Superintendencia de Servicios Sanitarios - SISS - PowerPoint PPT Presentation

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Superintendencia de Servicios Sanitarios - SISS

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Superintendencia de Servicios Sanitarios - SISS SEMINARIO SISS CHILLAN VIII REGION Concesiones sanitarias y territorios operacionales Ley 20.307 Norma ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Superintendencia de Servicios Sanitarios - SISS


1
Superintendencia de Servicios Sanitarios - SISS
  • SEMINARIO SISS CHILLAN VIII REGION Concesiones
    sanitarias y territorios operacionales

2
Marco Regulatorio del Sector Sanitario
  • Uno de los pilares fundamentales del marco
    regulatorio sanitario chileno
  • Régimen de concesiones sanitarias
  • Normativa aplicable
  • DFL MOP N382/88 Ley Gral. de Servicios
    Sanitarios
  • DFL MOP N70/88 Ley de Tarifas
  • DS MOP N1199/04 Reglamento de Concesiones
  • DS MINECON N453/89 Reglamento de Tarifas

3
Marco Regulatorio del Sector Sanitario
  • La prestación de servicios públicos sanitarios
    (producción y distribución de agua potable y
    recolección, tratamiento y disposición de aguas
    servidas) sólo puede realizarse si existe una
    Concesión Sanitaria, vale decir, un título
    concedido por la autoridad que faculta a un
    prestador para explotar los servicios con
    exclusividad dentro de un área determinada,
    obligándolo, al mismo tiempo, atender a todo
    usuario que solicite el servicio dentro de este
    territorio.

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Marco Regulatorio del Sector Sanitario
  • La concesión sanitaria se enmarca en un área
    urbanizable. Entendiéndose por tales
  • Areas urbanas definidas en un plan regulador
    comunal o intercomunal.
  • Áreas de extensión urbana definidas en dichos
    Planes.
  • Cambios de uso de suelo (Art. 55 LGUC), se
    aprueban mediante Resolución de Seremi de
    Agricultura, previo informe favorable MINVU.
  • Zonas especiales (ZODUC AUDP).
  • Otras zonas son de naturaleza RURAL. No aplica
    legislación reseñada en general.

5
Régimen de Concesiones sanitarias - Conceptos
Básicos
  • Objeto único (servicios públicos sanitarios)
  • Duración indefinida (Excepto Ds de Explotación)
  • Exclusividad y obligatoriedad dentro del
    territorio operacional Monopolio natural
    reglado.
  • Compromiso de programa de desarrollo.
  • Nivel tarifario fijado por la autoridad.
  • Posible ampliación área de atención, por medio de
    los mecanismos legales aplicables.

6
Concesiones de servicio público
  • Se otorgan a sociedades anónimas para explotar
    servicios de agua potable y de aguas servidas.
  • Concesiones de producción y distribución de agua
    potable y de recolección y disposición de aguas
    servidas. (Art. 5 DFL MOP N382/88)
  • Corresponden a un terrritorio operacional
    delimitado, en el cual existe exclusividad y
    obligación de prestar el servicio a quién lo
    solicite.
  • Son responsables de la prestación de los
    servicios cumpliendo al normativa técnica. Los
    estándares de calidad de servicio comprometidos y
    la realización de su programa de desarrollo.
  • Se someten al control y fiscalización de la
    Superintendencia.

7
Concesiones -Territorio operacional
  • El territorio operacional es esencialmente
    modificable si se cumplen los requisitos
    establecidos por la normativa.
  • Para lo anterior, debe darse inicio a un
    procedimiento administrativo de concesiones.
  • Estos procedimientos se encuentran regulados en
    la normativa sanitaria.

8
Modificación de T.O. - Procedimientos aplicables
  • FORMAS DE INICIO DE UN PROCEDIMIENTO CONSTITUTIVO
    DE CONCESIONES (ampliación territorio operacional
    en áreas urbanas que no cuentan con concesiones
    sanitarias)
  • SOLICITUD DE NUEVA CONCESION.
  • SOLICITUD DE AMPLIACION DE CONCESION.
  • LICITACION PUBLICA DE CONCESIONES.

9
Nueva concesión y ampliación de concesiones
  • En el caso de una nueva concesión
  • No existe interés del concesionario más cercano
    en orden a ampliar su territorio operacional, o
  • Se trata de un concesionario nuevo que pretende
    atender un área donde se desarrollará un proyecto
    de urbanización.
  • En el caso de una ampliación de concesiones
  • Un concesionario existente busca ampliar su radio
    operacional en áreas perisféricas y adyacentes
    urbanizables a su territorio autorizado

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Nueva concesión y ampliación
  • Ambos casos el procedimiento aplicable es
    idéntico.
  • Principales hitos del procedimiento
  • Solicitud del peticionario. (ESS)
  • Análisis por parte de la Superintendencia
    Informe MINVU Municipalidad respectiva.
  • Declaración de Admisibilidad de la postulación
    (SISS) - Situación especial Art. 12 B. DFL
    N382-88. Objeto incorporar áreas intermedias o
    periféricas urbanizables. Desistimiento del
    interesado.
  • Publicación en Diario Oficial y Regional. (ESS)

11
(No Transcript)
12
Nueva concesión y ampliación
  • Presentación de terceros oponentes. (Empresas
    interesadas)
  • Declaración de admisibilidad de las postulaciones
    (SISS)
  • Citación a acto público. (SISS) Factibilidad
    provisoria
  • En caso de existir un único postulante Art. 48
    DS N1199/04.
  • Factibilidades de servicio provisorias,
    requisitos
  • Haberse realizado el acto público.
  • Único postulante a la concesión.
  • Informe favorable de la SISS.
  • Factibilidad condicionada a la adjudicación
    definitiva de la concesión.

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Nueva concesión y ampliación
  • Estudio de los antecedentes.
  • De ser aceptados, se remite un informe al
    Ministerio de Obras Públicas para la dictación
    del decreto respectivo.
  • Decreto de concesiones.
  • Una vez tramitado, se publica en Diario Oficial
  • Se inscribe en un registro público especial que
    lleva la SISS.

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Exigencias al postulante a Concesión
  • Un estudio de prefactibilidad técnica y
    económica. (PD)
  • Descripción técnica general y un cronograma de
    las obras proyectadas para un horizonte de quince
    años.
  • Tarifas propuestas (mantener tarifas o estudio
    tarifario)
  • Derechos de agua (propiedad uso promesa)
  • Límites del área geográfica (definido en plano
    con coordenadas UTM) y realizado en base al plano
    regulador respectivo.
  • Características de las aguas servidas a tratar,
    del efluente, del cuerpo receptor, y el tipo de
    tratamiento, en el caso de la concesión de
    disposición de aguas servidas.

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Exigencias
  • Para las concesiones de producción de agua
    potable las fuentes y derechos de agua.
  • Para las concesiones de distribución de agua
    potable el área geográfica de distribución y la
    proyección de demanda de agua potable.
  • Para las concesiones de recolección de aguas
    servidas el área geográfica de recolección y la
    proyección de demanda de aguas servidas.
  • Para las concesiones de disposición de aguas
    servidas, el cuerpo receptor, el punto de
    descarga, y el sistema de tratamiento.

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Programa de desarrollo
  • Definicion Art. 53 letra k, DFL MOP N382/88
    Es el programa de Inversiones para un horizonte
    de tiempo dado, cuyo objeto es permitir al
    prestador reponer, extender y ampliar sus
    instalaciones, a fin de responder a los
    requerimientos de la demanda del servicio.
  • Art. 58 Los planes de desarrollo deben
    mantenerse actualizados y son públicos.
    Obligación de la SISS y el prestador
  • En toda concesión programa de desarrollo para 15
    años.
  • Contiene el cronograma de obras anuales y para
    cada etapa del servicio.
  • Garantiza continuidad y calidad del servicio -
    largo plazo.
  • Este cronograma es fiscalizable y su
    incumplimiento puede causar la pérdida de la
    concesión (caducidad)
  • PD Garantizado.

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Licitación pública de concesiones sanitarias
  • Licitación pública de concesiones Art. 33 A DFL
    MOP N382/88
  • Norma introducida por la Ley Nº19.549 (1998), que
    fijó el Nuevo Marco Regulatorio del Sector
    Sanitario que señala
  • Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 22º
    (facultad de la concesionaria en solicitar
    ampliaciones de su concesión a la Autoridad),
    cada vez que exista la necesidad de asegurar la
    provisión del servicio sanitario en determinadas
    zonas dentro del límite urbano, la
    Superintendencia deberá efectuar la respectiva
    licitación Pública.
  • Es una licitación pública con normas y
    características especiales.

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Licitación pública de concesiones
  • No existe un concesionario cercano interesado en
    dar servicio.
  • Procedimiento se encuentra regulado por el DS MOP
    N1199/04.
  • Art. 48 La SISS llamará a licitación publica
    para el otorgamiento de nuevas concesiones, en
    los casos previstos en la ley y cuando por causas
    de interés social, calificadas por la misma
    Superintendencia, sea imprescindible en una zona
    urbana asegurar la provisión de servicios
    sanitarios

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Licitación pública de concesiones
  • Principales hitos del procedimiento
  • Solicitud de un interesado. (Ente público MINVU
    - MUNICIPALIDAD ó un Particular natural o
    jurídico)
  • Análisis por parte de la Superintendencia.
    (definición del área, Informe MINVU
    Municipalidad respectiva, N de usuarios y demás
    aspectos)
  • Publicación en Diario Oficial y Regional. (SISS)
  • Presentación de postulaciones. (Empresas
    interesadas)
  • Declaración de Admisibilidad de las postulaciones
    (SISS)

20
(No Transcript)
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Licitación pública de concesiones
  • Citación a acto público. (SISS)
  • De no existir proponentes para la licitación o
    no haber cumplido éstos con los requisitos
    exigidos por la ley, la SISS podrá exigir al
    prestador que opere el servicio sanitario del
    área geográfica más cercana a la zona en
    licitación, la ampliación de su concesión a esta
    última zona . AMPLIACION FORZADA.
  • Requisitos
  • Se trata del prestador más cercano al área que se
    licita.
  • Factibilidad técnica.
  • Factibilidad de enfrentar administrativa y
    financieramente por el prestador.

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Licitación pública de concesiones
-factibilidades de servicio provisorias
  • En caso de existir proponentes, se estudian los
    antecedentes y si procede, se remite un informe
    al MOP para la dictación del decreto respectivo.
  • En caso de existir un único postulante Art. 48
    DS N1199/04.
  • Factibilidades de servicio provisorias,
    requisitos
  • Haberse realizado el acto público.
  • Único postulante a la concesión.
  • Informe favorable de la SISS.
  • Factibilidad condicionada a la adjudicación
    definitiva de la concesión.

23
Licitación pública de concesiones
  • Resolución del proceso
  • El adjudicado con la Licitación será aquel
    postulante, que cumpliendo las condiciones
    técnicas (PD) y legales (suficiencia de derechos
    de aprovechamiento para dar servicio), haya
    ofrecido la tarifa menor.
  • Una vez tramitado, se publica en Diario Oficial
  • Se inscribe en un registro especial de
    concesiones que lleva la SISS.

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Tarifas
El futuro prestador puede optar 1Mantener
nivel tarifario ya existente Duración hasta el
próximo quinquenio de cálculo tarifario. 2
Estudio tarifario En este caso, la SISS debe
elaborar estudio oficial, y comunicarlo a
interesado en caso que las tarifas del prestador
sean superiores reestudio de la tarifas
Comisión de expertos. En este último caso, todo
dependerá del número de postulantes a la
concesión (uno o varios) el resultado del nivel
tarifario a aplicarse.
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ATO Chillán Fundo Las Peñas
  • Concesión PAP-DAP-RAS-DAS
  • Superficie 98,21 há
  • Clientes
  • Proceso
  • Solicitud 25/04/2012
  • Publicación 01/10/2012
  • Acto público 05/01/2013
  • Decreto DS MOP 197 de 02/05/2013

26
ATO Mulchén Sector A1
  • Concesión PAP-DAP-RAS-DAS
  • Superficie 12,05 há
  • Clientes
  • Proceso
  • Solicitud 24/03/2011
  • Publicación 01/06/2011
  • Acto público 06/07/2011
  • Decreto DS MOP 141 de 29/02/2012

27
ATO Yumbel Loteo Esmeralda
  • Concesión PAP-DAP-RAS-DAS
  • Superficie 3,09 há
  • Clientes
  • Proceso
  • Solicitud 11/10/2011
  • Publicación 15/01/2012
  • Acto público 24/04/2012
  • Decreto DS MOP 291 de 21/09/2012

28
Licitación Publica de Concesiones
Sanitarias Sector Pilauco, Comuna de Osorno
  • Solicitante I. M. Osorno
  • Concesión PAP-DAP-RAS-DAS
  • Superficie 5,01 há
  • Clientes
  • Proceso
  • Res. Aprueba Bases 25/04/2013
  • Publicación Lic. 15/05/2013
  • Recepción Post. 15/07/2013
  • Postulante ESSAL S.A
  • Acto público 10/09/2013
  • Decreto DS MOP 137 de 4/02/2014

29
Licitación Publica de Concesiones
Sanitarias Sector Villa Los Esteros, comuna de
Osorno
  • Solicitante I. M. Osorno
  • Concesión PAP-DAP-RAS-DAS
  • Superficie 2,8 há
  • Clientes
  • Proceso
  • Res. Aprueba Bases 18/11/2011
  • Publicación Lic. 15/12/2011
  • Recepción Post. 13/02/2012
  • Postulante ESSAL S.A
  • Acto público 13/04/2012
  • Decreto DS MOP 278 de 7/09/2012

30
Ejemplo Licitación Talca
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TRÁMITE NORMAL SOLICITUD ATO TRÁMITE NORMAL SOLICITUD ATO

Solicitud de Publicación Informe de
Concesión de la Acto Adjudicación Decreto
o Ampliación Solicitud Público al MOP Tramitado
         
                             
N dìas parciales N dìas parciales 1 a 60 1 a 60 10 a 30 60 60 1 a 30 30 30 a 120 30 a 120 30 a 120 30 a 120 30 30 a 60 30 a 60
Nª dìas acumulados Nª dìas acumulados 60 90 150 180 210 330 360 420
390 480


TRÁMITE RÁPIDO TRÁMITE RÁPIDO
s/modif.legal s/modif.legal

Solicitud de Publicación Informe de
Concesión de la Acto Adjudicación Decreto
o Ampliación Solicitud Público al MOP Tramitado
         
                     
N dìas parciales N dìas parciales 1 a 30 10 a 30 60 60 30 1 a 60 1 a 60 30 30 a 60 30 a 60
Nª dìas acumulados Nª dìas acumulados 30 60 120 150 210 240 300

32
TRÁMITE NORMAL LICITACION TRÁMITE NORMAL LICITACION TRÁMITE NORMAL LICITACION TRÁMITE NORMAL LICITACION Informe de
Adjudicación
Publicación Acto al MOP
Llamado a   Acto Acto Público  
Licitación   Recepción Recepción       Decreto
Solicitud   Postulaciones Postulaciones       Tramitado
Licitación Licitación              
                                 
N dìas parciales N dìas parciales N dìas parciales 30 a 90 días 30 a 90 días 15 10 35 35 35 30 30 120 120 120 120 30 30 a 60 30 a 60

Nª días acumulados Nª días acumulados Nª días acumulados 90 105 115 150 180 210 330 360 420
390 420 480


Informe de
TRÁMITE RÁPIDO TRÁMITE RÁPIDO TRÁMITE RÁPIDO TRÁMITE RÁPIDO Adjudicación
s/modif.legal s/modif.legal s/modif.legal Publicación Acto al MOP
Llamado a     Acto Público  
Licitación     Recepción       Decreto
Solicitud   Postulaciones       Tramitado
Licitación Licitación            
                             
N dìas parciales N dìas parciales N dìas parciales 30 a 90 días 30 a 90 días 15 10 25 25 25 30 30 30 a 60 30 a 60 30 30 a 60 30 a 60

Nª dìas acumulados Nª dìas acumulados Nª dìas acumulados 90 105 115 140 170 200 260 290 350
33
Ley 20.307 Norma facilitadora de ampliación de
los T.O. Exención de Cobros
  • Principales características
  • Vigencia desde noviembre de 2008
  • Es una norma facilitadora de ampliación de los
    Territorios operaciones de las empresas
    sanitarias (zonas urbanas o de extensión urbana)
  • Rige para las siguientes proyectos de viviendas
    sociales
  • Valor hasta 750 UF (debe ser certificado)
  • b) Subsidios del MINVU

34
Ley 20.307 Norma facilitadora de ampliación de
los T.O. Exención de Cobros
  • Como opera se firma un convenio
  • Convenio entre urbanizador y empresa sanitaria 5
    aspectos destacables
  • Factibilidad de servicios, celebrado el
    convenio.
  • Obras de capacidad exigibles. Mantención del
    régimen tarifario vigente.
  • Solicitud de concesiones ante SISS 30 días del
    convenio.
  • No son aplicables cobros de ninguna especie
    (acercamiento AFR)
  • Discrepancias resuelve la SISS.

35
Ley 20.307 Norma facilitadora de ampliación de
los T.O. Exención de Cobros
  • Si no se pudo celebrar el convenio
  • La SISS debe realizar una Licitación Pública de
    concesiones a solicitud del MINVU.
  • Interesados otorgan deben otorgar factibilidad en
    acto de recepción de antecedentes.
  • Si no hay interesados la SISS debe resolver
    ampliación forzada si es positivo el
    pronunciamiento, el prestador debe otorgar las
    factibilidades forzadas en un plazo de 15 días.

36
Ley 20.307 Norma facilitadora de ampliación de
los T.O. Exención de Cobros
  • Problemas en la aplicación de la Ley
  • La factibilidad (inclusión en el T.O.)
  • Acreditación de carácter de vivienda social
  • Exigencias desmesuradas en obras de capacidad
  • Proyectos acotados
  • Exigencia de boletas de garantía

37
Art. 52 bis DFL MOP N382/88
  • Los prestadores podrán establecer, construir,
    mantener y explotar sistemas de agua potable,
    alcantarillado y tratamiento de aguas servidas en
    el ámbito rural, bajo la condición de no afectar
    o comprometer la calidad y continuidad del
    servicio público concesionado. (art. Introducido
    por la Ley N19.549 de 1998 sobre nuevo marco
    regulatorio del sector sanitario)
  • Es un Artículo único. No existe otra referencia
    en la legislación que complemente lo señalado.
    Tampoco existe reglamentación. Jurisprudencia
    SISS.

38
Art. 52 bis DFL MOP N382/88
  • Objetivos Establecer, construir, mantener y
    explotar sistemas de agua potable, alcantarillado
    y tratamiento de aguas servidas. De manera
    conjunta o independiente.
  • Supone un contrato entre los interesados
    Urbanizador y Empresa Sanitaria. En ocasiones con
    intermediarios, sean entes públicos o privados.
  • Las clausulas y factibilidades de servicio son
    pactadas libremente por las partes, de acuerdo al
    derecho común.- Poder dominante.
  • No implica ampliación de territorio operacional
  • Atención de sistemas de APR.

39
Art. 52 bis DFL MOP N382/88
  • La SISS no tiene atribuciones ni injerencia de
    regulación o fiscalización de estos contratos
    amparados en el Art. 52 bis.
  • Sólo debe velar que la celebración de estos
    contratos o el servicio mismo que se prestará no
    afecte o comprometa la calidad y continuidad del
    servicio público concesionado.
  • Apoyo y asesoría. Buen servicio
  • Fiscalización Servicio Salud (calidad del agua
    potable)

40
Art. 52 bis DFL MOP N382/88
  • Dificultades
  • Sin fiscalización ni regulación de los atributos
    básicos de la prestación (continuidad calidad
    cantidad).
  • Servicio no garantizado
  • Posición dominante.
  • Balances oferta demanda servicio regulado
    servicio no regulado.
  • Obras de capacidad (AFNR) Cobro de tarifa.
  • Terreno rural con servicio 52 bis pasa a ser
    urbano.
  • Ley 20.307 (viviendas sociales 750 UF) no es
    aplicable.

41
Gracias.
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