Title: Presentacin de PowerPoint
1Exportación de Servicios Aspectos Tributarios
Adolfo Sepúlveda Zavala Noviembre 6, 2007
2Exportación Servicios - Tributación
- Impuesto a la Renta
-
- Doble Tributación Internacional
- Países sin Convenio o Tratado
- Países con Convenio o Tratado
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3Prestación de los Servicios
- 1.) Prestados a través de sociedades constituidas
en el exterior - 2.) Prestados al exterior
- a.) Sin desplazamiento
- b.) Con desplazamiento
- (profesionales
trabajadores)
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4Prestación de los Servicios
- 1.) Prestados a través de sociedades constituidas
en el exterior
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5Renta Mundial
- Salvo disposición en contrario de la presente
ley, toda persona domiciliada o residente en
Chile, pagará impuestos sobre sus rentas de
cualquier origen, sea que la fuente de entradas
esté situada dentro del país o fuera de él
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6Sociedades constituidas en el exterior
- Los dividendos percibidos o utilidades percibidas
se gravan en Chile con los siguientes impuestos - a.) Impuesto de Primera Categoría, tasa de 17
- b.) Impuesto Global Complementario, tasas
progresivas, o Impuesto Adicional, tasa de 35,
según sea el caso
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7Impuestos pagados en el exterior
- Los impuestos a la renta pagados en el exterior,
ya sea que correspondan a una retención sobre el
dividendo o retiro de utilidades, como el
impuesto corporativo que corresponda a la
sociedad, constituyen un crédito contra los
impuestos de - Primera Categoría, y
- Global Complementario o Adicional
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8Impuestos pagados en el exteriorCrédito -
Determinación
- Es la cantidad menor entre
- a.) El o los impuestos pagados al Estado
Extranjero, y - b.) El 30 de una cantidad tal que, al restarle
dicho 30, la cantidad resultante sea el monto
neto de la renta percibida respecto de la cual se
calcula el crédito - El crédito no puede exceder del 30 de la Renta
Neta de Fuente Extranjera
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9Renta Neta de Fuente Extranjera
- Es el resultado consolidado de utilidad o pérdida
de fuente extranjera, en cada ejercicio,
deducidos los gastos necesarios para generar
dicho resultado, en la proporción que corresponda
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10Ejemplo impuestos pagados en el exterior
- Utilidad antes impuestos 100
- menos 25 Impuesto
- Corporativo
lt25gt - Sub-Total
75 - menos Retención dividendo
- 10 sobre 75
7,5 - Remesado a Chile 67,5
- Total Impuestos Pagados (257,5) 32,5
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11Determinación crédito en Chile, por impuestos
pagados en el exterior
- Cantidad tal 96,43
- menos 30 lt28,93gt
- Renta Neta 67,5 (67,5 0.7)
- Factor (0.42857) (67,5 x 0.42857)
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12Requisitos para utilizar el crédito por impuestos
pagados en el exterior
- 1.) Registro de Inversión Extranjera ante el
Servicio de Impuestos Internos - 2.) Equivalentes a los impuestos a la renta
chilenos, que sean obligatorios, pagados o
retenidos - 3.) Deberán acreditarse con un certificado
oficial expedido por la autoridad competente del
país extranjero, debidamente legalizado y
traducido, cuando corresponda
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13Dividendos o retiros de utilidades provenientes
de Argentina
- Los dividendos y participaciones en las
utilidades de empresas, incluidos los retornos de
excedentes de las cooperativas, sólo serán
gravables por el Estado Contratante donde
estuviere domiciliada la empresa que los
distribuye - Para Chile son rentas exentas
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14Servicios prestados al exterior
- 2.) Servicios prestados al exterior
- a.) Sin desplazamiento
- a.2.1) A países sin convenio
- a.2.2) A países con convenio
-
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15Servicios prestados desde Chile sin
desplazamiento países sin convenio
- Según el SII este tipo de servicios son rentas de
fuente chilena - En general los impuestos a la renta pagados o
retenidos en el extranjero, constituyen una
deducción o rebaja de la renta o ingreso - Debiendo reportarse en Chile la renta percibida
- Esta situación produce un efecto de doble
tributación
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16Servicios prestados desde Chile sin
desplazamiento países con convenio
- El aspecto más importante en esta situación es la
calificación del servicio como un Beneficio
Empresarial
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17Convenios de Doble Tributación - vigentesListado
de países
- Argentina Croacia
- Brasil Dinamarca
- Canadá España
- Ecuador Francia
- México Noruega
- Perú Polonia
- Reino Unido e
Irlanda - Corea del Sur del Norte
- Nueva Zelandia Suecia
-
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18Convenios de Doble Tributación
suscritosListado de países
- Colombia
- Irlanda
- Malasia
- Paraguay
- Portugal
- Rusia
- Tailandia
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19Convenios de Doble Tributación en negociación
Listado de países
- Australia Hungria
- Bélgica India
- China Italia
- Cuba Kuwait
- Estados Unidos República Checa
- Finlandia Suiza
- Holanda Venezuela
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20Beneficio Empresarial
- Los beneficios de una empresa de un Estado
Contratante solamente pueden someterse a
imposición en ese Estado, a no ser que la empresa
realice su actividad en el otro Estado
Contratante por medio de un Establecimiento
Permanente situado en él
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21Establecimiento Permanente
- Significa un lugar fijo de negocios mediante el
cual una empresa realiza toda o parte de su
actividad - Las sedes de dirección
- Las sucursales
- Las oficinas
- Las fábricas
- Los talleres
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22Servicios Prestados a Argentina
- Los beneficios resultantes de las actividades
empresariales sólo serán gravables por el Estado
Contratante donde éstas se hubieren realizado - Las rentas obtenidas por empresas de servicios
profesionales y asistencia técnica de cualquier
naturaleza, serán gravables por el Estado
Contratante en cuyo territorio se prestaren tales
servicios
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23Servicios prestados al exterior con
desplazamiento países sin convenio
- Si las rentas se generan por el uso de marcas,
patentes, fórmulas, asesorías técnicas y otras
prestaciones similares, tienen la alternativa de
utilizar como crédito los impuestos pagados o
retenidos en el exterior - El crédito es sólo contra el Impuesto de Primera
Categoría de la Ley de Renta
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24Servicios prestados al exterior con
desplazamiento países con convenio
- El aspecto importante en este tipo de prestación
es la calificación de Beneficio Empresarial,
tal como se comentó en transparencias anteriores,
y su relación con el concepto de Establecimiento
Permanente
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25Establecimiento PermanenteIncluye
- Una obra o proyecto de construcción, instalación
o montaje y las actividades de supervisión
relacionadas con ellos, pero sólo cuando dicha
obra, proyecto de construcción o actividad tenga
una duración superior a seis meses
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26Establecimiento PermanenteIncluye
- La prestación de servicios por parte de una
empresa, incluidos los servicios de consultorías,
por intermedio de empleados u otras personas
naturales encomendados por la empresa para ese
fin, pero sólo en el caso que tales actividades
prosigan en el país durante un período o períodos
que en total excedan de 183 días, dentro de un
período cualquiera de doce meses
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27Servicios prestados al exterior con
desplazamiento países con convenio
- En el caso que la prestación se efectúe en
Argentina, sólo es gravable por dicho país - La renta argentina debe ser considerada como una
renta exenta
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28Regalías Países con Convenio
- En general las regalías en los países con
convenio se encuentran gravadas a tasas
rebajadas, y que corresponden básicamente al pago
por el uso de la propiedad intelectual o
industrial - Sin embargo, también se grava como una regalía el
uso o el derecho al uso de informaciones
relativas a experiencias industriales,
comerciales o científicas
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29Deloitte se refiere a uno o más entre Deloitte
Touche Tohmatsu, una asociación suiza, sus
firmas miembro, y sus respectivas filiales o
afiliadas. Como una asociación suiza, ni Deloitte
Touche Tohmatsu ni cualquiera de sus firmas
miembro tienen responsabilidad por los actos u
omisiones cometidos por otra de las partes. Cada
una de las firmas miembro es una entidad legal
separada e independiente que funciona bajo los
nombres de "Deloitte", "Deloitte Touche",
"Deloitte Touche Tohmatsu", u otros nombres
relacionados. Los servicios son proporcionados
por las firmas miembro, sus filiales o afiliadas
y no por la asociación suiza Deloitte Touche
Tohmatsu.
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