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Observaciones al Proyecto de Modificaci n de la Ley de Control de Armas ' ... diferencia es que durante el d a de ayer, lunes 5 de mayo, murieron en Chile 7 ... – PowerPoint PPT presentation

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Observaciones al Proyecto de Modificación de la
Ley de Control de Armas
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El mensaje de la Presidenta se inserta dentro de
la llamada Estrategia Nacional de Seguridad
Pública y que busca combatir y disminuir la
delincuencia. De hecho la Presidenta lo señala
en el tercer párrafo de su mensaje Este
proyecto de ley que se somete a vuestra
consideración se inserta, precisamente, en esa
estrategia.
En el párrafo 6, refiriéndose a las armas en
manos de los delincuentes, señala Esas armas no
aparecen de la nada. Lamentablemente muchos
ciudadanos honestos, intentando procurarse medios
para aumentar su seguridad personal, han
colaborado, sin quererlo, en aumentar el
armamento que se encuentra en manos de
delincuentes y narcotraficantes.
Este proyecto de ley que se somete a vuestra
consideración se inserta en la Estrategia de
Seguridad Pública
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8 de cada 10 armas hieren a un inocente o
terminan en manos de un delincuente
  • Las cifras entregadas, tanto por el INE como por
    la DGMN (Dirección General de Movilización
    Nacional), señalan que
  • En el año 2006 en la Región Metropolitana, hubo
    504 heridos por armas de fuego de un universo de
    450 mil armas lo que significa un 0,11, es decir
    1 de cada 1.000 o 0,01 armas de cada 10.
  • Entre los años 1990 y 2007, incluidos ambos, se
    destruyeron en Chile 34.930 armas provenientes de
    tribunales, es decir en los últimos 18 años se
    han destruido por situaciones judiciales, que no
    necesariamente son delictuales, el 6,6 de las
    armas en manos particulares. Es decir 0,6 armas
    de cada 10.

Debiera decir 0,61 de cada 10 armas hieren a
una persona o terminan en manos de un delincuente
Este proyecto de ley que se somete a vuestra
consideración se inserta en la Estrategia de
Seguridad Pública
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También señala en su párrafo 7 que se ha podido
apreciar un fuerte incremento en la capacidad de
fuego de estos grupos, quienes cuentan en su
poder con un número importante de municiones,
tanto hechizas como provenientes del mercado
ilícito. Resulta, entonces, imperioso e
imprescindible establecer mejores medidas de
control. Y no podemos estar más de acuerdo con
esto, pero creemos que se debe apuntar a la raíz
del problema. El comercio ilegal y el tráfico de
municiones.
  • Los legítimos tenedores de armas
  • Tenemos nuestras armas inscritas.
  • Compramos munición en armerías o clubes
    autorizados.
  • Trasportamos nuestras armas con los
    correspondientes permisos de transporte.
  • Practicamos en polígonos autorizados.
  • No portamos armas en la vía pública.
  • Somos fiscalizados por Carabineros en nuestras
    casas.
  • Cumplimos con la Ley y creemos en ella. Aunque la
    creemos perfectible.

Este proyecto de ley que se somete a vuestra
consideración se inserta en la Estrategia de
Seguridad Pública
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CONTENIDO DEL PROYECTO
1.- Nuevas normas en materia de control
En primer lugar, se incorpora a las máquinas
recargadoras de cartuchos de caza y proyectil
único como elemento sometido a control,
disponiendo legalmente su registro. Además, se
faculta expresamente a Carabineros para
fiscalizar las armas de fuego, sus municiones y
las máquinas recargadoras de cartuchos de caza y
proyectil único.
Este proyecto de ley que se somete a vuestra
consideración se inserta en la Estrategia de
Seguridad Pública
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CONTENIDO DEL PROYECTO
Las máquinas recargadoras están sometidas a
control. Una máquina recargadora de
munición.........................
34.220.- Para utilizar estas maquinas se debe
contar con los elementos necesarios, pólvora,
vainillas, fulminantes, puntas. Componentes de
munición permitidos cada, 1 Kg. de pólvora, 500
vainillas, 500 fulminantes y 500 puntas de bala,
para particulares, con máquina recargadora
inscrita (No excediendo las 3.000 uu. anuales por
calibre)
4.070.- Actualmente las máquinas recargadoras
son regidas por el Reglamento de la Ley y por el
Decreto N 9000/337 del 27/12/2004 de la DGMN.
Estas nuevas normas en materia de control, no
contribuyen a combatir la delincuencia. Las
máquinas recargadoras que hoy son ilegales, lo
seguirán siendo mañana y los componentes
comprados ilegalmente, se seguirán
comercializando mañana.
Este proyecto de ley que se somete a vuestra
consideración se inserta en la Estrategia de
Seguridad Pública
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CONTENIDO DEL PROYECTO
2.- Base de Datos Registro Balístico
Se establece, enseguida, la obligación de
registrar en una base de datos, que deberá llevar
el Banco de Pruebas de Chile, todas las armas de
fuego. Dicha base de datos consignará las marcas
y señales exclusivas que deje en el proyectil y
vainillas al ser percutida, y será de libre
acceso para el Ministerio Público y las policías.
Se sugiere crear un sistema informático para
guardar la información sobre las balas disparadas
de las armas de fuego, bajo la premisa fallida
que los delincuentes están registrando sus armas
y que la huella que queda sobre bala no cambia
durante el tiempo. Estados como Maryland y New
York, en EE.UU, y Canadá han intentado usar el
sistema.
Este proyecto de ley que se somete a vuestra
consideración se inserta en la Estrategia de
Seguridad Pública
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CONTENIDO DEL PROYECTO
  • Los resultados son los siguientes
  • New York ha gastado 14.000.000 dólares para
    implementar y alimentar el sistema con los datos
    de las armas.
  • New York ha gastado 4.000.000 dólares anualmente
    en la mantención de este sistema.
  • Maryland ha gastado 2.600.000 dólares anualmente
    en la mantención.
  • Canadá ha gastado sobre 2 billones de dólares
    intentando armar su sistema de registro.
  • En cuatro años que han usado el sistema, no se ha
    resuelto ni un solo caso de crimen ni en New York
    ni en Maryland, gracias a este sistema.
  • La policía de Maryland, esta solicitando que se
    dé la baja a este sistema, ya que les requiere
    demasiados recursos financieros y humanos.

Este proyecto de ley que se somete a vuestra
consideración se inserta en la Estrategia de
Seguridad Pública
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CONTENIDO DEL PROYECTO
  • Por que los resultados fueron tan malos?
  • Los delincuentes no utilizan armas registradas.
  • Las huellas balísticas no son fijas, con el
    tiempo y el uso del arma las partes que dejan
    huellas en el proyectil o en la vainilla cambian,
    como por ejemplo aguja percutora, uña
    extractora, recámara, estriado y boca del cañón.
  • No existen huellas balísticas para escopetas, sin
    poder dejar de señalar que las escopetas hechizas
    son el arma preferida de los delincuentes.
  • Las marcas sobre la bala, dependen de la marca de
    la munición. Por ejemplo Magtech, Winchester,
    Remington, pueden tener distintas marcas aun
    siendo disparadas por la misma arma.
  • Los delincuentes pueden cambiar el cañón de su
    arma o modificar las marcas que este deja en el
    proyectil y la vainilla.
  • Los delincuentes pueden rayar el cañón u otra
    parte del arma que deja la huella.
  • No existe un sistema informático suficientemente
    preciso para hacer las comparaciones correctas.

Este proyecto de ley que se somete a vuestra
consideración se inserta en la Estrategia de
Seguridad Pública
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CONTENIDO DEL PROYECTO
Este será un sistema muy caro de implementar,
tremendamente engorroso e inútil, ya que esta
comprobado que no es efectivo y que las huellas
de un arma varían con el tiempo o con la
intervención de terceros. De implementarse, se
nos pedirá que llevemos las 750 mil armas, que
actualmente existen, al banco de pruebas para que
les tomen el registro balístico?
No se combate la delincuencia con una base de
datos, que esta demostrado no funciona y que se
basa en un axioma que es falso. Solo se invierte
tiempo y dinero que podría reforzar las
dotaciones y recursos de las policías.
Este proyecto de ley que se somete a vuestra
consideración se inserta en la Estrategia de
Seguridad Pública
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CONTENIDO DEL PROYECTO
3.- Nuevas obligaciones para el poseedor o
tenedor de armas de fuego.
A continuación, se establece la obligación de
los poseedores o tenedores de armas de fuego de
acreditar anualmente ante la autoridad
fiscalizadora, que el arma inscrita se encuentra
en su poder. Sin perjuicio de ello, se fija un
plazo de diez días para que el poseedor de un
arma inscrita comunique su cambio de domicilio.
El incumplimiento de esta obligación producirá la
cancelación de su inscripción y la incautación
del arma respectiva.
  • Nos surgen algunas preguntas
  • Se pretende anualmente fiscalizar las 750 mil
    armas existentes?
  • Deberemos llevar las 750 mil armas a las
    autoridades fiscalizadoras del país?
  • Por lo tanto sacar 410 mil guías de libre
    transito para las armas de defensa existentes?
  • Carabineros, como hace hoy en día, estará a
    cargo de efectuar la fiscalización en los
    domicilios de cada tenedor de armas?

Este proyecto de ley que se somete a vuestra
consideración se inserta en la Estrategia de
Seguridad Pública
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CONTENIDO DEL PROYECTO
  • Si la respuesta a la última pregunta es
    afirmativa, y tomando en cuenta, en situaciones
    ideales
  • Que se necesita 1,5 minutos para fiscalizar un
    arma.
  • Que estamos anulando los tiempos de transporte y
    la posibilidad de no encontrar a nadie.

Se puede concluir que se necesitarán 24.944 horas
hombre para efectuar esta revisión, 3.118
jornadas laborales de 8 horas, 623 semanas, 148
meses, 12,4 años.
No se combate la delincuencia controlando a
quienes no somos delincuentes. No se combate a la
delincuencia basándose en la premisa falsa de que
8 de cada 10 armas hieren a un inocente o caen en
manos de los delincuentes. Esto significaría que
en Chile hay 600 mil armas en manos de
delincuentes o que han herido a un inocente.
Este proyecto de ley que se somete a vuestra
consideración se inserta en la Estrategia de
Seguridad Pública
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CONTENIDO DEL PROYECTO
4.- Reducción del período de autorización de
porte de armas de fuego para deportistas.
Por otra parte, se reduce de dos años a un año
el período de autorización de porte de armas para
las personas inscritas como deportistas,
autorización que sólo podrá ser otorgada por la
Dirección General de Movilización Nacional.
Debemos señalar que esto manifiesta un
desconocimiento de la legislación vigente. En
Chile los deportistas no están autorizados a
portar armas, lo que tenemos es Permiso de
Transporte. Este permiso hoy tiene una vigencia
de dos años y un valor de 17.970.-, en caso de
reducirse el plazo a un año, se reducirá a la
mitad el valor del permiso?
Este proyecto de ley que se somete a vuestra
consideración se inserta en la Estrategia de
Seguridad Pública
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CONTENIDO DEL PROYECTO
ARMAS QUE PUEDEN TENER PERMISO DE TRANSPORTE ARMAS QUE PUEDEN TENER PERMISO DE TRANSPORTE
Armas de Caza 264.365
Armas de Deporte 46.268
Total 310.633
ESTIMACIÓN DE INGRESOS POR PERMISOS DE TRANSPORTE CADA DOS AÑOS ESTIMACIÓN DE INGRESOS POR PERMISOS DE TRANSPORTE CADA DOS AÑOS
Permiso para el 40 124.253
Valor permiso por dos años 17.970
Total recaudación Permisos Transporte 2.232.830.004
Este proyecto de ley que se somete a vuestra
consideración se inserta en la Estrategia de
Seguridad Pública
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CONTENIDO DEL PROYECTO
Si se reduce el período de renovación de los
permisos de transporte de dos a un año, pero no
se reduce el valor del permiso a la mitad. Los
tenedores de armas estaremos pagando el doble de
impuestos por este permiso
4.465.660.008 cada dos años
De que manera se combate la delincuencia,
reduciendo los permisos de transporte a los
tenedores de armas y deportistas?
Este proyecto de ley que se somete a vuestra
consideración se inserta en la Estrategia de
Seguridad Pública
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CONTENIDO DEL PROYECTO
5.- Autorización de la Dirección General de
Movilización Nacional.
Del mismo modo, se consagra legalmente la
obligación de solicitar autorización previa a la
DGMN para la venta, cesión o transferencia de un
arma de fuego.
Siempre ha sido necesario hacer este trámite ante
la autoridad fiscalizadora. Y esto esta regulado
por la ley y el reglamento.
De que manera se combate la delincuencia,
controlando la venta, cesión o transferencia de
armas de fuego entre personas que cumplen los
requisitos que la ley?. Aquí lo hay que controlar
es el comercio ilegal. Aquel del que la autoridad
fiscalizadora ni siquiera se entera.
Este proyecto de ley que se somete a vuestra
consideración se inserta en la Estrategia de
Seguridad Pública
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CONTENIDO DEL PROYECTO
6.- Modificaciones de requisitos para inscribir
armas de fuego.
El proyecto elimina la posibilidad de autorizar,
en casos calificados, a personas condenadas por
delitos que no merezcan pena aflictiva, para
inscribir un arma.
Esto significa que si soy condenado por giro
doloso de cheques, o por falsificación de
documento, estaré impedido de tener armas? Si
mañana atropello a un peatón ebrio en la calle y
soy condenado, estaré impedido de tener armas?
Este proyecto de ley que se somete a vuestra
consideración se inserta en la Estrategia de
Seguridad Pública
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CONTENIDO DEL PROYECTO
7.- Regulación de municiones y máquinas
recargadoras de cartuchos.
Asimismo, se trasladan a la ley las normas
básicas sobre adquisición y posesión de
municiones, regulándose en forma más estricta la
adquisición de municiones en clubes de tiro. Se
regula legalmente, además, las máquinas
recargadoras de cartuchos y proyectil único,
permitiendo su posesión sólo a personas jurídicas
-específicamente clubes de tiro-, prohibiéndose
la comercialización de cartuchos y proyectiles
recargados.
Este proyecto de ley que se somete a vuestra
consideración se inserta en la Estrategia de
Seguridad Pública
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CONTENIDO DEL PROYECTO
Hoy un deportista que practique habitualmente,
por ejemplo Tiro Práctico, consume por cada
competencia un promedio de 150 tiros. Se efectúan
competencias 3 fines de semana por mes. Además
consume 200 tiros más en entrenamientos suaves,
una vez por semana. En un año habrá consumido
17.600 tiros. La ley solo lo faculta a comprar en
armerías 3.000 tiros por cada calibre. Por eso
adquiere munición en su club. Pero las
competencias no son en su club, Cómo debe este
deportista, transportar sus municiones para las
competencias?, teniendo en cuenta que se le esta
prohibiendo sacarlas de su club de tiro. Con
medidas como se esta matando el deporte, se esta
extinguiendo un deporte que recién se inicio en
los años 70 y hoy más de 80 países los están
practicando.
Este proyecto de ley que se somete a vuestra
consideración se inserta en la Estrategia de
Seguridad Pública
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CONTENIDO DEL PROYECTO
8.- Reducción de número de armas inscritas a
nombre de una persona .
Por otra parte, se reduce de dos a una el número
de armas que puede inscribir a su nombre una
persona. No obstante, las autorizaciones fundadas
que se otorguen, ninguna persona, podrá tener
inscrita a su nombre más de tres armas de fuego,
estableciéndose una excepción respecto de los
deportistas.
Este proyecto de ley que se somete a vuestra
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CONTENIDO DEL PROYECTO
  • Actualmente se pueden inscribir 2 armas como
    defensa. Y aquí nos permitiremos detenernos un
    poco, ya que hay muchos aspectos sobre las armas
    de defensa que se deben precisar.
  • Las armas de defensa no pueden ser sacadas del
    domicilio donde están registradas, es decir no se
    pueden llevar a un polígono para poder practicar
    con ellas.
  • Se le niega la Guía de Libre Tránsito a las armas
    de defensa cuando se solicitan para llevar el
    arma a un polígono a practicar su manejo.
  • El poseedor de armas de defensa solo puede
    comprar 100 municiones al año para su arma o
    armas de defensa.
  • En la práctica no se puede practicar con ella,
    solo la compra y la guarda. Lo que la hace
    altamente ineficiente a la hora de ser necesaria.

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CONTENIDO DEL PROYECTO
  • Hoy en Chile se discrimina a los ciudadanos por
    su poder adquisitivo
  • Por una lado tenemos a aquellos que tienen el
    dinero para formar parte de un club. De esta
    manera pueden obtener permiso de transporte, con
    él pueden llevar sus armas al polígono y
    practicar con ellas.
  • Por otra parte tenemos al vecino que cansado de
    los asaltos en el barrio y en su propia casa, con
    mucho esfuerzo y seguramente a crédito, adquirió
    un arma. Seguramente no la que quería, sino la
    que podía pagar.

Este proyecto de ley que se somete a vuestra
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Seguridad Pública
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CONTENIDO DEL PROYECTO
Hoy a este ciudadano la Ley le dice Señor, no
se preocupe, yo lo dejo comprar un arma de fuego.
Pero no le permito que la lleve a un polígono
para practicar ni que compre más de 100
municiones al año. Es lo mismo que
decir Compre un auto, pero no le permitiré
sacarlo de su casa y sólo podrá comprar 50 litros
de combustible al año
La gran diferencia es que durante el día de ayer,
lunes 5 de mayo, murieron en Chile 7 personas en
accidentes de tránsito. En los 126 días del año
han muerto 655 personas en accidentes de tránsito.
Deberemos prohibir los autos?
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CONTENIDO DEL PROYECTO
Si se aprueban las modificaciones propuestas,
sólo se podrá tener un arma de defensa. Con
esto, cada persona que quiera tener un arma de
defensa, deberá optar entre defenderse en su casa
o en su negocio. Finalmente esto se transformará
en un incentivo perverso al porte ilegal de
armas, al obligarlo a transportar todos los días
el arma entre su hogar y su medio de
subsistencia. Cuántos dueños de Pymes y mini
Pymes hoy tienen armas de defensa en su negocio y
en su casa? Deberán ellos escoger si defienden
su hogar o su fuente de ingresos?
Este proyecto de ley que se somete a vuestra
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CONTENIDO DEL PROYECTO
9.- Aumento de la Penalidades.
Estamos de acuerdo con aumentar las penas a
quienes comercialicen armas o municiones
ilegalmente. Se debe perseguir y sancionar el
comercio ilegal, pero para ello se debe
identificar a quienes lo ejercen y no acosar a
quienes respetamos la ley. Se señala que se
sancionara a quien adquiriere o tuviere en su
poder un número de cartuchos o municiones
superior al permitido. Y debemos preguntar cual
es el máximo permitido?. Qué pasa si de los
tres mil tiros comprados en un año, tengo un
excedente de 500, y al año siguiente compro otros
3.000?, en algún momento tendré 3.500. Eso me
transforma en infractor de la Ley? Deberé ser
condenado a penas entre 61 días y 5 años?. Si
mañana compro munición en mi club de tiro, para
ir a competir al Club 139 de Villa Alemana, al
ser controlado por carabineros, arriesgo penas
entre 61 días y 5 años?
Este proyecto de ley que se somete a vuestra
consideración se inserta en la Estrategia de
Seguridad Pública
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CONTENIDO DEL PROYECTO
10.- Acceso a las bases de datos por las policías.
En materia de procedimientos, se autoriza a que
las policías, hasta los oficiales jefe en el caso
de Carabineros de Chile y de Prefectos, en el
caso de la Policía de Investigaciones, tengan
acceso directo e integral a las bases de dato de
la DGMN.
Estamos de acuerdo que esta es la única manera de
efectuar una fiscalización efectiva, pero se
deben dar garantías de la confidencialidad de la
información y de la trazabilidad de la misma. De
manera de que al haber una fuga de información,
se pueda precisar con exactitud donde se
produjo. Esta base de datos es un bien muy
preciado y seguramente altamente cotizado en los
círculos delictuales. Se deben dar garantías de
resguardo.
Este proyecto de ley que se somete a vuestra
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Las armas en manos de los ciudadanos honestos, no
son el problema. El problema son las armas en
manos de los delincuentes
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