Title: ACCESO A LOS MERCADOS EN EL GATT/OMC
1ACCESO A LOS MERCADOSEN EL GATT/OMC
ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO
- Alejandro Gamboa-Alder
- División de Acceso a los Mercados
- OMC
2Estructura de la presentación
- Acceso a los mercados en el contexto del
GATT/OMC elementos básicos y definiciones - Negociaciones arancelarias rondas anteriores
- Negociaciones Arancelarias Las reglas de juego
3ACCESO A LOS MERCADOS EN EL CONTEXTO DEL
GATT/OMC ELEMENTOS BÁSICOS Y DEFINICIONES
41. Qué es el acceso a los mercados?
- Las condiciones impuestas por el gobierno (leyes
/ reglamentos / medidas) para que un producto
pueda ingresar a un territorio aduanero en
condiciones no discriminatorias. - Regulado a través de medidas en frontera
incluyendo, entre otras, los aranceles,
contingentes arancelarios, restricciones
cuantitativas y otras medidas no arancelarias.
52. GATT/OMC asegurando el AM
- Metas OMC acceso a los mercados de bienes y
servicios de manera predecible y creciente. - Principios básicos No discriminación (TN/NMF) y
transparencia - Predecible compromisos vinculantes (v. gr.
aranceles consolidados para los bienes) - Acceso creciente rondas periódicas de
negociaciones
63. Tipos de barreras al comercio de bienes
- Dos tipos básicos de barreras al comercio de
bienes - Aranceles
- Barreras No Arancelarias (BNAs o NTBs)
74. Marco básico del GATT/OMC
- Los aranceles normalmente el único instrumento
utilizado para proteger a las industrias
domésticas - Las restricciones cuantitativas (prohibiciones /
restricciones) están prohibidas (GATT Art. XI)
pero ... pueden ser autorizadas bajo ciertas
circunstancias - Los aranceles deberán ser transparentes,
predecibles y estables - Los compromisos arancelarios se incluyen en las
Listas de Concesiones (Schedules of concessions)
8Por qué se necesita un marco legal?
- Cuál es el acceso a los mercados que un
exportador del territorio A espera tener en el
territorio B? - De qué manera puede el territorio B regular el
acceso de productos extranjeros en su territorio?
95. Arancel definición
- Derechos o gravámenes cobrados en la frontera a
las mercancías que van de un territorio aduanero
a otro (GATT Art. I)
105. Arancel definición
- Los aranceles a la importación son los más
comunes. También se aplican aranceles a la
exportación o impuestos a la exportación - El principal interés del GATT/OMC en la materia
los aranceles a la importación - No son un impuesto interno, v.gr. IVA (Par. 2
del GATT Art. III) - No son tasas o cargas cobradas por un
servicio a la importación (GATT Art. VIII)
116. Aranceles Tipos de derechos
127. Los aranceles y el GATT
- Los Miembros pueden consolidar sus aranceles.
- Arancel consolidado cuando hay compromiso
legal de no aumentarlo más allá de un cierto
nivel. - La consolidación se de-nomina concesión
arancelaria y se consigna en las Listas de
Concesiones Arancelarias - Un derecho consolidado es un techo, no un
piso - Los aranceles consolidados garantizan el acceso
seguro y previsible al comercio de bienes
13Nota con respecto a la traducción de algunos
términos
- Bound se traduce en español como
- consolidado
- Consolidated se traduce en español como
- refundido
- Schedule of concessions se traduce en español
como - Lista de concesiones
CUIDADO!
148. GATT Artículo II
- a. Cada parte contratante concederá al comercio
de las demás partes contratantes un trato no
menos favorable que el previsto en la parte
apropiada de la lista correspondiente anexa al
presente Acuerdo. - El trato puede ser más favorable
- Arancel consolidado vs. Arancel aplicado
- Otros tratos arancelarios son posibles debido a,
entre otros, las zonas de libre comercio, las
uniones aduaneras y los arreglos no-recíprocos
(cláusula de habilitación)
15Ejemplo Arancel de Costa Brava para el café
() Para beneficiarse de la preferencia
arancelaria, el producto originario debe cumplir
con la regla de origen preferencial aplicable
169. Demás Derechos y Cargas (DDCs)
- Impuestos cobrados a las importaciones diferentes
de los aranceles y de los derechos que no están
conformes al Artículo VIII del GATT (Derechos y
Formalidades). - GATT Artículo II1 (b) los productos incluidos
en las Listas estarán también exentos de todos
los demás derechos o cargas de cualquier clase
aplicados a la importación o con motivo de
esta..." - Entendimiento relativo a la interpretación del
párrafo 1 b) del Artículo II del GATT Los
Miembros debían registrar en sus Listas cualquier
otro derecho o carga existente al 15 de Abril de
1994. - De no ser incluídos en las listas, deben
eliminarse.
1710. Listas de concesiones
- Listas de concesiones arancelarias refundidas
(GATT Artículo II) registro de aranceles
consolidados y otras concesiones - Cada Miembro tiene su Lista propia, identificada
con un número romano único
1810. Listas de concesiones
- Excepto las uniones aduaneras donde dos o más
miembros cuentan con una única lista (Benelux,
CEE) - Las Listas se anexan y forman una parte
integrante de la Parte I del GATT.
Cualquier modificación requiere de la aceptación
por parte de todos los Miembros (GATT Art. XXX y
Art. X del Acuerdo de Marrakesh)
19Algunos ejemplos de Listas de concesiones
- Argentina LXIV
- Bolivia LXXXIV
- Brasil III
- Canadá V
- Chile VII
- China XLII
- Colombia LXXVI
- Costa Rica LXXXV
- Cuba IX
- Ecuador - CXXXIII
- El Salvador LXXXVII
- Estados Unidos - XX
- Guatemala LXXXVIII
- Honduras XCV
- Jamaica LXVI
- México - LXXVII
- Nepal CLVII
- Nicaragua XXIX
- Panamá CXLI
- Paraguay XCI
- Perú - XXXV
- Rep. Dominicana XXIII
- Uruguay - XXXI
- Nuevos números serán asignados con las adhesiones
y agrandamiento de las CEE
2011. La Estructura de una Lista de Concesiones
21Por qué productos no agrícolas?
- Los productos agrícolas se definen en el Anexo
1 del Acuerdo sobre Agricultura
- Los productos no agrícolas son los demás
productos
22Lista M Costa Brava Esta lista es auténtica
solamente en idioma Español PARTE I ARANCEL DE
LA NACIÓN MÁS FAVORECIDASECCIÓN II Otros
productos
23Sistema Armonizado
- Artículo II del GATT ninguna obligación de
utilizar una nomenclatura específica de
clasificación - BTN, CCCN, SITC y otras fueron utilizadas antes
- OMA - Convención sobre el Sistema Armonizado de
Designación y Codificación de Mercancías 14
Jun/83 - Decisión de 1983 sobre las Concesiones del GATT
bajo el Sistema Armonizado (L/5470/Rev.1) - Transposición Las concesiones existentes se
deben mantener bajo la nueva nomenclatura, pero
se permiten renegociaciones para evitar una
complejidad indebida en las listas
24Las Listas de hojas amovibles (1)
- Los compromisos se registraban en múltiples
documentos jurídicos (v.gr. Protocolos) Ver
GATT Doc. TAR/W/7 de 18 de Junio de 1980
- Algunas negociaciones bilaterales nunca se
registraron en las Listas oficiales! - 1950 surge idea de una sola lista consolidada
- Problema para los Miembros era muy difícil
verificarlas
25Las Listas de hoja amovible (2)
- Decisión de 1980 introduce el sistema de hojas
amovibles. Objetivo - Decisión de 1996 Establecimiento de las Listas
refundidas en hojas amovibles . - Base de datos LAR no es jurídicamente
vinculante, buena fuente de información sobre las
consolidaciones (Ver G/MA/M/25)
2612. Cambiar las concesiones arancelarias (1)
- Podría un Miembro aplicar un arancel NMF que sea
menor que el arancel consolidado correspondiente
en su Lista? - Podría un Miembro aplicar un arancel mayor al
nivel consolidado correspondiente? - Podría un Miembro cambiar su nivel consolidado?
- Si es así, cómo podría un Miembro cambiar
(aumentar/reducir) sus aranceles consolidados?
Sí
No (en principio)
Sí
Depende de qué tipo de cambio se trate
2712. Cambiar las concesiones arancelarias (2)
- Negociaciones, rectificaciones y modificaciones
- Renegociaciones (GATT Artículo XXVIII)
- Creación Unión Aduanera (GATT Artículo XXIV)
- Otras situaciones especiales
- Implementación del SA (1988)
- Transposición al SA92, SA96, SA2002 (SA2007?)
- GATT Artículos XVIII y XXVII
- Todos ellos cuentan con procedimientos
especiales!
El cambio debe ser certificado para que sea
jurídicamente vinculante
2813. Rectificación y modificación
- Decisión de 1980, Procedimientos para la
Modificación y Rectificación de Concesiones
Arancelarias (GATT doc. L/4962) - Procedimientos para cambios o rectificaciones de
una naturaleza puramente formal que no alteren
el alcance de las concesiones - El miembro debe presentar un borrador con
cambios, el cual se circula a los miembros
(documentos serie G/MA/TAR/RS...) - El Director General deberá proceder a certificar
la modificación si ningún Miembro presenta una
objeción dentro de los 3 meses siguientes - Pero si se presentan objeciones, el Miembro
podría terminar en negociaciones bajo el Artículo
XXVIII del GATT
2914. Renegociaciones arancelarias bajo el Artículo
XXVIII del GATT
- Los Miembros pueden modificar sus concesiones
mediante negociación y acuerdo con los Miembros
principalmente interesados
- La modificación podría requerir una
compensación para mantener un nivel general de
concesiones recíprocas y mutuamente ventajosas no
menos favorable para el comercio que el que
resultaba del presente Acuerdo antes de las
negociaciones - Es posible que haya medidas de retorsión
3014. Renegociaciones arancelarias bajo el Artículo
XXVIII del GATT
- Los procedimientos y definiciones se encuentran
dispersos en una gran cantidad de instrumentos,
incluyendo - Artículo XXVIII del GATT
- Notas interpretativas al Artículo XXVIII del GATT
- Procedimientos para negociar bajo el Artículo
XXVIII del GATT (Ver GATT doc. C/113 y Corr.1) - Entendimiento relativo a la interpretación del
Artículo XXVIII del GATT de 1994 (RU) - Decisión de 1980 GATT doc. L/4962 (sobre
certificación) - Ver WT/TC/NOTIF/MA/1
3114. Renegociaciones arancelarias bajo el Artículo
XXVIII del GATT
- Cuándo podría un Miembro solicitar un cambio?
- Par. 1 Primer día del trienio que comienza el 1
Enero 1958 (Próximo 01.01.2006) - Par. 4 En cualquier momento, en circunstancias
especiales, si es autorizado por los Miembros - Par. 5 En cualquier momento, si el Miembro se
reserva este derecho antes de que concluya el
período trienal (Próximo 01.01.2006) (Ver serie
G/MA/...)
2000-2002 43 Miembros se reservaron este derecho
2003-2005 27 Miembros se reservaron este derecho
3214. Renegociaciones arancelarias bajo el Artículo
XXVIII del GATT
- Cuál es la diferencia entre estos párrafos?
- Los requisitos sustantivos son los mismos
- La diferencia está en los plazos
- Par. 1 iniciar entre 3 y 6 meses previos al
período trienal (i.e. 01.06.2005 / 31.09.2005).
La negociación debe concluir antes del
31.12.2005. El cambio tendría efecto el
01.01.2006. - Par. 4 se puede solicitar en cualquier momento.
Debe concluir a más tardar 60 días después de la
autorización. - Par. 5 se puede solicitar en cualquier momento.
No establece tiempo límite para concluir las
negociaciones.
3315. Miembros principalmente interesados?
- Se debe negociar con cualquier otro Miembro
- con el cual la concesión haya sido negociada
originalmente (DPNs) - que tenga interés como abastecedor principal
- Criterio basado en la participación de las
importaciones - Criterio basado en la participación de las
exportaciones - que tenga un interés sustancial
- Idea Negociar el cambio con pocos Miembros para
luego multilateralizar los resultados
Ver JOB(02)/93
34Derechos de Primer Negociador
- Solo hay hay referencias a originalmente
negociado - En la práctica, podría ser difícil determinar
cuál Miembro tiene el DPN - Los DPN pueden ser fijos, flotantes, históricos
(Ver JOB(02)/93) - El DPN da el derecho de negociar y buscar
compensación por el cambio (GATT Art.
XXVIII3(a))
35Y, si no hay acuerdo entre los Miembros
principalmente interesados?
- El Miembro que inicia el procedimiento puede
hacer el cambio en su Lista - El Miembro afectado podría retirar o modificar
concesiones similares (GATT Art. XXVIII3) - El retiro o modificación se debe hacer sobre la
base NMF... - Pero corre el riesgo de retorsión por parte de
otros Miembros
36Interés como Abastecedor Principal
(1)Definiciones
- A.- Art. XXVIII y P. 4 de las notas
interpretativas al Párrafo 1 del Art. XXVIII - Criterio basado en la participación en las
importaciones - 4. ... sólo deberían reconocer el interés de una
parte contratante como principal abastecedor, si
ésta hubiera tenido, durante un período razonable
anterior a la negociación, una parte mayor del
mercado de la parte contratada demandante que la
de la parte contratante con la que se hubiere
negociado orinalmente la concesión...
37Interés como Abastecedor Principal
(2)Definiciones
- B.- Par. 5 de las notas interpretativas al
Párrafo 1 del Art. XXVVIII, y P. 1 del
Entendimiento - Criterio basado en la participación en las
exportaciones - ...podrán determinar excepcionalmente que una
parte contratante tiene un interés como principal
abastecedor, si la concesión de que se trate
afectara a intercambios que representen una parte
importante de las exportaciones totales de dicha
parte contratante. - Ambas definiciones confieren el derecho a
negociar y a retirar concesiones
substancialmente equivalentes en caso de que no
se llegue a un acuerdo (Art. XXVIII3)
38Interés Sustancial
- P. 7 Nota Interpretativa del Párrafo 1 del
Artículo XXVIII - El concepto no admite una definición precisa
- ...debe interpretarse de manera que se refiera
exclusivamente a las partes contratantes que
absorban o que, de no haber restricciones
cuantitativas de carácter discriminatorio que
afecten a sus exportaciones, absorberían
verosílmimente una parte apreciable del mercado
de la parte contratante que se proponga modificar
o retirar la concesión. - En la práctica si la participación es gt 10 (Ver
doc. TAR/M/16) - El interés sustancial da derecho a entablar
consultas mas no negociaciones, pero también
el derecho a retirar concesiones substancialmente
equivalentes en caso de que las partes
sustancialmente interesadas no lleguen a un
acuerdo (ver Artículo XXVIII3(b))
399. Barreras No Arancelarias (1)
- No hay definición
- Medidas, distintas de los aranceles, que limiten
el acceso a un mercado. - Algunas son legítimas y las introduce o mantiene
un Miembro deben cumplir disposiciones
específicas (v.gr. MSF) - Otras no son compatibles con las reglas del
GATT/94 - Nuevas BNAs (NTBs) se descubren
o se desarrollan con el tiempo
409. Por qué negociar las BNAs?
- Para evitar que se eludan o menoscaben los
aranceles consolidados - Para limitar las fricciones entre los Miembros de
la OMC - Para minimizar los efectos distorsionantes del
comercio que conllevan las BNAs, y permitir a los
Miembros tomar las acciones necesarias para
solucionar sus preocupaciones legítimas
419. BNAs negociadas en el pasado
- Algunas bajo el GATT de 1948
- Otras negociadas posteriormente
- Acuerdo MSF (SPS)
- Acuerdo OTC (TBT)
- Acuerdo sobre Licencias de Importación
- Acuerdo sobre IPE (PSI)
- Acuerdo sobre Salvaguardias
- Etc.
- Se negociarán más Acuerdos?
42II. NEGOCIACIONES ARANCELARIAS EN LAS RONDAS
ANTERIORESLa importancia de la Historia!
431. GATT Rondas de Negociaciones (1)
441. GATT Rondas de Negociaciones (2)
452. La Ronda Uruguay
- La más ambiciosa (tanto en cobertura como en
objetivos) - Muchos Nuevos temas además de los aranceles
(Agricultura, BNAs, Servicios, TRIPs, Textiles,
Solución de Controversias, etc.) - Se estableció la OMC!
463. OMC Resultados de la RU (1)
- Agricultura Aranceles
- Arancelización de las BNAs
- Los aranceles se redujeron en promedio
- -36 Países Desarrollados (PD)
- -24 Países en Desarrollo (PED)
- Junto con un corte mínimo por línea (-15/-10)
- Si producto fue arancelizado, entonces
- Contingentes arancelarios (CAs o TRQs)
- Salvaguardia Especial SGE (Artículo 5 del AsA)
- 6 años para PD / 10 años para PED
- Ninguna obligación para los Países Menos (PMA)
473. OMC Resultados de la RU (2)
- Agricultura No Arancelario
- Corte en la Medida Global de Ayuda
- -20 PD
- -13 PED
- Corte en las Subvenciones a la Exportación
- Valor de los desembolsos presupuestarios
- -36 PD
- -24 PED
- Cantidades subsidiadas
- -21 PD
- -14 PED
- Ninguna obligación para los PMAs
483. OMC Resultados de la RU (3)
- Productos No-Agrícolas
- Se estableció un objetivo general de reducir los
aranceles consolidados en un 33 (más una serie
de negociaciones sectoriales) - El resultado final fue una reducción promedio de
un 40 - La reducción se debía implementar en cinco etapas
a lo largo de cuatro años (plazo mayor para los
PED)
49Porcentaje de líneas consolidadas
Ronda Uruguay (1986 - 1994)
Número de líneas consolidadas
Volumen de comercio en lín. consolid.
50Porcentaje consolidado Países Desarrollados
Ronda Uruguay (1986 - 1994)
Número de líneas consolidadas
Volumen de comercio en lín. consolid.
88
83
70
Países desarrollados
44
51Porcentaje consolidado Países en Desarrollo
Ronda Uruguay (1986 - 1994)
Número de líneas consolidadas
83
Volumen de comercio en lín. consolid.
88
70
Países en Desarrollo
44
52Porcentaje consolidado América Latina
Porcentaje de líneas no agrícolas
Fuente Secretaría de la OMC basada en la base de
datos LAR.
53Porcentaje consolidado Asia y Oceanía
Porcentaje de líneas no agrícolas
Fuente Secretaría de la OMC basada en la base de
datos LAR.
54Aranceles Consolidados vs. Aplicados América
Latina
Fuente Secretaría de la OMC basada en la base de
datos LAR, PC/BID y UNCTAD.
55Aranceles Consolidados vs. Aplicados Asia y
Oceanía
Fuente Secretaría de la OMC basada en la base de
datos LAR, PC/BID y UNCTAD.
564. Acuerdos Sectoriales de la Ronda Uruguay
- Cero por Cero Armonización
- Equipo Agrícola Químicos
- Cerveza
- Equipo de construcción
- Bebidas espirituosas destiladas
- Muebles
- Equipo médico
- Papel
- Farmacéuticos
- Acero
- Juguetes
Nota los resultados de estas negoc. fueron
multilateralizados e incluidos en las Listas de
los participantes de estos acuerdos
Posteriormente se negoció el Acuerdo de Productos
de Tecnología de la Información (Conocido como
ATI) (1996)
57III. GATT ARTÍCULO XXVIII BIS NEGOCIACIONES
ARANCELARIASLas Reglas del Juego
58Marco básico para negociar concesiones
arancelarias
- Definir las reglas del juego (GATT XXVIII bis)
- Reducción arancelaria cómo hacerlo?
- Producto por producto?
- Negociación sectorial?
- Fórmula? Si así fuera, cuál?
- Nuevas consolidaciones
- Período de implementación
- Trato especial y diferenciado (TED)
- Presentación de ofertas y proceso de verificación
multilateral
59GATT Art. XXVIII bis
- 1. Las partes contratantes reconocen que los
derechos de aduana constituyen con frecuencia
serios obstáculos para el comercio por esta
razón, las negociaciones tendientes, a base de
reciprocidad y de ventajas mutuas, a reducir
substancialmente el nivel general de los derechos
de aduana y de las demás cargas percibidas sobre
la importación y la exportación, y en particular
a la reducción de los derechos elevados que
obstaculizan las importaciones de mercancías
incluso en cantidades mínimas, revisten, cuando
se efectúan teniendo debidamente en cuenta los
objetivos del presente Acuerdo y las distintas
necesidades de cada parte contratante, una gran
importancia para la expansión del comercio
internacional. Por consiguiente, las PARTES
CONTRATANTES pueden organizar periódicamente
tales negociaciones.
60GATT Art. XXVIII bis (cont.)
- 2. a) Las negociaciones efectuadas de conformidad
con el presente artículo pueden referirse a
productos elegidos uno a uno o fundarse en los
procedimientos multilaterales aceptados por las
partes contratantes interesadas. Dichas
negociaciones pueden tener por objeto la
reducción de los derechos, su consolidación al
nivel existente en el momento de la negociación o
el compromiso de no elevar por encima de niveles
determinados un derecho dado o los derechos
medios que gravan a categorías especificadas de
productos. La consolidación de derechos de aduana
poco elevados o de un régimen de exención de
derechos será reconocida, en principio, como una
concesión de valor equivalente a una reducción de
derechos elevados.
61Historia de Negociación modalidades
62GATT Art. XXVIII bis (cont.)
- 3. Las negociaciones serán efectuadas sobre una
base que brinde oportunidades adecuadas para
tener en cuenta - a) las necesidades de cada parte contratante y de
cada rama de producción - b) la necesidad de los países poco desarrollados
de recurrir con más flexibilidad a la protección
arancelaria para facilitar su desarrollo
económico, y las necesidades especiales de estos
países de mantener derechos con fines fiscales - c) cualesquiera otras circunstancias que pueda
ser necesario tomar en consideración, incluidas
las necesidades de las partes contratantes
interesadas en materia fiscal y de desarrollo,
así como sus necesidades estratégicas, etc.
63Trato Especial y Diferenciado
- P. Desarrollados reducir/eliminar barreras
- P. en Desarrollo compromisos menores a los de
los países desarrollados - Países Menos Adelantados compromisos aún más
flexibles
Parte IV del GATT Cláusula de Habilitación
64SITUACIÓN ACTUAL DEL ACCESO A LOS MERCADOS DE LOS
PRODUCTOS NO AGRÍCOLASReglas, compromisos
arancelarios y flujos de comercio
65 66Comercio de mercancías antes y después de la
Ronda Uruguay
2005
67- B. COMPROMISOS ARANCELARIOS
68Cobertura de la consolidación de los productos no
agrícolas
- 50 Miembros tienen un 100 de sus aranceles
consolidados (UE-25 contado como 1) - 29 Miembros entre 90 y lt100
- 10 Miembros entre 50 y lt 90
- 10 Miembros entre 25 y lt 50
- 23 Miembros entre 0.1 y lt 25
- NOTA En Agricultura prácticamente todos los
Miembros tienen 100 consolidado (Excepto pocos
productos del Anexo 5 del AsA)
69En qué sectores se encuentran los aranceles más
altos?
- Textiles y vestido
- Cuero, hule, calzado y equipaje
- Equipo de transporte
- Pescado y productos de pescado
70Temas en el área arancelaria
- Cobertura de consolidación muy dispersa entre los
Miembros (incluso al mismo nivel de desarrollo) - Compromisos arancelarios (consolidaciones) muy
diversos entre los Miembros - Protección residual en algunos productos de los
países desarrollados - Alta protección en general en los países en
desarrollo (niveles consolidados altos y/o líneas
sin consolidar)
71 72Exportaciones de bienes, por región 2005
Medio oriente 5
Fuente OMC, Informe sobre el Comercio mundial
2006 Apéndice Graf. 1
73Importaciones de bienes, por región 2005
Fuente OMC, Informe sobre el Comercio mundial
Apéndice Graf. 1
74 75Exportaciones de bienes, por categoría mayor de
producto, 1990-2002 (1995100)
Fuente OMC, Estadísticas del Comercio
Internacional 2003 Cuadro A.1
76América Latina exportación de bienes, por
categoría mayor de producto, 2002
Total US 350.3 Miles de Millones
Fuente OMC, Estadísticas del Comercio
Internacional 2003 Cuadro III.22
77América Latina importación de bienes, por
categoría mayor de producto, 2002
Total US 350.4 Miles de Millones
Fuente OMC, Estadísticas del Comercio
Internacional 2003
78América Latina exportación de bienes, por
destino (1995 y 2002)
350.3 Miles de Millones
228.5 Miles de Millones
Fuente Basado en OMC, Estadísticas del Comercio
Internacional 2003 Cuadro III.21
79América Latina importación de bienes, 1995 - 2002
Fuente Basado en OMC, Estadísticas del Comercio
Internacional 2003 Cuadro A.5
80Comercio Intra-regional, 2003
Fuente OMC, Estadísticas del Comercio
Internacional 2004 Cuadro III.3
81TLCs y Uniones Aduaneras
- Un gran número de TLCs y Uniones Aduaneras se han
formado desde la década pasada - Un gran número de TLCs adicionales se negocian en
este momento - El porcentaje de comercio libre de derechos
aumenta cada día fuera del marco de la OMC - Ejemplos?
82Muchas gracias!
- Alejandro Gamboa-Alder
- División de Acceso a los Mercados
- Organización Mundial del Comercio
- alejandro.gamboa_at_wto.org