Title: I Congreso Internacional de Legislaci
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2I Congreso Internacional de Legislación de
MinerÃa, Petróleo y EnergÃa
Alicia DomÃnguez - Chile Andrés
Valle - Perú
7 de Noviembre de 2001
3Introducción
4(No Transcript)
5Contenido
Tasa del IR
- 2000 30
- 2000 (7.9.00) 30 2
- 2000 (nuevos programas de inversión) 302
- (Decreto de urgencia 125-2000)
- 2001 30-20(reinversión)
- 302 202 (reinversión)
- En adelante 20
- Agosto 2001 27 4.1
- 272 4.1
6Contenido
Tratamiento de IR a los intereses
2000 1 30 (vinculación económica) 2001 5 30
(vinculación económica) 2001(Marzo)DS 1 Estabi
lidad tributaria 2001(Agosto) 4.99 Bancos 30
Otros 2001 DS 4.99 -Bancos 30 Otros
-Bancos estructuradores
-Organismos multilaterales
-Proveedores
7Aplicación de la Ley
- Estabilidad tributaria y reorganización
empresarial - Deducibilidad del costo revaluado
8- Gastos de exploración
- Depreciación de activos fijos
- 20 Maquinaria y equipo
- 5 Construcciones y edificaciones
- Pérdidas tributarias arrastrables 4 años
- Intereses crédito con vinculadas
- 30
- No deducible Relación deuda/patrimonio
- (13)
- No se permite deducción de provisión para cierre
- de minas
9ASPECTOS PARA COMPARAR
Normas Antielusivas Perú
- ParaÃsos fiscales
- Subcapitalización
- Precios de transferencia
10ASPECTOS PARA COMPARARMarco Normativo
General Chile
- No existe en Chile un marco normativo en materia
de impuestos y en materia de inversión extranjera
que sea especial para la industria minera. - Lo especial que pueda tener la tributación de las
empresas mineras en Chile es el resultado de las
particularidades o caracterÃsticas propias del
negocio minero y no a la existencia de un marco
normativo especial.
11ASPECTOS PARA COMPARAREstatuto del Inversionista
Extranjero Chile
- DL 600 de 1974, norma legal que otorga derechos y
garantiza invariabilidades en materia cambiaria y
tributaria. - Aplicable a todo inversionista extranjero.
- Se celebra un Contrato Ley entre el Estado de
Chile y el inversionista extranjero.
12ASPECTOS PARA COMPARAREstatuto del Inversionista
Extranjero Chile
- Inversionista extranjero toda persona natural o
jurÃdica extranjera y toda persona natural o
jurÃdica chilena con domicilio o residencia en el
exterior - Tipos de inversión amparada
- Moneda extranjera (mÃnimo US 1 millón)
- Bienes fÃsicos (mÃnimo US 25 mil)
- TecnologÃa susceptible de ser capitalizada
- Créditos asociados (relación 3/1)
- Capitalización de créditos y deudas externas
- Capitalización de utilidades con derecho a ser
transferidas al exterior
13ASPECTOS PARA COMPARAREstatuto del Inversionista
Extranjero Chile
- Derechos del inversionista extranjero
- Acceso al mercado formal de divisas para
transferir al exterior sus capitales y
utilidades los primeros después de un año las
segundas sin sujeción a plazo. - La repatriación de capitales y utilidades no
tributará hasta el monto de la inversión
materializada. - Invariabilidad de carga impositiva total de
impuesto a la renta de 42, por plazo de 10 años
contados desde puesta en marcha de la empresa.
Renunciable por una vez.
14ASPECTOS PARA COMPARAREstatuto del Inversionista
Extranjero Chile
- Derechos del inversionista extranjero (cont.)
- Invariabilidad de régimen tributario indirecto
(IVA) y arancelario sólo por el perÃodo que se
demore realizar la inversión pactada y respecto
de máquinas y equipos de capital especialmente
indicados. - Derecho a la no discriminación respecto de la
inversión nacional.
15ASPECTOS PARA COMPARAREstatuto del Inversionista
Extranjero Chile
- Régimen General
- Renta neta tributable 100
- I. Corporativo (15) (15)
- Dividendos a distribuir 85
- Base de I. Adicional
- (85/.85) 100
- I. Adicional (35) (35)
- Crédito I. Corporativo 15
- I. Adicional a pagar 20
- Carga impositiva total
- (15 20) 35
- Régimen DL 600
- Renta neta tributable 100
- I. Corporativo (15) (15)
- Dividendos a distribuir 85
- Base de I. Adicional 100
- I. Adicional (27) (27)
- Carga impositiva total
- (15 27) 42
16ASPECTOS PARA COMPARAREstatuto del Inversionista
Extranjero Chile
- DL 600 11 bis
- Inversiones por sobre US 50 millones
- Invariabilidad tributaria de 42 hasta 20 años
- Invariabilidad de leyes e instrucciones del SII,
tanto para inversionista extranjero como para
empresa receptora de la inversión, de los
siguientes regÃmenes - Depreciación de activos
- Arrastre de pérdidas a ejercicios posteriores
- Gastos de organización y puesta en marcha
- Contabilidad en moneda extranjera
- Cuenta en el exterior
17ASPECTOS PARA COMPARARGastos e
Inversiones Chile
- LABORES PREOPRATIVAS Gastos de organización y
puesta en marcha, pueden amortizarse hasta en 6
años contados desde que se generaron o desde que
empresa comience a generar ingresos de su
actividad principal, cuando esto sea posterior. - LABORES DE DESARROLLO activo fijo depreciable.
Depreciación puede ser normal o acelerada (ambas
lineales en función de años de vida útil del
bien, según listado del SII). Depreciación
acelerada consiste en reducir a un tercio la
vida útil tratándose de bienes adquiridos nuevos
o importados con cinco o más años de vida útil.
18ASPECTOS PARA COMPARARGastos e
Inversiones Chile
- LABORES DE PREPARACIÓN O EXPLOTACIÓN son costo
directo de mineral extraÃdo. - PROPIEDAD MINERA. Forma parte del costo directo
del mineral extraÃdo. - PÉRDIDAS TRIBUTARIAS pueden ser indefinidamente
arrastradas hacia el futuro. Hacia el pasado
sólo respecto de impuesto corporativo de tasa 15.
19ASPECTOS PARA COMPARARCierre y Abandono de
Faenas Mineras Chile
- No existe normativa tributaria especial y la
regla muy general es que las meras estimaciones
de futuros gastos no sean tributariamente
deducibles. - Problema provisiones por gastos de cierre y
abandono de faenas mineras no son gasto durante
la vida del proyecto sólo serán deducibles
cuando se paguen o se adeuden, conforme a las
reglas generales.
20REFORMAS TRIBUTARIAS EN CHILE
- En junio de 2001 se aprobaron modificaciones
legales - tendientes a combatir la evasión y la elusión
tributaria. - Dentro de ese contexto se aprobaron reformas que
- impactan a la industria minera
- Relación deuda / capital
- Depreciación acelerada
- Alza de Impuesto Corporativo (en compensación de
rebaja de impuestos a las personas)
21REFORMAS TRIBUTARIAS EN CHILE
- Relación Deuda /Capital
- Intereses pagados al exterior 35 y 4 de
retención - Cuando exista exceso de endeudamiento, en el
ejercicio en que se adquiere la deuda, con partes
relacionadas, la tasa de retención será de 35 - Back to back también lleva 35
- Exceso de endeudamiento por sobre 3 / 1
- Vigencia 1 de enero de 2003
22REFORMAS TRIBUTARIAS EN CHILE
- Depreciación de Bienes
- Depreciación acelerada sólo para efectos de
impuesto corporativo - Inversionistas con DL 600 11 bis mantienen
régimen de depreciación acelerada - Vigencia año tributario 2002 (comercial 2001)
23REFORMAS TRIBUTARIAS EN CHILE
- Alza de Impuesto Corporativo (15)
- Para compensar una rebaja en las tasas de los
impuestos a las personas naturales, con vigencia
a partir del año comercial 2004, la tasa de 15
del impuesto corporativo es alzada a 17 - Transitoriamente, para los años comerciales 2002
y 2003 la tasa será de 16 y 16,5,
respectivamente.
24Conclusiones y Sugerencias
- El comportamiento legislativo en Chile en materia
tributaria muestra - mayor estabilidad que en el Perú.
- El Perú requiere mantener y honrar la estabilidad
tributaria. - El régimen tributario general en Chile es más
atractivo que el - peruano.
- Para competir el Perú requiere invertir en
tributación.