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Diapositiva 1

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MAS RAPIDO CRECIMIENTO DE LA ECONOMIA MUNDIAL. REPRESENTA ... EL 60% DEL PIB CORRESPONDE AL SECTOR SERVICIOS ... INTANGIBLES. VALOR REGULADO X PROPIO PRESTADOR. ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Diapositiva 1


1
(No Transcript)
2
Exportación de Servicios Aspectos aduaneros
VERONICA CARVAJAL COS
3
SECTOR SERVICIOS
  • MAS RAPIDO CRECIMIENTO DE LA ECONOMIA MUNDIAL
  • REPRESENTA 2/3 TERCIOS DE LA PRODUCCION MUNDIAL
  • UN TERCIO DEL EMPLEO MUNDIAL
  • CERCA DEL 20 DEL COMERCIO MUNDIAL.

Fuente OMC
4
En Chile .
  • EL 60 DEL PIB CORRESPONDE AL SECTOR SERVICIOS
  • 70 DE LOS CHILENOS TRABAJA EN ALGUNA ACTIVIDAD
    DE SERVICIOS

Fuente PROCHILE
5
Cadena de valor
  • 90 DEL VALOR FINAL DE EXPORTACION CORRESPONDE A
    SERVICIOS TALES COMO ALMACENAJE, CONSERVACION,
    TRANSPORTE, SEGUROS Y OTROS.

Fuente PROCHILE
6
REGULACION INTERNACIONAL
  • EL COMERCIO DE SERVICIOS ESTA REGULADO POR EL
    ACUERDO GENERAL DE COMERCIO DE SERVICIOS (GATS),
    CREADO AL AMPARO DE LA OMC.

7
MODALIDADES DE SUMINISTRO
  • COMERCIO TRANSFRONTERIZO SE DESPLAZA EL
    SERVICIO. NO HAY DESPLAZAMIENTO FÍSICO DE
    PERSONAS (EJ ENVÍO DE INFORMACION TÉCNICA POR
    E-MAIL)
  • MOVIMIENTO DEL PROVEEDOR EL PROVEEDOR SE
    DESPLAZA AL EXTRANJERO A PRESTAR SERVICIOS. EJ
    INSPECTOR DE OBRAS ASESORÍAS EN PUESTA EN
    MARCHA.
  • MOVIMIENTO DEL CONSUMIDOR EL CONSUMIDOR SE
    DESPLAZA AL PAÍS PROVEEDOR DEL SERVICIO. EJ
    PACIENTE EXTRANJERO EN CHILE ALUMNO EXTRANJERO
    CURSANDO EN CHILE
  • PRESENCIA COMERCIAL PROVEEDOR DEL SERVICIO SE
    ESTABLECE EN EL TERRITORIO DE OTRO PAÍS. EJ.
    BANCO O GRUPO HOTELERO

8
Monto de servicios exportados registrados por
Aduana (1990-2006)
9
Monto de servicios exportados registrados por
Región Bío Bío (1990-2006)
Tipo de servicios 98 reparaciones navales
10
Exportación de servicios por Región de origen,
año 2006
11
REGULACION NACIONAL
  • LA LEY 18.768 ASIGNO AL SERVICIO DE ADUANAS LA
    FUNCION DE CALIFICAR LOS SERVICIOS COMO
    EXPORTACION.
  • LA CALIFICACION DE SERVICIOS COMO EXPORTACIÓN SE
    ENCUENTRA REGULADA POR RES. Nº 2.511/16.05.2007,
    DE LA D.N.A., PUESTA EN VIGENCIA A CONTAR DEL 25
    DE JUNIO PASADO.

12
  • BASE LEGAL
  • ? ART. 58 LEY N 18.768/88
  • ? RES. N 3192/13.06.89 DNA.
  • ? RES. N 0927/08.02.91 DNA.
  • ? RES. Nº 3635/20.08.04 DNA.
  • ? RES. Nº 4460/13.10.04 DNA.
  • ? RES. Nº 2511/16.05.07 DNA.
  • ? RES. N 3252/25.06.07 DNA.

13
  •  EXENCION DE I.V.A.
  • LETRA c) ART. 58 LEY 18.768/88 MODIFICO EL
    N 16) LETRA E ART. 12 DEL D.L. 825/74,
    (CONTEMPLA EXENCION I.V.A. A VENTAS Y DEMAS
    OPERACIONES QUE RECAIGAN SOBRE DETERMINADOS
    BIENES) ? LEGISLADOR LE CONCEDIO A D.N.A.
    FACULTAD DE CALIFICAR COMO EXPORTACION AQUELLOS
    SERVICIOS PRESTADOS A PERSONAS SIN DOMICILIO NI
    RESIDENCIA EN CHILE.
  •  

14
  • RECUPERACION DEL I.V.A.
  • LETRA f) ART. 58 LEY 18.768/88 AGREGO UN
    INCISO AL ART. 36 D.L. 825/74 (CONTEMPLA QUE
    EXPORTADORES TENDRAN D A RECUPERAR EL I.V.A. QUE
    SE LES HUBIERE RECARGADO AL ADQUIRIR BS. O
    UTILIZAR SS. DESTINADOS A SU ACTIVIDAD DE
    EXPORTACION), EN EL SENTIDO Q/TENDRAN D A DICHO
    BENEFICIO AQUELLOS QUE PRESTEN SERVICIOS A
    PERSONAS SIN DOMICILIO NI RESIDENCIA EN EL PAIS,
    QUE SEAN CALIFICADOS COMO EXPORTACION, DE
    CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN EL N 16 LETRA E,
    DEL ART. 12 DEL D.L. 825/74.
  •  

15
BENEFICIO DE FOMENTOLETRA c) N 1 ART. 15 LEY
18.768/88 AGREGO UN INCISO AL ART. 17 LEY N
18.634/87 (CONTEMPLA BENEFICIOS DE PAGO
DIFERIDO, CREDITO FISCAL Y CASTIGO DE LA DEUDA
DIFERIDA) ? PODRAN CONSIDERARSE COMO
EXPORTACION, X PARTE DEL PRESTADOR DE
SERVICIOS, AQUELLOS QUE SE PRESTEN
DIRECTAMENTE AL EXTRANJERO RESPECTO DEL VALOR
DEL SOPORTE Y APORTE INTELECTUAL INCORPORADO,
DANDOSE CUMPLI- MIENTO A EXIGENCIAS Y
FORMALIDADES, SEGUN CALIFICACION DEL S.N.A.
16
BENEFICIO DE FOMENTO
  • LETRA a) ART. 16 LEY 18.708/88 AGREGO INCISO AL
  • ART. 1 LEY N 18.708/88 (CONTEMPLA REINTEGRO
  • DE GRAVAMENES POR INSUMOS NACIONALIZADOS
  • INCOPORADOS O CONSUMIDOS EN BIENES O SERV.
  • EXPORTADOS), ? PARA TODOS EFECTOS LEGALES
  • LOS SERVICIOS PRESTADOS AL EXTERIOR SERAN
  • CONSIDERADOS EXPORTACION, DANDO EL EXPOR-
  • TADOR CUMPLIMIENTO A EXIGENCIAS Y FORMALI-
  • DADES ESTABLECIDAS PARA LAS EXPORTACIONES
  • .....

17
INCORPORACION LEGAL
ARTICULO UNICO DTO. HDA. N 207/16.02.89, (D.O.
02.05.89, SE INCORPORA AL CAPITULO 0 DEL ARANCEL
ADUANERO LA PARTIDA 00.25 SERVICIOS CONSIDERADOS
EXPORTACION DE CONFORMIDAD AL ART. 17 Y
SIGUIENTES DE LA LEY 18.634 Y ARTICULO 1 DE LA
LEY N 18.708.  
18
  • BENEFICIOS
  • TRIBUTARIOS
  • EXENCION I.V.A. (S/N 16 LETRA e) DL 825/74)
  • DEVOLUCION I.V.A. CONFORME ART. 36 DL 825/74
  • ADUANEROS
  • REINTEGRO LEY 18.708/88 POR INSUMOS
  • AMORTIZACION DEUDAS DIFERIDAS X BIENES
    DE CAPITAL

19
REQUISITOS DE LA CALIFICACION
  • EL PRESTADOR DEL SERVICIO DEBE DESARROLLAR LA
    ACTIVIDAD PERTINENTE EN CHILE
  • EL SERVICIO DEBE SER
  • REALIZADO EN CHILE
  • PRESTADO A PERSONAS SIN DOMICILIO NI RESIDENCIA
    EN EL PAIS
  • UTILIZADO EXCLUSIVAMENTE EN EL EXTRANJERO, CON
    EXCEPCION DE LOS SERVICIOS QUE SE PRESTEN A
    MERCANCIAS EN TRANSITO POR EL PAIS.
  • SUSCEPTIBLE DE VERIFICACION EN SU EXISTENCIA REAL
    Y EN SU VALOR

20
PRINCIPALES CARACTERISTICAS DEL SISTEMA
  • FACILITACION Y SIMPLIFICACION
  • LA CALIFICACION SE REALIZA POR TIPO GENERICO DE
    SERVICIOS (NO RESPECTO DE CONTRIBUYENTES
    DETERMINADOS).
  • SE PERMITE CUALQUIER FORMA DE ENVIO ELECTRONICO O
    DE PRESTACION POR VÍA ELECTRÓNICA DE SERVICIOS AL
    EXTERIOR, ELIMINÁNDOSE LAS RESTRICCIONES Y
    OBLIGACIONES IMPUESTAS CON ANTERIORIDAD
  • LOS ENVIOS CUYO VALOR FOB NO SUPEREN LOS US
    1.000, PUEDEN EXPORTARSE DIRECTAMENTE, SIN
    REQUERIR AGENTE DE ADUANAS
  • PARA LOS SERVICIOS NO CONSIDERADOS EN EL LISTADO,
    LA CALIFICACION DEBE SER SOLICITADA MEDIANTE UN
    FORMULARIO QUE SE DESCARGA DEL SITIO WEB DE
    ADUANA
  • PREVISIBILIDAD
  • LOS SERVICIOS CALIFICADOS SE ENCUENTRAN
    PUBLICADOS EN LA PAG. WEB DE ADUANAS. LOS
    CONTRIBUYENTES, CUYOS SERVICIOS SE ENCUENTRAN
    INCLUIDOS EN EL LISTADO, PUEDEN EXPORTAR SIN MÁS
    TRAMITES.
  • SE ESTABLECE PLAZO MAXIMO PARA RESOLVER LAS
    SOLICITUDES DE SERVICIOS NO CALIFICADOS
    ANTERIORMENTE (35 DÍAS HÁBILES).
  • SE ESTABLECE PLAZO PARA ACTUALIZAR EL LISTADO
    PUBLICADO EN LA WEB DE ADUANAS (DÍA HÁBIL
    SIGUIENTE A LA CALIFICACIÓN).
  • LA CALIFICACION EFECTUADA POR LA ADUANA NO TIENE
    FECHA DE VENCIMIENTO.

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PRINCIPALES AREAS CALIFICADAS
  • INFORMÁTICA DESARROLLO E IMPLEMENTACIÓN DE
    SOFTWARE, DISEÑO DE PORTALES DE INTERNET,
    ASESORIAS TÉCNICAS DE DISEÑO DE PROGRAMAS
    COMPUTACIONALES.
  • TELECOMUNICACIONES TELEATENCION, TELEMARKETING,
    ENRUTAMIENTO TELEFÓNICO, TRÁNSITO TELEFÓNICO
    INTERNACIONAL.
  • FILMACION, PREPRODUCCION Y PRODUCCION DE SPOTS
    PUBLICITARIOS Y COMERCIALES PARA TELEVISIÓN,
    TRASPASO DE VIDEO A CINE Y DE CINE A VIDEO.
  • SERVICIOS ESPECIFICOS CON RELACION A CARGAS EN
    TRÁNSITO.
  • ELABORACION Y DISEÑO DE PLANOS.

22
  • SERVICIOS CALIFICADOS COMO EXPORTACION

23
  • SERVICIOS CALIFICADOS COMO EXPORTACION

24
Procedimiento servicios calificados
DUS
Julio de 2007
25
PROCEDIMIENTO SERVICIOS NO CALIFICADOS
Julio de 2007
26
BENEFICIOS DE LA CALIFICACION
  • EXENCION DEL IVA A LOS INGRESOS PERCIBIDOS POR
    LA PRESTACION.
  • RECUPERACION DEL IVA PAGADO EN LA ADQUISICION DE
    BIENES O CONTRATACION DE SERVICIOS NECESARIOS
    PARA REALIZAR LA EXPORTACION.
  • DEVOLUCION DE DERECHOS Y DEMAS GRAVAMENES
    ADUANEROS PAGADOS, RESPECTO DE LAS MATERIAS
    PRIMAS, ARTICULOS A MEDIA ELABORACION Y PARTES O
    PIEZAS IMPORTADAS, CUANDO TALES INSUMOS HUBIERAN
    SIDO INCORPORADOS O CONSUMIDOS EN LA PRODUCCION
    DEL SERVICIO A EXPORTAR.

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  • VENTAJAS DEL SISTEMA
  • CALIDAD DE EXPORTACION A SS. INTANGIBLES.
  • VALOR REGULADO X PROPIO PRESTADOR.
  • NO REQUIEREN CALIFICACION SERVICIOS CONTENIDOS EN
    LISTADO (RES. 2511/16.05.07).
  • CALIFICADO EL SERVICIO SE FACTURA SIN IVA.
  • VENTAJA COMPARATIVA CON PRESTADORES DE SERVICIOS
    DE OTROS PAISES.

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  • PETICION DEL BENEFICIO
  • INTERESADO DEBE PRESENTAR SOLICITUD AD-HOC EN
    SUBDEPTO. REGIMENES ESPECIALES CON INFORMACION
    DE SERVICIOS Y ANTECEDENTES CUANDO SERVICIO NO
    ESTE TIPIFICADO EN LISTADO (RES. N
    2511/16.05.07). SOLICITUD SE PUEDE OBTENER DE
    PAGINA WEB (www.aduana.cl).
  • SI SERVICIO A SER PRESTADO SE ENCUENTRA EN
    LISTADO (RES. N 2511/07) CONSIGNAR CODIGO DEL
    SERVICIO DIRECTAMENTE EN DUS O DUSSI SEGUN
    CORRESPONDA.
  • DIRECCION DONDE SE DEBE REMITIR SOLICITUD PARA
    CALIFICAR UN SERVICIO
  • PLAZA SOTOMAYOR N 60, CASILLA 1720
    CORREO CENTRAL VALPSO. VALPARAISO.

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(No Transcript)
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  • CALIFICACION DE LA ACTIVIDAD
  • D.N.A. EMITE RESOLUCION POR TIPO DE SERVICIO.
  • LA CALIFICACION NO TIENE PLAZO DE EXPIRACION.
  • PERMITE EL ACCESO A BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y/O
    ADUANEROS.

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  • INCOMPATIBILIDADES
  • LEY N 18.480/85 INC.2 ART. 1 (REINTEGRO
    SIMPLIFICADO).
  • ACCESO A BENEFICIOS
  • LEY N 18.708/88
  • LEY N 18.634/87
  • D.L. 825/74 ? EXENCION I.V.A.
  • ? DEVOLUCION I.V.A.

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  • RESTRICCIONES
  • FACTURACION S/IVA A/C FECHA RES. DNA.
  • APLICACION DE BENEFICIOS SIN CARACTER
  • RETROACTIVO.

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  • CONFECCION DOCUMENTOS ADUANEROS
  • DOCUMENTO UNICO DE SALIDA (1er. MENSAJE)
  • SIEMPRE SE DEBE CONFECCIONAR, AUN CUANDO EL
    SERVICIO NO SE CONTENGA, SOPORTE O EXPRESE
    EN UN BIEN CORPORAL MUEBLE.
  • DEBE PRESENTARSE ANTE LA ADUANA DE SALIDA DEL
    SERVICIO.
  • EL SERVICIO PODRA REMITIRSE AL EXTERIOR SOLO UNA
    VEZ ACEPTADA A TRAMITE LA D.U.S.
  • DEBE ADJUNTARSE COPIA DE FACTURA.

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  • CONFECCION DOCUMENTOS ADUANEROS
  • 2) D.U.S. (2 MENSAJE)
  • DEBE CONFECCIONARSE ACORDE INSTRUCCIONES
    CONTENIDAS EN ANX. N 35 C.N.A.
  • SIEMPRE DEBE PRESENTARSE, INDEPENDIENTE DEL
    VALOR DEL SERVICIO, ANTE MISMA ADUANA
    PRESENTACION DEL DUS 1er. MENSAJE, A MAS TARDAR
    DENTRO 25 DIAS A/C NUMERACION D.U.S. 1er.
    MENSAJE. EXCEPCION NO SE DEBE PRESENTARSE CUANDO
    EL VALOR SERVICIO ES DE HASTA US 1.000 FOB Y SE
    HA TRAMITADO UN DUSSI.
  • UNA VEZ LEGALIZADO EL DUS, SE PUEDE IMPETRAR
    BENEFICIOS CONTEMPLADOS EN LA LEY 18.708/88, EN
    DONDE EL REINTEGRO NO PODRA SUPERAR EL 15 DEL
    VALOR DEL SERVICIO EXPORTADO.

35
  • DOCUMENTO UNICO DE SALIDA (DUS)
  • SIEMPRE DEBE TRATARSE DE EXPORTACIONES CON
    MODALIDAD DE VENTA A FIRME.
  • EL CODIGO DEL TIPO DE OPERACION CORRESPONDE AL
    202 O 203 SI SE TRATA DE SERVICIOS DE HASTA US
    1.000 FOB.
  • SE PODRA PRESENTAR VIA EDI O VIA INTERNET.
  • SE PODRA ACLARAR LOS CAMPOS QUE ESTEN
    AUTORIZADOS.
  • EN EL RECUADRO DESCRIPCION DE LAS MERCANCIAS
    DEBE ESPECIFICARSE EL NOMBRE DEL SERVICIO
    CALIFICADO POR LA ADUANA CON SU RESPECTIVO
    CODIGO.

36
PROXIMOS PASOS
  • EN COORDINACION CON EL MINISTERIO DE HACIENDA Y
    EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, SE INICIARAN
    ESTUDIOS DE FACTIBILIDAD ECONOMICA PARA AMPLIAR
    LA CALIFICACION DE SERVICIOS COMO EXPORTACION A
    OTRAS MODALIDADES DE SUMINISTRO DE SERVICIOS.

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Exportación de Servicios Aspectos aduaneros
VERONICA CARVAJAL COS
Agosto de 2007
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