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Cooperativas Escolares Qu es una cooperativa escolar? Una Cooperativa Escolar es una asociaci n de alumnos, promovida y sugerida por los docentes, pero dirigida ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Diapositiva 1


1
Cooperativas Escolares
2
Qué es una cooperativa escolar? Una Cooperativa
Escolar es una asociación de alumnos, promovida y
sugerida por los docentes, pero dirigida por los
propios alumnos, ya que por este medio va a
despertarse en ellos la visión clara de las
responsabilidades cívicas, sociales, mora-les y
económicas.
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QUÉ QUEREMOS HACER? Formar una Cooperativa
Escolar CÓMO DAMOS A CONOCER ESTA IDEA? A
través de LA PROMOCION (Proyecciones, afiches
gráficos, carteles, slogans) QUÉ OTRAS ACCIONES
CUMPLIREMOS? DÓNDE LA REALIZAMOS? Escuela -
Comunidad
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CONVOCAMOS A ASAMBLEA GENERAL Para qué? Formar
Comisión Provisoria, elaborar Proyecto de
Estatuto, Inscripción de Asociados, Suscripción
de Aportes. CÓMO CONCRETAMOS LA IDEA? ASAMBLEA
CONSTITUTIVA Es el órgano deliberativo, instancia
en que participan todos los alumnos asociados a
la Cooperativa escolar. Qué trataremos en ella?
Informe Comisión Provisoria, Aprobación Estatuto,
Integración de Aportes, Elección de Consejeros
titulares y suplentes y Síndicos, todos ellos
revisten el carácter de fundadores.
5
Consejo de Administración Es elegido por
asamblea y está encargado de administrar los
recursos de la cooperativa. En la primera reunión
de cada período anual, el Consejo procede a
distribuir los cargos. Sindicatura Es elegida
por la asamblea, está compuesta por un Síndico
titular y uno suplente y tiene como misión la de
controlar la gestión que realiza el Consejo de
Administración en nombre de todos los
asociados. Asesoría Legal Está a cargo de la
conducción institucional del establecimiento
educativo. (autoridades educativas y docentes
guías)
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Las Cooperativas Escolares persiguen una
finalidad netamente educativa y formativa por
ello son aptas para
  • Revalorizar las virtudes
  • Trabajar en equipo
  • Valorar a la persona
  • Despertar aptitudes
  • Obrar por convicción
  • Acrecentar conocimientos
  • Practicar la democracia
  • Despertar el interés a los padres
  • Generar espíritu asociativo

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Perfil del Alumno Cooperador Perfil del Alumno Cooperador
  • Solidario
  • Participativo
  • Respetuoso
  • Crítico
  • Generoso
  • Dinámico
  • Justo
  • Creativo
  • Democrático
  • Responsable

Perfil del Docente Guía
  • Creer en lo que se transmite
  • Tener conocimiento de los valores y principios
    fundamentales que orientan filosóficamente y
    doctrinariamente la actitud de cooperación
  • Tener vocabulario positivo, enriquecedor y
    motivador
  • Tener actitud solidaria ante el grupo y el
    entorno social
  • Responsabilidad moral y ética
  • Respeto por la dignidad humana

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Su finalidad es esencialmente educativa, que es
la de formar entre sus asociados y en todos los
escolares una conciencia cooperativista,
estimulando el ahorro y facilitando la
convivencia social.
La mejor Cooperativa Escolar no es la que da
rendimientos económicos mayores, sino la que
cumple su fin educativo.
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CLASIFICACION SEGÚN SU FINALIDAD
GRANJA Cunicultura Avicultura Porcicultura
Apicultura Lechería TRABAJO Y
PRODUCCIÓN Huerta-Vivero-Jardinería Fabricación
material didáctico y juguetes Títeres-Teatro-Coro
Repostería-Cotillón Periodismo Escolar
Confección de Ropas Cantina Escolar
CONSUMO Distribución Útiles Escolares-Librería
Distribución de Comestibles Distribución de
Ropas
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SERVICIOS Cruz Roja-Botiquín Escolar Previsión y
Seguro Escolar Servicio Médico Escolar Radio
Enlace-Comunicación Escolar Atención en Cantinas
OTRAS Comisión de Conservación y Ornamentación
Amigos del Libro Museo Escolar
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Decreto Provincial 3888/03
Establece que se profundice la enseñanza del
Cooperativismo, del Mutualismo y la generación de
Microemprendimientos Escolares en todos los
niveles de educación de la Provincia dependientes
del Ministerio de Educación, recomendando la
práctica activa de la doctrina, principios y
valores cooperativos, en el contexto de la
comunidad educativa. Además se crea la Unidad de
Gestión de Cooperativismo, Mutualismo y
Microemprendimientos Escolares con dependencia de
la Subsecretaría de Educación, cuyas funciones
serán Propiciar la creación de Cooperativas,
Mutuales y/o Microemprendimientos Escolares en
los establecimientos educativos Promover,
orientar, asesorar, supervisar y gestionar todos
aquellos asuntos relacionados con el
Cooperativismo, Otorgar la personería escolar,
mantener relaciones de intercambio con organismos
especializados, públicos o privados, entre otras.
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Decreto Nacional 1171/03
Se declara de alto interés la enseñanza teórico
práctica, en los establecimientos educativos
oficiales y privados, de los principios del
cooperativismo y del mutualismo. Promoción de la
constitución de cooperativas escolares.
Participación del Ministerio de Educación,
Ciencia y Tecnología y el Instituto Nacional de
Asociativismo y Economía Social.
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Publicada en el Boletín Oficial el 06/04/1965
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LEY Nº 20.337 LEY DE COOPERATIVAS B.O.
15/05/1973 Buenos Aires, 2 de mayo de 1973
CAPITULO XIII DISPOSICIONES VARIAS Y
TRANSITORIAS Cooperativas escolares ARTICULO
114.- Las cooperativas escolares, integradas por
escolares y estudiantes menores de dieciocho
años, se rigen por las disposiciones que dicte la
autoridad de educación competente, de conformidad
con los principios de esta ley.
15
LEY MARCO PARA LAS COOPERATIVAS DE AMERICA
LATINA Presentada por la ACI AMERICAS en el 1º
Encuentro de Institutos de Promoción Cooperativa
Octubre 2007
Cooperativas escolares y juveniles. Art. 94 Las
cooperativas escolares y juveniles, constituidas
por menores de edad, se regirán por las
disposiciones que dicte la respectiva autoridad
educativa, con sujeción a los principios de esta
Ley. Justificación Esta modalidad de
cooperativas ha demostrado su valor como
instrumento de formación de la niñez y la
juventud y de ahí su reconocimiento expreso en
esta Ley. Pero por ser sus socios personas
menores de edad y vinculadas a establecimientos
educacionales se establece que se regirán por las
disposiciones que dicte la respectiva autoridad
educativa, aunque conforme con los principios de
esta Ley.
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Ley de Educación Nacional Nº 26206 (Promulgada el
27/12/2006)
ARTICULO 90 El Ministerio de Educación, Ciencia y
Tecnología promoverá, a través del Consejo
Federal de Educación, la incorporación de los
principios y valores del cooperativismo y del
mutualismo en los procesos de enseñanza-aprendizaj
e y la capacitación docente correspondiente, en
concordancia con los principios y valores
establecidos en la Ley Nº 16.583 y sus
reglamentaciones. Asimismo, se promoverá el
cooperativismo y el mutualismo escolar.
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Bandera de la ACI
La Alianza Cooperativa Internacional (ACI), es el
máximo organismo mundial que nuclea a
aproximadamente a 800 millones de cooperadores,
con la intención de establecer los lineamientos
mínimos que son comunes a toda cooperativa.
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Símbolo Universal del Cooperativismo
El emblema cooperativo es un signo muy difundido
a nivel mundial pero no tiene carácter universal.
Se empezó a utilizar en 1922. Muestra la
identificación positiva de los cooperativistas y
su sentido de propósito y trabajo común.
El árbol del pino es un antiguo símbolo de vida, de inmortalidad y de fecundidad. Representa la perennidad, la perseverancia y la solidaridad, tres de los grandes pilares sobre los cuales se asienta el movimiento cooperativo. El pino, en su afán constante de ascender a los cielos, es idéntico al ideal de perseverancia cooperativista de escalar las alturas de una idea. Los dos pinos unidos simbolizan la hermandad, la unión y la necesidad de un trabajo conjunto. El círculo tiene la calidad interminable de la eternidad, sin horizonte final. Representa además el mundo que todo lo contiene y todo lo abarca. El fondo amarillo oro del círculo recrea la idea del sol como fuente de luz y de vida. El color verde oscuro se asemeja al color de la clorofila, donde nace el principio vital de la naturaleza.
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Origen del Día Internacional del Cooperativismo
En 1923 el Comité Ejecutivo de la Alianza
Cooperativa Internacional (ACI) recomendó
conmemorar un día internacional de las
cooperativas. El 16 de diciembre de 1992 la
Asamblea General de la ONU (Naciones Unidas), a
través de la resolución 47/90, proclamó la
necesidad de realizar un "Día Internacional de
las Cooperativas" a partir de julio de 1995, en
conmemoración al centenario de la creación de la
Alianza Cooperativa Internacional (ACI) (grupo
que reúne organizaciones cooperativas de 100
países que cuentan con un total de 700 millones
de miembros). La ACI fue fundada en Londres en
1895. El 23 de diciembre de 1994, la Asamblea
General de la ONU, por medio de la resolución
49/155, invitó a los gobiernos, organizaciones
internacionales, organismos especializados y
organizaciones cooperativas nacionales e
internacionales a observar anualmente el "Día
Internacional de las Cooperativas", reconociendo
que las cooperativas estaban pasando a ser un
factor indispensable del desarrollo económico y
social. Una de las maneras en que la ONU mostró
este reconocimiento fue al declarar, en 1995, que
el "Día Internacional de las Cooperativas" debía
ser celebrado cada año por los gobiernos en
colaboración con sus movimientos cooperativos
nacionales. En 1996, al celebrar la comunidad
internacional el "Año para la Erradicación de la
Pobreza", la ONU, una vez más, atrajo la atención
de los gobiernos en cuanto a la considerable
contribución de las cooperativas en la reducción
de la pobreza y en la necesidad de asociar el
movimiento a esta tarea.
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Celebración del Día Nacional del Cooperativismo
En la República Argentina, por Ley Nº 24.333
(sancionada en el año 1994), se recomendó
conmemorar este día, el primer sábado de julio de
todos los años.
21
Muchas Gracias
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