se
agrega la nota calificativa de SOCIAL Estado
SOCIAL de Derecho. El estado democrático surge
con la autolimitación engendrada por voluntad del
constituyente primario al reglamentar el
ejercicio de la autoridad - El concepto de Estado Social ingresa a la teoría
política con la Constitución impuesta por los
Aliados a la Alemania vencida, en 1949. El texto
hace énfasis en que el poder debe concebirse como
instrumento democrático, y no solamente debe
inscribirse en un ámbito jurídico sino que ha de
orientarse a la solución de los problemas
generales dando especial protección a los
sectores más necesitados de la sociedad con un
sentido que supere la justicia distributiva y
alcance los niveles de la equidad - El concepto de SOBERANIA ha tenido esenciales
variaciones en el último siglo. Vinculado
inicialmente a los monarcas, fué sinónimo de
irresponsabilidad ante las instancias terrenas y
relación de orígen con la divinidad propuesta por
las religiones
19LA DIVERSIDAD ETNICA
- La Constitución reconoce que el país es asiento
de varias culturas y de formaciones étnicas
diferenciables. Esta estructura sociológica
apenas ahora despierta el cuidado de los
constituyentes y de los políticos. De hecho la
pluralidad étnica ha existido siempre en nuestro
país. Y parecidas composiciones se observan en
otros Estados y continentes. Es el llamado hace
tiempo problema de las minorías nacionales. El
ideal de la concordancia estado-nacionalidad en
el estado nacional ha sido prácticamente de
imposible realización.
20LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA
- Se han creado varios mecanismos por medio de los
cuales se hace efectiva la participación de los
ciudadanos en las decisiones que afectan la vida
de la comunidad. La iniciativa popular permite a
un grupo de ciudadanos proponer la creación de
normas ante las corporaciones, no solo en los
niveles locales sino en las alturas del Congreso
21LAS GARANTIAS
- Cuando los derechos no tienen formas expeditas de
reclamarse y hacerse cumplir, se diría que
carecen de garantías. Por eso el constituyente ha
cuidado que no queden huérfanos de ellas y ha
previsto varias para darles realidad y eficacia a
los derechos. - el debido proceso
- principio de legalidad
- inculpar a los parientes
- Habeas Corpus
- prohibición de la extradición de nacionales
- principio de la doble instancia
- derecho de petición.
22LA TUTELA
- En la constitución del 91 aparece una forma
peculiar de amparo judicial de los derechos
fundamentales de las personas, que no existía
antes en forma genérica. Aunque debe entenderse
que dentro de la tutela o amparo es una especie
la protección de la libertad personal que hemos
conocido como habeas corpus. - De un lado, en torno al requisito de que para que
sea viable debe ser el único camino para la
protección del derecho amenazado, pues si existen
mecanismos judiciales diferentes para el trámite,
no puede hacerse uso de la tutela. Por otra
parte, la Constitución habló de vulneración o
amenazas procedentes de cualquier autoridad
pública, y en el debate subsiguiente ha quedado
reducida a la rama ejecutiva del poder, aunque
subsisten muchas presiones para hacerla operar
aún respecto de las decisiones judiciales
23LA ACCION DE CUMPLIMIENTO
- Comoquiera que es experiencia cotidiana en el
país la inejecución de las normas legales
expedidas, la Constitución consagra la acción de
cumplimiento, cuyo objeto es forzar a que los
encargados de ejecutar una norma obedezcan lo
dispuesto y le den realidad.
24LOS DERECHOS HUMANOS
- La Constitución Nacional reconoce los derechos
humanos, y declara incorporados a la estructura
jurídico-política de la nación las disposiciones
del Derecho Internacional Humanitario. Hay qué
aclarar los conceptos, que se refieren a
concepciones jurídico-normativas la una, y a
postulados doctrinales o filosóficos la otra. - Como doctrina de fuentes y proyección humanista,
la de los derechos humanos tiene una finalidad
la defensa del individuo contra la autoridad
aplastante del Estado. Se considera que las
conductas sometidas a la penalización ordinaria
-en especial el homicidio, el secuestro, la
tortura, y todas las formas de violencia física y
moral contra las personas- son más graves y
generan más escándalo social, cuando provienen de
los agentes del Estado -jueces, policía,
ejército-, dado que a ellos se les ha cedido el
monopolio de la fuerza armada y los privilegios
de administrar y juzgar, precisamente para que
custodien la seguridad y la tranquilidad de los
asociados. - Cuando algunas costumbres de tolerancia, de
generosidad, de altruísmo, de convivencia y de
humanización de los conflictos armados, asumen la
forma de acuerdos entre las naciones, va tomando
forma la normatización que llamamos Derecho
Humanitario.
25TERRITORIO, HABITANTES Y NACIONALIDAD
- El territorio es el soporte físico del Estado, y
correctamente se lo denomina el país (palabra
procedente del latin pagus, que significa el
campo). En el país habita la población, dentro de
la cual el conjunto de voluntades de los
ciudadanos constituye la nación. Y cuando se
reúnen población, gobierno y territorio,
conforman la organización jurídico-política que
conocemos como Estado. - mar territorial
- espacio aéreo
- territorio flotante
- territorio volante
- territorio ficticio
- territorio colgante
- espectro electromagnético
- El territorio pertenece al Estado
- Pero entre los habitantes, que conforman la
población, debemos distinguir los extranjeros de
los nacionales, y entre estos últimos los
nacionales en general de los nacionales
ciudadanos. Son nacionales, es decir, tienen la
nacionalidad colombiana, las personas nacidas de
padres colombianos residentes aquí o en cualquier
lugar del mundo, o los que siendo hijos de
extranjeros soliciten y obtengan la carta de
naturaleza o nacionalización, todo ello dentro de
las condiciones y los requisitos previstos en las
leyes.
26ORGANIZACION DEL ESTADO
- El Estado colombiano se plantea funcionalmente
con el Poder Público operando a través de tres
Ramas, la Legislativa, la Ejecutiva, y la
Judicial. - RAMA LEGISLATIVA
- Tiene un órgano bicameral, el Congreso, que
integran el Senado y la Cámara de Representantes.
(No tiene correspondientes en los niveles
departamental y municipal, pues la Asamblea y el
Concejo son corporaciones administrativas). Los
Senadores y Representantes llegan por elección
popular, para períodos de cuatro años.El Senado
tiene cien miembros elegidos por la
circunscripción nacional, y dos más elegidos por
las comunidades indígenas.
27- La Cámara la integran dos Representantes por cada
departamento y por el Distrito Capital de Santa
Fe de Bogotá, y uno más por cada 250.000
habitantes, o fracción mayor de 125.000.
Adicionalmente por vía de ley pueden definirse
otras circunscripciones para elegir hasta cinco
representantes, por otras minorías políticas, por
los grupos étnicos, y por los colombianos
residentes en el exterior. - Los miembros de las Cámaras están distribuídos en
siete Comisiones Constitucionales permanentes, y
en ellas se da el primer debate a los proyectos
de ley, de acuerdo a su contenido Asuntos
Constitucionales, Política Internacional y
Defensa, Hacienda y Crédito Público, Presupuesto
y Control Fiscal, Recursos Naturales y Ecología,
Comunicaciones y Servicios Públicos, Asuntos
Laborales y Economía Solidaria.
28- La función de legislar o expedir las leyes la
cumple el Congreso a través de un procedimiento
en el cual cada proyecto de ley debe discutirse
inicialmente en la Comisión y luego en la sesión
plenaria de la respectiva Cámara, y repetir los
mismos pasos en la otra. De acuerdo a la
naturaleza y jerarquía de las leyes éstas pueden
ser - Leyes orgánicas. Como la del Presupuesto, o del
Plan General de Desarrollo. - Leyes estatutarias. Como la de la Administración
de Justicia, o del Régimen de los Partidos
políticos. - Y leyes ordinarias. Categoría en la cual se
incluyen las que no tienen especial jerarquía ni
trámites propios.
29RAMA EJECUTIVA
- La Rama Ejecutiva del Poder Público tiene por
cabeza en el ámbito nacional al Presidente de la
República, quien en nuestro régimen
presidencialista reúne las atribuciones de JEFE
DEL ESTADO y JEFE DEL GOBIERNO. Es elegido por
sufragio universal en votación directa y secreta
para un período de CUATRO AÑOS y no puede ser
reelegido. El Presidente puede nombrar y remover
libremente a sus Ministros. Pero el retiro de un
Ministro es obligatorio si se aprueba en el
Congreso la MOCION DE CENSURA a su gestión.
30Facultades Extraordinarias
- El Presidente de la República en circunstancias
especiales refuerza o incrementa sus atribuciones
a través de las facultades extraordinarias que
pueden originarse en el Congreso o en la
Constitución misma. El Congreso puede otorgar al
Presidente facultades precisas y concretas para
que, dentro de un término definido expida
Decretos con fuerza de Ley, en los cuales está
prácticamente legislando por delegación. Pero es
la Constitución misma la que lo convierte en
legislador en los llamados Estados de
Excepción. - EL VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA es elegido en
la misma fecha que el Presidente y para el mismo
período. Reemplaza al Presidente en sus faltas
temporales (licencia, enfermedad) o absolutas
(muerte, destitución). - Los MINISTROS del despacho, cada uno en su área
y en conjunto con el Presidente de la República,
conforman el Gobierno. Asimismo son el enlace del
Gobierno con el Congreso de la República. Pueden
presentar proyectos de ley e intevervenir en los
debates.
31LA FUERZA PUBLICA
- La Fuerza Pública está conformada por las
autoridades armadas dependientes del Ejecutivo y
cuya finalidad profesional es la defensa del
orden interno, de la integridad de las
instituciones y de la soberanía nacional. - Las Fuerzas Armadas no son deliberantes y
respecto de ellas no existe el derecho de
reunión, ni de dirigir peticiones, salvo sobre
asuntos del servicio no pueden votar ni
intervenir en actividades políticas. Tienen
derecho a ser investigados y juzgados por
Tribunales Militares por la comisión de hechos
punibles relacionados con el servicio, lo que se
denomina Fuero Militar.
32ENTIDADES DESCENTRALIZADAS
- La Rama Ejecutiva comprende, asimismo, las
entidades descentralizadas, que pueden ser
establecimientos públicos, empresas industriales
y comerciales del Estado, y sociedades de
economía mixta. Se caracterizan por tener
personería jurídica, autonomía administrativa, y
patrimonio propio o capital independiente - Ella busca la tecnificación de los oficios y la
estabilidad en los empleos para evitar los vicios
derivados de la politización. Todos los
empleados al servicio del Estado pueden
integrarse a las garantías de la carrera
administrativa, excepto los de elección popular,
los de libre nombramiento y remoción, y los
trabajadores vinculados por contrato
33LAS RELACIONES INTERNACIONALES
- Aspecto trascedental en las atribuciones del Jefe
del Estado es el establecimiento y preservación
de las relaciones con los otros Estados y pueblos
del orbe. Uno de los conceptos que tienden a
incorporarse al arsenal de las relaciones
internacionales contemporáneas es el de la
autoprotección.
34LA ORGANIZACION TERRITORIAL
- Uno de los aspectos fundamentales de las nuevas
tendencias político-administrativas es la
reestructuración de las divisiones territoriales.
Entre los dos entes políticos fundamentales, el
nacional y el municipal, se irán definiendo y
reglamentando delimitaciones para los
Departamentos, las Regiones (integradas por
éstos), las Provincias (subdivisiones de los
Departamentos), las Areas Metropolitanas
(conformadas por una capital y los municipios
aledaños) las Asociaciaciones de Municipios y
los Distritos Especiales en relación con la
Administración, el Turismo y el Fomento
Industrial.
35RAMA JUDICIAL
- Su cometido es impartir justicia, y ésto se
descompone en la aplicación de las normas
legales, la homologación de las interpretaciones
jurisprudenciales, y la administración de los
recursos físicos y humanos del sector
especializado. En la cúpula, o más alto nivel, se
encuentran la Corte Constitucional, la Corte
Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el
Consejo Superior de la Judicatura, y la Fiscalía
General de la Nación.
36- Corte Constitucional
- Corte Suprema de Justicia,
- Consejo de Estado
- Consejo Superior de la Judicatura
37ORGANISMOS DE CONTROL
- Procuraduría General de la Nación
- Contraloría General de la República
- Veeduría del Tesoro
- Defensoría del Pueblo,
38ORGANIZACION ELECTORAL
- Consejo Nacional Electoral
- Registrador Nacional del Estado Civil
39(No Transcript)