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'PROTECCI N A LA MATERNIDAD Y RESPONSABILIDADES PARENTALES ... comparada es rica en permisos voluntarios de m s largo aliento, con mantenci n ... – PowerPoint PPT presentation

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1
PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD Y RESPONSABILIDADES
PARENTALES Costos asociados a la contratación
de mujeres?1990-2008
  • Taller Mujer y Trabajo
  • Chile 21
  • María Ester Feres N
  • Directora CRL
  • FACEA/UCEN

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TRES DIMENSIONES
  • MARCO GENERAL Principios, lineamientos y
    conceptos
  • REFORMAS LEGALES Avances y desafíos
  • MATERNIDAD Mayores costos en la contratación
    de mujeres?

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1. MARCO GENERAL
  • Maternidad y discriminación
  • Condición biológica de la mujer acotada a su
    capacidad de procrear
  • Reproducción social importancia ética y social
    sustentabilidad a largo plazo (problemas
    demográficos).
  • Batería de políticas para eliminar
    discriminaciones de género en el trabajo, desde
    responsabilidades familiares compartidas, romper
    segmentación ocupacional (horizontal y vertical),
    igualdad de remuneraciones por trabajo de igual
    valor (valoración social del trabajo femenino),
    mezclado con políticas de incentivos para la
    procreación (países desarrollados).
  • No acotar diferencias sólo a lo biológico,
    conduce a políticas equivocadas reforzando
    obstáculos estructurales que impiden avanzar en
    la paridad de género en los ámbitos privado y
    público
  • Maternidad bienes jurídicos protegidos
  • Salud y vida de la embarazada y del feto
  • Salud, vida y desarrollo del niño nacido vivo.
  • Dictámenes DT asociados Pérdida del fuero e
    irrenunciabilidad del post natal por
    fallecimiento del menor durante, con ocasión o
    después del parto. Tiempos de alimentación y
    partos múltiples.

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1. MARCO GENERAL
  • Maternidad y discriminación
  • Causas de discriminación
  • Enfoques culturales y jurídicos que confunden la
    procreación con las responsabilidades de
    la sociedad en su conjunto y de ambos
    progenitores en el desarrollo y cuidado de los
    hijos.
  • Complejidad de los cambios culturales exige una
    visión sistémica, con múltiples y activas
    políticas públicas así como de mensajes
    comunicacionales claros, incluyendo los
    fundamentos y contenidos de las reformas
    legales.
  • No implica limitar la libertad de elección de
    las mujeres
  • Tampoco admite plantear soluciones que refuercen
    cultura discriminatoria, por ej.
  • Políticas centradas en la conciliación de los
    roles domésticos y de la economía del cuidado con
    el trabajo remunerado de las mujeres o
  • Presionar a la baja los costos del trabajo de las
    mujeres, diminuyendo niveles de protección,
    condiciones de trabajo o afectando sus salarios
    (ligándolos con la promoción del empleo femenino
    o explicar la brecha salarial por los costos
    directos e indirectos de la maternidad o de la
    economía del cuidado) etc.

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1. MARCO GENERAL
  • Marco jurídico internacional
  • Declaración Universal de Derechos Humanos (1948)
  • Pactos de Derechos Civiles y Políticos y de
    Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1969)
  • Convención sobre la Eliminación de todas las
    formas de Discriminación en contra de la Mujer
    (1971)
  • Convenio OIT No. 111, 1958 sobre Discriminación
    (Empleo y Ocupación)
  • Convenio OIT No. 100, 1951 sobre Igualdad de
    Remuneraciones
  • Convenio OIT No. 156, 1981 sobre trabajadores/as
    con responsabilidades familiares
  • TODOS VERSAN SOBRE DERECHOS HUMANOS Y SE
    ENCUENTRAN RATIFICADOS POR EL GOBIERNO DE
    CHILE. Discusión política pendiente Aplicación
    directa de los Convenios (según el D
    Internacional) o necesidad de
    homologación de la legislación nacional?

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1. MARCO GENERAL
  • Marco Constitucional
  • Artículo 1 Bases de la Institucionalidad
    (orienta la interpretación del conjunto de normas
    constitucionales) las personas nacen libres e
    iguales en dignidad y derechos () Es deber del
    Estado resguardar () y asegurar el derecho de
    las personas a participar con igualdad de
    oportunidades en la vida nacional.
  • Artículo 19 N 1 El derecho a la vida y a la
    integridad física y psíquica de la persona. La
    ley protege la vida del que está por nacer.
  • Artículo 19 N 2 La igualdad ante la ley. En
    Chile no hay persona ni grupo privilegiados. En
    Chile no hay esclavos y el que pise su territorio
    queda libre. Hombres y mujeres son iguales ante
    la ley. Ni la ley ni autoridad alguna podrán
    establecer diferencias arbitrarias.
  • Se reconoce sólo la igualdad en y ante la ley
    (condena las diferencias arbitrarias en su texto
    y en su aplicación)
  • NECESIDAD DE CONTINUAR PERFECCIONANDO EL MARCO
    JURÍDICO INTERNO, por ejemplo
  • SOBRE RESPONSABILIDAD SOCIAL COMPARTIDA EN LA
    REPRODUCCIÓN
  • SOBRE IGUALDAD SUSTANTIVA O MATERIAL DE GÉNERO
    (Igualdad en la aplicación en cuanto a los
    efectos de la ley)
  • Políticas y legislación sobre discriminaciones o
    acciones positivas (por ejemplo actual proyecto
    en trámite legislativo contra la discriminación)

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2. REFORMAS LEGALES
  • CONTEXTO
  • Creación del SERNAM (1991)
  • Ratificación de los Convenios 156 y 103 de OIT
    (1996)
  • Eliminación de normas seudo-protectoras y
    discriminatorias (EFECTO BOOMERANG), por ejemplo,
    prohibición de trabajo en faenas subterráneas
    (1992)
  • OBJETIVOS DECLARADOS
  • Proteger maternidad conjuntamente con excluirla
    como factor discriminatorio
  • Política progresiva por compartir
    responsabilidades (parentales) entre ambos padres
  • Todos los derechos son irrenunciables y no
    compensables en dinero (si bien, en algunos casos
    se utiliza la compensación como los bonos de sala
    cuna, éstos no extinguen la posibilidad de
    exigir el cumplimiento del derecho conforme a la
    ley)
  • OBSTÁCULOS CULTURALES
  • Desconfianza de las propias mujeres (por ej.
    permisos parentales para el cuidado del hijo/a
    menor de un año)
  • Legítimo temor sindical a mayores desregulaciones
    (flexibilización del pre y postnatal)
  • Aseveraciones incorrectas y extendidas sobre un
    mayor costo de la contratación de mujeres
  • Carencias de un marco jurídico y de un sistema
    judicial que garanticen el principio de igualdad
    y el derecho a la no discriminación en el trabajo
    (recursos de protección se rechazan,
    remitiéndolos a los procedimientos ordinarios)
  • Proceso progresivo, incesante y continuo de
    reformas legales, sin un enfoque explícito,
    integral e integrador inserto en un necesario y
    nuevo proyecto de relaciones laborales y de
    género (las carencias del modelo
    socio-económico ralentizan la remoción de las
    discriminaciones de género)

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2. REFORMAS LEGALES
  • Principales reformas legales del período
  • Prohibición expresa de discriminar (1998)
  • Prohíbe la exigencia de exámenes o certificados
    de embarazo de parte del empleador para conocer
    la falta o el estado de gravidez de una
    trabajadora.
  • Prohíbe condicionar la contratación de
    trabajadoras, su permanencia o renovación de
    contrato o la promoción o movilidad en su empleo
    a la ausencia o existencia de embarazo.
  • Mejora de requisitos para acceso a licencias y
    permisos, no obstante
  • Se mantiene el principio de legislar con el
    objetivo de evitar un uso de mala fe de las
    normas, más que la importancia del bien o derecho
    a proteger legalmente.
  • Permanece el criterio de exigir densidad
    previsional previa de la Ley Büchi
  • Habría que revisar su modificación, vistos los
    antecedentes empíricos sobre discontinuidad de
    trayectorias laborales de las mujeres su sobre
    representación en contratos a tiempo, en formas
    precarias y atípicas de empleo, la altísima
    rotación laboral, etc.

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2. REFORMAS LEGALES
  • Principales reformas legales del período
  • Modificaciones al fuero maternal
  • Extensión del derecho a las trabajadoras de casa
    particular (1998)
  • Atenuación del derecho para trabajadoras
    embarazadas a plazo fijo y por obra o faena
    determinada (1993) junto con el incremento de
    tendencia judicial a otorgar el desafuero en
    estos casos
  • Exclusión legal de las trabajadoras de servicios
    transitorios (2006)
  • Incremento de las multas por violación al fuero
    maternal (2001)
  • Extensión del derecho a fuero al padre en caso de
    fallecimiento de la madre, durante o con ocasión
    del parto (1993) en el parto y durante el
    período posterior a éste (2000)

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2. REFORMAS LEGALES
  • Principales reformas legales del período
  • Modificaciones al fuero maternal
  • Otorgamiento de fuero a mujeres y hombres
    solteros o viudos que soliciten la adopción de un
    menor, desde la fecha de la resolución judicial
    que le confíe su cuidado personal, en conformidad
    a la Ley de Adopción, o que le otorgue la tuición
    conforme al Art. 24 inc. 3 de la misma ley
    (1993)
  • Fuero de un mes para ambos padres trabajadores
    por muerte de un hijo, o por fallecimiento del
    cónyuge (para los/as trabajadores/as
    contratados/as por tiempo determinado, el fuero
    dura hasta el término del contrato si este fuese
    menor)(2007)
  • Con las sucesivas modificaciones no
    correspondería cambiar el nombre por fuero
    parental, familiar u otro que no sólo
    remitiera a la mujer madre?

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2. REFORMAS LEGALES
  • Principales reformas legales del período
  • Características del fuero
  • En su extensión es de los más largos de A. Latina
  • En Europa y EE. UU no existe, ya que operan
    eficazmente las acciones judiciales por trato o
    despido discriminatorio
  • Convendría estudiar alcances y beneficios en caso
    discriminación por embarazo de la nueva modalidad
    judicial de tutela de los derechos fundamentales
    (2008)
  • Frente a denuncias de separación ilegal se acepta
    mayoritariamente el reintegro de la trabajadora
    (eficacia de la acción fiscalizadora)
  • Forma más usual de evadir el fuero término de
    contrato por renuncia voluntaria (ENCLA 2006
    36,1 versus 23.2 de los hombres Realizar
    estudios de casos para conocer si ha confluido
    efectivamente la voluntad de la trabajadora y sus
    motivos? (bajo monto del salario, inexistencia de
    sala cuna, otros hijos en el hogar, etc.)
  • Reflexionar sobre la relación del fuero post
    natal con el aseguramiento de la sobrevivencia
    material del menor (tema propio de la seguridad
    social)
  • La experiencia comparada es rica en permisos
    voluntarios de más largo aliento, con mantención
    del empleo, optativos para el padre o la madre,
    con pagos decrecientes de los subsidios.

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2. REFORMAS LEGALES
  • Principales reformas legales del período
  • Licencias y permisos
  • Pre y Postnatal
  • Se mantienen las normas sobre pre y post natal
    para la madre trabajadora
  • Se traslada el beneficio del permiso y del
    correspondiente subsidio al padre del menor, en
    caso de fallecimiento de la madre durante el
    parto o durante el descanso post-natal (2000)
  • La trabajadora o trabajador que tenga a su
    cuidado un menor de edad inferior a seis meses,
    por habérsele otorgado judicialmente la tuición
    o su cuidado personal como medida de protección,
    tiene derecho a permiso y a subsidio hasta por
    doce semanas (lo que reste hasta los seis meses
    de edad) (1993)
  • Licencias y subsidios por salud del menor
  • Se extiende el derecho a permiso y licencia al
    padre, por motivos de salud (enfermedad grave) de
    un hijo menor de un año que requiera de cuidados
    en el hogar, a decisión sólo de la madre
    trabajadora. (1993)
  • Gozan de iguales derechos la trabajadora o el
    trabajador que tengan a su cuidado
    (judicialmente) a un menor de edad inferior
    a un año, con opción prioritaria para la
    trabajadora (1993)

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2. REFORMAS LEGALES
  • Principales reformas legales del período
  • Permisos
  • Por salud de menores de 18 años que requieran la
    atención personal de los padres, con motivo de
    accidente grave enfermedad terminal en su fase
    final, enfermedad grave, aguda y con probable
    riesgo de muerte (1997)
  • El permiso es por 10 jornadas laborales (las que
    se deben restituir de común acuerdo entre las
    partes)
  • La primera opción es de la madre podría ser
    para ambos, al menos si se trata de empleadores
    distintos?

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2. REFORMAS LEGALES
  • Principales reformas legales del período
  • Permisos por nacimiento de un hijo
  • Se otorga al padre un permiso pagado de 5 días
    (se comenzó con un día, después 3 y ahora, 5
    días) en caso de nacimiento de un hijo (2006)
  • Lo puede utilizar a su elección desde el momento
    del parto, como días seguidos o distribuidos en
    el primer mes desde el nacimiento
  • Permisos por adopción
  • Igual derecho tiene el padre adoptivo, contados
    desde la sentencia de adopción (2006)
  • Actualmente se tramita su extensión a la madre
    adoptiva, debido a una falla de técnica
    legislativa (2008).

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2. REFORMAS LEGALES
  • Principales reformas legales del período
  • Otros permisos familiares
  • Por fallecimiento de un hijo o del cónyuge 7
    días corridos de permiso pagado (2006)
  • Muerte de un hijo en gestación 3 días hábiles de
    permiso remunerado
  • Muerte del padre o de la madre del trabajador o
    trabajadora 3 días hábiles de permiso remunerado
  • No existen estudios sobre la incidencia en costos
    laborales de cada uno ni del conjunto de permisos
    parentales, ni tampoco evaluaciones acabadas
    sobre su uso (se parte del supuesto incorrecto
    que son marginales?)

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2. REFORMAS LEGALES
  • Principales reformas legales del período
  • Derecho a sala cuna
  • Se extiende la obligación a los centros o
    complejos comerciales (1998) e industriales y de
    servicios(2002) administrados bajo una misma
    razón social o personalidad jurídica, cuyos
    establecimientos ocupen entre todos 20 o más
    trabajadoras (se desconocen estadísticas)
  • En este caso se consideran gastos comunes y se
    pagan proporcionalmente por todos los locatarios
  • Se permite a las empresas obligadas y dentro de
    una misma área geográfica mantener servicios
    comunes de salas cunas (1995)

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2. REFORMAS LEGALES
  • Principales reformas legales del período
  • Derecho a alimentación (2007)
  • Derecho de toda madre trabajadora de disponer de
    una hora de tiempo pagada para la alimentación de
    sus hijos menores de dos años
  • Opera en tres modalidades
  • en cualquier momento dentro de la jornada
  • dividido en dos porciones a solicitud de la
    trabajadora
  • postergando o adelantando en media hora o en una
    hora, el inicio o término de la jornada de
    trabajo
  • De existir la obligación empleadora de mantener
    sala cuna, este tiempo, también remunerado, se
    amplia en lo necesario para el viaje de ida y
    vuelta de la madre. Gastos de transporte de cargo
    del empleador/a.

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3. Maternidad Mayores costos de la
contratación de mujeres
  • Costos directos por tipo de beneficios
  • Costos indirectos, de reemplazo y/o de
    incertidumbre
  • Avanzar hacia incrementos generales de los costos
    del trabajo.

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3. Maternidad Mayores costos de la
contratación de mujeres
  • Costos directos por tipo de beneficios
  • Costos de licencias y permisos de maternidad
  • Licencias por enfermedad durante el embarazo y
    ligadas a éste, son de cargo fiscal
  • Descansos de pre y post maternidad son también de
    costo fiscal
  • De igual modo, las licencias por enfermedad de
    menores de un año
  • Según la ENCLA 2006, de las licencias laborales
    totales, sólo un 2,1 correspondería a
    trabajadoras, con ocasión de enfermedad de hijo/a
    menor de un año.
  • Licencias médicas por enfermedad común de la
    madre, no se cancelan los primeros 3 días si la
    licencia es menor a 11 días (Efecto perverso?
    moción modificatoria en trámite)
  • En caso contrario son de cargo del seguro de
    salud, pagado íntegramente por la trabajadora.
  • Los permisos remunerados son de cargo de los
    empleadores de los padres o para los empleadores
    de ambos según sea el caso (no existen estudios
    de impactos en costos)
  • Cabría ampliar el derecho de opción del padre
    para el uso de las licencias
  • Ampliar el post natal disminuyendo los riesgos de
    enfermedad del menor, junto a otra serie
    de beneficios sociales y económicos que tal
    medida conlleva.

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3. Maternidad Mayores costos de la
contratación de mujeres
  • Costos directos por tipo de beneficios
  • Sala Cuna
  • Costo para las empresas (contrario a Convenios
    OIT, por su carácter discriminatorio con los
    empleadores de mujeres) con 20 o más trabajadoras
    (doble discriminación)
  • Según la ENCLA 2006
  • sólo un 12,9 de las empresas tendría esta
    obligación. La tasa de incumplimiento es de 25,6
  • Sólo un 5,1 dispone o coadministra una propia
  • 69.2 tiene convenio con sala cuna externa
  • 14.5 otorga bono compensatorio a la madre
  • Correspondería debatir una reforma sistémica
    (Principio de acuerdo SERNAM/CPC/CUT 1998, en el
    marco del Consejo de Desarrollo Productivo)
  • Establecer la obligación para todos los
    empleadores (de hombres y mujeres), de todos los
    tamaños de empresa de los hijos/as de
    trabajadores y trabajadoras
  • Financiamiento mediante fondo especial inter
    empresarial, acorde a un porcentaje de la
    planilla de remuneraciones
  • Flexibilizar la obligación mediante el pago
    efectivo a una sala cuna elegida por la madre o
    el padre trabajador, según la calidad, ubicación
    geográfica, etc., de la misma.

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3. Maternidad Mayores costos de la
contratación de mujeres
  • Costos directos por tipo de beneficios
  • Permiso de Alimentación de hijos menores de 2
    años
  • Costos del empleador
  • A lo menos de una hora diaria, desde el término
    del postnatal hasta los dos años de edad del
    menor
  • Incluye remuneración por tiempo de traslado y los
    costos del transporte en caso de tener la
    obligación de otorgar sala cuna

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3. Maternidad Mayores costos de la
contratación de mujeres
  • Costos directos por tipo de beneficios
  • Permiso de Alimentación de hijos menores de 2
    años
  • La ampliación a dos años tiene impacto en costos
    y puede generar efectos negativos
  • En la contratación de mujeres
  • En la brecha salarial y
  • En políticas de responsabilidades parentales
    compartidas
  • Posibles políticas y medidas más adecuadas
  • Ligarlo al amamantamiento, certificado
    médicamente
  • Ampliación del postnatal a seis meses
  • Opción de ambos padres para optar al beneficio,
    una vez terminado el tiempo de amamantamiento
  • Opción para ambos padres, a partir de los 7 meses
    y hasta los dos años de edad del menor, de
    trabajar media jornada (ello sólo desde un
    determinado quintil de ingresos), garantizando
    estabilidad atenuada en el empleo (excluir uso de
    causal de despido Art. 161 C. del T)
  • Incrementar los permisos voluntarios hasta los 4
    años de edad del menor, con mantención del puesto
    de trabajo, y montos decrecientes de los
    subsidios, sin costo económico para el empleador.
  • Comenzar estas medidas en el sector público.

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3. Maternidad Mayores costos en la
contratación de mujeres
  • Costos indirectos de reemplazo
  • Prohibición de trabajos penosos de la mujer
    embarazada (Costos eventuales y nunca evaluados)
  • Reemplazos generalmente no hay contratación de
    reemplazo durante los descansos por maternidad
    (carencia de estudios fidedignos)
  • Se aducen como costos de reemplazo
  • Baja de productividad al no contratar
    reemplazante (sin embargo, ésta responde a una
    decisión conciente y voluntaria del empleador)
  • Costos asociados a la falta de experiencia del o
    la reemplazante
  • Ello sería válido sólo para los empleos
    calificados y de cierta permanencia, en los
    cuales la inserción femenina es menor y la brecha
    salarial mayor variedad de mecanismos posibles
    de solución en la experiencia comparada
  • No se utilizan ni valoran nuevos mecanismos
    legales de promoción del empleo
  • Contratos a tiempo parcial hiperflexibles (muy
    precarizados en la actualidad
  • Contrato de reemplazo, establecido expresamente
    mediante el régimen de Empresas de Servicios
    Transitorios
  • Tampoco, funciones adicionales de intermediación
    y responsabilidades de capacitación de las EST
    (según prevé la norma)

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3. Maternidad Mayores costos en la
contratación de mujeres
  • Costos indirectos de incertidumbre
  • Se ligan a los descansos y licencias desde el
    momento del embarazo hasta el término del fuero
    maternal (un año después del post natal)
  • Incluye licencias durante el embarazo, pre y
    postnatal (18 semanas) por enfermedad de un
    menor de un año, y por posteriores licencias
    médicas de la madre
  • Además, se ha impuesto -política y
    comunicacionalmente- una presunción de uso
    abusivo por las madres de las licencias médicas
    post maternidad y en general del uso de
    licencias médicas de parte de los y las
    trabajadoras.
  • Todas las propuestas anteriores aportan a
  • Reducir incertidumbre
  • Promover formas contractuales de reemplazo dignas
    y decentes (incremento del empleo en general y en
    especial del femenino)
  • Avanzar más eficazmente en políticas de
    responsabilidades familiares compartidas
  • Revertir la estigmatización creciente de la
    maternidad, junto al mito de sus altos costos en
    los sectores empresariales
  • A valorar efectivamente la importancia social de
    la procreación y del desarrollo futuro de niños y
    niñas

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3. Maternidad Mayores costos en la
contratación de mujeres
  • Avanzar hacia incrementos generales de los costos
    del trabajo.
  • Costos laborales en Chile son bastantes bajos
  • Brecha promedio progresiva y creciente entre
    incremento de los salarios e incremento de la
    productividad del trabajo
  • Brecha es mayor e inversamente proporcional a la
    productividad y tamaño de las empresas
  • Costos derivados de la maternidad son marginales,
    en su mayoría meramente estimativos, y por su
    gran importancia social, irrelevantes.
  • A pesar de ello se insiste en su incidencia en la
    contratación de mujeres
  • Al contrario, se presumen marginales los
    incrementos de costos resultantes de la extensión
    de los permisos parentales y familiares.
  • Estos últimos ni siquiera se estiman interesantes
    como objeto de estudio
  • Tampoco se articulan las propuestas recientemente
    conocidas sobre promoción del empleo femenino,
    con los sucesivos cambios legislativos en materia
    de maternidad, ni con las políticas de protección
    social y de cuidado infantil de la Presidenta
    Bachelet
  • Sólo es posible elaborar propuestas integrales y
    coherentes de políticas de equidad de género, en
    particular sobre maternidad y trabajo, si se
    cambia el actual modelo socio-económico y el
    sistema de relaciones laborales que parece serle
    consustancial enfocado sólo en reducción de
    costos del trabajo, cualesquiera sean los
    objetivos y valores sociales comprometidos.
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