Title: Presentacin de PowerPoint
1Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo
Territorial República de Colombia
2CONTROL URBANOAUTORIDADES RESPONSABLESDISPOSIC
IONES Y MECANISMOS DE CONTROL
- TALLER INSTITUCIONAL SOBRE LA INCORPORACIÓN
- DEL RIESGO EN LA PLANIFICACIÓN
3AUTORIDADES DE CONTROL
- Alcaldes
- Autoridades policivas
- Secretarías de Planeación y/o Control Físico
Urbano - Curadores urbanos ( Indirectamente)
4CONSTITUCIÓN POLITICA COLOMBIA
- Art. 313.- Corresponde a los Concejos
- 7o) Reglamentar los usos del suelo y, dentro de
los límites que fije la ley, vigilar y controlar
las actividades relacionadas como la construcción
y enajenación de inmuebles destinados a vivienda. - 9o) Dictar las normas necesarias para el control,
la preservación y defensa del patrimonio
ecológico y cultural del municipio.
5Ley 388/97
- CONTENIDO DEL COMPONENTE GENERAL DEL PLAN DE
ORDENAMIENTO - 2. Contenido Estructural,
- 2.2 medio ambiente, conservación de los recursos
naturales y defensa del paisaje, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley 99 de 1993 y el Código
de Recursos Naturales, así como de las áreas de
conservación y protección del patrimonio
histórico, cultural y arquitectónico. - 2.3 La determinación y ubicación en planos de las
zonas que presenten alto riesgo para la
localización de asentamientos humanos, por
amenazas o riesgos naturales o por condiciones de
insalubridad. -
6LEY 99 DE 1993LEY DEL MEDIO AMBIENTE
- Art. 3º. Del concepto de desarrollo sostenible.
Se entiende por desarrollo sostenible el que
conduzca al crecimiento económico, a la elevación
de la calidad de la vida y al bienestar social,
sin agotar la base de recursos naturales
renovables en que se sustenta, ni deteriorar el
medio ambiente o el derecho de las generaciones
futuras a utilizarlo para la satisfacción de sus
propias necesidades.
7DECRETO-LEY 2150 DE 1995SUPRESION DE TRAMITES
- Art.61º. Control.. Corresponde a los alcaldes
distritales o municipales directamente o por
conducto de sus agentes, ejercer la vigilancia y
control, durante la ejecución de las obras, con
el fin de asegurar el cumplimiento de la licencia
de urbanismo o de construcción y de las demás
normas y especificaciones técnicas contenidas en
el plan de ordenamiento físico, sin perjuicio de
las facultades atribuidas a los funcionarios del
Ministerio Público y de las veedurías en defensa
tanto del orden jurídico, del ambiente y del
patrimonio y espacios públicos, como de los
intereses de la sociedad en general y los
intereses colectivos. - Para tal efecto, dentro de los cinco días
siguientes a la expedición de la licencia, el
Curador remitirá copia de ella a las autoridades
previstas en este artículo.
8LEY 810 DE 2003
- Infracciones urbanísticas.
- La localización de establecimientos comerciales,
industriales, institucionales y de servicios en
contravención a las normas de usos del suelo. - El encerramiento, la intervención o la ocupación
temporal o permanente del espacio público con
cualquier tipo de amoblamiento, instalaciones o
construcciones, sin la respectiva licencia
9LEY 810 DE 2003
- La no existencia de la licencia correspondiente
o que no se ajuste a ella - Sanciones urbanísticas la aplicación de las
sanciones a los responsables que a continuación
se determina, por parte de los alcaldes
municipales y distritales, el gobernador del
departamento de San Andrés y Providencia o el
funcionario que reciba la delegación
10MODIFICACIÓN DEC. 1052/98MOTIVACIÓN
- La insuficiencia de los tipos y modalidades de
licencias definidas en el decreto 1052 de 1998,
son inconsistentes frente a los nuevos
desarrollos legales en materia urbanística (Leyes
810 y 812 /03). - Los conflictos surgidos como consecuencia del
fenómeno de parcelaciones y loteos ilegales ante
Notariado y Registro, amerita asegurar la
adecuada gestión en el ordenamiento del
territorio. - Precariedad e inaplicabilidad del procedimiento
(Dec 1052) para reconocimientos de edificaciones
y legalización asentamientos. - Hacer más eficientes estos instrumentos para
promover la legalidad, custodiada por las
autoridades municipales y distritales.
11MODIFICACIÓN DEC. 1052/98Estructura
Materia a reglamentar
12PropuestaCERTIFICADO DE CONFORMIDAD CON NORMAS
URBANÍSTICAS.
Las parcelaciones y Subdivisiones previas a los
procesos de urbanización Pueden efectuarse
con éste sólo Certificado
De acuerdo con la Ley 810/03 Este amerita un
costo único
13PROCEDIMIENTOS APLICABLES A LAS
AUTORIZACIONESURBANISTICAS
Exigencia Norma Procedimiento ICONTEC
GENERALIDADES Estado de Ruina Accesibilidad
Términos - Desistimiento Prerrogativas VIS
Certificado Cumplimiento Licencia
Habitabilidad, Serv P. Control
14RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIONES
- JUSTIFICACION
- Acceso al subsidio para el mejoramiento de
V.I.S - Facilita la transacción y venta legal de la
propiedad, - Garantiza que la edificación cuente con una
estructura portante segura, en áreas
distintas al SUELO DE PROTECCIÓN - Reconocimiento Y FORMACIÓN LEGAL en plano
catastral de la ciudad
- PROCEDIMIENTO
- A Etapa Inicial 1. Adecuación estructural de
conformidad con las - normas sismo
resistentes - 2. Adecuación a
la norma urbanística - B. Resolución de Reconocimiento definitivo
15LEGALIZACIÓN DE ASENTAMIENTOS
Determina 1. las áreas objeto de legalización.
Excluye protección Ambiental, Z. Reserva, Z.
Amenaza y Riesgo 2. Procedimiento previo para la
viabilidad de legalización. 3. Compromisos,
obligaciones y vínculos del urbanizador
responsable, constructores y la comunidad que lo
habita 4. Culminación del proceso. Cumplimiento
de compromisos y obligaciones adquiridas.
5. Entrega de las áreas de espacio público
prometidas