Title: Diapositiva 1
1DIAGNOSTICO SOBRE EL ANÁLISIS DE SENTENCIAS CON
PERSPECTIVA DE GENERO
2ANTECEDENTES
El comité de jurisprudencia de género integrado
por Técnicas (os) del CEDIJ y Especialistas en
Género del Instituto Nacional de la Mujer (INAM)
y la Unidad Técnica de Reforma Penal del Poder
Judicial han elaborado el presente diagnóstico
sobre análisis de sentencias con perspectiva de
Genero con el objeto de conocer en que sentido se
esta administrando justicia con respecto a los
derechos y la equidad de genero, y en particular
con respecto a los derechos de las mujeres.
3Conscientes que los Sistemas Jurídicos nacionales
e internacionales son uno de los espacios más
importantes para combatir cualquier forma de
discriminación y reivindicar los derechos de las
mujeres frente a cualquier forma de violencia y
de segregación en razón de su genero, es que se
presenta el presente diagnostico a través del
cual se tomarán decisiones en la incorporación
del enfoque de género en las resoluciones
judiciales.
4METODOLOGIA
- El presente diagnostico se realizo con una
muestra del 10 de las sentencias emitidas por
diferentes juzgados con competencia en materia de
violencia Doméstica, Familia, Laboral, Penal y
Niñez y Adolescencia, siendo el total de
sentencias analizadas de 272.
5NUMERO DE SENTENCIAS ANALIZADAS POR MATERIA
6PROCEDENCIA DE LAS SENTENCIAS ANALIZADAS.
7- ESTADÍSTICAS CON PERSPECTIVA DE GENERO
8DATOS GENERALES DE LAS PARTES
9- ANALISIS DE LOS INDICADORES
10PROFESIÓN U OFICIO DE LAS PARTES
11- ANALISIS DE LOS
- INDICADORES
12MEDIOS DE PRUEBA
13- ANALISIS DE LOS INDICADORES
14TIPO DE RESOLUCIONES
15- ANALISIS DE LOS INDICADORES
16FUNDAMENTACIÓN LEGAL DE LAS SENTENCIAS
17ANALISIS DE LOS INDICADORES
18TIPOS DE INTERPRETACIONES
19ANALISIS DE LOS INDICADORES
20CONCLUSIONES
1-Existe una tendencia a valorar las pruebas
presentadas por el hombre y no las de las mujeres
que en la mayoría de los casos son las que no las
evacuan o se allanan a la demanda. 2-Falta de
aplicación y conocimiento de Leyes y Convenios
Internacionales. 3-En algunos casos es notorio
que la mujer queda desprotegida por el uso
estricto de formalidades procesales y por no
tener el Juez (a), un análisis con enfoque de
Género de los hechos que se plantean en las
Demandas.
214-El lenguaje utilizado en la redacción de las
sentencias es Sexista- Androcentrista. 5- Poco
uso de Doctrina Legal, haciendo uso únicamente de
una interpretación gramatical. 6-En materia de
Familia el 60 de las Sentencias de Divorcio, el
Juez no se pronuncian sobre Alimentos tal y como
lo establece el artículo 242 del Código de
Familia.
22RECOMENDACIONES
1-Promover la incorporación e institucionalización
de la perspectiva de género en la administración
de justicia a través de la capacitación en la
Escuela Judicial del Poder Judicial,
introduciendo el concepto de equidad de género. .
232-Es muy importante también el conocimiento de
los instrumentos internacionales sobre los
derechos específicos de las mujeres para que los
y las juezas los apliquen en sus sentencias en
los casos en que las mujeres son parte, pues se
ha observado poco conocimiento de ello
243-Se recomienda como imprescindible que los
jueces o juezas consideren la categoría de género
como elemento importante de su sana critica, así
como en la redacción y motivación de las
sentencias. 4-Continuar fortaleciendo la
incorporación en los programas de modernización y
reforma del poder judicial la perspectiva de
género, como elemento indispensable en su
ejecución.
255-Revisar la legislación nacional con el objetivo
de actualizarla a las obligaciones
internacionales de derechos humanos de las
mujeres. 6-Velar por la debida aplicación de la
Ley desde una perspectiva de Genero.
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