Title: Diapositiva 1
1 LA RED DE ALERTA EN ESPAÑA Porto Alegre, 9 de
abril de 2008 Milagros Nieto Martínez
2Indice
- Aspectos generales de la seguridad alimentaria
- Estructura administrativa del Estado español
- A nivel central
- A nivel autonómico
- La red de alerta a nivel nacional
- Características
- Objetivo
- Relación con otros sistemas
- Equipo
- Base legal
- Niveles de gestión
- Puntos de contacto
- Procedimientos
- Sistema de permanencias
- Mejoras
- Otros aspectos de interés
- Trazabilidad
- Responsabilidad de los operadores económicos
- Confidencialidad
3- Reglamento (CE) 178/2002 por el que se
establecen los principios de la legislación
comunitaria, se crea la Autoridad Europea de
Seguridad Alimentaria y se fijan los
procedimientos relativos a seguridad alimentaria
4(No Transcript)
5ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA
- 3 niveles
- Administración Central
- Administración Autonómica
- Administración Local
6AUTORIDADES COMPETENTES EN MATERIA DE CONTROL
OFICIAL A NIVEL CENTRAL
7ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA
- ESTADO ESPAÑOL
- 17 comunidades autónomas y 2 ciudades autónomas
- 50 provincias
- municipios
8MAPA de Situación
9Características
- Las Comunidades Autónomas son a nivel nacional
las encargadas de llevar a cabo los controles
oficiales (Ley de transferencia de las CCAA) -
- Nº 17 y dos Ciudades Autónomas Ceuta y Melilla
- Division Unidades territoriales, que a su vez se
dividen en Áreas de salud/provincias
10- Disponen de sus propias instituciones políticas
y administrativas - Disponen de poder ejecutivo y legislativo a nivel
autonómico - Se encargan de llevar a cabo la gestión de todas
las materias relacionadas con la salud pública a
nivel autonómico - Cada una de ellas dispone de un punto de contacto
del SCIRI, que mantiene relación con el punto de
contacto nacional (AESAN) y con los restantes
puntos de contacto del SCIRI - en materia de Salud Pública (Direcciones
Generales de Salud Pública y/o Consumo y Agencias
de Seguridad Alimentaria)
11Estructura
- En materia de salud pública, cada CCAA tiene
una distribución similar a la establecida a nivel
central - Autoridades centrales (Direcciones Generales de
Salud Pública y /o Consumo y de Agricultura)
PUNTOS DE CONTACTO DEL SCIRI - Autoridades periféricas
12AUTORIDADES COMPETENTES EN MATERIA DE CONTROL
OFICIAL A NIVEL AUTONOMICO
13 LA RED DE ALERTA A NIVEL NACIONAL
14- LA RED DE ALERTA A NIVEL NACIONAL
- Sistema en forma de red, destinado a efectuar
la notificación de riesgos graves directos o
indirectos para la salud humana que se deriven
de alimentos o piensos
15- LA RED DE ALERTA A NIVEL NACIONAL
- LA GESTIÓN DE LA RED DE ALERTA ALIMENTARIA
SISTEMA COORDINADO DE INTERCAMBIO RAPIDO DE
INFORMACIÓN (S.C.I.R.I.) - LA GESTION DE LA RED DE ALERTA EN LA ALIMENTACIÓN
ANIMAL PLAN OPERATIVO DE INTERVENCION EN LA
ALIMENTACIÓN ANIMAL (P.O.I.A.)
16- LA RED DE ALERTA ALIMENTARIA EN ESPAÑA
- SISTEMA COORDINADO DE INTERCAMBIO RAPIDO DE
INFORMACIÓN (S.C.I.R.I.)
17Características del SCIRI
- Sistema, en forma de red, destinado a notificar
los riesgos graves para la salud humana y que se
deriven de alimentos
18Objetivo
- Garantizar la llegada al consumidor final de
alimentos seguros
19Relación con otros sistemas de red de alerta
INFOSAN Internacional
RASFF
RASFF UE
POIA Nacional
SCIRI Nacional
20Relación RASFF-SCIRI-POIA
21Equipo SCIRI
- Director Ejecutivo
- S.G de Coordinación de Alertas Alimentarias y
Programación del Control Oficial - Jefe de Area
- Jefe de Servicio
- Técnicos (3)
- Administrativos (3)
22Base legal de funcionamiento del SCIRI(I)
- Articulo 50 del Reglamento (CE) 178/2002 por el
que se establecen los principios de la
legislación comunitaria, se crea la Autoridad
Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan los
procedimientos relativos a seguridad alimentaria
23Base legal de funcionamiento del SCIRI(II)
- Asimismo, dentro del sistema son de aplicación
todas las disposiciones de control oficial de
productos alimenticios y piensos junto con todas
las disposiciones específicas, en las que se
regulen aspectos de seguridad alimentaria
24Niveles de gestión en el S.C.I.R.I.
- ? ALERTA
- ? INFORMACIÓN
- ? RECHAZO
25- Actuación inmediata de las ac.SI
- riesgo grave e inmediato
- riesgo grave no inmediato origen nacional
- riesgo grave no inmediato distribución en
territorio nacional
26Clasificación de las notificaciones de alerta en
el marco del SCIRI
NIVEL RIESGO ORIGEN NACIONAL DISTRIBUCION NACIONAL
I GRAVE INMEDIATO SI SI/NO
II GRAVE INMEDIATO NO SI
III NO GRAVE INMEDIATO SI SI/NO
IV NO GRAVE INMEDIATO NO SI
27- Actuación inmediata de las ac. NO
- riesgo grave no inmediato no existe ni origen
,ni distribución nacional. - news
- rechazos (quincenalmercado interior)
28- Actuación inmediata de la Autoridad. Competentes
SI - impermeabilización de fronteras comunitarias
- vigilancia de entradas anteriores
- riesgo grave.
29- OTRAS GESTIONES
- Explotaciones ganaderas positivas a la presencia
de residuos de medicamentos veterinarios y/o
sustancias prohibidas - Expedientes varios
30- PUNTOS DE CONTACTO DEL SCIRI CARACTERÍSTICAS Y
GESTION
31Puntos de contacto
- UNIÓN EUROPEA
- 1 POR ESTADO MIEMBRO (ALIMENTOS/PIENSOS)
- COMISIÓN Y LA AUTORIDAD EUROPEA DE SEGURIDAD
ALIMENTARIA Y NUTRICION - ESPAÑA (ALIMENTOS)
- AGENCIA ESPAÑOLA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA
- DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PUBLICA Y/O CONSUMO
COMUNIDAD AUTONOMA (17CEUTAMELILLA) - FEDERACIÓN DE INDUSTRIAS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS
- MINISTERIO DE DEFENSA
- Otros SANIDAD EXTERIOR, SERV.EPID.y MAPA
- DISTRIBUIDORES (Desde 2006)
32- LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
33Flujo de información
UNIDADES TERRITORIALES (Provincial)
D.G.S.P. y/o CONSUMO (Autonómico) ?
AESAN (MISACO) ?
COMISION DE LA UE (SANCO) ?
EEE ?
EEMM ?
34- Los puntos de contacto nacionales de las
Comunidades Autónomas se encargan de difundir la
información a sus unidades provinciales o
territoriales , segun la division administrativa
establecida en cada una de ellas
35Tipos de notificacion
- Dentro de las notificaciones efectuadas, se
distinguen diferentes niveles de notificaciones
en función de - Controles efectuados en mercado
- Autocontroles efectuados por parte de la propia
empresa fabricante - Reclamaciones efectuadas por parte de los
Consumidores - Muestras rutinarias efectuadas en frontera
36Controles de mercado
- Si en el transcurso de la inspección se detectase
cualquier anomalía a nivel de los
establecimientos implicados que pudiese ser
objeto de riesgo para la salud de los
consumidores se procedería a efectuar la
correspondiente comunicación a través del
sistema.
37Autocontroles
- Los propios establecimientos fabricantes de
productos alimenticios, de acuerdo con lo
establecido en el artículo del Reglamento
(CE)852/2004 deben disponer de un sistema de
autocontroles. -
- En caso de detección de incumplimiento, están
obligados a informar a las correspondientes
Autoridades
38Reclamaciones efectuadas por los consumidores
-
-
- Las reclamaciones de los consumidores derivadas
de la presencia de posibles riesgos para la salud
detectados en alimentos suele ser efectuada con
carácter general en España en las Comunidades
Autónomas (direcciones Generales de Salud Pública
y/o Consumo) - En función de las características que presente
dicha reclamación Tipo de riesgo, alimento,
población a la que va destinado, existencia o no
de enfermos se valorara por parte del punto de
contacto del SCIRI de dicha CA su traslado a
través del SCIRI
39Muestras rutinarias
- En el control efectuado en frontera a productos
alimenticios procedentes de terceros países se
efectúa la toma de muestras con carácter
prospectivo. - En estos casos no se efectúa la inmovilización de
la partida en frontera -
- En caso de detección de riesgos directos o
indirectos para la salud de los consumidores, se
procederá a trasladar esta información en el
marco del Sistema
40Gestión de las notificaciones de alerta
- Las notificaciones de alerta son efectuadas por
incumplimiento de la normativa comunitaria o
nacional y pueden ser trasladadas a la AESAN por
dos vías - Notificación a través del RASFF (notificaciones
efectuadas por otros EEMM) - Notificación por parte de las Autoridades
competentes de las Comunidades Autónomas -
41SITUACION 1 Notificación efectuada a través del
RASFF
UE-RASFF
AESAN (recepción de la notificación, estudio,
valoración de la documentación adjunta y
clasificación en niveles de la notificación)
S.C.I.R.I.
42SITUACION 2 Notificación efectuada a nivel
nacional por las Autoridades competentes de las
CCAA
PC SCIRI CCAA
S.C.I.R.I.
AESAN (recepción de la notificación, estudio,
valoración y de la documentación adjunta
UE RASFF
43Gestión de las notificaciones de información
- Las notificaciones de información son efectuadas
por incumplimiento de la normativa comunitaria o
nacional y con carácter general son notificadas a
la AESAN a través del RASFF - Traslado con carácter quincenal en informe y
tablas excell
44 45- FEDERACION ESPAÑOLA DE LA ALIMENTACION Y BEBIDAS
- SECTOR DE LA DISTRIBUCION
- MINISTERIO DE DEFENSA
- PUNTOS DE CONTACTO EVENTUALES EN FUNCION DE LAS
CARACTERISTICAS DE LAS NOTIFICACIONES
46Información que se traslada
- País notificante
- CARACTERIZACIÓN DEL PRODUCTO Nombre/categoría
del producto/Descripción del producto/Lote/Fecha
de duración mínima/Nº certificado oficial. - ORIGEN
- Nombre y dirección del fabricante/distribuidor/imp
ortador. Persona de contacto/País de
origen/Distribución a otros EEMM/Distribución a
Terceros Países
47Información que se traslada
- PELIGRO
- Naturaleza/Resultados analíticos/Fecha de
análisis/Fecha del muestreo/Laboratorio/Método
analítico/Personas afectadas/Tipo de síntomas. - MEDIDAS ADOPTADAS
- Voluntarias (por la empresa) /Obligatorias
(Oficiales)/Ámbito nacional-regional/Fecha de
entrada en vigor/Duración - OTRA INFORMACIÓN
- Otras informaciones/Persona de Contacto/Confidenci
al
48(No Transcript)
49(No Transcript)
50(No Transcript)
51(No Transcript)
52- Ministerio de Sanidad y Consumo
- Puestos de Inspección Fronterizos
53PIF
- Base legal Directiva 97/78/C y 91/496/CE.
- Nº de PIF nacionales41
- Efectuar el control de las mercancías que se
importan de terceros paises con destino a la UE - Salvaguardar la salud pública evitando la entrada
de productos alimenticios que supongan un riesgo
grave directo o indirecto para la salud de los
consumidores - Recogida de informacion que permita la
impermeabilizacion de las fronteras europeas de
los fraudes o importaciones ilegales.
54(No Transcript)
55PIF Actuaciones
- Llevar a cabo el porcentaje de controles a
efectuar en funcion del tipo de producto y origen
(ya sea establecido a través de la normativa
europea o bien en base a las medidas nacionales
establecidas o con caracter aleatorio - Facilitar informacion relativa a los
incumplimientos detectados en la normativa
comunitaria o nacional de las partidas importadas
- Llevar a cabo la aplicación de las medidas
establecidas a nivel central por la S.G. de
Sanidad Exterior a la hora de efectuar los
controles - Gestionar la información recibida a través de la
Unidad central que contacta con el RASFF
56PIF Actuaciones
- Las notificaciones de rechazo son efectuadas por
incumplimiento de la normativa comunitaria o
nacional en frontera y pueden ser trasladadas a
la AESAN por dos vías - Notificación a través del RASFF (rechazos
efectuados en los P.I.F de otros EEMM) - Notificación por parte de la Subdirección
General de Sanidad Exterior (MISACO) (rechazos
efectuados a nivel de los P.I.F. nacionales )
57PIF Actuaciones
- Tras la recepción de una notifcacion de rechazo
los PIF realizan el control de las siguientes
partidas de productos similares procedentes del
mismo establecimiento y/o país notificado. - Si los controles efectuados resultan favorables
se procede a efectuar la retirada de las medidas
establecidas a nivel nacional. - El cese de intensificación de los controles a
nivel de las fronteras nacionales establecido en
base a medidas adoptadas a nivel central es
objeto de traslado al RASFF para información de
los restantes EEMM. - En caso contrario, estas medidas se mantendrán
hasta la obtención de resultados favorables
58Gestión de las notificaciones de rechazo
recibidas a través del RASFF
- Existen tres situaciones posibles 1.-
Existencia de medidas especificas a nivel
comunitario para ese producto, país y
contaminante (p.ej. Aflatoxinas-pistachosIrán)
2.- No existen medidas especificas a nivel
comunitario para el producto, país y contaminante
especifico, pero existen medidas a nivel nacional
establecidas en su mayor parte en base a la
normativa comunitaria o nacional. - 3.- No existen medidas específicas comunitarias,
ni nacionales
59SITUACION 1 Existen medidas a nivel comunitario
UE-RASFF
AESAN (recepción de la notificacion, estudio y
valoración de la notificación y de la
documentación adjunta)
S.G. SANIDAD EXTERIOR
60SITUACION 2 No existen medidas a nivel
comunitario, pero existen medidas a nivel nacional
UE-RASFF
AESAN (recepción de la notificacion, estudio y
valoración de la notificación y de la
documentación adjunta)
S.G. SANIDAD EXTERIOR
61SITUACION 3 No existen medidas a nivel
comunitario, ni a nivel nacional
UE-RASFF
AESAN (recepción de la notificacion, estudio y
valoración de la notificación y de la
documentación adjunta)
S.G. SANIDAD EXTERIOR
62(No Transcript)
63Gestión de las notificaciones de rechazo
efectuadas a nivel nacional
S.G. SANIDAD EXTERIOR
AESAN (recepción de la notificacion, estudio y
valoración de la notificación y de la
documentación adjunta)
64(No Transcript)
65(No Transcript)
66(No Transcript)
67(No Transcript)
68Procedimientos utilizados para el funcionamiento
del SCIRI
- Procedimiento de gestión del SCIRI
- Procedimiento para la gestión de crisis
alimentarias - Procedimiento de comunicación del riesgo a la
población en general
69(No Transcript)
70(No Transcript)
71(No Transcript)
72- SISTEMA DE PERMANENCIA
- 24 HORAS AL DÍA /365 DIAS AL AÑO
73Mejora de calidad en el SCIRI (2007)
- PROCEDIMIENTOS NORMALIZADOS DE TRABAJO
- Actualización de los procedimientos de trabajo
existentes - Procedimiento de gestión del SCIRI aprobado en
Comisión Institucional de 28.05.06, al que se han
desarrollado dos anexos - Anexo I Procedimiento de gestión del SCIRI
mediante firma electrónica (23.02.07) - Anexo II Procedimiento de gestión de la
notificaciones de alerta en las que existe un
riesgo grave o inmediato, con afectados y el
producto implicado es de origen nacional o ha
sido distribuido a nivel nacional (16.11.07) - Procedimiento de gestión de crisis aprobado en
Consejo de Dirección con fecha 31.12.06 -
- Desarrollo de nuevos procedimientos e
instrucciones - Instrucción técnica para la gestión de las
explotaciones positivas a sustancias prohibidas
y/o medicamentos veterinarios por encima de los
límites legalmente establecidos 23.02.07. - Procedimiento de comunicación del riesgo a la
población en general (19.06.07)
74- GESTIÓN MEDIANTE FIRMA ELECTRONICA
- TURNOS DE PERMANENCIA 24 HORAS/365 DIAS AL AÑO
- ELABORACIÓN DE CONVENIOS DE COLABORACIÓN EN EL
MARCO DE GESTIÓN DEL SCIRI - Convenio con el sector de la distribución
ANGED-ASEDAS - Convenio con el Consejo General de Colegios de
Farmacéuticos - DESARROLLO DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN ALCON
- INFORMACION AL CIUDADANO
- Elaboración de protocolo de comunicación del
riesgo a la población en general - Respuesta a las consultas que formulan los
ciudadanos a través de Comunicación AESAN
75- OTROS ASPECTOS IMPORTANTES
76- TRAZABILIDAD
- RESPONSABILIDAD DE LOS OPERADORES ECONOMICOS
- CONFIDENCIALIDAD
77TRAZABILIDAD
Debe aportar información sobre las circunstancias
que han concurrido
CUÁNDO?
IDENTIFICAR P. A. AFECTADOS Y/O P.A.
SOSPECHOSOS
POR QUÉ?
QUÉ HA OCURRIDO?
78RESPONSABILIDAD DE LOS OPERADORES ECONÓMICOS
- Si un explotador de una empresa alimentaria
CONSIDERA o TIENE MOTIVOS PARA PENSAR que alguno
de los alimentos que ha importado, producido,
transformado, fabricado o distribuido no cumple
los requisitos de seguridad DEBERÁ - Informar a las Autoridades competentes y
colaborar con ellas en todo caso - Si el producto ha llegado a consumidor final
efectuar la retirada del mercado e informar
adecuadamente
79CONFIDENCIALIDAD
- MIEMBROS DE LA RED HARÁN LO NECESARIO PARA QUE SU
PERSONAL ESTÉN OBLIGADOS A NO REVELAR LA
INFORMACIÓN OBTENIDA Y QUE ESTÉ PROTEGIDA POR EL
SECRETO PROFESIONAL, SALVO QUE SE TRATE DE UNA
INFORMACIÓN QUE DEBA HACERSE PÚBLICA PORQUE LAS
CIRCUNSTANCIAS ASÍ LO REQUIEREN (SALUD DE LAS
PERSONAS)
- LA PROTECCIÓN DEL SECRETO PROFESIONAL NO IMPEDIRÁ
LA DIFUSIÓN A LAS A.C. DE LA INFORMACIÓN
PERTINENTES PARA ASEGURAR LA EFICACIA DE LA
VIGILANCIA DEL MERCADO Y DE LAS ACTIVIDADES
EJECUTORIAS EN EL SECTOR (ALIMENTOS)
80REQUISITOS MÍNIMOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE UN
SISTEMA DE RED DE ALERTA
81- Disponer de
- una legislación reconocida y aceptada
- organizacion adecuada a nivel central y
autonómico o regional - sistema organizativo que permita la adecuada
difusión de la información - un flujo adecuado de información con los puntos
de contacto nacionales establecidos. - una adecuada red de laboratorios
- una adecuada infraestructura de medios de
comunicación - procedimientos uniformes de trabajo aceptados y
respetados por todos los puntos de contacto
establecidos a nivel nacional - Respetar los principios de transparencia y
confidencialidad sin menoscabo de facilitar la
informacion necesaria a las Autoridades
competentes que les permita llevar a cabo las
actuaciones pertinentes
82 DATOS RELATIVOS AL SCIRI
83Evolucion de las notificaciones gestionadas en el
SCIRI en los últimos 5 años
84Notificaciones gestionadas en el SCIRI
85 Datos relativos al SCIRI (año 2007)
86(No Transcript)
87(No Transcript)
88(No Transcript)
89(No Transcript)
90(No Transcript)
91(No Transcript)
92- MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN
Milagros Nieto Martínez Jefe de Área de
Coordinación de Alertas Alimentarias.- SG.
Coordinación de Alertas Alimentarias y
Programación del Control Oficial.-AESAN Tfno.
0034913380686 E-mailmnietom_at_msc.es