Title: Maestr
1Maestría en Derecho y en Derecho Internacional .
- Teoría del Derecho e
- Investigación Jurídica Aplicada.
- 14 de Agosto a 27 de noviembre del 2003
- ITESM .CCM .EGAP.
- Profesor Dr. Raymundo Gil Rendón.
- rgil_at_itesm.mx.
- Tel 54831881.
2TEORIA DEL DERECHOEl filosofo es criticado, por
juristas y no juristasteóricos y prácticos.
- Que es la filosofía del derecho y Teoría del
Derecho, sus partes Métodos y objetivos.
3Teoría del D T de la norma, del ordenamiento y
de la Ciencia.
- Dogmática Los dogmáticos afirmaciones
superficiales imprecisas. - Siguen reglas cuando reflexionan.
- Son Analistas jurídicos y lingüistas ( Nino )
- Superar controversia Positivistas vs iusnat
- El concepto de derecho no es único.
- Error Ser dogmático dif. hacer dogmática. Parten
de un presupuesto Metodológico. - Propiedades incompatiblesderecho,Sist. Jur
4Enfoque esencialista Derecho. Nino,La
validez p 175-207.
- Relación entre lenguaje, realidad y orígen
conceptos AMBIGÜEDAD Y VAGUEDAD. - Textura abierta Derecho, Hart proporcionó
rasgos de uso común. - No es posible dar todos los supuestos para el
correcto uso o aplicación. - Razón de controversias entre PvsI, FyR
- Lagunas, validez, derecho injusto..
5Error de nociones jurídicas Un sólo concepto.
- Deben converger todas las características.
- Es un Dogma Siguen idea de esencia de las cosas
o las palabras, basta una propiedad diferente e
incompatible para desechar la teoría y hacerla
enemiga . - El concepto de derecho en contextos distintos
Sociológos, historiadores es un conjunto de
pautas e instituciones vigentes en época y lugar
determinado, producto de factores sociales,
hechos históricos, creencias y actitudes.
6Jueces papel Justificar decisiones
- El juez Da razones en las sentencias.No para
explicar o predecir (doctrinarios),sino para
decir el derecho. - Abogados Asesoran a clientes sobre datos para
calcular probabilidades de acción y proyectos de
conducta. - Diferentes puntos de vista o enfocando fenómenos
diferentes para significado usual del derecho. - Sentido de enunciado desde diferente perspectiva
conceptos alternativos y múltiples.
7Observar la vida al estudiar derecho y al
teorizar.
- Pocos autores refieren la labor de juristas.
- Kelsen, Hart, Ross,Carrió filosofaron acerca
Derecho, no el uso o la práctica de jurist. - Vicios carácter metáfísico de dogmática
- Aun más los iusnaturalistas
- Cuales son los requisitos de diferentes
conceptos? Una noción descriptiva como intitución
social que interactúa con otras, la hace
icompatible con estructura uniforme de Kelsen..
8Kelsen Técnica de disuación de conductas por la
sanción.
- Raz, critica a Kelsen porque lo define como
aparato coactivo del estado para prevenir
conductas reprochables, siendo que además lo
pueden utilizar los particulares en las
relaciones de coordinación. - Diversas funciones (Raz) individualizar normas,
manipulabilidad y uniformidad. - Es Normativa o empírica?
- Si N damos bases para argumentar si E,
realidad(R.Guibourg) EXTREMOS MALOS, NO QUEDARSE
EN LA LEY SIN LA REALIDAD . - Varios conceptos descriptivos sistema jurídico.
9T pura del DerechoKelsen(reine
Rechtslehere)Metodología estructural y funcional
- Historia 1910 publica su obra de 700 pp
- 1911-1914 fundó Escuela de Viena.
- 1923 le denominóTPD.A sus 25 años publica su obra
y la constitución austriaca(Publicada el 1o oct.
1920) establece para su control, un tribunal ad
hoc Tribunal Constitucional(Control abstracto o
concentrado)-
10Kelsen Constitución es norma básica.
- Fundamento de validez de todas normas del
ordenamiento jurídico, y las normas materiales no
pueden contradecirla. - No pueden crearse de manera distinta al proceso
para la producción del Derecho. - So pena de ser nulas e inválidas.
- Teoría escalonada y jerárquica del orden jurídico
(Pirámide de Adolph Merkl).
11Derecho Positivo Hans Kelsen
Constitución
Tratados Internacionales
Leyes Federales Constitución local Leyes
Locales Reglamentos
12Teoría en vigor
- Dicotomía relaciones causalidad e
imputación(autonomía ciencia Derecho) - Hechos y valores influencia de Weber (1921,
Economía y Sociedad) y Pareto en contra
contaminación ciencia por juicios de valor ética
científico, defensa razón. - Liberar ciencia jurídica del aislamiento e
incluirla en sistema de ciencias. - Justicia es un ideal irracional no puede
determinarse su contenido por TPD.
13KelsenVs. IusnaturalismoJuicio de valor
determinado por emocionesG Theory of law state
- D. justo o injusto? R juicio de valor problema
de justicia no incumbe a ciencia. - Critica D. Natural absolutismo ético.
- Termina sometiendo realidad jurídica a juicio
subjetivo es una ideología no T. - Iusnaturalismo existe un ordenamiento de
relaciones humanas dif. D.P.más alto. Válido y
justo porque proviene de naturaleza, razón humana
o de Dios.
14TD T Ordenamiento Jurídico.
- Enfoque estudio total ordenamiento(TPD)
- No un estudio de norma en particular sí S
- No se ocupa de árboles (normas) sino Bosque(
Conj. Normas).Pasa est. Norma en particular al
ordenamiento en gral. - Nomoestática forma de composicíón nor
- NomodinámicaT.Ordenamiento en gral como se
producen.No busca interiorizarse.DCoactivo. - Conocer D en gral y la relación sitemática normas
en particular ordenamiento comportamiento
humano, conjunto de reglas Sistema con
estructura, con autonomía de contenido.Compara E
yD reglas E, se conectan con contenido Sistema
D(modo produción)
15Diferencia. Estática y Dinámica.
- E una norma pertenece al sistema si se deduce
del postulado ético. - D producida en base y forma prevista por norma
que lo crea (Norma Fundamental Hipotética, al
final ficticia, la debilidadTP) - Estructural pirámide de varios niveles forma
jerárquica, leyes subordinadas a NS - Distinción. D, interno D Intl.grado de
organización que trabaja para integración y
aplicación Poder estadual tiene aparatos
especializados (Ej.Legisl. Jud), actuan conforme
leyes grales y abstractas derivan SistemaED.
16Estructura y Función D.
- Análisis estructural DOrdenamiento J.
- No contenido sino modo se unen normas entre sí
con otras del sistema normativo. - Objetivo. Negar deben dedicarse a fines O
- Dforma control social o instrumento no fin
medio para lograr fines, los iusnaturalistas
parten del fín, impiden captar esenciatécnica
org. social usa medios coercitivos (Weber uso
legítimo de la fuerza o monopolio), para obligar
a miembros del grupo a hacer o no hacer OCC. - Característica principal posibilidad de usar
fza. - Bobbio función D obtener fines sociales
inalcanzables por otras formas de control
Sociología forma control S.
17Kelsen Fín D Paz Social.
- Ordenamiento para la promoción Paz
- D. Internacional seguridad colectiva organiza
fuerza monopolizada no es la paz pero tiende a
ella, no es fin D sí ideal - D fin intermedio (bien común o paz) fin último
(justicia),valor instrumental para otros fines
No se puede entender actualmente D Ordenamiento
Coactivo en su totalidad, reconoce técnica de
control social reside en amenaza y aplicación
sanción. - Bobbio No sólo amenaza de un mal, Edo promotor
desarrollo, función D no sólo represiva
Direccion Social - En actividad privada interviene con leyes
incentivas. - Análisis funcional d TPanálisis.filosofía
analítica y ling
18N. Bobbio Análisis Funcional
- No mancha construcción D(SDinámico),por análisis
de fines. - Una norma es válida cuando producida conforme a
otra superior aquéllas que regulan su creación. - El hecho de que una norma tienda a reprimir o
promover(DPromocional), un comportamiento no
afecta estructura D. - Dif. Un ordenamiento jurídico y uno social es
forma típica de estructura y no función. - Hart Teoría de normas, primarias y secundarias
- Para determinar the concept of law.
19Bobio Análisis funcional 1971.
- Vicula interés problema de la función del D. con
crecimiento de Sociología. - Transita del estructuralismo (Kelsen y Hart),
hacia el funcionalismo vinculo entre T estruc. Y
T func(enfoque Sociológico). - Al liberar al edo social D como subsistema del
sistema social. - D instrumento su especialidad no deriva de sus
fines, sino son perseguidos y alcanzados. - K supuso encontrar R en Estructuralismo sin
acudir a definición de fin X.Pensó que podía
utilizarse el derecho para diversos fines. - Pérdida función D como represor exclusiv. Vs
esencia S
20VON WRIGHT Teoría Norma.
- Lógica deónticaprescripciones, más
característico. 3 tipos normas reglas
definitorias y normas técnicas. - ELEMENTOS.
- P.65 El sentido Derecho. M. Atienza
- Carácter La calificación de acciones prohibidas,
obligatorias, permisivas y facultativas. - Contenido Lo descrito en la norma como
prohibido, permitido, etc.
21VON WRIGHT Teoría Norma.
- 3. Condición de Aplicación Circunstancias para
la hipótesis de prohibición, obligación o
permisión categóricas e hipotéticas. - 4. Autoridad El Órgano Legislativo (dicta la
norma). - 5. Sujeto Normativo Destinatario de la norma.
- 6. Ocasión Ámbito espacial y temporal para el
cumplimiento de la norma. - 7. Promulgación Formulación de la norma o
expresión en lenguaje jurídico. (escrito, oral o
señal de tráfico). - 8. Sanción Amenaza por incumplimiento de una
norma.
22MANUEL ATIENZA Qué son las Normas?
- Cotidianas Ejemplo las reglas del juego.
- Gramaticales Se prohíben frases como habían
pocos estudiantes en la clase. - Religiosas V.g. Amar a Dios sobre todas las
cosas. - Morales Respetar la autonomía de las personas.
- Jurídicas Enunciados que procuren influir en el
comportamiento de los destinatarios. - Tipos Ordenes, sugerencias, sugerencias,
invitaciones, peticiones, imploraciones, etc.
23MANUEL ATIENZA Qué son las Normas?
- Función directiva del lenguaje Aunque las normas
no se reducen al lenguaje si es necesario
comprenderlo y utilizarlo adecuadamente. - El lenguaje jurídico debe usarse con precisión y
propiedad, porque las normas jurídicas se
expresan en el lenguaje. - Entendimiento del lenguaje Para comprender el
concepto de la norma en forma pragmática no tanto
importa los signos lingüísticos y las relaciones
entre sí (sintaxis) o sus significados
(semántica), sino la relación entre signos y
usuarios (lenguaje jurídico).
24MANUEL ATIENZA Qué son las Normas?
- Importa acudir no solo al texto jurídico y su
interpretación (hermenéutica) sino también al
contexto lingüístico y circunstancial. - Interpretación de la Teoría de las Normas El
texto jurídico escrito o no escrito se entiende
por la hermenéutica, pero se integra y relaciona
con el contexto Lingüístico y fáctico (hechos y
realidad social). El Derecho y su función
integran texto y contexto para obtener el
resultado jurídico El texto implica la razón y
el contexto a los hechos, la combinación
dialéctica de ambos produce la síntesis que es la
integración jurídica (aplicación y creación del
Derecho en Movimiento).
25NORBERTO BOBBIOTeoría del Ordenamiento Jurídico
- Critica a Kelsen porque se orientó en su TPD al
ordenamiento jurídico en su conjunto y olvidó el
concepto de norma jurídica, ya que entendió el
Derecho como conjunto o sistema de normas
Jurídicas. - La Teoría de la Institución en Francia e Italia
contradice la TPD, descubre que no basta ocuparse
del bosque (D) sino también de los árboles (N),
la crítica a Kelsen es que pretende describir a
la sociedad organizada (institución), olvidándose
de las normas. - Bobbio lo defiende diciendo que parte del estudio
de las normas particulares hasta llegar al
estudio completo del ordenamiento y sus últimas
consecuencias (la sanción), si existe una Teoría
de la Norma Jurídica Kelseneana (Nomoestática) y
otra Teoría del Ordenamiento Jurídico
(Nomodinámica).
26NORBERTO BOBBIOTeoría del Ordenamiento Jurídico
- Su posición Busca la esencia del Derecho, no en
las particularidades del Derecho sino en el
conjunto de normas que forman el Ordenamiento
Jurídico coincide con Kelsen DOC. (Derecho es
un Ordenamiento Coactivo. Zwangsordnung - Invierte el modo tradicional de definir el
Derecho No es el Ordenamiento Jurídico el que se
compone de Normas coactivas, sino que son Normas
Jurídicas las que pertenecen al Ordenamiento. Hay
que partir del estudio del Ordenamiento en lugar
de las Normas en particular.
27NORBERTO BOBBIOTeoría del Ordenamiento Jurídico
- El Derecho es un sistema que tiene una
estructura, es un ordenamiento del comportamiento
humano compuesto por un sistema de reglas con
unidad y coactividad. - Además opone su antítesis a la visión estructural
señalando que tiene una función el Derecho, no
sólo ser represivo, sino también promocional - .
28ANÁLISIS FUNCIONAL DEL DERECHO
- Obedece a la expansión de la Sociología, como una
teoría que piensa que no solamente se producen
normas por el Estado sino también por la
sociedad. - Teoría de las normas
- Primarias dirigidas a jueces (Ihering)
- Secundarias a ciudadanos.
- Punto de vista constitucional.
- Primariasen un nivel superior (supra-subordinació
n. Art 133) - Secundarias estan en un nivel inferior. La
normas secudarias no pueden modificar a las
primarias(Cconst)
29Teoría de las normas jurídicasproposiciones
prescriptivas.
- Tres elementos
- Sujeto Activo El que realiza el supuesto
normativo. - Sujeto Pasivo El destinatario.
- Objeto La acción prescrita, V.g. Levántate? Se
entiende que cuenta con un destinatario sujeto
y un comportamientoobjeto. - Interpretación El primer paso radica en
preguntarse A quién se dirige y qué
comportamiento contempla? En segundo lugar Toda
conducta es realizada por un sujeto activo.
30EXPLICACIÓN DE LOS ELEMENTOS DE LAS PROPOSICIONES
PRESCRITIVAS
- Pueden ser Universales (todos los miembros de una
clase) o individuales (un elemento
específicamente determinado), en síntesis - Pueden existir tres criterios de distinción
combinando el sujeto activo, sujeto pasivo o
acción prescrita con las proposiciones
universales o individuales, resultando las
siguientes combinaciones
31COMBINACIONES DE PRESCRIPCIONES
- Sujeto activo universal
- Vg Grupo de niños juega al escondite (pp.286 N
Bobbio) - 2. Sujeto activo individual
- Vg Haz la tarea (idem)
- 3. Sujeto pasivo universal
- Vg. Todos los invitados al baile deben venir con
máscara. (Art 315 CC Italiano) - 4. Sujeto pasivo individual
- Vg Vete a coger las maletas y llévalas a la
estación. Art 155 CC Italiano)
32COMBINACIONES DE PRESCRIPCIONES
- 5. Prescripciones que tienbe por objeto acción
tipo - Vg El médico le dice al paciente usted debe
dejar de fumar. (Art. 145 CC Italiano) El marido
debe suministrar alimentos a la mujer. - 6. Prescripciones que tienen por objeto una
acción concreta. - Vg Cierra esa puerta. (Art. 210 CPC Italiano).
- El juez a instancia de parte requiere a la otra a
presentar un documento para el proceso.
33Robert Alexy La validez del Derecho
p87(Sociología Jurídica).
- 3 elementos para concepto de derecho
- Eficacia social, ética y jurídica(3HVNR)
- 1.Eficacia social una norma vale socialmente si
es obedecida o se aplica una sanción. Es un
asunto de grado. - Concepto de obediencia ambiguo basta
comportamiento externo o presupone conocerla y
motivos para cumplirla? - V . g. si se aplica 95 muy eficaz.
34Validez no sólo númerica (Alexy)además es
gradual ( se mide impunidad).
- V.g. una norma es obedecida 85, sólo se aplica
sanción 1 de los casos de desobediencia vs. Una
norma obedecida en 80 pero se aplica sanción el
98 de los casos de desobediencia muy eficaz. - Se conoce la validez por dos conceptos
- 1.Obediencia
- 2.Aplicación de sanción.
35R.AlexyConcepto ético de validez, axiología
jurídica Nino
- Objeto del concepto validez moral (R. D).
- Una norma vale moralmente cuando está
justificada, vale en su corrección (D. Nat). - No se basa en eficacia social ni en legalidad,
sino en la demostración moral de que es ética - Vale moralmente cuando está moralmente
justificada(razonada, por D. Nat, o
argumentada,R.ALEXY Teoría de la Arg)
36R. A. Concepto jurídico de validez.
- Los conceptos sociológicos y éticos son puros, el
jurídico no. - Si un sistema normativo no logra eficacia social
no tiene tampoco validez jurídica. - Si únicamente tiene criterios de validez social,
será concepción positivista, si sólo contiene
criterios morales, no positivista. - Propiedades específicas de validez jurídica
cuando es dictada por autoridad competente(16
const),conforme procedimiento previsto(14c),sin
lesionar un derecho de rango superior(133c). - Cuando es dictada conforme a Derecho.
37Problemas de validez jurídicainterno y externo.
- Interno Cómo se resuelve si una norma fue
dictada por autoridad competente o conforme al
debido proceso legal? - R Norma fundamental Arts. 16 y 14 C.
- Externo R determinación de relación del
concepto jurídico, con ético y social. - Colisiones Casos extremos se perciben
(controversias).Si pierden validez social no
necesariamente jurídica, en normas aisladas. Sólo
si las constitucionales pierden validez, tienen
ineficacia social. - Hoerster en caso de conflicto abierto se impone
el sistema normativo .
38Problema de validez normativo como un todo
Revolución.
- Fácil decir que vale el que se ha impuesto
frente a otro T de la dominación (v. g. Const.
1917 Decl.U. de Ds. Hs.1948) - Teoría del cambio del sistema jurídicop91
- Una norma dictada conforme a constitución, no
pierde su validez porque sea a veces
desobedecida y sancionada. - En caso de normas aisladas la eficacia social no
es condición de validez jurídica.
39Para validez jurídica, un mínimo de eficacia
social (probabilidad de cumplimiento o derogación)
- D pérdida de validez jurídica por ineficaz.
- Cuando no es correctivo el sistema es injusto se
aplica argumentación de injusticia como un todo
sistema injusto. Su campo de aplicación común a
normas aisladas, cuando afecta al conjunto es
Inj. - Asimetrías Es dable entre validez social y
jurídica, más que la moral. - Sólo por extrema injusticia se derrumba un
sistema o uno que no cuente con eficacia social
40Concepto adecuado de DerechoSe relacionan 3
elementos.
- D LEM. Legalidad, eficacia y moralidad.
- Recurrir al criterio simple de injusticia
extrema. - Norma fundamental validez interna de norma
si es dictada de acuerdo a D. - Presuponen el supuesto de validez (K.)
- NFAnalítica(Kelsen),NF normativa(Kant) y
NFempírica (Hart).
41Norma Fundamental analítica (Kelsen)
- Fundamenta la validez de todas las normas del
sistema, fuera de ella misma. - Par llegar a la NF, 2 veces. por qué.
- V.g. porque la petición de de X de Hda. es
válida y la del asaltante no. Por la razón
legal por qué valen las leyes hacendarias?
Porque la Constitución ha autorizado al
legislador a dictarla. por qué vale la
Constitución?Problema, un paso de un ser a un
deber ser.Alexy responde con silogismo de norma
fundamental y corrige a Kelsen.
42Silogismo de validez de la Norma Fundamental de
Alexy .
- Si C fue promulgada y eficaz, entonces está
jurídicamente ordenado comportarse conforma a C. - C ha sido realmente P(prom) y E(eficaz).
- ERGO sí esta jurídicamente ordenado comportarse
conforme a C(constitución) - Polémica NF Necesidad, posibilidad, contenido y
status.La diferencia K dice uno debe y todo el
ordenamiento, Alexy dice está jurídicamente
ordenado, le faltó lógica a K. - Kelsen realiza un paso más que omite A.
43Kelsen vs. Hart La necesidad de una norma fund.
- Hart sería una duplicación innecesaria, porque
existe una Constitución practicada - El hecho de que participantes acepten y
practiquen una C, significa que está
jurídicamente ordenado comportarse conforme a
C.es superflua? - Ross tiene razón ?.. The individuals ought to do
what they ought to do. - Aquellas reglas de C que dicen que es derecho
válido lo en ella previsto(rule of
recognition),según A no puede decirse también
que valenjurídicamente, son presupuestas (fact)
44Posibilidad de una norma fund.
- Dworkin Argumento de pautas o pincipios(todos
pertenecen a D, deben ser tomados en cuenta como
correctivos, morales) pero según A no elimina la
posibilidad de una constitución. - La clausula abiertatal como corresponde a la
pretensión de corrección,remite a pautas morales
sin mencionarlas. - Puede ser aceptada por principio de seguridad
jurídica, esencial de corrección jurídica, por
método jurídico se excluye posibilidad de que con
la apertura se conduzca a arbitrariedad.
45Kelsen NF es neutral por su contenido.
- Un orden jurídico sea justo o injusto no vale.
- Tampoco la paz que garantiza.No se afirma
ningún valor que trascienda el derecho
positivopor ello cualquier contenido puede ser
derecho(K1960204) - Contradice el argumento de la injusticia.
- Tampoco destruye la idea de una NF.
- Se puede introducir clausula de injusticia.
46Status y tarea fundamental
- Reunir tres criterios.
- 1.TRANSFORMACION DE CATEGORIAS Posibilitar el
paso de un ser a un deber ser - 2. DETERMINACION DE CRITERIOS.
- HECHOS CREADORES DEL DERECHO
- ESTABLECER CRITERIOS QUE ES EL DERECHO. K
NFsimple y aplicable a todos los sistemas
jurídicos desarrollados. - Dif, Hart,rule of recognition,reglas de laC que
dicen lo que es el derecho(a matter of fact).
47Será Dogmática un sinsentido?
- Confusiones por desconocimiento lenguaje reglas
lógicas, semánticas y sintácticas. - Embarca a los seguidores a polémicas estériles.
- Abogados prácticos saben que la suerte de un
asunto, depende de opinión de jurista
prestigioso. - Preparan un caso en investigaciones dogmáticas en
Bibliotecas. - Por tanto, no es tan cierta la interrogante.
48Jueces importancia Dogmática.
- Jueces Fundan sus sentencias en textos legales,
jurisprudencia y respaldo doctrinario. - Legisladores toman en cuenta opiniones.
- Profesores también enseñan leyes, jurisprudencia
y doctrina de escritores. - No es un parloteo vano(NINO), cumple función
social. - Juristas conocen las exigencias metodológicas
porque son evaluadas por otros académicos.
49Que es la Hermenéutica Jurídica?
- Busca la interpretación del derecho.
- De manera objetiva, neutral y seguridad Jurídica.
- Ahora se rechaza la propuesta positivista de Hart
y Kelsen, con los aspectos - 1.Subjetividad de creador e intérprete.
- 2.Contexto histórico, político, econ y social
- 3.Argumentos racionales y no deductivos.
50Objetividad vs. Subjetividad
- Enfoque positivista Es conocimiento científico
el Derecho. - Metodología e Interpretación persiguen encontrar
la voluntad del legislador. - El derecho tiene carácter objetivo y eficiente.
- Nueva Hermenéutica hay que rescatar lo material
del derecho, aunque conservar lo formal. - Permite predicciones y generalizaciones.
- Son herramienta para sistematizar el ordenam.
51Nueva HermenéuticaToda interpretación jurídica
tiene forma y contenido
- Sin renunciar a certeza y seguridad.
- Busca la objetividad a partir de subjetividad y
demás elementos materiales del derecho mejorar
interpret. - Gadamer y Emilio Betti H significa entender, a
partir del intérprete - Condicionado por el contexto sociopolítico
- Método formal-deductivo no sirve, porque la ley
no es letra muerta - El lenguaje utilizado no es neutral, debe
traducirse, se reexpresa con el lenguaje de él.
52Hermenéutica de Betti importa entender, no la
voluntad del legislador.
- Requiere de Argumentaciones racionales.
- Conocimiento del Derecho, deja de ser
descriptivo para ser creativo. - Debe atender las circunstancias históricas.
- Tiene Lagunas y contradicciones(antinomias).
- No toda legislación es vigente.
53Teoría del Derecho Ni iusnaturalista ni
iuspositivista, postura ecléctica Pospositivista.
- Especialización dos juristas con lenguaje
distinto. - Dreier dos posiciones especialización y
teorizaciones. - Provocan Pluralidad de Metodologías, teorías y
terminologías distintas. - Evitan un abogado experto en todo.
- Vg.EspecializaciónLaweconomics.
54Ch.Morris Semiótica o teoría de los
signos(Pragmática, semántica y sintaxis).
- Análisis del lenguaje de juristas o Teoría D
- Hermenéutica
- Pragmática, Austin y Searle(uso del lenguaje
investigado por hablante ).Momento de creación
texto - Semántica (significado relacion expresiones
lingüistícas con objeto)texto creado - Sintáxis(forma), uso determina forma, por tanto
muy relacionados los tres.Texto creadoCadena
55Creación del texto Robles. P 160.
- Pragmática quien habla o escribe o usa el
lenguaje jurídico, crea el texto (abog, juez) - Semántica Significado Texto (realidad social no
sólo texto escrito, conecta con parte no escrita
para interpretarlo) - Tarea de Comprensión e interpretación.
- Regla jurídica escrita se conecta
hermenéuticamente con Realidad social. - Sintaxis Forma lenguaje (texto creado), no
significado sino estructura . - Teoría del Derecho análisis de lenguaje juristas
y textos - ,
56Teoría del Derecho, G. Robles.
- T Decisión judicial estudia problemas del
momento o de creación texto jurídico. - T Dogmática J problemas teóricos para comprender
texto creado, vg. D. Español - T Formal estudio reglas jurídicas y conexiones,
por método lógico-lingúístico - Propone temario (p166-167) 1.IntD.Natural.Crisis
.Positivo.Crisis.Análisis Lenguaje. - 2.T.LógicaLingúística3.Dogmática.4.Decisión.
57Ventajas del programa T del D.(R)
- Busca servir como herramienta teórica a juristas
, con criterio pragmático. - Evita elucubraciones distantes de realidad
- Jurista con problemas teóricos se adapta
- Qué abogado no interesa la retórica o lógica
jurídica?Que legislador de la teoría de la
legislación?Que tratadista por elaboración de
conceptos jurídicos?
58Con Pragmatismo disuelve polémica Iusnaturalismo
vs Positivismo.
- Justicia pierde dimensión ontológica(d.nat)
- T de la decisión es su lugar
- Carece sentido que es la justicia en relación con
concepto Derecho, negando al derecho injusto. - Ahora vinculamos justicia y decisión, par decidir
en la realidad, en la vida social sobre
problemas de hombres.
59Teoría del Derecho recupera tema
Justicia(denostado por positivismo).
- Racionalidad práctica (Crítica de la razón
práctica). - Partir de la realidad.
- Uso del lenguaje(Filosofia Lingüística).
- Investigaciones iuspositivistas recuperadas con
planteamiento epistemológico Estructura Formal
del Derecho.
60Kant Racionalista, padre Método.
- Sólo importan ideas y conceptos referidos a la
experiencia. - Todos conocimientos comienzan con experiencia( vg
Es necesaria pasantía ) - Mundo es resultado de actividad organizadora de
la razón - Ciencia crea su objeto,Actividad científico
activo no pasiva. Respuesta determinada por
pregunta - Pregunta y observador contesta, es creativa
61Continúa Kant Racionalista-
- Razón lleva de la mano sus principios que puede
convertir en leyes y experiencia. - Para llegar a la razón no permitir al maestro
decir todo. - El Juez pregunta a testigos e indaga la verdad de
los hechos. - El estudiante de Derecho debe conducirse igual.
Que utilize el contexto de descubrimiento.
62Popper vs Kant
- Si intelecto impone sus leyes a natura, no
obtiene de ella, como Kant. - Pero añade Se equivocó de que esas leyes eran
necesariamente verdaderas. - Ni tampoco siempre se obtiene éxito.
63Ciencia jurídica objeto de filosofía Método y
Contenido?
- Crírticas Kirchman 3 palabras del legislador
convierten bibliotecas en basura - Jurisprudencia o Dogmática Ciencia del Derecho
Saber que describe normas . - Otras con objeto material igual, distinta
perspectiva Hist. del Derecho Filosofía
política, sociología Jurídica. - Saber jurídico Dogmática supuestos, reglas del
juego y funciones sociales.
64Modelos innovadores de Dogmática.
- Kelsen criticó resultados por esclava del poder
e ideología. - Aisló de otras disciplinas, Teoría pura.
- Críticas
- Escasa relevancia práctica.
- Falta de rigor metodológico.
- Kelsen la dotó de objeto (normas) y método propio
(lógico-jurídico).
65Relevancia práctica Dogmática no verdadera o
falsa, sino defendible,no puede quedar sin
contestar una pregunta, en otra ciencia sí.
V.g.Medicina.(Larenz26)
- Para que sirve si no resuelve problemas.
- Lógica de juristas se aparta del sentido común
menos común de los sentidos. - No cumple con objetivos de Sociedad.
- Reglas
- Objetivos
- Funciones sociales.
66Saber jurídico, es científico?Objetivo de Int.
Ciencia Jurídica de Calsamiglia?
- No busca responder esta pregunta.
- Sólo Describir como es y se desarrolla.
- Funcionamiento de Comunidad Jur.
- Reforma, como es esa actividad.
- Como es para saber como debe ser.
- Precisar crítica metodológica Dogma
- Si es científico o no el saber,
preocupación - No No incrementa conocimiento si
contestamos . - Si Comprensión de funcionamiento.
-
-
67Critica metodológica
- Método descriptivo, no científico.
- Importa saberCómo es y como funciona
- Saber si es o no Ciencia Jurídica, no aumenta el
acervo del conocimiento. - No es pregunta pertinente.
- Por tanto, no es relevante responder al
cuestionamiento, es falso debate. - Si importa la funcionalidad del Derecho (Bobbio)
68Para que sirve un saber que no resuelve
problemas prácticos?
- No se resuelven bien o no en absoluto.
- Impunidad total o quasiimpunidad ( 90) Hoy se
afirmó que se sentencian muy poco de los
consignados, ninguno por tortura. - De 200000 amparos 3 Sentencias
- Un solo caso ante Corte Interamericana por
violación de derechos humanosMartín del Campo,
por tortura confeso haber matado a su hermana y
cuñado, el cte Reconoció confesión por tortura
otro ej. Impunidad de muertes juárez.
69Polémica Realistas vs Nominalistas
- Conocer no es descubrir esencia de las cosas, más
allá de experiencia. - Definir no Describir realidad intrascendente.
- Caracteriza al conocimiento no son los nombres o
conceptos sino método. - Hay Juristas realistas, creen conocer es
describir esencias intemporales (Platón).
70Falacias de Juristas actuales.
- Conocer es definir y conocer naturaleza de las
cosas, éstas son sólo nombres significados
lingüisticos. - Nino Por equivocación platónica entre lenguaje y
realidad. - Hay una sóla definición válida para cada palabra,
se adoptan dogmas. - A favor de nominalistas Tarea cognoscitiva no se
reduce a definir, sino a resolver problemas. - Definiciones no es el modo de conocer realidad
- Operación lingüística para conceptos teóricos.
71Caracteriza conocimiento procedimientos no
concepto.
- Método es lo importante Es el orden o secuencia
de pasos para arribar y comprobar la realidad. - Método crea el objeto.
- Permite hablar objetivamente de él
- C. Derecho tiene su método y objeto propios.
- Por tanto, sistematiza principios, valores, ideas
y conceptos con órden lógico sí C.
72Crítica a Dogmática o Jurisprudencia.
- Con categorías o conceptos jurídicos no se
explica el Derecho. - Es sesgada la visión por influencia ideológica.
- El saber jurídico no resuelve problemas reales
(Realismo o Sociologismo). - Más esotérica El pueblo no entiende el derecho
.Se separa del sentimiento gente y de
destinatarios.
73Crítica al Saber Jurídico
- Complejo y difícil de entender.
- Más difícil de juzgar.
- Imposible utilizar lenguaje jurídico, a ajenos
del círculo(Comunidad dogmática) Hart
Expresión lingúistica. - Carece de sentido la crítica, la ciencia no puede
ni resuelve todos los problemas. - Se plantea problemas solucionables bajo su
método. - La Jurisprudencia da respuesta a toda pregunta o
planteamiento jurisdiccional, no puede darse el
lujo de decir no puedo resolverlo (Art. 17 C)
74Jellinek, Lebland y Kelsen.Polémica metodológica.
- Influencia de Kant.
- El método crea al objeto porque nos permite
hablar objetivamente de él. - Saber jurídico transformará en Ciencia, cuando
tenga un método propio. - Que le permita escoger su Objeto.
- Lo hizo Kelsen en su Teoría pura del D.
- Se auxilia de otros métodos Sociológico.
75Monísmo MetodológicoVarita mágica
- SÍ UN METODO, LUEGO SABER JURIDICO.
- Desperdicio de tiempo en discusiones sobre
perspectivas de observación del fenómeno
jurídico - Iusnaturalismo Villoro(Méx.)
- Positivismo y Normativismo Kelsen, Hart.
- Realismo Dworkin
76Dogmatismo vs. Dogmática (dif)
- Sólo mi concepción y visión es válida.
- Demás visiones insuficientes e incompatibles.
- Método cambia saber jurídico en científico.
- Dogmática no significa seguir dogma de fe
- Es la Jurisprudencia o Ciencia del Derecho.
77Filosofía de la Ciencia.
- Qué es un método?
- Objetivo Ciencia es conocimiento verdadero.
- Metodología Criterio para buscar Verdad
- Nunca verdad Absoluta (vg. Religión),
- Siempre relativa y comprobable.
- Ideal encontrar la razón y experiencia en
síntesis. - Historia Fil. C Descubrir verdad o controlarla.
- Critica Positivismo No tomar hipótesis por
Dogmas
78Excesivo rigor al DerechoAbsurdo pedirle más
que otras Ciencias.
- OTRAS CIENCIAS CARECEN PROCEDIMIENTOS QUE
GARANTICEN DESCUBRIMIENTO VERDAD Y
JUSTIFICACION. - Un buen método
- HAY QUE TRATAR DE DAR
- Contexto de descubrimiento o de justificación.
79Comunidad JurídicaEstudio con prácticos
Jueces,Abogados,Legisladores
- No sólo estudiar la Dogmática.
- Interesa por el lenguaje usado.
- Es un lenguaje de transmisión conocimientos.
- Hart D L derecho es expresión lingüística.
- Cómo lo utilizan los jueces y abogados.
- Pragmática Busca descifrar lenguaje intermedio o
intercomunicativo (vg. inteligencia artificial,
en - Autónoma de Barcelona , Pompeu Casanovas)
80Polemica Realistas vs Nominalistas
- Ganan Nominalistas Hoy no importa definir
conceptos sino conocer la realidad, precisar
términos es operación lingüística - Conocer no es describir esencias o la naturaleza
de las cosas intemporales(Platón) - Nino En Juristas subsiste error de relacionar
lenguaje con realidad.
81Método es importante, no concepto, para el
Conocimiento.
- Los procedimientos para acercarse a la verdad,
pasos o secuencia ordenada de actuar para llegar
a la meta(vg.Sentencia) - Hume Experiencia único criterio verdad
- Niega fundamento lógico inducción.
- No se puede inferir objetos que no conocemos por
experiencia. - Falso vg. Física Newton, antes teoría.