Title: Diapositiva 1
1UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO
PROCESO DE JERARQUIZACIÓN ACADÉMICA
2007
2OBJETIVO GENERAL
Promover un trabajo integrado y coordinado entre
la Comisión de Evaluación Académica Superior
(CEAS) y las Comisiones de Evaluación Académica
de Facultades (CEAF) en vistas a desarrollar un
proceso fluído, informado y transparente.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Analizar el marco legal y el articulado central
relativo a los requisitos copulativos para
acceder a cada jerarquía académica.
Informar los procedimientos a seguir referidos a
las funciones de las Comisiones de Evaluación
Académica de Facultad (CEAF) y de la Comisión de
Evaluación Académica Superior (CEAS).
Conocer un diagrama de flujo del Proceso de
Jerarquización Académica que muestra las vías
del mismo y que connotan las funciones de CEAF y
CEAS.
Conocer cronograma de trabajo Proceso 2007
3MARCO LEGAL
El Proceso se rige por el ESTATUTO DEL ACADÉMICO
DE LA UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO, aprobado por
Decreto Nº 140, del 16 de mayo de 2005.
Artículo 42
La jerarquización académica es un
procedimiento objetivo que tiene por finalidad
evaluar el nivel alcanzado por el académico de la
universidad en el desarrollo de su actividad
académica, y como consecuencia de ello asignar
una jerarquía, determinar su mantención en la
jerarquía que ostenta o, según los méritos del
interesado, su promoción a la jerarquía superior
4Artículo 4
Son jerarquías académicas regulares las de
Profesor Titular, Profesor Asociado y Profesor
Asistente. En la jerarquía de Profesor Asistente,
se distinguirán las categorías de Profesor
Asistente A y B. Existirá además la condición de
instructor, como colaborador de la función
docente, pero sin integrar las jerarquías
académicas. Su actividad se considerará como una
etapa de preparación y mérito, la que se regulará
por un reglamento especial. Los instructores
podrán desarrollar labores docentes y colaborar
en las demás funciones propias de los académicos,
sólo bajo guía, tuición y responsabilidad de un
académico de la jerarquía regular.
Artículo 5
Profesor Titular es el académico a quien se
reconoce excelencia en la docencia, originalidad,
calidad y autonomía en la investigación y
capacidad para la formación de otros académicos.
Tiene reconocimiento tanto a nivel nacional como
internacional.
5Artículo 7. Serán requisitos copulativos para
adquirir la jerarquía de Profesor Titular los
siguientes
Estar en posesión de un título profesional y/o
grado académico y poseer el grado académico de
Magíster o Doctor o mérito equivalente acreditado.
a.
Demostrar experiencia relevante en la actividad
académica, al menos durante 15 años, debiendo
haber pertenecido en a lo menos durante CINCO de
esos años, a la jerarquía de Profesor Asociado de
la Universidad del Bío-Bío o una jerarquía
equivalente de otra institución de educación
superior nacional autónoma o extranjera
b.
c.
Tener productividad SOSTENIDA y RELEVANTE en la
docencia, investigación, extensión y/o prestación
de servicios, que le signifique un reconocimiento
a nivel nacional e internacional. Dicho
reconocimiento deberá haberse logrado a través de
publicaciones, liderazgo en proyectos de
investigación, participación en eventos
internacionales como INVITADO ESPECIAL,
distinciones profesionales y/o académIcas entre
otros.
Tener capacidad para integrar su propia
disciplina con otros campos del saber, para
desarrollar sus actividades en forma autónoma y
para LIDERAR EQUIPOS DE TRABAJO
d.
6Artículo 9. Profesor Asociado es aquel académico
que ha alcanzado excelencia en la docencia, posee
un dominio reconocido de su disciplina, y está en
condiciones de diseñar y realizar proyectos de
investigación y/o de extensión, asistencia
técnica y capacitación relevantes,
reconociéndosele capacidad para dirigir la
formación de académicos, por todo lo cual posee
un prestigio a nivel nacional
7Artículo 11. Serán requisitos copulativos para
adquirir la jerarquía de Profesor Asociado los
siguientes
Estar en posesión de un título profesional y/o
grado académico y poseer el grado académico de
Magíster o Doctor o mérito equivalente acreditado.
a.
b.
Demostrar una sostenida actividad académica , a
lo menos durante 10 años, debiendo haber
pertenecido a lo menos durante CUATRO años, a la
categoría de Profesor Asistente A de la
Universidad del Bío-Bío o durante SIETE años una
jerarquía equivalente de otra institución de
educación superior nacional autónoma o extranjera
Tener productividad SOSTENIDA y RELEVANTE en una
línea definida de trabajo, que se evidencie en
publicaciones, participación destacada en
proyectos de investigación o participación en
eventos como invitado especial.
c.
d.
Demostrar capacidad para desarrollar sus
actividades en forma autónoma
e.
Tener capacidad para integrar su propia
disciplina con otros campos del saber
8Artículo 14. Profesor Asistente A es aquel
académico a quien se le reconocen realizaciones
eficientes en la docencia y, a lo menos, en una
de las demás funciones académicas universitarias,
y ha alcanzado un demostrable nivel de desarrollo
de su disciplina
9Artículo 16. Serán requisitos copulativos para
adquirir la categoría de Profesor Asistente A
los siguientes
Estar en posesión de un título universitario y/o
grado académico
a.
b.
Haberse desempeñado como Profesor Asistente B
dentro de la Universidad del Bío-Bío por un
período de, a lo menos, tres años, o durante
cinco años en la jerarquía de Profesor Asistente
o una jerarquía equivalente de otra institución
de educación superior autónoma o extranjera.
Haber demostrado experiencia satisfactoria en
docencia y en otra de las funciones académicas.
c.
Acreditar competencia pedagógica adquirida a
través de procesos de capacitación sistemática
d.
10Artículo 17. Profesor Asistente B es aquel
académico que ha demostrado autonomía en el
ejercicio docente, ha participado en alguna de
las demás funciones académicas y demostrado
interés en mejorar el dominio de su disciplina
11Artículo 19. Serán requisitos copulativos para
adquirir la categoría de Profesor Asistente B
los siguientes
Estar en posesión de un título profesional y/o
grado académico
a.
Haberse desempeñado como Profesor Instructor o su
equivalente dentro de una universidad autónoma o
extranjera o instituto profesional reconocido por
el Estado, al menos durante tres años.
b.
c.
Haber realizado docencia universitaria y otra
actividad académica.
Haber participado en actividades de
investigación, capacitación, asistencia técnica
y/o asesoría.
d.
e.
Haber realizado actividades de perfeccionamiento
f.
Acreditar competencia pedagógica adquirida a
través de procesos de capacitación sistemática
12DE LOS PROCEDIMIENTOS
Artículo 43
Para efectos de calificación y jerarquización
del cuerpo académico regular de la Universidad
del Bío-Bío existirán las Comisiones de
Evaluación de Facultad y una Comisión de
Evaluación Académica Superior
13Artículo 44
Las Comisiones de Evaluación Académica de
Facultad estarán integradas por el Decano
respectivo y por un académico de cada uno de los
departamentos que la compongan
Artículo 47
Las Comisiones de Evaluación Académica de
Facultad deberán constituirse en sesión
ordinaria el día 1º de abril de cada año, o al
día siguiente hábil si éste no lo fuera. En
dicha sesión, cada Comisión de Facultad deberá
elegir a un secretario de entre sus miembros,
debiendo informar de su decisión a Vicerrectoría
Académica. Actuará como Presidente de la Comisión
el respectivo Decano, y en caso de ausencia o
impedimento de éste, el integrante que la propia
comisión designe
14Presidente Sr. Iván Cartes Siade
Prof. Jimena Alarcón Castro (Depto de Arte y
Tecnología del Diseño
Prof. Gonzalo Cerda Brintrup, Depto. De Diseño y
Teoría de la Arquitectura
Prof. María Cecilia Poblete, Depto de Ciencias de
la Construcción
CEAF- FARQ
Prof. Hilario Hernández Gurruchaga, Depto de
Planificación y Diseño Urbano
Prof. Leda Muñoz Henríquez, Depto de Comunicación
Visual
15Presidente Sr. Mauricio Cataldo Monsalve
Prof. Juan Bobenrieth Höchfarber ,Depto de
Matemáticas)
Prof. Iván Sánchez Soto , Depto. Física
CEAF- FACIEN
Prof. Mario Solís Jara, Depto de Química
Prof. María del Pilar Rivera, Depto de Ciencias
Básicas
16Presidenta Sra. Nora Plaza Ceballos
Prof. Jorge Moreno Cuevas, Depto de Ingeniería en
Alimentos
Prof. Gloria Araneda Pagliotti, Depto de
Enfermería
CEAF- FACSA
Prof. María Angélica Mardones, Departamento de
Nutrición y Salud Pública
17Presidente Sr. Marco Aurelio Reyes
Prof. Juan Gabriel Araya Grandón, Departamento de
Artes y Letras
Prof. Nancy Castillo Valenzuela, Depto de
Ciencias de la Educación
CEAF- FEDHUM
Prof. Mauricio Rojas Gómez, Depto de Ciencias
Sociales
Prof. María Teresa Ulloa Enríquez, Depto. De
Estudios Generales
18Presidente Sr. Alex Medina Giacomozzi
Prof. Luis Contreras Villar, Depto de Sistemas de
Información
Prof. Reinier Hollander Vega, Depto. de
Administración y Auditoría
CEAF- FACE
Prof. Benito Umaña Hermosilla, Depto. de
Auditoría e Informática
Prof. Marcela Bertín Hermosilla, Depto de
Economía y Finanzas
19Presidente Sr. Peter Backhouse Erazo
Prof. Luis Santana Oyarzo, Depto. de Ingeniería
Civil
Prof. Jorge Salgado Sagredo, Depto de Ingeniería
Eléctrica y Electrónica
Prof. Iván Santelices Malfanti, Depto de
Ingeniería industrial (Secretario)
CEAF- FING
Prof. Rubén Ananías Abuter, Depto de Maderas
Prof. Víctor Durán Sáez, Depto de Ingeniería
Mecánica
20Presidente Sr. Aldo Ballerini Arroyo
Prof. Roberto Contreras Vaccaro, Facultad de
Educación y Humanidades
Prof. María Angélica González Stäger, Facultad de
Ciencias de la Salud y de los Alimentos
Prof. Ricardo Hempel Holzapfel, Facultad de
Arquitectura, Construcción y Diseño
CEAS- UBB
Prof.Juan Carlos Parra Márquez, Facultad de
Ciencias Empresariales
Prof. Eugenio Wernekinck Armstrong, Facultad de
Ingeniería
Prof. Enrique Zamorano Ponce, Facultad de
Ciencias y Secretario Ejecutivo CEAS
21Artículo 53 . A las Comisiones de
Evaluación Académica de Facultad corresponderá
Calificar cada dos años a los académicos de la
respectiva Facultad que detenten la Jerarquía de
Profesor Asistente
a.
Precalificar cada tres años la labor desarrollada
por los Profesores Asociados y Titulares de la
respectiva Facultad.
b.
RESOLVER las solicitudes de promoción que
presenten los Profesores Asistentes, categoría
Asistente B, de la Facultad y DECIDIR, EN PRIMERA
INSTANCIA, su permanencia en la categoría o su
promoción a la categoría inmediatamente superior
c.
EVALUAR los antecedentes de los Profesores
Asistentes , Categoría A y de los Profesores
Asociados de la facultad, que soliciten promoción
jerárquica, y PROPONER a la Comisión de
Evaluación Académica Superior la mantención en su
jerarquía o la promoción a la jerarquía superior.
d.
Las demás que se le encomienden en el presente
reglamento o en otras normas de la universidad
e.
22Solicita al académico correcciones y adecuaciones
en los plazos establecidos
Revisa CV
Secretario da fe -con su firma- de la veracidad
de los antecedentes indicados
Resolver en primera instancia la mantención o los
ascensos desde Asistente B? Asistente A
(Artículo 53, letra a)
CEAF
Evaluar y Proponer mantención o Ascenso para
Asistente A ? Asociado y de Asociado ? Titular
(Artículo 53 letra d)
Corresponde
Secretario notifica al académico de sus
decisiones e Informa a CEAS de las mismas (5
días) Art.65)
23Artículo 62 Corresponderá a la Comisión de
Evaluación Académica Superior
Conocer de las apelaciones que se deduzcan en
contra de los acuerdos señalados en el artículo
53 letras a) y c).
a.
b.
Calificar a los Profesores Titulares y
Asociados
Calificar a los miembros de las Comisiones de
Evaluación Académica de Facultad, con excepción
de los Decanos.
c.
Revisar los acuerdos que las Comisiones de
Evaluación Académica de Facultad adoptaren, en el
ejercicio de las atribuciones señaladas en el
artículo 53 letra c), si no se hubiese deducido
recurso de apelación en contra de ellos.
d.
Resolver las solicitudes de promoción jerárquica,
presentadas por los integrantes de las Comisiones
de Evaluación Académica de Facultad
e.
Conocer y Resolver las proposiciones que le
formulen las Comisiones de Evaluación Académica
de Facultad, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 53 letra d).
f.
Las demás que se le encomienden en el presente
reglamento u otras normas de la universidad
f.
24EXPERIENCIA AÑO 2006
Facultades no evalúan con el mismo grado de
acuciosidad los expedientes presentados.
No se respetan los plazos establecidos
Desconocimiento del Estatuto
CV en formatos que no correspondían al propuesto
para la época
CV sin fotografías, sin fechas cruciales
(decreto de última jerarquización), año de
ingreso a la UBB, CV grapados, anillados, en
carpetas, antecedentes en sobres tamaño oficio,
sueltos y no ordenados por ítem. Todo ello
retrasa mucho el trabajo de ambas comisiones. En
esta oportunidad se ha decidido solicitar el
expediente en dos volúmenes anillados uno para
el CV y otro para los documentos respaldatorios
(que se devuelve al interesado al finalizar el
proceso).
CV sin firma del Director de Departamento que a
la sazón se encargaba de verificar la veracidad
de los documentos respaldatorios. En esta
oportunidad es CEAF quien realiza esa etapa del
proceso y el Secretario de la Comisión
respectiva es quien con su firma avala la
veracidad de la documentación que se adjunta.
25PROCESO DE JERARQUIZACIÓN ACADÉMICA UNIVERSIDAD
DEL BÍO-BÍO
Promueve
Promueve
CEAF
CEAS
Mantiene
Mantiene
Apelación (10 días, art.54)
15 días, ( Art 63)
Reconsideración (Nuevos antecedentes)
26CALENDARIO DE JERARQUIZACIÓN 2007
Inicio
12 de
marzo
Preparación de CV y Respaldos
12 de marzo al 5 de abril de
2007
Envío de CV a Secretario de CEAF
9 - 13 de abril
Término de trabajo de CEAF
11 de mayo
Notificaciones CEAF
11-15 de mayo
Recepción de CV y acuerdos de CEAF en CEAS
15 de mayo
Apelaciones a Resoluciones de CEAF
15-25 de mayo
Inicio trabajo CEAS
30 de mayo
Término de Jerarquización
31 de julio
Plazo de reconsideración de antecedentes
15 de agosto
Término de Proceso de reconsideración
31 de Agosto
27(No Transcript)