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Diapositiva 1

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SEGURIDAD SOCIAL (SIGLA: CTS 403) Prof. Elizabeth Vargas Navarro * El goce del grado m ximo de salud que se puede lograr es un derecho fundamental de todo ser ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Diapositiva 1


1
SEGURIDAD SOCIAL (SIGLA CTS 403)
Prof. Elizabeth Vargas Navarro
2

El goce del grado máximo de salud que se puede
lograr es un derecho fundamental de todo ser
humano sin distinción de raza, religión,
ideología política o condición económica o
social. (Constitución de la OMS)
3
Régimen General de Garantías en Salud - Ley
19.966(25-08-2004)
  • Prestaciones de carácter promocional, preventivo,
    curativo, de rehabilitación y paliativo, y los
    programas que el Fondo Nacional de Salud deberá
    cubrir a sus respectivos beneficiarios, en su
    modalidad de atención institucional, conforme a
    lo establecido en la ley Nº18.469.

4
  • Las Garantías Explícitas en Salud serán
    constitutivas de derechos para los beneficiarios.
  • Su cumplimiento podrá ser exigido por éstos ante
    el Fondo Nacional de
  • Salud o las Instituciones de Salud
    Previsional, la Superintendencia de Salud y otros
    competentes.

5
  • Garantía Explícita de Acceso
  • Garantía Explícita de Calidad
  • Garantía Explícita de Oportunidad
  • Garantía Explícita de Protección Financiera
    (20del valor determinado en un arancel de
    referencia)
  • el Fondo Nacional de Salud deberá cubrir el valor
    total de las prestaciones, respecto de los grupos
    A y B

6
  • Podrá ofrecer una cobertura financiera mayor a la
    dispuesta a las personas pertenecientes a los
    grupos C y D (Ley 18.469)

7
Consejo Asesor
  • Un representante de la Academia Chilena de
    Medicina, elegido por ésta.
  • Dos representantes de las facultades de medicina
    de las universidades reconocidas oficialmente en
    Chile
  • Dos representantes de facultades de economía o
    administración de las
  • universidades reconocidas oficialmente en Chile

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  • Un representante de las facultades de química y
    farmacia de las Universidades.
  • Tres miembros designados por el Presidente de la
    República, debiendo velar por la debida
    representación regional en su designación.

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  • Tendrán una vigencia de tres años. Si no se
    hubieran modificado al
  • vencimiento del plazo señalado, se entenderán
    prorrogadas por otros tres años y así
    sucesivamente.

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 AUGE Acceso Universal a Garantías
Explícitas. (56)
  • Insuficiencia renal crónica terminal.
  • Cáncer infantil, en menores de 15 años.
  • Infarto agudo del miocardio.
  • Cáncer cervicouterino.
  • Cáncer de mama, en mayores de 15 años
  • Cáncer Testicular en mayores de 15 años.
  • Linfoma en adultos.
  • Fisura labio palatina.
  • Disrrafías espinales (Espina bífida) operables,
    abiertas y cerradas
  • Cardiopatías congénitas operables.

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AUGE
  • Alivio del dolor y cuidados paliativos del cáncer
    terminal
  • Diabetes Mellitus Tipo I.
  • Diabetes Mellitus Tipo II.
  • Esquizofrenia.
  • Cataratas en mayores de 15 años
  • Artrosis de cadera que requiere cirugía con
    prótesis, en adultos de 65 años o más.
  • Escoliosis que requiere cirugía, en menores de 25
    años.
  • VIH / SIDA
  • Infección respiratoria aguda, en menores de 5
    años.

12
AUGE - 2006
  • Colecistectomía. Extracción de la Vesícula en
    adultos de 35 a 49 años con síntomas.
  • Tratamiento quirúrgico de la hiperplasia benigna
    de la próstata en sintomáticos.
  • Hemofilia
  • Cáncer de próstata, en personas de 15 años y más.
  • Cáncer gástrico, en personas de 40 años y más.
  • Estrabismo en menores de 9 años.
  • Retinopatía Diabética.
  • Desprendimiento de retina.

13
2006
  • Asma bronquial moderada y severa, en personas de
    15 años o menos.
  • Artículos de apoyo (andadores, bastones), para
    personas de 65 años y más.
  •  

14
AUGE - 1 Julio 2007
  • Tratamiento médico en personas de 55 años y más
    con artrosis de caderas y /o rodillas, leve o
    moderada
  • 42.     Hemorragias subaracnoidea secundaria a
    ruptura de aneurismas cerebrales
  • Tratamiento quirúrgico de tumores primarios del
    sistema nervioso central en personas de 15 años y
    más.
  • Tratamiento quirúrgico de la hernia del núcleo
    pulposo lumbar.

15
  • Leucemia en personas de 15 años y más I.
    Leucemia Aguda II. Leucemia Crónica
  • Urgencia Odontológica ambulatoria.
  • Salud oral del adulto de 60 años.
  • Politraumatizado grave.
  • Atención de urgencia del traumatismo
    craneoencefálico moderado o grave.
  • Trauma ocular grave.

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  • Fibrosis Quística.
  • Artritis Reumatoide
  • Consumo perjudicial y dependencia de alcohol y
    drogas en personas menores de 20 años.
  • Analgesia del parto.
  • Gran quemado.
  • Hipoacusia bilateral en personas de 65 años y
    más, que requieren uso de audífono.
  •  
  •  

17
  • Vicios de refracción oculares, para personas de
    65 años y más.
  • Depresión, en personas de 15 años y más.
  • Accidente cerebro vascular, en personas de 15
    años y más.
  • Síndrome de dificultad respiratoria en el recién
    nacido.
  • Enfermedad pulmonar obstructiva crónica de
    tratamiento ambulatorio

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  • Neumonía, en mayores de 65 años.
  • Hipertensión arterial, en mayores de 15 años.
  • Epilepsia, para niños menores de 15 años
  • Salud oral integral para niños de 6 años.
  • Prematurez.
  • Trastornos de la conducción (ciertas arritmias)
    marcapaso en mayores de 15 años.
  •  

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Enfermedades CatastróficasCobertura Adicional
para enfermedades Catastróficas (CAEC)
  • Una enfermedad es considerada catastrófica cuando
    la suma de los copagos que genere, es decir, los
    montos a pagar por el afiliado, es superior a un
    deducible determinado.
  • Depende de la cotización mensual que paga cada
    beneficiario por su plan de salud y corresponde a
    30 veces dicho monto, con un mínimo anual de 60
    UF y un máximo de 126 UF

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  • Puede usarse sólo dentro de la Red de prestadores
    de la Isapre -en el tipo de habitación y con el
    médico que ésta determine.
  • Los copagos para el deducible comienzan a
    contabilizarse desde el momento en que el
    paciente ingresa a la Red, en los términos
    establecidos.

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Requisitos
  • El afiliado o beneficiario debe concurrir a la
    Isapre y solicitar la activación de la CAEC.
  • Si la entidad aseguradora acepta la solicitud,
    derivará al paciente a un prestador de su Red en
    un plazo que puede ir de 2 a 3 días hábiles,
    dependiendo si la persona está o no
    hospitalizada.

22
  • Este trámite deberá hacerlo personalmente el
    beneficiario o quien lo represente, ya que una
    vez autorizada la derivación tendrá que firmar su
    aceptación o rechazo.
  • Debe avisarse a la Isapre dentro de las 48 hrs.
    (hospitalización urgente)
  • La CAEC nunca procede fuera de la Red de
    prestadores de su isapre, ni aún en caso de
    urgencia vital.

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  • Cubre todas las prestaciones de carácter
    hospitalario que no se encuentren afectas por las
    Garantías Explicitas en Salud (GES).

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  • Excepcionalmente cubre también, las siguientes
    prestaciones ambulatorias1. Drogas
    inmunosupresoras en caso de trasplante.2.
    Radioterapia.3. Drogas citotóxicas aplicadas en
    ciclos de quimioterapia para el tratamiento del
    cáncer.4. Medicamentos coadyuvantes o
    biomoduladores que se usan antes, durante o
    después de los ciclos de quimioterapia, que estén
    considerados en los programas del Ministerio de
    Salud.

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No están cubiertas
  • Prestaciones derivadas de problemas de salud que
    reúnan las condiciones exigidas para ser
    cubiertas por el régimen de Garantías Explícitas
    en Salud-GES.
  • Exclusiones establecidas en el contrato de salud.
  • Patologías derivadas de complicaciones y secuelas
    de los tratamientos cosméticos o con fines de
    embellecimiento.

26
  • Cualquier tratamiento posterior a un tratamiento
    de obesidad, tanto quirúrgico como no quirúrgico,
    que tenga el carácter de cosmético, tales como
    abdominoplastía u otra corrección derivada de la
    baja de peso.
  • Tratamientos odontológicos.- Prestaciones
    médicas, fármacos y técnicas que tengan el
    carácter de experimental para la patología en
    tratamiento o que no estén avaladas por las
    sociedades científicas chilenas correspondientes.

27
  • Tratamientos hospitalarios de patologías
    psiquiátricas, adicciones a drogas o alcoholismo.
  • Tratamientos de infertilidad o esterilidad.
  • Tratamiento quirúrgico de la Obesidad Mórbida,
    sus complicaciones y secuelas, salvo que se
    cumplan los requisitos especiales que se definen
    en las condiciones del beneficio.

28
  • Medicamentos e insumos que no estén registrados
    por el Instituto de Salud Pública (ISP), de
    acuerdo a la normativa vigente en el país.
  • Atención domiciliaria en todas sus formas.
  • Todas aquellas prestaciones que no estén
    detalladas en el arancel del plan complementario

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  • Prestaciones otorgadas en establecimientos o
    instituciones ubicadas fuera del territorio
    nacional y todas aquellas prestaciones que se
    realicen fuera de la Red.
  • Prestaciones homologadas, entendiendo por
    homologación el reemplazo de prestaciones por
    otras no codificadas en el arancel del contrato
    de salud.

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  • Solicitar a Isapre que designe a un prestador
    CAEC para una hospitalización domiciliaria,
    cuando se cumplen, entre otras, las siguientes
    condiciones
  • Que el paciente esté hospitalizado en un
    prestador de la Red y sometido a un tratamiento
    que requiera la presencia del médico tratante

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  • Que la patología justifique la hospitalización
    domiciliaria
  • Que el médico tratante indique la hospitalización
    domiciliaria y señale el período que ésta debe
    durar
  • Que no se trate de enfermedades crónicas o
    administración de medicamentos.
  • Isapre podrá evaluar periódicamente.

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  • Cuando se trata de prestaciones derivadas de un
    problema de salud AUGE, las personas tienen
    derecho al beneficio GES-CAEC, respecto de las
    prestaciones no garantizadas pero incluidas en la
    Guía Clínica definida por el Ministerio de Salud
    (MINSAL).Para acceder a éste, primero debe
    solicitarse la incorporación a las GES. En caso
    contrario sólo se obtendrá la cobertura del plan
    de salud.
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