Title: Diapositiva 1
1PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN
2CONCEPTO Medio establecido por la Ley a través
del cual la autoridad fiscal puede hacer
efectivos los créditos fiscales cuando así sea
procedente.
PROCEDENCIA Cuando los créditos no hayan sido
pagados o garantizados dentro de los plazos
establecidos en la Ley (Artículo 145, C.F.F.)
3FASES DEL PAE
REQUERIMIENTO. MANDAMIENTO DE LA AUTORIDAD
MEDIANTE EL CUAL REQUIERE PARA QUE SE COMPRUEBE
HABER REALIZADO EL PAGO DE CRÉDITOS FISCALES NO
CUBIERTOS ESPONTANEAMENTE EN LOS PLAZOS DE LEY.
EMBARGO. ACTO MEDIANTE EL CUAL LA AUTORIDAD
PROCEDE A RETENER O SECUESTRAR BIENES DEL DEUDOR,
SUFICIENTES PARA ASEGURAR EL PAGO DEL CRÉDITO
FISCAL A TRAVÉS DE SU ENAJENACIÓN EN REMATE,
ENAJENACIÓN FUERA DE SUBASTA, SU ADJUDICACIÓN EN
FAVOR DEL FISCO, O SU INTERVENCIÓN EN
ADMINISTRACIÓN O CON CARGO A CAJA.
REMATE. ACTO MEDIANTE EL CUAL LA AUTORIDAD
PROCEDE A ENAJENAR LOS BIENES EMBARGADOS PARA,
CON SU PRODUCTO, CUBRIR LOS CRÉDITOS FISCALES
ADEUDADOS POR EL EMBARGADO.
4EL MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN
CONCEPTO Acto administrativo mediante el cual
se ordena requerir al deudor para que compruebe
haber efectuado el pago del crédito fiscal, y en
caso de no hacerlo, se ordena el embargo.
REQUISITOS DE MANDAMIENTO ESCRITO.
ARTÍCULO 38, Código Fiscal de la Federación
- Por escrito en documento impreso o digital
- Señalar la autoridad que lo emite. ?
- Señalar lugar y fecha de emisión
- Estar fundado y motivado.
- Expresar resolución objeto o propósito de que se
trate.
- Ostentar la firma del funcionario competente.
- Señalar el nombre o nombres de las personas a que
se dirige.
ARTÍCULO 152, Código Fiscal de la Federación
- Señalar el nombre del ejecutor designado.
ARTÍCULO 153, Código Fiscal de la Federación
- Designación de depositario, en su caso.
5PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN
REQUISITOS DILIGENCIA DE REQUERIMIENTO
- NOTIFICACIÓN PERSONAL
- (Artículo 152, Código Fiscal de la Federación)
- EN EL DOMICILIO DEL DEUDOR.
- IDENTIFICACIÓN DEL EJECUTOR FISCAL
- IDENTIFICACIÓN DEL CONTRIBUYENTE O REP. LEGAL
- REQUERIMIENTO DE PAGO DEL ADEUDO ( en caso de no
probar haberlo realizado se procederá al embargo.
Art. 151 CFF)
6TIPOS DE EMBARGO DENTRO DEL PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN
- EMBARGO DE BIENES
- EMBARGO DE NEGOCIACIONES
7EMBARGO DE BIENES
PERSONAS QUE LOS DESIGNAN
1. LA PERSONA CON QUIEN SE ENTIENDA LA
DILIGENCIA ARTÍCULO 155 DEL C.F.F.
2. EL EJECUTOR CUANDO EL CONTRIBUYENTE SE NIEGUE
O SEÑALE BIENES FUERA DE LA JURISDICCION DE LA
AUTORIDAD, SIEMPRE QUE SEAN DE FÁCIL REALIZACIÓN
O VENTA.
8ORDEN A SEGUIR EN LA DESIGNACIÓN DE BIENES A
EMBARGAR
ARTÍCULO 155 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
I. DINERO, METALES PRECIOSOS Y DEPÓSITOS
BANCARIOS II. ACCIONES, BONOS, CUPONES VENCIDOS,
VALORES MOBILIARIOS Y EN GENERAL CRÉDITOS DE
INMEDIATO Y FÁCIL COBRO A CARGO DE ENTIDADES O
DEPENDEN- CIAS DE LA FEDERACIÓN, ESTADOS Y
MUNICIPIOS Y DE INSTITUCIONES O EMPRESAS DE
RECONOCIDA SOLVENCIA. III. BIENES MUEBLES NO
COMPRENDIDOS EN LAS FRACIONES ANTERIORES IV. BIENE
S INMUEBLES
9 BIENES INEMBARGABLES
ARTÍCULO 157 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
I. LECHO COTIDIANO Y VESTIDOS DEL DEUDOR Y
FAMILIARES
- MUEBLES DE USO INDISPENSABLE, NO SIENDO DE LUJO A
JUICIO DEL EJECUTOR.
III. LIBROS, INSTRUMENTOS, ÚTILES Y MOBILIARIO
INDISPENSABLE PARA EL EJERCICIO DE PROFESION,
ARTE U OFICIO A QUE SE DEDIQUE EL DEUDOR
IV. MAQUINARIA ENSERES Y SEMOVIENTES DE
NEGOCIACIONES. PODRAN SER OBJETO DE EMBARGO CON
LA NEGOCIACIÓN EN SU TOTALIDAD
V. ARMAS, VEHÍCULOS Y CABALLOS QUE LOS MILITARES
EN SERVICIO DEBAN USAR
10BIENES INEMBARGABLES
VI. GRANOS, MIENTRAS NO HAYAN SIDO COSECHADOS,
PERO NO LOS DERECHOS SOBRE LAS SIEMBRAS
VII. DERECHOS DE USUFRUCTO, PERO NO LOS FRUTOS DE
ÉSTE.
VIII. DERECHOS DE USO O DE HABITACIÓN
IX. EL PATRIMONIO DE FAMILIA EN TERMINOS DE LEY,
DESDE SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA
PROPIEDAD
X. SUELDOS Y SALARIOS
XI. PENSIONES DE CUALQUIER TIPO
XII. LOS EJIDOS
11DEL DEPOSITARIO DE BIENES EMBARGADOS
ASPECTOS A CONSIDERAR
ARTICULO 153, Código Fiscal de la Federación 1.
Designación. 2. Responsabilidad. 3. Carácter. 4.
Cambio de Depositario (Mandamiento)
ARTICULO 161, Código Fiscal de la Federación. 5.
Entrega de Bienes. (24hr en caso de dinero,
metales preciosos y alhajas. En los demás bienes
será de 5 días).
12OPOSICIÓN DE TERCEROS
PROCEDENCIA
CUANDO LOS BIENES DESIGNADOS NO SEAN DEL DOMINIO
DEL DEUDOR PERO LOS TENGA EN SU PODER
- EN LA PROPIA DILIGENCIA
- EN RECURSO DE REVOCACIÓN (Artículo 158 del Código
Fiscal de la Federación).
TRAMITACIÓN
13OPOSICIÓN DE TERCEROS
PROCEDENCIA Cuando un tercero reclama el
dominio de los bienes embargados.
DILIGENCIA DEL EMBARGO
NO
SÍ
SE PRESENTÓ 3º
SE TRABA EMBARGO
NO
TIENE DOCUMENTOS
SÍ
LOS DOCUMENTOS SE PASAN AL JEFE DE LA OFICINA
EJECUTORA
SON SUFICIENTES
NO
SÍ
NO
ANALIZA Y SON SUFICIENTES
SÍ
SE EMBARGAN OTROS BIENES
14LEVANTAMIENTO DEL ACTA DENTRO DEL PAE
15DESCRIPCIÓN DEL CONTENIDO DE LAS ACTAS PAE
16- Designación de testigos
- Requerimiento de pago
- Procedencia de embargo
- Requerimiento de señalamiento de bienes
- Señalamiento de bienes (Deudor o ejecutor)
- Inventario detallado del estado y conservación de
bienes embargados - Nombramiento de depositario
- Plazo para acuerdo en valor de bienes muebles
embargados
Desarrollo de la diligencia o hechos
17(No Transcript)
18EMBARGO EN INTERVENCIÓN
CONCEPTO ES EL ACTO DE LA AUTORIDAD FISCAL
MEDIANTE EL CUAL SE GARANTIZA EL PAGO DE UN
CREDITO FISCAL EXIGIBLE, A TRAVES DEL EMBARGO DE
NEGOCIACIONES EN SU TOTALIDAD, PARA QUE MEDIANTE
EL RETIRO DE LAS CANTIDADES AUTORIZADAS POR LA
LEY DE LOS INGRESOS DE LA NEGOCIACION
INTERVENIDA, O LA ENAJENACION DE ESTA, SE
RECUPEREN LAS CANTIDADES QUE SE ADEUDAN AL FISCO.
1) ES UN ACTO DE AUTORIDAD 2) CREDITO
EXIGIBLE 3) SE EMBARGA LA NEGOCIACION EN SU
TOTALIDAD 4) SE RECUPERAN CANTIDADES DE LOS
INGRESOS PROPIOS DE LA NEGOCIACION, Y EN SU
CASO 5) SE ENAJENA LA NEGOCIACION.
CONCEPTOS DESTACADOS
19REQUISITOS DE PROCEDENCIA DEL EMBARGO EN
INTERVENCIÓN DE NEGOCIACIONES Y BIENES INMUEBLES
Sólo se podrán embargar bienes inmuebles y/o
negociaciones cuando No existen otro bienes
susceptibles de embargo. Existiendo bienes
susceptibles de embargo, no sean suficientes para
garantizar el crédito fiscal.
ESTE TIPO DE EMBARGO PROCEDE EN
NEGOCIACIONES Artículos 155, 156 y 157, C.F.F.
20QUIENES PUEDEN SER INTERVENTORES EN PAE
CUALQUIER PERSONA CON CAPACIDAD LEGAL DE
EJERCICIO. ?
21EL DEPOSITARIO EN LA INTERVENCION
CON CARGO A CAJA
CARÁCTER Y ATRIBUCIONES
SOLO QUE HAYA CAUSA
ADMINISTRADOR
22ATRIBUCIONES DEL INTERVENTOR CON CARGO A CAJA
A) INTERVENIR PARA CONOCER TODOS LOS INGRESOS QUE
SE OBTENGAN DIARIAMENTE B) DESPUES DE SEPARAR
LAS CANTIDADES INDISPENSABLES PARA EL
FUNCIONAMIENTO DEL NEGOIO DEBERÁ RETIRAR EL 10
Y APLICARLO AL PAGO DEL ADEUDO.
A) LEVANTAR ACTA DIARIAMENTE. B) HACER LOS PAGOS
DE SUELDOS Y SALARIOS Y CREDITOS PREFERENTES.
23ATRIBUCIONES DEL INTERVENTOR ADMINISTRADOR
- TODAS LAS QUE CORRESPONDAN A LA ADMINISTRACIÓN DE
LA SOCIEDAD PLENOS PODERES PARA EJERCER ACTOS DE
DOMINIO, PLEITOS Y COBRANZA, OTORGAR Y SUSCRIBIR
TITULOS DE CRÉDITO, PRESENTAR DENUNCIAS Y OTORGAR
PODERES GENERALES O ESPECIALES. - TRATANDOSE DE PERSONAS FISICAS, TENDRÁ TODAS LAS
FACULTADES DE DUEÑO PARA LA CONSERVACIÓN Y BUENA
MARCHA DEL NEGOCIO.
24AMPLIACIÓN DE EMBARGO
REQUISITOS
1. Existencia del motivo
2. Mandamiento
25REMATE DE BIENES
CONCEPTO Medio establecido en Ley a través del
cuál la autoridad lleva a cabo la enajenación de
bienes que fueron embargados dentro del
Procedimiento administrativo de ejecución.
26ACTOS PREVIOS AL REMATE
27ASPECTOS BASICOS DEL AVALÚO
28PROCEDIMIENTO DE REMATE DENTRO DEL PAE
- BASE DEL REMATE
-
- 2. CONVOCATORIA (al día siguiente en que haya
quedado firme el avalúo)
3. REMATE (30 días siguientes de la convocatoria)
NOTA EL REMATE DEBERÁ CELEBRARSE DENTRO DE LOS
30 DÍAS SIGUIENTES A AQUÉL EN QUE SE DETERMINÓ LA
BASE PARA LA ENAJENACIÓN DE LOS BIENES Y, LA
CONVOCATORIA DEBERA SER PUBLICADA CUANDO MENOS 10
DÍAS ANTES DE LA FECHA DEL REMATE
29DATOS QUE DEBE CONTENER LA CONVOCATORIA DE REMATE
- NOMBRE DEL EMBARGADO.
- DATOS DEL ORIGEN DEL CREDITO FISCAL Y DE LA
OFICINA EJECUTORA. - DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES SUJETOS A REMATE Y
LUGAR EN QUE SE ENCUENTRAN. - VALOR DE LOS BIENES Y MONTO DE LA POSTURA LEGAL.
- PERIODO DE LA SUBASTA
- CITACIÓN A LOS TERCEROS ACREEDORES.
301.- No. DE EXPEDIENTE Y DE LA RESOLUCION
DETERMINATORIA DEL CREDITO.
2.- CONCEPTOS QUE INTEGRAN EL ADEUDO (IMPUESTOS,
RECARGOS, MULTAS).
DATOS DEL CREDITO QUE CONTIENE LA CONVOCATORIA
3.- MONTO DEL ADEUDO.
4.- FECHA DEL EMBARGO DE BIENES
31REQUISITOS DE LEGALIDAD DE LAS POSTURAS
1.- QUE SEA EN DOCUMENTO DIGITAL. 2.- QUE EL
DOCUMENTO ESCRITO CONTENGA LOS DATOS PREVISTOS EN
EL ART. 182 CFF. 3.- QUE SE PRESENTE EN
TIEMPO. 4.- QUE SE REALICE LA TRANSFERENCIA
ELECTRÓNICA DEL DEPOSITO. 5.- QUE EL DEPOSITO SEA
DE CUANDO MENOS EL 10 DEL VALOR DEL
AVALUO. 6.- QUE OFREZCA CUANDO MENOS LA CANTIDAD
QUE CORRESPONDE A LA BASE LEGAL, PARA ADQUIRIR EL
BIEN. 7.- QUE SE OFREZCA EL PAGO DE CONTADO DE
CUANDO MENOS CANTIDAD SUFICIENTE PARA CUBRIR EL
CREDITO FISCAL.
321.- EMISION DE ACUERDO O RESOLUCION EN QUE SE
ORDENA EL REMATE. 2.- NOTIFICACION DEL ACUERDO
ANTERIOR. 3.- PUBLICACION DE LA CONVOCATORIA.
ACTOS PREVIOS A LA CELEBRACION DE LA SUBASTA
1.- CALIFICACION DE POSTURAS. 2.- DESARROLLO DE
PUJAS. 3.- ADJUDICACION DE BIENES.
CELEBRACION DE LA SUBASTA
33DE LOS GASTOS DE EJECUCIÓN DERIVADOS DEL P A E
ARTICULO 150 CFF INICIADO EL P A E, EL
CONTRIBUYENTE ESTA OBLIGADO A PAGAR EL 2 DEL
CRÉDITO FISCAL POR CONCEPTO DE GASTOS DE
EJECUCIÓN POR CADA UNA DE LAS SIGUIENTES
DILIGENCIAS
REQUERIMIENTO
EMBARGO
REMATE
34DE LOS GASTOS DE EJECUCIÓN DERIVADOS DEL P A E
- Transporte de bienes embargados.
- Impresión y publicación de edictos
- Inscripciones, cancelaciones o solicitud de
información en el Registro Público - Obtención de certificados de liberación de
gravamen - Honorarios de personas que contraten los
interventores - Gastos por escrituración y contribuciones que
originen la transmisión de un bien. - Entre otras.
EROGACIONES EXTRAORDINARIAS
35GRACIAS POR SU ATENCIÓN
idtjuridica_at_indetec.gob.mx mnavarrof_at_indetec.gob.m
x gfrancoz_at_indetec.gob.mx (01 33) 366695550 al 59
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