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Franquicia Tributaria 2004

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Regula mediante la normativa legal, y opera a trav s de SENCE ... 4. Pertenecer a un OTIC. El OTIC se encarga del trabajo administrativo ante el SENCE. ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Franquicia Tributaria 2004


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SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO (SENCE)
Diciembre 2006
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Cómo opera el Sistema de Capacitación en Chile?
ESTADO
SENCE
EMPRESA
3
ESTADO
Regula mediante la normativa legal, y opera a
través de SENCE Coordina el funcionamiento de
los actores implicados en la capacitación Fiscali
za el cumplimiento de las normas que las rigen
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EMPRESA
Regula mediante la normativa legal, y opera a
través de SENCE Coordina el funcionamiento de
los actores implicados en la capacitación Fiscali
za el cumplimiento de las normas que las rigen
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SENCE
  • Supervigila el funcionamiento del sistema y
    difunde la informació relevante
  • Estimula acciones y programas que desarrollo, a
    través de la aplicación del incentivo Tributario,
    y administra programas de Becas de Capacitación.
  • Promueve y coordina actividades de orientación
    ocupacional de los Trabajadores. Así como
    fomenta la calidad de los servicios que prestan
    las Instituciones Intermedias y Ejecutoras de
    Capacitación.

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SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y
EMPLEO(SENCE)
Creado el año 1976, el Servicio Nacional de
Capacitación y Empleo, SENCE, es un organismo
técnico del Estado, dependiente del Ministerio
del Trabajo y Previsión Social de Chile, que
tiene por objetivo promover el desarrollo de las
competencias laborales de los trabajadores y las
empresas.
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PRINCIPALES MODALIDADES DE CAPACITACIÓN SENCE
Franquicia Tributaria
SUBSIDIOS
EMPRESAS
PERSONAS
Oferta regulada por el propio mercado de las
empresas y orientado a las empresas de 1
categoría de la ley de renta.
Becas Programas Sociales
FONCAP
Oferta de becas entregadas por el Estado para
personas inscritas en las OMIL, desempleadas o
buscando trabajo por primera vez
Oferta para acceder a la capacitación para los
trabajadores o dueños de microempresas.
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BENEFICIARIOS
Capacitación entregada por el Estado
Personas
Empresas
Cesantes
1ª Categoría
Desempleados
Buscan Trabajo por Primera Vez
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FRANQUICIA TRIBUTARIA
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OBJETIVO
Esta herramienta fue creada para mejorar la
competitividad de las empresas a través del
acceso a la capacitación de sus cuadros
productivos. A través de ella, el Estado fomenta
el desarrollo del capital humano de la fuerza de
trabajo del país, incrementando su calificación y
productividad.
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QUÉ ES LA FRANQUICIA TRIBUTARIA A LA
CAPACITACIÓN?
La Franquicia Tributaria es una herramienta que
permite a las empresas descontar del pago de
impuestos los gastos incurridos durante un año
calendario, en la capacitación de sus
trabajadores, de quienes pudieran llegar a serlo,
y de sus ex trabajadores.
Esta Franquicia está regulada por la Ley Nº
19.518, sus posteriores modificaciones a través
de las leyes N19.765 y N19.967, y su reglamento.
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QUIÉNES PUEDEN USAR ESTA FRANQUICIA TRIBUTARIA?
TODAS LAS EMPRESAS
  • Clasificadas por el SII en primera categoría y
    que tengan base de cálculo para el 1.
  • Las que tributen bajo renta efectiva.
  • Las afectas al régimen de Renta Presunta.
  • Las que tienen y declaran pérdidas.
  • Las exentas del pago de impuestos por alguna ley
    general o particular.
  • Las que exhiban una planilla anual total de
    remuneraciones imponibles igual o superior a 35
    UTM

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CUÁNTO ES LO QUE SE PUEDE DESCONTAR?
Las empresas pueden descontar del pago de sus
impuestos los gastos en capacitación hasta un
máximo equivalente al 1 de las remuneraciones
imponibles pagadas a los trabajadores durante un
año calendario.
Si la planilla anual de remuneraciones imponibles
está entre las 45 y las 900 UTM, la empresa puede
descontar hasta 9 UTM.
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CUÁNTO ES LO QUE SE PUEDE DESCONTAR?
Si la planilla anual de remuneraciones imponibles
está comprendida entre las 35 y las 45 UTM, la
empresa puede descontar hasta 7 UTM.
Bajo las 35 UTM imponibles, las empresas no
tienen derecho a la Franquicia Tributaria.
SENCE, certifica al SII y a las empresas, los
montos comunicados y liquidados de la Franquicia
Tributaria a la Capacitación.
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ESCALA DE ACCESO A LA F.T.
El monto que el Estado reconoce como imputable a
gastos de capacitación, a través de la Franquicia
Tributaria, es proporcional a la renta de los
trabajadores, según se muestra en la siguiente
tabla
Porcentaje indicado con tope V/H/P ( 4.000)
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QUIÉNES PUEDEN CAPACITARSE A TRAVÉS DE LA
FRANQUICIA TRIBUTARIA?
  • Los trabajadores de la empresa.
  • Los socios o propietarios que trabajen en la
    empresa.

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OPORTUNIDADES DE CAPACITACIÓN A TRAVÉS DE LA
FRANQUICIA TRIBUTARIA
  • Contrato de Capacitación ( Precontrato de
    trabajo)
  • Contratado
  • Post-Contrato

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CUÁLES SON LAS ALTERNATIVAS PARA CAPACITAR A LOS
TRABAJADORES?
1. Curso Interno en la Empresa La propia empresa
prepara la presentación ante el SENCE y realiza
la capacitación ya sea en sus dependencias o en
lugares externos.
2. Cursos Interempresas Dos o más empresas
capacitan en conjunto a sus trabajadores, pero
una hace de gestora y realiza la tramitación ante
el SENCE.
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CUÁLES SON LAS ALTERNATIVAS PARA CAPACITAR A LOS
TRABAJADORES?
3. Cursos con Organismos Técnicos de Capacitación
(OTEC) La empresa contrata un curso con un OTEC
en sus dependencias o envía a sus trabajadores a
la sede de dicho organismo.
4. Pertenecer a un OTIC El OTIC se encarga del
trabajo administrativo ante el SENCE. Entre
sus funciones diagnostica las necesidades
decapacitación de las empresas afiliadas, las
quehacen aportes hasta el 1 al OTIC (o hasta 13
UTM si el 1 es inferior a esta cifra)
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CÓMO OPERA EL SISTEMA?
Dos son los trámites que se deben realizar
La Comunicación del Curso Presentar al SENCE el
Formulario Único con la Comunicación de Acciones
de Capacitación a los menos 24 horas antes de su
comienzo.
La Liquidación del Curso Finalizado el curso y
hasta 60 días corridos después de la fecha en que
termina, presentar al SENCE el Formulario Único
para descuento tributario o el pago del subsidio.
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Y TAMBIÉN PUEDE IMPUTAR A ESTA FRANQUICIA
Estudios de las necesidades de capacitación de la
empresa. (hasta el 10 de los costos directos
anuales)
Administración de la Unidad de Capacitación
Interna. (Hasta el 15 de los costos directos
anuales, descontando el porcentaje gastado por
los OTIC)
Viático y traslado de participantes (Hasta 10 de
los costos directos anuales acogidos a FT)
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BENEFICIO ADICIONAL
Toda empresa con 15 o más trabajadores debe
constituir un Comité Bipartito de Capacitación.
Las empresas con CBC tendrán un beneficio
adicional de hasta un 20 por acción de
capacitación comunicada con acuerdo.
Las empresas sin Comité Bipartito tienen el mismo
derecho al uso de la F.T., pero sin los
beneficios adicionales, y quedarán sujetas a
sanciones o multas a aplicar por la Dirección del
Trabajo.
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Capacitación Empresa
Directa
Interna Empresa
Vía Operador
Relator Interno
Relator Externo
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Capacitación Empresa
Trabajadores
Capacitación
Pre Contrato
Vía Operador
Viáticos y traslados
Directa
Post Contrato
Estudios de detección de necesidades
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Operadores
  • SENCE trabaja con operadores denominados
  • Organismos Técnicos de Capacitación, OTEC, y los
  • Organismos Técnicos Intermedios de Capacitación,
    OTIC.

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OTIC
Estos Organismos pueden administrar el fondo
para capacitación de las empresas. Fueron creados
con el propósito de apoyar a las micro y pequeñas
empresas, que al no contar con caja para
contratar los servicios de un OTEC, puedan
hacerlo abriendo una especie de cuenta de
ahorro para capacitación en estos organismos,
quienes pueden utilizar hasta un 15 de los
fondos aportados en un año, para gastos de
administración.
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Organismos Técnicos Intermedios de Capacitación
(OTIC)
Sociedades de Empresas privadas, sin fines de
lucro, que promueven, organizan y supervisan
programas de capacitación para grupos de Empresas
adherentes, asociadas sectorial o
regionalmente. Los OTIC no pueden realizar
acciones de capacitación en forma directa, sólo
actúan como intermediarios entre las Empresas y
Organismos Capasitadores. Los aportes que reciben
los OTIC de las Empresas pueden considerarse como
Gasto de Capacitación, para efecto de aprovechar
la Franquicia Tributaria. Las Empresas pueden
asociarse libremente a uno o más OTIC, según su
particular interés.
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OTEC
  • Los Organismos Técnicos de Capacitación, OTEC,
    son entidades que deben contar con
  • - personalidad jurídica.
  • - oficina administrativa.
  • - patente municipal.
  • RUT.
  • Ellos son los únicos que
  • - pueden participar en las licitaciones públicas
    a que
  • convoca SENCE.
  • - autorizar cursos para dictárselos a empresas.
  • - efectuar estudios para detectar necesidades.

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FIN
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