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HACIENDA Y FINANZAS PUBLICAS

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Normativa en Hacienda y Finanzas P blicas FERNANDO DE JES S FRANCO CUARTAS UdeA OBJETIVO Dotar al servidor de los conocimientos que le permitan interpretar y ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: HACIENDA Y FINANZAS PUBLICAS


1
Normativa en Hacienda y Finanzas Públicas
FERNANDO DE JESÚS FRANCO CUARTAS UdeA
2
OBJETIVO
  • Dotar al servidor de los conocimientos que le
    permitan interpretar y aplicar coordinadamente,
    la normatividad en Presupuesto Público, desde los
    ámbitos de planeación y control interno, entre
    otros.

3
CONTENIDO
  • Normatividad.
  • Presupuesto Público.

4
Estatuto tributario (Decreto Nacional 624 de
1989)
Ley 111 de 1996 (Estatuto Orgánico del
Presupuesto General de la Nación)
Ley 819 de 2003
ley 617 de 2000
Sistema general de Participación Ley 358 de 1997.
5
PRESUPUESTO PÚBLICO
  • MARCO GENERAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO.
  • PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
  • EJECUCIÓN PRESUPUESTAL
  • CIERRE DE TESORERÍA, PRESUPUESTAL Y FISCAL

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PRESUPUESTO PÚBLICO MARCO GENERAL
  • INTRODUCCIÓN
  • OBJETIVOS
  • IDEAS CLAVE
  • MAPA CONCEPTUAL
  • CASO PRÁCTICO / EXPERIENCIAS / REFLEXIONES
  • MARCO NORMATIVO DEL PRESUPUESTO PUBLICO
  • ENFOQUES PRESUPUESTALES
  • PRINCIPIOS DEL PRESUPUESTO PUBLICO
  • PLANEACIÓN Y PRESUPUESTO
  • ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE
  • ACTIVIDADES DE AUTOEVALUACIÓN
  • SÍNTESIS O RESUMEN
  • BIBLIOGRAFÍA
  • IMPORTANCIA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO
  • GLOSARIO

7
PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
  • INTRODUCCIÓN
  • OBJETIVOS
  • IDEAS CLAVE
  • MAPA CONCEPTUAL
  • CALENDARIO DE PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
  • LINEAMIENTOS DE POLÍTICA PRESUPUESTAL
  • CÁLCULO DE INGRESOS
  • CÁLCULO DE GASTOS
  • VIGENCIAS FUTURAS
  • ELABORACIÓN DEL PROYECTO DEL PRESUPUESTO
  • PRESUPUESTO ORIENTADO A METAS Y RESULTADOS - POMR
  • ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE
  • CASO PRÁCTICO / EXPERIENCIAS / REFLEXIONES

8
EJECUCIÓN PRESUPUESTAL
  • INTRODUCCIÓN
  • OBJETIVOS
  • IDEAS CLAVE
  • MAPA CONCEPTUAL
  • CASO PRÁCTICO / EXPERIENCIAS / REFLEXIONES
  • MODIFICACIONES DEL PRESUPUESTO
  • LIQUIDACIÓN, COBRO Y RECAUDO DE IMPUESTOS
  • GESTIÓN DE INGRESOS Y DESEMBOLSOS
  • ORDENACIÓN DEL GASTO Y DEL PAGO
  • CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
  • CUENTAS POR PAGAR Y RESERVAS PRESUPUESTALES
  • PROGRAMA ANUAL MENSUALIZADO DE CAJA - PAC -
  • RESPONSABILIDAD Y CONTROL SOBRE EL PRESUPUESTO
  • ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE
  • SÍNTESIS O RESUMEN
  • BIBLIOGRAFÍA
  • GLOSARIO

9
CIERRE DE TESORERÍA, PRESUPUESTAL Y FISCAL
  • INTRODUCCIÓN
  • OBJETIVOS
  • IDEAS CLAVE
  • MAPA CONCEPTUAL
  • CASO PRÁCTICO / EXPERIENCIAS / REFLEXIONES
  • SITUACIÓN DE TESORERÍA
  • SITUACIÓN PRESUPUESTAL
  • SITUACIÓN FISCAL
  • ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE
  • ACTIVIDADES DE AUTOEVALUACIÓN
  • SÍNTESIS O RESUMEN
  • BIBLIOGRAFÍA
  • GLOSARIO

10
Estatuto tributario (D N 624 de 30/03/1989)
Artículo 1 ORIGEN DE LA OBLIGACIÓN SUSTANCIAL
La obligación tributaria sustancial se origina al
realizarse el presupuesto o los presupuestos
previstos en la ley como generadores del impuesto
y ella tiene por objeto el pago del tributo.
11
SUJETOS PASIVOS
Artículo 2 CONTRIBUYENTES.
Son contribuyentes o responsables directos del
pago del tributo los sujetos respecto de quienes
se realiza el hecho generador de la obligación
sustancial.
12
Artículo 3º RESPONSABLES.
Son responsables para efectos del impuesto de
timbre, las personas que, sin tener el carácter
de contribuyentes, deben cumplir obligaciones de
éstos por disposición expresa de la ley.
Artículo 4 SINÓNIMOS.
Para fines del impuesto sobre las ventas se
consideran sinónimos los términos contribuyente y
responsable.
13
Ley 111 de 15/01/1996 (EOPGN)
Por el cual se compilan la Ley 38 de 1989, la Ley
179 de 1994 y la Ley 225 de 1995 que conforman el
ESTATUTO ORGANICO del Presupuesto.
14
Ley 111 de 15/01/1996 (EOPGN)
Articulo 1. La presente ley constituye el
Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la
Nación a que se refiere el artículo 352 de la
Constitución Política. En consecuencia, todas las
disposiciones en materia presupuestal deben
ceñirse a las prescripciones contenidas en este
Estatuto que regula el sistema presupuestal.
15
Ley 111 de 15/01/1996 (EOPGN)
Artículo 3. Cobertura del Estatuto. Consta de
dos (2) niveles Un primer nivel que corresponde
al Presupuesto General de la Nación PGN -,
compuesto por los presupuestos de los
Establecimientos Públicos del Orden Nacional y el
Presupuesto Nacional.
16
Ley 111 de 15/01/1996 (EOPGN)
El Presupuesto Nacional comprende las Ramas
Legislativa y Judicial, el Ministerio Público, la
Contraloría General de la República, la
Organización Electoral, y la Rama Ejecutiva del
nivel nacional, con excepción de los
establecimientos públicos, las Empresas
Industriales y Comerciales del Estado y las
Sociedades de Economía Mixta.
17
Ley 111 de 15/01/1996 (EOPGN)
Un segundo nivel, que incluye la fijación de
metas financieras a todo el sector público y la
distribución de los excedentes financieros de las
Empresas Industriales y Comerciales del Estado, y
de las Sociedades de Economía Mixta con el
régimen de aquéllas, sin perjuicio de la
autonomía que la Constitución y la ley les otorga.
18
Ley 111 de 15/01/1996 (EOPGN)
19
Ley 111 de 15/01/1996 (EOPGN)
Son las sociedades industriales y comerciales
que se constituyen con aportes estatales y de
capital privado. Se sujetan a las reglas del
derecho privado y a la jurisdicción ordinaria. Se
puede constituir bajo cualquiera de las formas de
sociedad, como la SOCIEDAD ANONIMA.
20
Ley 111 de 15/01/1996 (EOPGN)
Artículo 4. Para efectos presupuestales, todas
las personas jurídicas públicas del orden
nacional, cuyo patrimonio este constituido por
fondos públicos y no sean Empresas Industriales y
Comerciales del Estado o Sociedades de Economía
Mixta o asimiladas a estas por la ley de la
República, se les aplicarán las disposiciones que
rigen los establecimientos públicos del orden
nacional (Ley 179 de 1994, art. 63)..
21
Ley 111 de 15/01/1996 (EOPGN)
Artículo 5. Las empresas de servicios públicos
domiciliarios en cuyo capital la Nación o sus
entidades descentralizadas posean el 90 o más,
tendrán para efectos presupuestales el régimen de
las Empresas Industriales y Comerciales del
Estado. Para los mismos efectos, las empresas
sociales del Estado del orden nacional que
constituyan una categoría especial de entidad
pública descentralizada, se sujetarán al régimen
de las Empresas Industriales y Comerciales del
Estado (Ley 225 de 1995 art.11).
22
Ley 111 de 15/01/1996 (EOPGN)
Artículo 6. Sistema Presupuestal. Está
constituido por un plan financiero, por un Plan
Operativo Anual de Inversiones y por el
Presupuesto Anual de la Nación (Ley 38 de 1989,
art. 3, Ley 179 de 1994, art. 55, inciso 5).
23
Ley 111 de 15/01/1996 (EOPGN)
Articulo 7. El Plan financiero. Es un
instrumento de planificación y gestión financiera
del sector público, que tiene como base las
operaciones efectivas de las entidades cuyo
efecto cambiario, monetario y fiscal sea de tal
magnitud que amerite incluir las en el plan.
Tomará en consideración las previsiones de
ingresos, gastos, déficit y su financiación
compatibles con el Programa Anual de Caja y las
Políticas Cambiaria y Monetaria (Ley 38 de 1989,
art. 4, Ley 179 de 1994, art. 55, inciso 5).
24
Ley 111 de 15/01/1996 (EOPGN)
Artículo 8. El Plan Operativo Anual de
Inversiones señalará los proyectos de inversión
clasificados por sectores, órganos y programas.
Este plan guardará concordancia con el Plan
Nacional de Inversiones. El Departamento Nacional
de Planeación preparará un informe regional y
departamental del presupuesto de inversión para
discusión en las Comisiones Económicas de Senado
y Cámara de Representantes (Ley 38 de 1989,
art.5, Ley 179 de 1994, art. 2).
25
Ley 111 de 15/01/1996 (EOPGN)
Articulo 11. El Presupuesto General de la Nación
se compone de las siguientes partes a) El
Presupuesto de Rentas contendrá la estimación de
los ingresos corrientes de la Nación de las
contribuciones para fiscales cuando sean
administradas por un órgano que haga parte del
Presupuesto, de los fondos especiales, de los
recursos de capital y de los ingresos de los
establecimientos públicos del orden nacional
26
Ley 111 de 15/01/1996 (EOPGN)
b) El Presupuesto de Gastos o Ley de
Apropiaciones. Incluirá las apropiaciones para la
Rama Judicial, la Rama Legislativa, la Fiscalía
General de la Nación, la Procuraduría General de
la Nación, la Defensoría del Pueblo, la
Contraloría General de la República, la
Registraduría Nacional del Estado Civil que
incluye el Consejo Nacional Electoral, los
Ministerios, los Departamentos Administrativos,
los Establecimientos Públicos y la Policía
Nacional, distinguiendo entre gastos de
funcionamiento, servicio de la deuda pública y
gastos de inversión, clasificados y detallados en
la forma que indiquen los reglamentos
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Artículo 3º RESPONSABLES.
Son responsables para efectos del impuesto de
timbre, las personas que, sin tener el carácter
de contribuyentes, deben cumplir obligaciones de
éstos por disposición expresa de la ley.
Artículo 4 SINÓNIMOS.
Para fines del impuesto sobre las ventas se
consideran sinónimos los términos contribuyente y
responsable.
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Artículo 3º RESPONSABLES.
Son responsables para efectos del impuesto de
timbre, las personas que, sin tener el carácter
de contribuyentes, deben cumplir obligaciones de
éstos por disposición expresa de la ley.
Artículo 4 SINÓNIMOS.
Para fines del impuesto sobre las ventas se
consideran sinónimos los términos contribuyente y
responsable.
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