Title: Diapositiva 1
1Administración General de Asistencia al
Contribuyente Administración Local de Asistencia
al Contribuyente de Cancún
0 de IVA en Servicios de Hotelería y Conexos a
Turistas Extranjeros
2 Artículo 29 Fracción VII LIVA
Exportación afectas a tasa de 0 Las empresas
residentes en el país calcularán el impuesto
aplicando la tasa del 0 al valor de la
enajenación de bienes o prestación de servicios,
cuando unos u otros se exporten. Para los efectos
de la Ley del IVA, se considera exportación de
bienes o servicios
3 Artículo 29 Fracción VII LIVA
- VII.- La prestación de servicios de hotelería y
conexos realizados por empresas hoteleras a
turistas extranjeros que ingresen al país para
participar exclusivamente en - Congresos
- Convenciones
- Exposiciones
- Ferias
4Artículo 29 Fracción VII LIVA
- Siempre que los extranjeros
- Exhiban documento migratorio que acredite
su calidad de turista (LGP) - Paguen los servicios con tarjeta de crédito
expedida en el extranjero - La contratación de los servicios sea realizada
por los organizadores del evento
5Artículo 29 Fracción VII LIVA
- Concepto de hotelería y conexo
- Alojamiento
- Transportación terminal/hotel
- Los servicios complementarios que se proporcionen
dentro de los hoteles - Sólo quedan comprendidos los servicios de
alimentos y bebidas cuando se proporcionen en
paquetes turísticos que los integren
6 Artículo 64 RIVA
- Conceptos
- Congreso reunión profesional cuyo objetivo es
realizar una discusión y un intercambio
profesional, cultural, deportivo, religioso,
social, de gobierno o académico, en torno a un
tema de interés - Convención reunión gremial o empresarial cuyo
objetivo es tratar asuntos comerciales entre los
participantes en torno a un mercado, producto o
marca
7 Artículo 64 RIVA
- Conceptos
- Exposición Evento comercial o cultural que reúne
a miembros de un sector empresarial, profesional
o social, organizado con el propósito de
presentar productos o servicios - Feria Exhibición de productos o servicios que
concurren en un área específica con el objeto de
comercializarlos y promover los negocios
8 Artículo 64 RIVA
- Conceptos
- Organizador del evento La institución,
asociación, organismo o empresa, a cuyo nombre se
efectúa la convención, congreso, exposición o
feria, sin menoscabo de que dichas personas se
auxilien de prestadores de servicios de
organización para llevar a cabo los eventos - NO QUEDAN COMPRENDIDOS EN NINGUNO DE LOS
CONCEPTOS LOS VIAJES DE INCENTIVO
9Art 29 VII y Artículo 66 RIVA
- Obligaciones
- Los contribuyentes que presten servicios de
hotelería y conexos que en su inscripción al RFC
manifestaron como actividad preponderante - Servicio de hoteles ó
- Servicio de moteles
- Podrán considerar que cumplieron con los
requisitos de control que establezca el RIVA,
siempre que cumplan en su totalidad con lo
siguiente
10- Requisitos, tratándose de empresas exportadoras
de servicios de convenciones y exposiciones - Original y fotocopia del documento con el que se
acredite que el interesado es titular de los
derechos para operar un centro de convenciones o
de exposiciones (Original para cotejo). - Original y fotocopia de comprobante de domicilio
fiscal (Original para cotejo). - Copia certificada y fotocopia del poder notarial
con el que acredite la personalidad del
representante legal, o carta poder en original y
fotocopia firmada ante dos testigos y ratificadas
las firmas ante las autoridades fiscales o ante
notario o fedatario público (Copia certificada u
original para cotejo). - En su caso, original y fotocopia de cualquier
identificación oficial vigente con fotografía y
firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o
Municipal del representante legal, sin que sea
necesariamente alguna de las señaladas en la
fracción II del apartado de Definiciones de esta
Guía (Original para cotejo). - Contar con dirección de correo electrónico.
11Art 29 VII y Artículo 66 RIVA
- Obligaciones
- II.- Conservar los documentos de contratación de
los servicios de hotelería y conexos realizados
para turistas o personas de negocios extranjeros
por los organizadores del evento, especificando - Domicilio del lugar donde se realice el evento
- Periodo de duración
- Podrán conservar como tal la reservación por
escrito que realicen los organizadores
consignando los datos
12Art 29 VII y Artículo 66 RIVA
- Obligaciones
- Cuando el comprobante de los servicios es
expedido a nombre del organizador, deberá
consignarse en el mismo -
- Nombre de turistas o personas de negocios
extranjeros que recibieron los servicios de
hotelería y conexos - Comprende desde 2 noches anteriores a la fecha
de inicio del evento, hasta 2 posteriores a la
conclusión
13Art 29 VII y Artículo 66 RIVA
- Obligaciones
- III.- Conservar de los turistas los siguientes
documentos - Copia del pasaporte y del documento migratorio
que los turistas extranjeros hayan obtenido al
internarse al país, debidamente sellado por las
autoridades migratorias y vigente durante el
evento. - Registro de huéspedes (nombre y firma)
14Art 29 VII y Artículo 66 RIVA
- Obligaciones
- IV.- Conservar copia del pagaré que ampare el
pago de los servicios (voucher), cuando el pago
lo realice el organizador o turista mediante
tarjeta de crédito expedida en el extranjero. - Se podrá recibir el pago mediante
transferencia de fondos en este caso los
contribuyentes deberán conservar el estado de
cuenta que ampare dicho movimiento
15Art 29 VII y Artículo 68 RIVA
- Obligaciones
- Los servicios de hotelería y conexos contratados
con intermediación de agencias de viaje, podrán
ser pagados por las agencias, a nombre de los
turistas mediante - Cheque nominativo para abono en cuenta del
beneficiario, ó - Transferencia de fondos
- El contribuyente conservará estado de cuenta que
ampare el movimiento
16Art 29 VII y Artículo 69 RIVA
- Otros servicios de hotelería y conexos que tienen
el mismo tratamiento - El uso temporal de los centros de
convenciones y de exposiciones - Los servicios complementarios que se
proporcionen dentro de las instalaciones para
realizar convenciones, congresos,exposiciones o
ferias, a los organizadores de eventos que sean
residentes en el extranjero - EL COMPROBANTE CORRESPONDIENTE DEBERÁ EXPEDIRSE A
NOMBRE DEL ORGANIZADOR
17Art 29 VII y Artículo 69 RIVA
Se consideran servicios complementarios
- Los de montaje
- Registro de asistentes
- Maestros de ceremonias
- Traductores
- Edecanes
- Proyección audiovisual
- Decoración
- Seguridad y limpieza
Que se proporcionen para el desarrollo del evento
En ningún caso quedan comprendidos dentro de
servicios complementarios los alimentos y bebidas
18Art 29 VII y Artículo 69 RIVA
- Requisitos
- I.-Presentar solicitud de inscripción al
Registro de Empresas Exportadoras de
Servicios de Convenciones y Exposiciones ante la
ALAC con - a)Nombre, denominación o razón social
- b)RFC
- c)Domicilio fiscal y domicilio de cada
establecimiento que presten los servicios
como empresa exportadora - d)Copia del documento que acredite la
titularidad para operar centro de
convenciones o de exposiciones -
19- Requisitos, tratándose de empresas exportadoras
de servicios de convenciones y exposiciones - Original y fotocopia del documento con el que se
acredite que el interesado es titular de los
derechos para operar un centro de convenciones o
de exposiciones (Original para cotejo). - Original y fotocopia de comprobante de domicilio
fiscal (Original para cotejo). - Copia certificada y fotocopia del poder notarial
con el que acredite la personalidad del
representante legal, o carta poder en original y
fotocopia firmada ante dos testigos y ratificadas
las firmas ante las autoridades fiscales o ante
notario o fedatario público (Copia certificada u
original para cotejo). - En su caso, original y fotocopia de cualquier
identificación oficial vigente con fotografía y
firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o
Municipal del representante legal, sin que sea
necesariamente alguna de las señaladas en la
fracción II del apartado de Definiciones de esta
Guía (Original para cotejo). - Contar con dirección de correo electrónico.
20Art 29 VII y Artículo 69 RIVA
- Requisitos
- II.- Celebrar por escrito contrato de prestación
de servicios, especificando - Tipo de evento
- Servicios que se proporcionarán al organizador
- Fecha en que serán proporcionados
-
21Art 29 VII y Artículo 69 RIVA
- III. Recibir el pago de los servicios mediante
- Tarjeta de crédito del organizador expedida en el
extranjero, o - Mediante transferencia de fondos
-
Los contribuyentes deberán conservar copia del
pagaré (voucher) o el estado de cuenta que
contenga la transferencia de fondos, según se
trate.
22EFECTOS DEL IVA EN SERVICIOS DE HOTELERÍA
23Programa de devolución de IVA a turistas
extranjeros
24Normatividad
- Modificación al art. 31 de la ley del IVA, el 8
de diciembre 2005. - Publicación de reglas en la miscelánea fiscal, el
3 de julio 2006. - Publicación en DOF de la convocatoria y las bases
para solicitar un título de concesión, el 8 de
septiembre 2006. - Modificación de reglas en la miscelánea fiscal,
el 2 de abril de 2007. - Modificación de bases para títulos de concesión,
publicado en DOF 10 de mayo 2007
25ESQUEMA DE DEVOLUCIÓN DEL IVA
Puerto Marítimo o Aeropuerto
Documentación aérea
COMPRA
DESTINO
Revisión de documentos
Verificación de mercancía
Check In
Turista
Turista
1,200 con IVA
- Obligaciones Fiscales al corriente
- Emisión de CF
- Contar con TPV
Módulo de Recepción de Solicitudes
Centro Autorizado
Devolución del IVA a medio electrónico en 15 días
Verificación la documentación y paga al
concesionario