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Diapositiva 1

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No existe el car cter vinculante en las decisiones de la Planeaci n ... General del Subsistema y en el cual tendr n asiento cada una de las dependencias ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Diapositiva 1


1
PROYECTO DE ACUERDO N 283 DE 2006 "POR
MEDIO DEL CUAL SE CREA EL SUSBSISTEMA DE
PLANEACION LOCAL Y PRESUPUESTACIÓN PARTICIPATIVA
EN EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN EN EL MARCO DEL
SISTEMA DE PLANEACION, ACUERDO 043 DE 1996 Y SE
MODIFICAN ALGUNOS DE SUS ARTICULOS
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ANTECEDENTES DEL 043
  • La participación enmarcada en la Constitución
    Política
  • Descentralización como instrumento de gestión.
  • Ley 152 de 1994
  • El modelo de gestión como respuesta a la presión
    de los movimientos sociales

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DEBILIDADES Y AMENAZAS
  • No existe el carácter vinculante en las
    decisiones de la Planeación
  • Se queda en la formulación del Plan de Desarrollo
    y no trasciende
  • No considera los Planes Locales
  • No genera procesos sino planes libro

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AVANCES DEL P. ACUERDO 283
  • Lo importante es el proceso social
  • Todas las comunas con Planes Locales
  • Aporte del Plan Local a la gobernabilidad
  • Desarrollo de capacidades por la
    descentralización en la gestión pública.

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Objeto
  • Desarrollar lo contenido en el Acuerdo Municipal
    043 de 1996 (Sistema Municipal de Planeación),
    precisa
  • Crear e institucionalizar el Subsistema de
    Planeación Local y Presupuestación Participativa.
  • Reglamentar los Planes de Desarrollo Local y su
    articulación con la Presupuestación Participativa
    de los recursos asignados por el Municipio de
    Medellín a cada una de sus Comunas y
    Corregimientos.

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Finalidad
  • Ampliar mecanismos de participación ciudadana en
    la planeación del desarrollo de la ciudad y el
    control democrático de la gestión pública.
  • Promover la participación de la población en la
    elaboración, seguimiento y control de la
    ejecución del Presupuesto General de Gastos y del
    Plan anual de Inversiones Públicas que se aplica
    a las comunas y corregimientos de Medellín,
  • Establecer prioridades de asignación de recursos
    a nivel comunal y corregimental.

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Definición
  • El Subsistema de Planeación Local y
    Presupuestación Participativa es un conjunto de
    principios, instancias, procedimientos e
    instrumentos orientados al desarrollo local
    (Comunal y Corregimental), que hacen parte del
    Sistema Municipal de Planeación democrático de la
    gestión pública.

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  • Ámbito de aplicación
  • Las disposiciones son de obligatorio cumplimiento
    para el Alcalde y la Administración Municipal y
    son de carácter vinculante para todas las
    dependencias municipales centrales.
  • Regirá en la formulación y ejecución de los
    planes de desarrollo local de las Comunas y
    Corregimientos, barrios y veredas del Municipio
    de Medellín.

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  • Ejes de articulación al sistema
  • Sistema Municipal de Planeación, Acuerdo 043 de
    1996
  • Estatuto Orgánico del Presupuesto, Decreto 006
    del 1998
  • Plan de Ordenamiento Territorial, acuerdo 046 del
    2006
  • Formulación y ejecución del Plan de Desarrollo
    Municipal
  • Plan Operativo Anual de Inversiones - POAI
  • Planes Estratégicos o Sectoriales

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  • Conformación
  • Autoridades de planeación
  • Instancias
  • Instrumentos
  • Organismos de ejecución
  • Organismos de control

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Instancias
  • El Consejo Consultivo Comunal o
    Corregimental(CCC) encargado de aprobar los
    planes de desarrollo comunal o corregimental, así
    como las propuestas de presupuesto participativo
    que serán entregadas a la Administración
    Municipal.
  • Conformado por
  • Junta Administradora Local
  • Delegados elegidos en las Asambleas barriales o
    veredales.
  • Delegados de las organizaciones sociales y
    comunitarias
  • Representante de los consejos poblacionales o
    sectoriales de ciudad con presencia en la comuna
    o corregimiento.
  • El Alcalde o su delegado.
  • Los equipos zonales conformados por la
    Administración Municipal debidamente
    reglamentados en el decreto con voz y sin voto.
  • Un delegado del Concejo Municipal con voz y sin
    voto.

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  • Escenarios
  • Asambleas de Habitantes de Barrios y Veredas
  • Identificar problemas y oportunidades, y
    elegir delegado al respectivo Consejo Consultivo
    Comunal o Corregimental, por cada 25 votantes en
    la Asamblea.
  • Comité Municipal de Presupuesto Participativo
  • Espacio de concertación entre los voceros de la
    ciudadanía y la administración municipal para
    evaluar y planear la metodología del proceso.
  • Las Asambleas Temáticas de Ciudad
  • Tienen un carácter indicativo y sirven de insumo
    para todos los ejercicios de planeación local y
    presupuestación participativa.

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  • Insumos del subsistema
  • Plan de Ordenamiento Territorial
  • Resultados de las Asambleas Barriales y
    Veredales.
  • Acuerdos de las Asambleas Temáticas de Ciudad
  • Políticas sectoriales y poblacionales
  • Información estadística y demográfica
  • Información anualizada sobre ejecuciones
    presupuéstales
  • Marco y el Plan Financiero de Mediano Plazo
  • Planes Estratégicos Municipales, Metropolitanos y
    Departamentales vigentes al momento.
  • Recomendaciones y propuestas del Comité Municipal
    de Presupuesto Participativo.
  • Evaluaciones de Planes Locales y Parciales

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  • Salidas o resultados
  • Plan Comunal o Corregimental de Desarrollo
  • Presupuesto Participativo Anual de Inversiones
    Comunal o Corregimental.
  • Instrumentos e indicadores para el seguimiento,
    control y evaluación de estos planes.
  • Informes de seguimiento y evaluación.

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Control social
  • Para lograr y velar por la transparencia del
    proceso, funcionarán como organismos de
    vigilancia y control social
  • Las Juntas Administradoras Locales.
  • Las Veedurías Sociales y Cívicas existentes

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Planes de Desarrollo Local - PDL Definición
  • Orientar de manera articulada al Sistema
    Municipal de Planeación, las decisiones y
    acciones, programas y proyectos de las comunas y
    corregimientos, bajo estrategias de desarrollo
    humano sostenibles y sustentables.
  • Se constituyen en un medio para sostener procesos
    de planificación permanente y sistemática que
    dinamicen el capital social, económico y humano
    del territorio.

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Formulación PDL
  • Deberán ser construidos mediante procesos de
    participación ciudadana debidamente organizados y
    reconocidos por la comunidad y por el gobierno
    municipal, con el propósito de darle legitimidad,
    definir la ruta estratégica e identificar
    aquellos proyectos necesarios para el desarrollo
    del respectivo territorio.
  • Para la formulación de estos planes se promoverá
    la participación activa de la respectiva Junta
    Administradora Local

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Aprobación PDL
  • Los Planes de Desarrollo Local serán aprobados
    por lo menos por las dos terceras partes de los
    delegados del respectivo Consejo Consultivo.
  • Los planes zonales deberán ser aprobados por la
    mitad más uno de los delegados de los diferentes
    territorios que en ellos se agrupen.
  • La aprobación debe ser comunicada al
    Departamento de Planeación y a la Junta
    Administradora Local mediante copia del acta de
    la respectiva sesión del Consejo Consultivo, la
    cual deberá llevar la firma de los asistentes.

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Temporalidad
  • El alcance de dichos planes debe ser de mediano y
    largo plazo, correspondiéndose con los periodos
    de los planes de desarrollo municipal y los
    proyectos estratégicos de ciudad.

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Gestión
  • El Consejo Consultivo Comunal o Corregimental,
    conformará un Grupo Coordinador encargado de la
    gestión organizativa y financiera del mismo.
    Para la ejecución de los Planes Comunales y
    Corregimentales se contará de manera privilegiada
    con los recursos asignados a cada comuna o
    corregimiento por el presupuesto participativo.
    La Administración Municipal podrá asignar
    partidas específicas adicionales a componentes
    estratégicos de estos planes dentro del Plan de
    Desarrollo Municipal.
  • La Administración y los Consejos Consultivos,
    buscarán además financiar los proyectos de estos
    Planes a través de recursos metropolitanos,
    nacionales y de cooperación internacional.
    Además, podrán acordar con la administración la
    creación de aportes provenientes de las
    actividades propias de cada Comuna o
    Corregimiento, con destinación especifica al
    cumplimiento de las metas y objetivos priorizados
    de los CCC.

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PRESUPUESTO PARTICIPATIVO - PPDefinición
  • Es una herramienta de gestión pública democrática
    del presupuesto Municipal que permite a la
    comunidad participar y decidir en la distribución
    de un porcentaje del presupuesto asignado a sus
    respectivas Comunas y Corregimientos.
  • Es la principal más no la única herramienta de
    gestión del Plan de Desarrollo Local . Es además
    un instrumento de formación y desarrollo de la
    cultura ciudadana y la democracia municipal que
    propende por la equidad social, la eficacia y la
    transparencia administrativa.

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Formulación del PP
  • Asignación del presupuesto anual para cada comuna
    y corregimiento.
  • Realización de Asambleas de habitantes de Barrios
    y Veredas para informar el proceso, identificar
    las problemáticas principales, hacer devolución
    de informes de gestión y elegir las y los
    delegados/as al respectivo Consejo Consultivo
    Comunal o Corregimental.
  • Realización de Consejos Consultivos Comunales o
    Corregimentales para definir los puntos centrales
    del diagnóstico territorial, priorizar la
    inversión, aprobar las iniciativas, hacer
    devolución de información, monitoreo y
    seguimiento a la ejecución.
  • Conformación de las comisiones de trabajo
    temáticas responsables de la construcción de
    propuestas de inversión comunitaria.

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Aprobación PP
  • El presupuesto participativo de cada comuna o
    corregimiento requiere la aprobación de la mitad
    más uno de los integrantes del respectivo consejo
    consultivo comunal o corregimental, antes de ser
    incorporado a los actos administrativos del
    honorable concejo de la ciudad.

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Temporalidad del PP
  • Cada ejercicio de presupuesto participativo
    corresponde a la vigencia del POAI (Plan
    Operativo Anual de Inversiones) del año
    inmediatamente siguiente y debe estar articulado
    al calendario presupuestal

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Financiación del PP
  • Para su implementación y ejecución, la
    administración municipal garantizará los recursos
    necesarios para la operación y puesta en marcha
    del Programa de Planeación y Presupuestación
    Participativa en cada una de las Comunas y
    Corregimientos del municipio dentro del Plan
    Plurianual de Inversiones.
  • Se Creará dentro del Presupuesto Municipal un
    componente denominado Presupuesto Participativo,
    que hará parte del Estatuto Orgánico del
    Presupuesto de Medellín. Este componente no será
    inferior al 5 del Presupuesto de Inversión Anual
    Municipal.
  • El componente de Presupuesto Participativo será
    distribuido por comunas y corregimientos según
    criterios de Índice de Desarrollo Humano,
    Población, Índice de calidad de vida y el total
    de la inversión municipal en el respectivo
    territorio en las últimas tres vigencias, además
    de otros criterios fijados por la Administración,
    garantizando los principios de equidad social y
    solidaridad territorial.

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PROCESOS OPERATIVOS DEL SUBSISTEMA
  • Comunicación e Información
  • Para facilitar el acceso a la información a la
    ciudadanía y en especial a las diferentes
    instancias de Planeación y Presupuestación
    Participativa, la Administración Municipal
    creará, administrará y mantendrá actualizado un
    Sistema de Información Local en Línea, procurando
    tecnología y puntos de acceso gratis en las
    diferentes Comunas y Corregimientos de la ciudad.
  • Garantizará la difusión masiva de esta
    información a la ciudadanía y su entrega
    oportuna en tiempo y forma clara y simple para el
    debate, la toma de decisiones y la transparencia
    del proceso en cada una de las instancias aquí
    enunciadas.

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Monitoreo, evaluación y control
  • Departamento Administrativo de Planeación
  • Monitoreo, evaluación y control del proceso
    técnico y legal de la formulación, aprobación y
    ejecución de los Planes Comunales y
    Corregimentales, así como de las iniciativas y
    proyectos aprobados para cada vigencia mediante
    los Presupuestos Participativos.
  • Secretaría de Desarrollo Social
  • Monitoreo, evaluación y control de la
    participación ciudadana y comunitaria en este
    subsistema

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Coordinación General
  • Comite Intersectorial, (Acuerdo 043) incluyendo
    la Secretaría de Desarrollo Social
  • Coordinador(a) General del Subsistema de
    Planeación y Presupuestación Participativa
  • Comité de Enlace y Seguimiento Municipal del
    Subsistema Local de Planeación y Presupuestación
    Participativa, liderado por la Coordinación
    General del Subsistema y en el cual tendrán
    asiento cada una de las dependencias del
    Municipio de Medellín.
  • Equipos Zonales de Planeación, Gestión y
    Presupuestación Participativa creados mediante
    Decreto 517 de 2005 en los términos que el mismo
    los formula y que el presente acuerdo incorpora.
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