SCAGP UCEGP Fortalecimiento de Control Interno - PowerPoint PPT Presentation

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SCAGP UCEGP Fortalecimiento de Control Interno

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... las obligaciones que implica la 'Ley Federal de Transparencia y Acceso a ... Proveer lo necesario para que toda persona pueda tener acceso a la informaci n; ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: SCAGP UCEGP Fortalecimiento de Control Interno


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SCAGP / UCEGPFortalecimiento de Control Interno
  • Sesión de Inducción
  • Abril 2004

Ley Federal de Transparencia Promoción de
Ambiente Ético, Cultura de Control y Riesgos
Metas Presidenciales
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Guía para Evaluación y Seguimiento a la LFTAIPG
  • Objetivo General
  • Apoyar en realización de las actividades
    dirigidas a la verificación del cumplimiento de
    las obligaciones que implica la Ley Federal de
    Transparencia y Acceso a la Información Pública
    Gubernamental, su reglamento, así como las
    correspondientes a las Unidades de Enlace y los
    Comités de Información que al efecto se
    instalaran, y donde los Titulares de los OIC
    tendrán una función determinante en la
    coordinación y supervisión del cumplimiento de
    las disposiciones de la referida Ley.
  • Cobertura
  • 287 revisiones que representan el 4.2 de los
    recursos destinados a la función de control
    programada en el PAT 2004.

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OBJETIVOS DE LA LEY
  • Proveer lo necesario para que toda persona pueda
    tener acceso a la información
  • Transparentar la gestión pública mediante la
    difusión de la información
  • Garantizar la protección de los datos personales
  • Favorecer la rendición de cuentas
  • Mejorar la organización, clasificación y manejo
    de los documentos
  • Contribuir a la democratización de la sociedad
    mexicana y la plena vigencia del Estado de
    derecho.

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ORGANIZACIÓN
  • Comité de Información debidamente autorizado y
    desarrollando las funciones correspondientes.
  • Comité de Información representado por un
    servidor público designado por el Titular de la
    Dependencia o Entidad, un Titular de la Unidad de
    Enlace y el Titular del Órgano Interno de
    Control.
  • Que exista personal encargado del acceso,
    difusión, protección de datos, rendición de
    cuentas y manejo de la información, acorde a la
    estructura.

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ORGANIZACIÓN
  • Que las nuevas Dependencias y Entidades cumplan
    con el plazo de seis meses contados a partir de
    la fecha de su creación, para cumplir las
    obligaciones establecidas en la Ley, su
    Reglamento y los Lineamientos expedidos por el
    Instituto.
  • Que se cuente con información disponible en un
    sitio de Internet de acceso público, visible
    desde el portal principal de la Institución,
    indicando la fecha de su actualización, así como
    un vínculo al sitio de Internet del Instituto.

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INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL
  • Que los Comités cuenten con la clasificación de
    la documentación reservada y confidencial.
  • Que los Titulares de las unidades administrativas
    tengan clasificada la información de conformidad
    con los criterios establecidos en esta Ley, su
    Reglamento y lineamientos expedidos por el IFAI.

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INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL
  • Que los expedientes y documentos clasificados
    como reservados presenten una leyenda que indique
    su carácter de reservado, la fecha de la
    clasificación, su fundamento legal, el periodo de
    reserva y la rúbrica del titular de la unidad
    administrativa.
  • Revisar los casos en que se justifica la
    clasificación de información reservada, por
    comprometer la seguridad nacional.

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PROTECCION DE DATOS PERSONALES
  • Que se establezcan las medidas necesarias para
    garantizar la seguridad de los datos personales,
    con el fin de evitar su alteración, perdida,
    transmisión y acceso no autorizado.
  • Que en la Dependencia o Entidad se adopten los
    procedimientos adecuados para recibir y responder
    las solicitudes de acceso, así como capacitar los
    servidores públicos y dar a conocer información
    sobre sus políticas en relación con la
    protección de tales datos, de conformidad con los
    lineamientos que al respecto establezca el
    Instituto.

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UNIDAD DE ENLACE
  • Que tenga establecidas las funciones que le
    permitan recabar, difundir la información,
    recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso
    a la información.
  • Aplicación de criterios específicos en materia de
    clasificación y conservación de los documentos
    administrativos, así como la organización de
    archivos.
  • Constatar la constitución del Comité de
    Información y que esté representado por un
    servidor público designado por el Titular de la
    Dependencia o Entidad, un Titular de la Unidad de
    Enlace y el Titular del Órgano Interno de
    Control.

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DE LAS CUOTAS DE ACCESO
  • Se cubra el costo correspondiente a los
    materiales utilizados en la reproducción de la
    información requerida por el solicitante y en su
    caso el costo de envío.

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(No Transcript)
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Guía para Promoción del Ambiente Ético, Cultura
de Control y Riesgos
  • Objetivo General
  • Promover acciones ante las instancias superiores
    de las Instituciones, orientadas tanto al
    establecimiento o actualización de códigos de
    conducta que hagan propicio un adecuado ambiente
    ético y de control, así como la realización de
    eventos dirigidos a sensibilizar a la dirección y
    sus mandos medios, sobre la responsabilidad del
    control interno, la adopción de un enfoque de
    prevención y mejora, así como la administración
    de riesgos institucionales.
  • Cobertura
  • 198 revisiones que representan el 3.3 de los
    recursos destinados a la función de control
    programada en el PAT 2004.

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Guía para Promoción del Ambiente Ético, Cultura
de Control y Riesgos
  • El ambiente ético y cultura de control se basa
    en el establecimiento de criterios básicos que
    estimulen el logro de los objetivos
    Institucionales, en un ambiente de eficacia,
    eficiencia, transparencia y que mediante la
    revisión de los controles internos efectivos, se
    logre mayor veracidad en la rendición de
    cuentas.

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Guía para Promoción del Ambiente Ético, Cultura
de Control y Riesgos
  • Por lo que es importante verificar
  • El establecimiento y difusión de códigos de
    conducta que orienten a los servidores públicos
    sobre la forma de conducirse ante conflictos
    éticos.
  • Difundir el código de conducta a todo el
    personal.
  • El código de conducta , deberá hacer énfasis en
    la honestidad y transparencia en la aplicación de
    los recursos, rendición de cuentas, uso indebido
    de facultades, cuidado al medio ambiente, entre
    otros.

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Guía para Promoción del Ambiente Ético, Cultura
de Control y Riesgos
  • En gran medida la efectividad de los sistemas de
    control Interno depende de la descripción y
    actualización de puestos dentro de la
    Institución, así como de la capacitación continúa
    al personal para el mejor desarrollo de sus
    actividades, por lo que es importante verificar

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Guía para Promoción del Ambiente Ético, Cultura
de Control y Riesgos
  • La descripción de puestos y funciones en las
    que se establezca los grados de discrecionalidad
    y supervisión que deben ejercerse para asegurar
    el logro de metas y objetivos.
  • Se cuente con un programa de capacitación
    dirigido a promover las capacidades y atributos
    de del personal.
  • La especificación de las responsabilidades de
    control y operación para los mandos medios y
    superiores.

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Guía para Promoción del Ambiente Ético, Cultura
de Control y Riesgos
  • Con el fin de promover una adecuada cultura de
    control y riesgos, la Unidad de Control y
    Evaluación de la Gestión Pública (UCEGP), a
    través del Área de Fortalecimiento de Control
    Interno pone a su disposición, previa solicitud,
    las siguientes conferencias
  • Control Interno, estrategia para el
    aseguramiento de objetivos institucionales.
  • Modelo de Control COSO.

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(No Transcript)
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Metas Presidenciales
  • No aplica guía
  • Apegarse al oficio circular enviado por la UCEGP
    al cierre del ejercicio.
  • Participación de los OIC
  • Verificar la confiabilidad y congruencia de los
    datos y avances que reportan periódicamente las
    instituciones.
  • Revisar evidencia documental que constate el
    avance físico-financiero reportado en cada una de
    las metas.

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Metas Presidenciales
  • Reportes y dictámenes
  • Los OIC reportarán los resultados de la revisión
    a cada una de las metas en el formato denominado
    Cédula de revisión del OIC al sistema de metas
    presidenciales (anexo 1).
  • Los Titulares de los OIC elaborarán y suscribirán
    un Dictamen (anexo 2) que contenga una breve
    explicación del alcance de la revisión, su
    opinión respecto a las metas examinadas y si los
    avances se presentan de manera razonable, y las
    perspectivas de cumplimiento al cierre del
    ejercicio.

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Metas Presidenciales
  • Periodicidad
  • La revisión se efectuará de manera semestral y
    anual. Los resultados correspondientes al
    semestre enero-junio deberán enviarse en junio, y
    los definitivos del periodo enero-diciembre de
    acuerdo a las fechas determinadas por la Oficina
    de la Presidencia para la Innovación
    Gubernamental.
  • La guía para la revisión y sus anexos se envían
    de manera conjunta en el oficio circular de la
    UCEGP

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(No Transcript)
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