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Diapositiva 1

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... tambi n env e carta Gantt con nomina de evaluadores, declare las asesor as de la EA y de cada uno de los evaluadores que participaran, ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Diapositiva 1


1
Hallazgos de la Fiscalización al Sistema
Acreditación
17de Enero de 2011
2
PROGRAMA DE FISCALIZACION A ENTIDADES
ACREDITADORAS
  • Fiscalización Regular
  •  
  • Corresponde a aquellas acciones fiscalizadoras
    que responden a la planificación anual de la
    Intendencia de Prestadores, sobre aquellas
    variables evaluadas como de mayor riesgo tanto en
    la constitución como en el funcionamiento de las
    Entidades Acreditadoras, así como durante el
    proceso de acreditación realizado a los
    prestadores institucionales que le fueron
    asignados.
  •   
  • Fiscalización Extraordinaria
  •  
  • Corresponde a aquellas acciones fiscalizadoras
    que se efectúan a requerimiento fundados de
    clientes externos o internos de la
    Superintendencia, así como también a consecuencia
    de los hallazgos o medidas sancionatorias
    producto de una fiscalización regular.
  •  

3
(No Transcript)
4
(No Transcript)
5
Cumplimiento de la normativa vigente
6
Respecto del reglamento del sistema de
acreditación para los prestadores institucionales
de salud. Decreto N 15 de 2007
7
  • Artículo 11 letra c y d) nómina del personal y
    sus contratos ..antecedentes que acrediten
    suficientemente la posesión por la solicitante de
    la infraestructura mínima .oficinas y equipos
    informáticos, así como los recursos humanos de
    apoyo suficientes para el cumplimiento de sus
    funciones ( artículo 10)
  • En la mayoría de las fiscalizaciones se observan
    oficinas virtuales, con poco o mínima
    infraestructura que de cuenta de la actividad que
    realizan, llegando incluso a estar ubicadas en
    aéreas residenciales.
  • Respecto del recurso humano y apoyo suficiente,
    si bien es cierto, informan contar con
    secretarias, estas no cumplen un horario a
    permanencia en las dependencias de la entidad.
  • Respecto de los contratos existen EA con
    contratos expirados de sus evaluadores, y también
    inexistencia de contratos de secretaria

8
  • Artículo 15 deberán informar a la intendencia de
    prestadores respecto de todo cambio relevante que
    experimente en materia de personal o en
    cualquiera otro de los antecedentes
  • Se observa cumplimiento parcial de este punto
  • Ejemplos cambios de domicilio, desvinculación
    del personal, incorporación de secretarias, etc.
  • El plazo para informar los cambios establecido
    en el reglamento es tan pronto ellos ocurran y
    son atributos de gran incidencia en la
    fiscalización.

9
Titulo IV
  • Articulo 20.. Dentro del quinto día hábil de
    recibido dicho pago la EA comunicará al prestador
    y a la intendencia el día que dará inicio al
    proceso de evaluación.
  • Se sugiere adoptar como buena práctica que cuando
    la EA informe a la intendencia y al prestador el
    inicio del proceso, también envíe carta Gantt con
    nomina de evaluadores, fechas de reuniones de
    inicio y cierre del procedimiento, declare las
    asesorías de la EA y de cada uno de los
    evaluadores que participarán, informando si
    dichas asesorías son en carácter particular o
    asociadas a una empresa, identificando a esta
    última.

10
  • Artículo 21. Referente al campo de acción de
    las EA.
  • Las EA que quieran solicitar ampliar su campo de
    acción de desempeño a los nuevos estándares
    publicados durante el 2010 debieran comenzar las
    gestiones en ese sentido ante la Intendencia.
  • Actualmente dos autorizadas a evaluar los nuevos
    estándares y dos en evaluación

11
  • Artículo 23. Con todos los antecedentes que
    reúnan y documentos que elaboren en cada
    procedimiento los evaluadores se deberá conformar
    un expediente individual,
  • Las pautas de cotejo requeridas en la
    fiscalización no se encuentran siempre
    disponibles en la oficinas de la EA
  • No están en forma escrita la justificación de la
    evaluación realizada en las pautas de cotejo u
    otro instrumento que la entidad haya destinado
    para ello
  • No se identifica el nombre del evaluador en las
    pautas de cotejo

12
Respecto de la Circular IP N7Imparte
instrucciones a las entidades acreditadoras
autorizadas sobre el informe de acreditación 16
de diciembre de 2009
Considerandos
3) La consiguiente necesidad de asegurar que
dicho Informe abarque todos los aspectos
relevantes y pertinentes acaecidos durante el
proceso de acreditación y que posea un orden
lógico en el desarrollo de sus fundamentos de
hecho y normativos, de modo que se asegure la
claridad, razonabilidad y socialización de la
decisión que en él se contiene .
13
Instrucciones respecto del formato del informe de
acreditación y de los procedimientos que las
entidades deberán seguir tendientes a su
elaboración
14
Lo encontrado en las fiscalizaciones de las
Entidades Acreditadoras (EA).
  • Inexistencia Medidas internas adoptadas por las
    EA para garantizar el adecuado uso del sistema
    informático
  • En la mayoría de los informes no se está
    garantizando que los contenidos definitivos de
    dicho informe sean un fiel reflejo de todos los
    hallazgos que la entidad hubiere efectuado
    durante la evaluación del prestador , esto debido
    a que los informes son demasiados escuetos y no
    refleja en el escrito los hallazgos encontrados .
  • Por ejemplo en un informe aparece escrito así
    cumplieron con lo establecido en el estándar
  • DP1.2 Gestión de reclamos
  • DP2.1 Consentimiento informado
  • DP3.1 Aprobación ética
  • Este punto ha ido lentamente mejorando pero aún
    no es el óptimo establecido en la circular

15
  • Inexistencia de un procedimiento en el que se
    explicitan las funciones especificas de todas
    las personas que participan en la confección del
    informe de acreditación y en el ingreso de los
    datos del mismo sistema informático
  • Algunas entidades fiscalizadas han remitido a la
    intendencia sus procedimientos

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Instrucciones respecto del formato del informe de
acreditación y de los procedimientos que las
entidades deberán seguir tendientes a su
elaboración
  • 1.7.8 La Entidad Acreditadora deberá llevar un
    registro escrito o informático en el que se
    dejará constancia de la opinión de los
    profesionales evaluadores de la Entidad y del
    Director Técnico, especialmente cuando entre
    ellos, o entre ellos y la directiva de la
    Entidad, existan dudas o discrepancias respecto
    de los contenidos y decisiones del Informe. Dicho
    registro deberá estar permanentemente a
    disposición de la acción fiscalizadora de la
    Intendencia de Prestadores.

Lo encontrado en las fiscalizaciones de las EA
respecto de la instrucción 1.8
  • En la mayoría de las fiscalizaciones efectuadas
    no existe este registro, en algunas entidades
    existe un registro parcial ya que da cuenta sólo
    de las dudas y discrepancias, luego de las
    fiscalizaciones esto ha ido mejorando pero aún no
    llega a su óptimo por parte de todas las
    entidades
  • En ninguna de las entidades fiscalizadas existe
    un registro de los hallazgos y opiniones de los
    evaluadores, esto aún no lo constatamos en
    ninguna entidad

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Instrucciones respecto del formato del informe de
acreditación y de los procedimientos que las
entidades deberán seguir tendientes a su
elaboración
2 Respecto de la confección del Informe de
Acreditación 2.1. Las personas que sean
designadas a este efecto por la Entidad deberán
transcribir los datos que exigen los distintos
rubros y espacios de la pantalla titulada
Informe de Acreditación del Sistema Informático
del Sistema de Acreditación señalado en el
numeral 1.1..
Lo encontrado en las fiscalizaciones de las EA
respecto de la instrucción 2
  • No existe un procedimiento escrito de las
    personas designadas por la EA para esta función.
    Se ha informado verbalmente durante el proceso de
    fiscalización que es el director técnico el
    encargado en la mayoría de los casos.
  • Actualmente las entidades fiscalizadas han
    elaborados sus procedimientos y los han remitido
    a la intendencia, sólo una de las entidades que
    aún no han sido fiscalizadas lo ha remitido

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Instrucciones respecto del formato del informe de
acreditación y de los procedimientos que las
entidades deberán seguir tendientes a su
elaboración
2.3.1. Cada vez que sea necesario referirse a la
evaluación de una Característica, ella deberá ser
identificada por su numeración, según la que
establezca el Manual del correspondiente Estándar
evaluado. Cuando haya que referirse a cada uno de
los Hechos Medibles que verifican el cumplimiento
de las Características, se les mencionará como
primer hecho medible de la característica
XX-XX, segundo hecho medible de la
característica XX-XX, etc., siguiendo el orden
en que tales hechos medibles se presentan en la
respectiva Pauta de Cotejo.
Lo encontrado en las fiscalizaciones de las EA
respecto de la instrucción 2.3.1
  • Esta información con este nivel de detalle sólo
    se ha recibido en un informe previo a la reunión
    de fiscalización con las entidades y
    posteriormente ha mejorado pero no con el detalle
    deseado, existe una entidad que actualmente se
    encuentra elaborando el informe que cumple con lo
    establecido en esta circular

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Instrucciones respecto del formato del informe de
acreditación y de los procedimientos que las
entidades deberán seguir tendientes a su
elaboración
2.3.4. En el rubro titulado Hallazgos deben
describirse pormenorizadamente todos los hechos
constatados por la Entidad, según lo exijan los
respectivos verificadores de cada característica
del Estándar evaluado.
Lo encontrado en las fiscalizaciones de las EA
respecto de la instrucción 2.3.4
  • Previo a la reunión de fiscalización con las
    entidades acreditadoras, este punto sólo existía
    una entidad que ha descrito en forma
    pormenorizada todos los hechos constatados por la
    entidad, el resto de las entidades se ha limitado
    a nombrar la característica
  • En la actualidad existen dos entidades trabajando
    en informes de acreditación cumpliendo con la
    circular detalladamente

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Ejemplos del punto 2.3.4
  • DP 4.1 Convenios Docentes asistenciales
  • DP 4.2 Actividades Docentes de Pregrado
  • GCL 1.1 Evaluación Pre anestésica
  • GCL 1.2 Selección pacientes CMA
  • AOC 2.1 Derivación
  • APL 1.1 Compra a terceros autorizados
  • APF 1.1 Compra a terceros autorizados
  • APE 1.1 Compra a terceros autorizados
  • APT 1.2 Seguridad
  • DP1.1 Carta de derechos Aprobado
  • DP1.2 Gestión de reclamos Aprobado
  • DP2.1 Consentimiento informado Aprobado
  • DP3.1 Aprobación ética Aprobado

Entidad 1
Entidad 2
Entidad 3
CARACTERÍSTICA DP 1.1 Primer hecho medible de la
Característica DP 1.1 Se constata carta de
derechos del paciente que incluye los derechos
relativos a no discriminación, respeto a la
privacidad y pudor, información al paciente o
responsables, información del carácter docente
asistencial, la carta se encuentra enmarcada en
las paredes y disponible en los sectores de
acceso principal, en los sectores de espera de
mayor afluencia de público en el primer y cuarto
piso.
Entidad 4
21
Instrucciones respecto del formato del informe de
acreditación y de los procedimientos que las
entidades deberán seguir tendientes a su
elaboración
2.3.5. En el rubro Consideraciones y
Fundamentos deben señalarse los criterios
objetivos, científicos o comúnmente aceptados,
así como los fundamentos de hecho y normativos,
conforme a los cuales la Entidad decide
determinar el cumplimiento o incumplimiento de
cada característica del o los Estándares
evaluados.
Lo encontrado en las fiscalizaciones de las EA
respecto de la instrucción 2.3.5
  • Previo a la fiscalización con las entidades
    acreditadoras
  • Las entidades se han limitado a informar respecto
    de las características que no aplican y de las
    incumplidas con mayor o menor detalle respecto
    del fundamento de su evaluación .
  • Ninguna de las entidades en este ítem ha
    declarado a las características que cumplen con
    su fundamento, en el ítem hallazgos han declarado
    los fundamentos de las características que
    cumplen
  • Posterior a la fiscalización han mejorado los
    informes ya publicados y existen dos entidades
    trabajando en informes que cumplen con la
    normativa

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Conclusiones
  • Se espera que las EA mantengan una
    infraestructura acorde a una oficina de
    trabajo.
  • Mantengan en la oficina declarada a la
    Superintendencia los documentos requeridos para
    la solicitud de funcionamiento ( contratos
    vigentes, constitución de la sociedad, actas de
    la sociedad, etc.). Así como también todos los
    documentos que hayan sido objeto de uso durante
    el proceso de acreditación.
  • Que mantengan un manual de procedimientos
    internos respecto de lo solicitado en el
    reglamento de acreditación y la circular N 7

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Conclusiones
  • Que den cumplimiento cabal al reglamento de
    sistema de acreditación Decreto 15, titulo III
    articulo 15, inciso segundo.
  • Se sugiere adoptar como buena práctica que cuando
    la EA informe a la intendencia y al prestador el
    inicio del proceso, también envíe carta Gantt con
    nomina de evaluadores, declare las asesorías de
    la EA y de cada uno de los evaluadores que
    participaran, informando si dichas asesorías son
    en carácter particular o asociadas a una empresa,
    identificando a esta última
  • Cumplir cabalmente con la circular IP N7 del 16
    de diciembre de 2009 respecto a instrucciones
    sobre informe de acreditación

24
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