Title: Diapositiva 1
1U.C.S.
ASOCIACIÓN BANCARIA DE COLOMBIA VI Congreso de
Derecho Financiero REFORMAS ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA CIVIL ULISES CANOSA SUÁREZ V. P.
Jurídico Secretario General BBVA
Colombia Cartagena Octubre 18 de 2007
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PLAN DE TEMAS
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I. Ideas Iniciales
CUÁL ES LA IMPRESIÓN DE LAS PERSONAS SOBRE LOS
PROCESOS JUDICIALES CIVILES?
La impresión que tienen las personas de los
procesos judiciales -dice CALAMANDREI- no puede
ser más repugnante, pues los consideran como
pasatiempo de desocupados o trampa para
incautos El proceso judicial se reduce a un
sistema de vallas y cancelas puestas para impedir
a los interesados verse y entenderse, hasta el
punto que "el tiempo empleado en litigar es
el peor empleado en la vida", por ser un "juego
complicado y difícil..., una especie de gallina
ciega para adultos, en el que parece que el
mérito consistiera en esconderse detrás de los
códigos para lograr que no se encuentren las
huellas de la verdad DE LAS BUENAS RELACIONES
ENTRE LOS JUECES Y LOS ABOGADOS EN EL NUEVO
PROCESO CIVIL
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I. Ideas Iniciales
EL ENTORNO DE LA JUSTICIA CIVIL EN COLOMBIA
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I. Ideas Iniciales
HAY VARIOS PROYECTOS DE REFORMA EN CURSO
En desarrollo de la reforma a la LEAJ en el año
2008 se tramitará
Una ley de oralidad Una ley de oralidad como
paso previo al CGP El Código General del Proceso
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I. Ideas Iniciales
MITO DE SÍSIFO
Colombia requiere una reforma procesal integral
para garantizar, a través del
proceso oral o por audiencias, la
tutela judicial efectiva
Francisco Ramos Méndez CIDP - 1996
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I. Ideas Iniciales
PUNTOS DE PARTIDA PARA LAS REFORMAS...
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PLAN DE TEMAS
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II. Proceso por Audiencias
En el PROCESO SIN AUDIENCIAS las actuaciones son
eminentemente escritas y las sucesivas etapas del
proceso se clausuran por vencimiento de términos,
sin contacto personal y directo entre los
sujetos procesales
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II. Proceso por Audiencias
En el PROCESO ORAL O POR AUDIENCIAS la palabra
hablada es el principal medio de
comunicación Hay contacto personal y directo
entre los sujetos procesales Pero...
No es un proceso de dictado
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II. Proceso por Audiencias
PAISES QUE HAN REGRESADO A LA ORALIDAD
ES UNA TENDENCIA IRREVERSIBLE
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II. Proceso por Audiencias
SE DESARROLLA SEGÚN LA SIGUIENTE SECUENCIA
- FASE INICIAL ESCRITA Demanda y contestación
- FASE INTERMEDIA ORAL Audiencia
inicial Saneamiento, conciliación, fijación del
litigio y decreto de pruebas
- FASE FINAL ORAL
Audiencia de instrucción y juzgamiento
Práctica de pruebas, alegaciones y fallo
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II. Proceso por Audiencias
CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES PARA EL PROCESO ORAL
PRIMERA Audiencias con intervención personal del
juez, partes y abogados SEGUNDA Predominio de la
palabra hablada como medio de expresión TERCERA
Un juez director con inmediación en la práctica
de pruebas y persuasión racional en la
valoración CUARTA Concentración de la
sustanciación, menos formalista, en el menor
numero de audiencias Mauro Cappelletti
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PLAN DE TEMAS
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III. Diez Novedades
- Se adicionan
- Objeto del código
- Acceso a la justicia
- Proceso por audiencias
- Concentración
- Inmediación
- Libertad de formas
- Artículos 1 a 6 C.P.C
- Gratuidad
- Iniciación e impulso
- Instancias
- Interpretación de normas
- Vacíos y deficiencias
- Observancia de normas
Para garantizar el debido proceso
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III. Diez Novedades
La garantía de la Tutela Judicial Efectiva
reclama un comportamiento sincero de todos los
sujetos procesales encaminado a la realización
de los principios rectores
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III. Diez Novedades
- Mínima Cuantía -30 SMM
- Menor Cuantía 30-150
- Mayor Cuantía 150 SMM
- Mínima Cuantía - 15 SMM
- Menor Cuantía 15-90 SMM
- Mayor Cuantía 90 SMM
La cuantía se determina por el valor de las
pretensiones al tiempo de la demanda
La cuantía se determina por la pretensión mayor
acumulada
Para acercar la justicia
y desconcentrar la rama jurisdiccional
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III. Diez Novedades
- También podrán proponerse como previas
- Caducidad
- Transacción
- Cosa juzgada
- Prescripción
- Falta manifiesta de legitimación en causa
- También podrán proponerse como previas
- Caducidad
- Transacción
- Cosa Juzgada
Para evitar procesos innecesarios
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III. Diez Novedades
La sentencia debe proferirse dentro de los 12
meses siguientes al vencimiento del traslado o de
notificación a terceros
Indefinido Los términos para el juez no son
perentorios
El juez de segunda instancia debe proferir
sentencia en 4 meses
Vencidos estos plazos el juez pierde competencia
y continuará quien indique el C. S. de la
Judicatura
Para definir la duración del proceso
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III. Diez Novedades
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INTERRUPCIÓN CIVIL DE LA PRESCRIPCIÓN PERENCIÓN
- CADUCIDAD INSTANCIA O DESISTIMIENTO TÁCITO
Es una omisión del legislador que debe
solucionarse
La interrupción civil de la prescripción es
paralización total
Desistimiento tácito Cuando para continuar el
trámite se requiera acto de la parte, el juez le
ordenará cumplirlo en 10 días, so pena de
desistimiento
No existe perención, caducidad de la instancia o
desistimiento tácito En la reforma a la LEAJ
Para ejecutivos 9 meses
Para que los procesos no sean eternos
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III. Diez Novedades
- Prueba de oficio como deber
- Prueba de oficio como facultad
- Autenticaciones y presentaciones
- Amplia presunción autenticidad
Para facilitar la demostración de los hechos
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III. Diez Novedades
- Discrecionalidad para decretarlas en cualquier
estado del proceso, considerando la posibilidad
de daño periculum in mora y la verosimilitud
del derecho fumus boni iuris - Además, cautelas innominadas
Sólo las previstas en el código y en los casos
legalmente autorizados
Para que no se hagan ilusorias las pretensiones
Hay que confiar en el juez y en el sistema de
justicia
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III. Diez Novedades
- Desformalización Título Ejecutivo (Ej. T-585
2004 Alfredo Beltrán Sierra) - Desaparecen diligencias previas
- Deber de colaboración a través de denuncia de
bienes - Facultad de investigación de bienes
- Excepciones con limitación de pruebas (sólo
interrogatorio de parte) - Trámite en audiencia para las excepciones
- En la sentencia no se podrá negar la ejecución
por deficiencias del título si en la etapa
probatoria está probada la existencia, claridad y
exigibilidad
Para que se materialicen los derechos ciertos
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III. Diez Novedades
Apelación sentencia en el efecto suspensivo
Apelación sentencia en el NO suspensivo (Efecto
devolutivo)
Menos providencias apelables y concentración de
apelaciones
Multitud de apelaciones de autos
Para que la segunda instancia no paralice el
proceso
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III. Diez Novedades
Para cumplir los fines del recurso
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PLAN DE TEMAS
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IV. Notas Finales
El Código no es lo más importante en una reforma
estructural y profunda del servicio de justicia
sino, apenas, uno de sus elementos Enrique
Véscovi
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IV. Notas Finales
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IV. Notas Finales
Es preciso, además. UN CAMBIO DE MENTALIDAD.
Cómo se puede esperar seriamente que, al cambiar
el Código, las cosas vayan mejor ? Bastará que
en el nuevo exista un defectillo de nada, apenas
un rasguño, un lunar... e inmediatamente los
abogados clavarán en ellos las uñas, y los
ampliarán y envenenarán hasta producir la
gangrena
Calamandrei
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Gracias por su atención
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