EL DERECHO AMBIENTAL DEFINICIN ANTECEDENTES CONSTITUCIN NACIONAL - PowerPoint PPT Presentation

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EL DERECHO AMBIENTAL DEFINICIN ANTECEDENTES CONSTITUCIN NACIONAL

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EL DERECHO AMBIENTAL ... los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, ... todo acto u omisi n de autoridades publicas o de particulares, que en forma ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: EL DERECHO AMBIENTAL DEFINICIN ANTECEDENTES CONSTITUCIN NACIONAL


1
EL DERECHO AMBIENTALDEFINICIÓNANTECEDENTESCON
STITUCIÓN NACIONAL
  • Dr. Carlos Aníbal Rodríguez
  • Platon _at_ espacio.com.ar

2
EL DERECHO AMBIENTAL
  • Derecho Ambiental es la rama del derecho autónoma
    , constituido por las normas , principios e
    institutos que sistemáticamente regulan las
    actividades humanas en su interacción con el
    ambiente
  • Transversal horizontal
  • Interdisciplinario
  • Regula derechos humanos de 3era. Y
  • 4ta. Generación.

3
El Medio Ambiente y la Ecología
  • La palabra ambiente, en términos generales,
    corresponde a la expresión inglesa environment,
    la francesa environnement y la alemana
    Unwelt, que han sido traducidas con acierto
    entre nosotros como entorno/medio/ambiente
  • " MEDIO AMBIENTE" tan usada , es redundante
    algunos ven su origen en el Reglamento de
    Actividades Molestas , Nocivas , Insalubres y
    Peligrosas (RAMNIP) de 1961 España-
  • ECOLOGÍA La palabra ecología aparece por
    primera vez en 1868 cuando el biólogo alemán
    Ernst HAECKEL ...propone designar con ese nombre
    una subdisciplina de la zoología cuyo objetivo
    sería la investigación " de las correlaciones
    entre todos los organismos que viven juntos en la
    misma localidad y sus adaptaciones a sus ambientes

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Antecedentes
  • Rachel Carson Primavera Silenciosa(1963).
  • Club de Roma Límites del crecimiento(1972).-Inf
    orme Meadows-
  • Paul EhrlichLa explosión demográfica(1968).
  • Karel Vasak Derecho Internacional de
  • Los Derechos del Hombre (1972).

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CONFERENCIAS /ACUERDOS INTERNACIONALES
  • Estocolmo (1972)
  • Principio 1 El hombre tiene el derecho
    fundamental a la libertad, la igualdad y el
    disfrute de condiciones de vida adecuado en un
    medio de calidad tal que le permita llevar un
    vida digna y gozar de bienestar, y tiene la
    solemne obligación de proteger y mejorar el medio
    para las generaciones presentes y futuras...

6
Río de Janeiro (1992)
  • Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el
    Desarrollo
  • Declaración autorizada, sin fuerza jurídica
    obligatoria, de principios para un consenso
    mundial respecto de la ordenación, la
    conservación y el desarrollo sostenible de los
    bosques de todo tipo
  • Convenio sobre la diversidad biológica
  • Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el
    Cambio Climático
  • La llamada agenda 21

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Johannesburgo (2.002)Otros
  • INFORME BRUNDTLAND SOBRE DESARROLLO SOSTENIBLE
    (1.987)
  • Montreal, 1.987 (Capa de Ozono)
  • La Declaración de Johannesburgo sobre Desarrollo
    Sustentable(2.002)
  • La Organización Mundial del Comercio (O.M.C.)
    -1.995-
  • Protocolo de Kyoto ( vigencia desde 2.005)

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Constituciones Provinciales
  • Catamarca (1.986)
  • Córdoba (1.987)
  • Formosa (1.991)
  • Jujuy (1.986)
  • La Rioja (1.986)
  • Río Negro (1.988)
  • Salta (1.986)
  • San Juan (1.986)
  • Santiago del Estero(1.986)
  • Tierra del Fuego (1.991)
  • Tucumán (1.990)

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  • Art. 41. Todos los habitantes gozan del derecho a
    un ambiente sano, equilibrado, apto para el
    desarrollo humano y para que las actividades
    productivas satisfagan las necesidades presentes
    sin comprometer las de las generaciones futuras
    y tienen el deber de preservarlo. El daño
    ambiental genera prioritariamente la obligación
    de recomponer, según lo establezca la ley. Las
    autoridades proveerán a la protección de este
    derecho, a la utilización racional de los
    recursos naturales, a la preservación del
    patrimonio natural y cultural y de la diversidad
    biológica, y a la información y educación
    ambientales. Corresponde a la Nación dictar las
    normas que contengan los presupuestos mínimos de
    protección, y a las provincias, las necesarias
    para complementarlas, sin que aquellas alteren
    las jurisdicciones locales. Se prohíbe el ingreso
    al territorio nacional de residuos actual o
    potencialmente peligrosos y de los radiactivos.

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  • Art. 42. Los consumidores y usuarios de bienes y
    servicios tienen derecho, en la relación de
    consumo, a la protección de su salud, seguridad e
    intereses económicos a una información adecuada
    y veraz a la libertad de elección y a
    condiciones de trato equitativo y digno. Las
    autoridades proveerán a la protección de esos
    derechos, a la educación para el consumo, a la
    defensa de la competencia contra toda forma de
    distorsión de los mercados, al control de los
    monopolios naturales y legales, al de la calidad
    y eficiencia de los servicios públicos y a la
    constitución de asociaciones de consumidores y de
    usuarios. La legislación establecerá
    procedimientos eficaces para la prevención y
    solución de conflictos y los marcos regulatorios
    de los servicios públicos de competencia
    nacional, previendo la necesaria participación de
    las asociaciones de consumidores y usuarios y de
    las provincias interesadas en los organismos de
    control.

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  • Art. 43. Toda persona puede interponer acción
    expedita y rápida de amparo, siempre que no
    exista otro medio judicial mas idóneo, contra
    todo acto u omisión de autoridades publicas o de
    particulares, que en forma actual o inminente
    lesione, restrinja, altere o amenace, con
    arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y
    garantías reconocidos por esta Constitución, un
    tratado o una ley. En el caso, el juez podrá
    declarar la inconstitucionalidad de la norma en
    que se funde el acto u omisión lesiva. Podrán
    interponer esta acción contra cualquier forma de
    discriminación y en lo relativo a los derechos
    que protegen al ambiente, a la competencia, al
    usuario y al consumidor, así como a los derechos
    de incidencia colectiva en general, el afectado,
    el defensor del pueblo y las asociaciones que
    propendan a esos fines, registradas conforme a la
    ley, la que determinará los requisitos y formas
    de su organización.

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  • Art. 75 º)Corresponde al Congreso
  • ...17. Reconocer la preexistencia, étnica y
    cultural de los pueblos indígenas argentinos.
    Garantizar el respeto a su identidad y el derecho
    a una educación bilingüe e intercultural
    reconocer la personería jurídica de sus
    comunidades, y la posesión y propiedad
    comunitarias de las tierras que tradicionalmente
    ocupan y regular la entrega de otras aptas y
    suficientes para el desarrollo humano ninguna de
    ellas ser enajenable, transmisible ni susceptible
    de gravámenes o embargos. Asegurar su
    participación en la gestión referida a sus
    recursos naturales y a los demás s intereses que
    los afecten. Las provincias pueden ejercer
    concurrentemente estas atribuciones.

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  • Art.75º)19) Dictar leyes que protejan la
    identidad y pluralidad cultural, la libre
    creación y circulación de las obras del autor el
    patrimonio artístico y los espacios culturales y
    audiovisuales.
  • Art. 124. Las provincias podrán crear regiones
    para el desarrollo económico y social y
    establecer órganos con facultades para el
    cumplimiento de sus fines y podrán también
    celebrar convenios internacionales en tanto no
    sean incompatibles con la política exterior de la
    nación y no afecten las facultades delegadas al
    Gobierno federal o el crédito público de la
    nación con conocimiento del Congreso Nacional.
    La Ciudad de Buenos Aires tendrá el régimen que
    establezca a tal efecto.
  • Corresponde a las provincias el dominio
    originario de los recursos naturales existentes
    en su territorio.

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PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO AMBIENTAL
  • 1.- IGUALDAD
  • 2.- Sustentabilidad
  • 3.- El que contamina paga
  • 4.- Accionabilidad y legitimación procesal
  • 5.- Restaurabilidad/recomposición ambiente
  • 6.-Extraterritorialidad

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PRINCIPIOS DE POLÍTICA AMBIENTAL
  • Pensar Global, actuar local.
  • Solidaridad
  • Prevención
  • Precaución
  • Conservación
  • Corrección en las fuentes
  • Restauración efectiva
  • Corresponsabilidad
  • Subsidiaridad
  • Exigencia mejor tecnología disponible
  • Participación pública
  • Común pero diferenciada responsabilidad
  • Congruencia

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Art.41º Constitución Nacional
  • Todos los habitantes gozan del derecho a
  • Concepción antropocéntrica atenuada
    /ecocéntrica?
  • un ambiente sano
  • Constitución de España AMBIENTE ADECUADO
    (art.45º)
  • Art.11º) Protocolo de San Salvador (1988) rat.
    Ley 23.396.
  • Individuo sano b) Sociedad Sana c) Medio
    Ambiente sano
  • La paz, el desarrollo y la protección del medio
    ambiente son interdependientes y inseparables
    (Principio 25-Río 92)
  • Equilibrado
  • Constitución de Portugal Ecológicamente
    equilibrado
  • Concepto más amplio equilibrado

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Art.41º CN (2)
  • APTO PARA EL DESARROLLO HUMANO
  • Crecimiento - Desarrollo
  • DESARROLLO HUMANO (PNUD)
  • INDICADORES 1.- Longevidad (Expectativas de
    vida)
  • 2.- Educación ALFABETISMO /INSCRIPCIÓN TRES
    NIVELES EDUC.
  • 3.- Producto Bruto Interno per cápita (PPP)
  • IDH - 2004 PNUD-ALTO0,80 MEDIO 0,50-0,80
    BAJO -0,50
  • 1.- NORUEGA (IDH) 0,956 ) 2.-SUECIA(0,946)
    3.AUSTRALIA(0,946) 4.- CANADÁ (0.943) 5.-
    PAISES BAJOS (0,942)8.- ESTADOS UNIDOS (0,939).
  • 34.- Argentina ( 0,853) 43.- Chile ( 0.839) 46.-
    Uruguay (0,833)
  • 72.- Brasil (0,775) 89.- Paraguay (0,751)
    114.-Bolivia (0681)

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Art.41º CN (3)
  • ....Y para que las Actividades Productivas
    Satisfagan las Necesidades Presentes sin
    Comprometer las de las Generaciones Futuras...
  • el desarrollo que satisface las necesidades de
    las generaciones presentes sin comprometer las
    posibilidades de las futuras generaciones para
    satisfacer las suyas(Nuestro Futuro Común,
    Informe Brudtland 1987 )
  • Desarrollo sustentable o sostenible
  • Derechos de 4ta. Generación
  • Naturaleza jurídica de las Generaciones futuras

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Art. 41º CN(4)
  • Y Tienen el Deber de Preservarlo
  • ...El Daño Ambiental Generará Prioritariamente
    la Obligación de Recomponer, según lo Establezca
    la Ley...
  • Quién lo paga? EXTERNALIDADES NEGATIVAS
    DESECONOMÍAS
  • Quiénes están legitimados para reclamarlos?
  • Responsabilidades civiles administrativas
    penales?
  • Cómo se valúa el daño ambiental?
  • El seguro ambiental
  • Viabilidad de la recomposición TÉCNICA -
    ECONÓMICA

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ART.41º CN (5)
  • ...Las Autoridades Proveerán a la Protección de
    este Derecho, a la Utilización Racional de los
    Recursos Naturales...
  • .... A La Preservación del Patrimonio Natural y
    Cultural ...
  • Patrimonio fitogenético
  • Cultura
  • Historia
  • Paisajes
  • audiovisuales

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Art.41º CN (6)
  • Y de la Diversidad Biológica,..
  • Destrucción de la fauna y flora.
  • Monocultivos
  • Organismo Genéticamente Modificados (OGMs)
  • Patentes
  • ....Y a la Información y Educación Ambientales
  • Ley 25.831Libre acceso a la Información
    ambiental
  • Tbilisis (actual Georgia Ex URSS), en octubre
    de 1.977 (UNESCO)
  • La Ley 24.195º, Ley Federal de Educación
  • Ley 24.521, Ley de Enseñanza de Educación
    Superior
  • Ley 25.675 Ley General del Ambiente.
  • Estatuto de la UNNE

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Art.41º CN(7)
  • ....Corresponde a la Nación Dictar las Normas
    que Contengan los Presupuestos Mínimos de
    Protección y a las Provincias, las Necesarias
    para Contemplementarlas, sin que Aquéllas Alteren
    las Jurisdicciones Locales...
  • Nación Códigos de Fondos Art.75º, inc.12 CN
  • Provincias Leyes de procedimientos Art.121 y
    sgts. CN
  • MUNICIPIOS Autónomos
  • PRESUPUESTOS MÍNIMOS
  • "toda norma que concede una tutela ambiental
    uniforme o común para todo el territorio
    nacional, y que tiene por objeto imponer
    condiciones necesarias para asegurar la
    protección ambiental. En su contenido, debe
    prever las condiciones necesarias para garantizar
    la dinámica de los sistemas ecológicos, mantener
    la capacidad de carga y, en general asegurar la
    preservación ambiental y el desarrollo
    sustentable "(art.6º). Ley 25.675

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Art.41º CN (8)
  • ... Se Prohíbe el Ingreso al Territorio Nacional
    de Residuos Actual o Potencialmente Peligrosos y
    de los Radiactivos

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Leyes de presupuestos mínimos de protección
ambiental
  • Ley 25.612Gestión integral de residuos
    industriales y de servicios.
  • Ley 25.670 Gestión de PCBs
  • Ley 25.675 Ley General del Ambiente
  • Ley 25.688 Gestión de Aguas
  • Ley 25.831 Información ambiental
  • Ley 25.916 Residuos domiciliarios
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