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El presupuesto de la UE

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Title: El presupuesto de la UE


1
El presupuesto de la UE
  • Prof. Rafael Bonete
  • Universidad de Salamanca

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  • 1) Introducción
  • 2) EL PUEvisión global
  • 3) Peculiaridades
  • 4) Los ingresos comunitarios
  • 5) Los gastos del PUE
  • 6) El impacto redistributivo del PUE
  • 7) Conclusiones

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1) INTRODUCCIÓN
  • El PUE no agota la actividad financiera de la
    UE
  • El BEI y el FED se engloban dentro de la
    actividad financiera pero está fuera del PUE.
  • No todo lo que hace la UE se recoge en su
    actividad financiera.

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2) EL PUE(2007)Visión global
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(No Transcript)
6
3) PECULIARIDADES DEL PUE
  • El PUE como único presupuesto existe sólo desde
    julio de 2002.
  • Antes 5 presupuestos P. Administrativo
    de la CECA, P. de Funcionamiento de Euratom, P.
    de la CEE, el P. de investigación de Euratom y el
    P. de operaciones de la CECA. Hemos necesitado
    casi 50 años para tener un único presupuesto las
    modificaciones de las cuestiones presupuestarias
    son muy lentas.

7
  • 2) La unidad monetaria utilizada en el
    presupuesto es el euro pero en la actualidad
    hay 14 países de la UE fuera de la zona euro y 13
    dentro.

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  • 3) Poca importancia relativa el techo de
    ingresos del 2000 al 2006 es 1,24 de la RNB de
    la UE- 25 (2,5 del gasto público de todos los
    Estados miembros).
  • Del 2007-2013 está previsto 1.045 de la RNB .
  • - grandes limitaciones para desempeñar las
    funciones propias de los presupuestos nacionales.

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(No Transcript)
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  • 4) Fuerte concentración en el gasto (PUE 2007)

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  • 5) Las perspectivas financieras condicionan
    durante años la importancia y contenido del UE
    al fijar el límite máximo anual para el
    presupuesto y por cada rúbrica o subrúbrica.

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  • 6) El sistema de ingresos debe modificarse por
    unanimidad y ratificarse por los parlamentos
    nacionales (art. 269.2 TCE y I. 54.3 de la
    CE).
  • - la dificultad del cambio es manifiesta.
  • 7) Financiado por un sistema de ingresos que no
    propicia el acercamiento del ciudadano a la UE
    No hay una vinculación directa entre la
    financiación del PUE y los ciudadanos de la UE
    (pero la UE es una Unión de Estados y de
    ciudadanos)

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  • 8) El proceso presupuestario (a)Principios del
    PUE, b) Elaboración y aprobación del PUE y c) la
    ejecución y control del PUE) tiene también sus
    propias peculiaridades.
  • Principios del PUE
  • a.1) Principio de Unidad todos los I y G
    deben figurar en un mismo documento
    presupuestario con el fin de garantizar el
    control efectivo de las condiciones de
    utilización de la UE. Excepciones FED y los
    presupuestos satélites.

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  • presupuestos satélites (Centros, Agencias,
    Fundaciones ,Observatorios..)
  • - Centro Europeo para el Desarrollo de la
    Formación Profesional (Tesalónica, Grecia).
  • - Fundación Europea para la mejora las
    condiciones de vida y trabajo ( Dublín).
  • - Oficina de Armonización del Mercado Interior
    (Alicante)
  • - Agencia Europea del Medio Ambiente
    (Copenhague)

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  • - Observatorio Europeo de Drogas y
    Toxicomanías (Lisboa)
  • Agencia para la seguridad y salud en el trabajo
    (Bilbao)
  • Agencia de Derechos Fundamentales (Viena)
  • Agencia Europea para la evaluación de
    medicamentos (Londres)
  • Agencia Europea de la Pesca (Vigo)
  • Agencia Europea de Seguridad Alimentaria (Parma,
    Italia)
  • Agencia Europea de Ferrocarriles (Lille, Francia)
  • Agencia Europea de Seguridad Aérea (Colonia)
  • Agencia de Europea de Seguridad Marítima (Lisboa)

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  • a.2) Principio de Universalidad Los I concretos
    no pueden destinarse a G concretos y no pueden
    efectuarse una compensación entre I i G.
    Excepciones EEE o la cotización sobre el
    azúcar.
  • a.3) Principio de Anualidad Ejercicio anual (año
    natural). Excepciones Prórrogas de crédito para
    el años siguiente, Plazos complementarios para la
    agricultura .
  • a.4) Principio de Publicidad Se pública en el
    DOUE como los presupuestos suplementarios y
    rectificativos.

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  • a.5) Principio de equilibrio presupuestario
  • el presupuesto deberá estar equilibrado en
    cuanto a ingresos y gastos (art. 268 y 272 del
    TCE y I.53. 2 de la CE).
  • - No procede, por tanto, el endeudamiento.

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  • b)Elaboración y aprobación del Presupuesto
  • Comisión
  • Consejo (primera lectura)
  • Parlamento (primera lectura)
  • Consejo (segunda lectura)
  • Parlamento (segunda lectura)
  • En caso de que se rechace el presupuesto
    sistema de doceavos.

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  • b) Elaboración y aprobación del Presupuesto
  • Coautoridad presupuestaria Consejo y
    Parlamento (las dos ramas de la autoridad
    presupuestaria). Lucha entre ambas instituciones
    (quien controla el dinero tiene el poder).
  • Tipos de gastos (GO y GNO)
  • Si entra en vigor la CE el cambio es muy
    profundo.

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  • Tipos de gastos (GO y GNO para 2007-2013)

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(No Transcript)
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  • c) Ejecución y control del presupuesto
  • La Comisión ejecuta el PUE salvo lo
    correspondiente a las otras instituciones. Pero

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  • Control Interno Los interventores de la propia
    Comisión
  • Control Externo Político el Parlamento Europeo
  • Control Externo Técnico El Tribunal de Cuentas
  • Lucha contra el fraude LA OLAF

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4) INGRESOS COMUNITARIOS
  • Recursos propios tradicionales (RPT desde 1971)
  • A.1) Derechos agrícolas y cotizaciones sobre el
    azúcar
  • - Derechos agrícolas percibidos por la
    importación de productos agrícolas propios de una
    OCM procedentes de países terceros.
  • - Cotizaciones sobre al azúcar exacciones sobre
    el azúcar, isoglucosa y jarabe de inulina.
    Cotizaciones a la producción pagadas por las
    empresas del sector azucarero. Financia las
    subvenciones a la exportación de azúcar.

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  • RPT
  • - Problema de A.1) tendencia a disminuir.
  • A.2) Derechos de Aduana Derechos del Arancel
    Aduanero Común, derechos antidumping, derechos
    compensatorios y derechos de aduana sobre los
    productos que estaban regulados por la CECA.
  • - Problema de A.2) tendencia a disminuir.

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  • RPT
  • En el caso de A.1) la disminución ha sido más
    intensa 14,4 en 1979 ha pasado a 1,2 (2006).
  • En los A.2) del 34 en 1979 se ha pasado al
    11,5 (2006).
  • En ambos los Estados miembros retienen, en
    concepto de gastos de recaudación, un 25.

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  • B) Los recursos propios IVA
  • Resultado de la aplicación de un tipo uniforme
    del 0,30.válido para todos los Estados miembros
    (sin embargo, en el período 2007-2013 el tipo de
    referencia del recurso IVA se fijará en un 0,225
    para Austria, un 0,15 para Alemania y un 0,10
    para los Países Bajos y Suecia) a las bases
    imponibles del IVA armonizadas, determinadas con
    arreglo a normas de la Comunidad. La base
    imponible que deberá tenerse en cuenta a estos
    efectos no excederá del 50 de la RNB para cada
    Estado miembro.

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  • Problema fundamental del recurso IVA -
    regresividad
  • Se ha optado por disminuir su importancia. En el
    2006 representa el 14.2 y en 2005 14.7
  • Su eliminación se vería con buenos ojos
    (Comisión Europea, 2004) porque, además, en su
    cálculo se emplean elementos estadísticos en
    lugar de fiscales, debido a una incompleta
    armonización del IVA en la UE.

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(No Transcript)
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  • El cuarto recurso o recurso RNB resultante de
    la aplicación de un tipo al PNB total de la UE.
  • - Nace en 1988
  • - Razones
  • - Incremento de su importancia (72,0 en
    2006)
  • -Tanto el RU como Alemania, Austria, Países
    Bajos y Suecia aportan menos de lo que les
    corresponde según su RNB.

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(No Transcript)
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  • D) Otros Ingresos (no recursos propios) Casi
    irrelevantes (1). Entre otros
  • - Superávit de ingresos del año anterior
    (art.7 de la Decisión del Consejo del 29 de
    septiembre de 2000 sobre el sistema de recursos
    propios)
  • - Impuestos sobre las retribuciones y pensiones
    del personal de la UE.
  • Intereses de demora y multas impuestas a empresas
    por infracción de las normas comunitarias de
    competencia.
  • Venta de bienes y prestación de servicios.

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(No Transcript)
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(No Transcript)
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  • El Cheque británico condiciona lo que ocurre
    con el sistema de ingresos.
  • Historia.
  • La concesión al RU de una corrección de los
    desequilibrios presupuestarios (cheque
    británico o compensación al RU)
  • -Origen (contribución excesiva). Motivó la
    consulta de 1975 sobre la permanencia en la CE.
    Han cambiado las circunstancias?
  • -Desde la cumbre de Fontainebleau (junio de 1984)
    hasta la actualidad forma parte del contenido de
    las Decisiones sobre Recursos Propios. Hasta
    ahora el Consejo Europeo lo ha mantenido.

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  • Contenido básico del Cheque Británico
  • -La devolución al RU del 66 de su contribución
    neta al presupuesto de la UE.
  • Cómo se calcula LA CORRECCIÓN BRITÁNICA?
  • El cálculo de la corrección (artículo 4 de la DRP
    2006)
  • El cálculo del importe de la corrección se
    realizará del siguiente modo
  • (a) Se calcula la diferencia entre
  • la cuota del Reino Unido en la suma total de
    las bases IVA sin nivelar,
  • y
  • la cuota del Reino Unido en los gastos
    asignados totales.

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  • (b) Se multiplica la diferencia así obtenida en
    a) por los gastos asignados totales
  • (c) Se multiplica el resultado obtenido en b) por
    0,66
  • El resultado obtenido en las letras a) a c) se
    denomina el importe inicial de la
  • corrección británica

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  • Al resultado obtenido en c) o importe inicial de
    la corrección británica se le aplican
    determinadas correcciones técnicas (por ejemplo
    por el importe retenido en los RPT).

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  • Qué hacer con el Cheque británico?
  • Hoy (según la Comisión, no los británicos) no
    tiene sentido el Cheque británico
  • Es uno de los países más ricos de la UE-25.
    Incluso Alemania y los Países Bajos tienen una
    contribución neta similar, son más pobres y no
    reciben ningún cheque.
  • En el período 2007-2013 recibiría un incremento
    del cheque de casi un 50 (podría recibir una
    media de 7 millardos en lugar de los los 4,6
    anuales que ha recibido de media entre
    1997-2003). Sería el menor contribuyente neto
    junto con Finlandia.

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  • Qué hacer con el Cheque británico ?
  • 1) Eliminarlo No es fácil. Se requiere la
    unanimidad.... Además sin algún tipo de
    corrección sería el mayor contribuyente neto
    (-0,62 RNB como media de 2008-2013, Alemania
    0,52 y Francia 0,27).
  • Reducirlo a) en lugar de devolver el 66 el 33,
    b) congelar lo que recibe ahora y proceder a su
    disminución, c) excluir la ampliación de la UE
    en su cálculo.
  • Generalizar un sistema para aquellos Estados
    Miembros con contribuciones netas excesivas a)
    imponer un límite a partir del cual procede la
    devolución (Comisión- 0,35 de la RNB), b)
    límite variable según prosperidad relativa.

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  • Qué se ha acordado finalmente sobre el Cheque
    británico?
  • 1) El Consejo Europeo concluyó que la corrección
    de los desequilibrios presupuestarios a favor del
    Reino Unido se mantendrá íntegramente, con
    excepción de los gastos de los Estados miembros
    que se adhirieron a la UE después del 30 de abril
    de 2004. A efectos prácticos significa una
    reducción del 20.

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  • 2) Los gastos en estos nuevos Estados
    miembros, con excepción de los gastos de mercado
    de la PAC (pagos agrícolas directos y gastos de
    mercado, así como la parte de los gastos de
    desarrollo rural correspondiente a la Sección de
    Garantía del FEOGA), serán excluidos del total de
    gastos asignados a los fines de cálculo de la
    corrección británica.

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  • 3) La reducción de los gastos asignados
    totales se introducirá progresivamente
  • Se iniciará con la corrección de 2008 (20), que
    se presupuestará por primera vez en 2009, y se
    alcanzará la velocidad de crucero con la
    corrección de 2010 (100), cuya primera
    presupuestación se efectuará en 2011.
  • Asimismo, el Consejo Europeo concluyó que durante
    el período 2007-2013 el ajuste total del importe
    de la corrección británica resultante de esta
    reducción de gastos asignados no debería exceder
    de 10.500 millones de euros a precios de 2004.

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  • la Comisión verificarán anualmente si el ajuste
    acumulado de la corrección británica rebasa esta
    cantidad. En caso positivo, se reducirá
    consecuentemente la contribución británica al
    presupuesto.
  • La cantidad de 10.500 millones de euros, además,
    se ajustará hacia arriba en caso de que se
    produzcan otras ampliaciones antes de 2013, salvo
    en el caso de Rumanía y Bulgaria.
  • Quién paga el cheque británico?

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  • El cálculo detallado de la corrección de los
    desequilibrios presupuestarios viene recogido en
    el art.4 de la Propuesta de Decisión del Consejo.
  • Pendiente de aprobación por parte de los EM.

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  • Es el sistema de ingresos el apropiado?
  • Lo correcto hubiera sido cambiar el sistema
    actual de ingresos.
  • Si aplicamos, como hace la Comisión, criterios
    de evaluación
  • 1) Transparencia y visibilidad fácilmente
    comprensible para los ciudadanos.
  • 2) Autonomía Financiera Autonomía de los
    Tesoros Nacionales o mayor vinculación entre
    ciudadanos/ contribuyentes y financiación del
    PUE.
  • 3) Coste-Eficacia Costes de percepción y
    gestión reducidos con relación a los
    rendimientos.

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  • Criterios de evaluación (Cont.)
  • 4) Suficiencia Suficiente para hacer frente al
    gasto.
  • 5) Equidad en la contribuciones brutas La
    carga debe distribuirse equitativamente entre los
    Estados miembros y ciudadanos.
  • 6) Estabilidad los ingresos deben ser
    razonablemente estables a lo largo del tiempo.
  • 7) Asignación eficiente Debe contribuir a una
    asignación eficiente de los recursos económicos.
  • El sistema actual sólo cumple muy bien 4) y
    6)

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  • Qué cambios se podrían realizar?
  • - fundamentalmente establecer un sistema de
    financiación basado, aunque no sólo, en recursos
    fiscales propios. Podría financiar hasta el 50
    del PUE.
  • por ejemplo
  • imposición sobre el consumo energético (entre 3
    y 6 años podría aplicarse, según la Comisión)
  • IVA comunitario (en 6 años)

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  • Un estudio pormenorizado
  • European Commission (2004) Tax Based own
    resources An assessment, Working Paper nº
    1/2004, Taxation Papers.
  • La Comisión Europea ya ha hecho los deberes. Les
    toca decidir a los Estados miembros.

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INGRESOS (A PARTIR DE 2007)
  • Lo aprobado en Ingresos en las Perspectivas
    Financieras
  • a) El Consejo Europeo concluyó que el tipo de
    referencia del IVA se fijara en un 0,30 de las
    bases niveladas IVA de los Estados miembros.
  • b) El Consejo Europeo concluyó que en el período
    2007-2013 cuatro países disfrutarán de tipos de
    referencia del IVA reducidos, al objeto de
    disminuir de este modo su carga presupuestaria
    respectiva. Durante este período el tipo de
    referencia del IVA se fijará en 0,225 para
    Austria, 0,15 para Alemania y 0,10 para los
    Países Bajos y Suecia.

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INGRESOS (A PARTIR DE 2007)
  • Lo aprobado en Ingresos en las Perspectivas
    Financieras
  • c) El Consejo Europeo concluyó que, en el
    período 2007-2013, los Países Bajos gozarán de
    una reducción bruta anual en su contribución RNB
    de 605 millones de euros y Suecia de una
    reducción bruta anual en su contribución RNB de
    150 millones de euros, a precios de 2004.

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INGRESOS (A PARTIR DE 2007)
  • Lo aprobado en Ingresos en las Perspectivas
    Financieras
  • Estas reducciones brutas serán financiadas por
    todos los Estados miembros, incluidos los Países
    Bajos y Suecia. Estas reducciones no deberían en
    principio aumentar el volumen de la corrección
    británica, ni reducir tampoco las cuotas de los
    Países Bajos y de Suecia en la financiación de la
    corrección británica. Las reducciones brutas, por
    lo tanto, se concederán una vez calculadas la
    corrección británica y su financiación.
  • Esta medida tiene como finalidad reducir la
    carga presupuestaria de estos países.

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  • Lo aprobado
  • d) El Consejo Europeo conviene en que la
    UE debería realizar una nueva evaluación global
    del marco financiero, que abarque los ingresos y
    los gastos, con el fin de sostener y potenciar la
    modernización, sobre la base que está en curso.
  • Por consiguiente, el Consejo Europeo
    invita a la Comisión a que emprenda una revisión
    global y amplia que abarque todos los aspectos de
    los gastos de la UE, incluida la PAC, y de los
    recursos, incluida la reducción del Reino Unido,
    y presente un informe al respecto en 2008/9.
    Sobre la base de esta revisión, el Consejo
    Europeo podrá tomar decisiones sobre todos los
    temas que la revisión abarque. Se tomará asimismo
    en consideración la citada revisión en los
    trabajos preparatorios de las siguientes
    Perspectivas Financieras.

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5) Los gastos del PUE
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5) Los gastos del PUE
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2.3) Los gastos del PUE
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2.3) Los gastos del PUE
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5) El impacto redistributivo del PUE
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  • Las balanzas fiscales
  • Debilidades de este enfoque
  • Dificultad del cálculo
  • Consideración exclusiva de los flujos
    financieros

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CONCLUSIONES
  • 1) El PUE actual es una reliquia histórica
    (ha cambiado muy poco desde 1988 y los Estados
    miembros de la UE lo saben. Lo pactado para el
    período 2007-2013 significa optar por el
    minimalismo presupuestario.
  • 2) las balanzas fiscales condicionan el
    proceso
  • 3) el marco institucional no facilita la
    toma de decisiones
  • Qué debe ocurrir para que se adapte a una UE
    que necesita crecer?.

82
Bibliografía básica
  • 1) Bonete, R (2006) ) El Presupuesto
    Comunitario y su financiación la necesidad de un
    nuevo sistema a la altura de los nuevos
    tiempos, Los Nuevos Retos de la Fiscalidad,
    Alarcón G, Ruiz-Huerta J, (Directores) ,
    Civitas.Thomson, 2006.
  • I. Begg (2005) Funding the European Union, A
    Federal Trust Report on the European Unions
    Budget. Londres
  • Sapir et al (2003) An Agenda for Growing
    Europe,Bruselas.
  • 3) Comisión Europea (2002) Las finanzas
    públicas de la Unión Europea,Bruselas
    (http//www.europa.eu.int/comm/budget/infos/public
    ations_en.htm
  • 4) European Commission (2004) Financing the
    European Union Commission report on the
    operation of the own resources system, COM
    (2004), 505 final, Volume II.
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