Title: Presentacin de PowerPoint
1ACTUACIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE
ATENCIÓN A LA VIOLENCIA DE GÉNERO 2008-2009
Presentación Áreas Sanitarias 2008
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3Todo acto de violencia basado en la pertenencia
al sexo femenino que tenga o pueda tener como
resultado un daño, sufrimiento físico, sexual o
psicológico para la mujer, así como las amenazas
de tales actos, la coacción o la privación
arbitraria de libertad, tanto si se produce en la
vida pública como en la privada (Naciones
Unidas 1993)
4Acto de violencia física y psicológica,
incluidas las agresiones a la libertad sexual,
las amenazas, las coacciones o la privación
arbitraria de libertad, ejercida por quienes sean
o hayan sido sus cónyuges o quienes estén o hayan
estado ligados a ellas por relaciones similares
de afectividad, aún sin convivencia
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6Resultados por sexo de la víctima en 2006
Fuente Informe de la Delegación Especial del
Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer
7- Se incluyen aquellos casos en los que existe una
analogía evidente con los descritos, a pesar de
no existir vínculo matrimonial - Se incluyen aquellos casos en los que no existe
una relación afectiva estable entre el agresor y
la víctima - Bajo este epígrafe se incluyen las víctimas
masculinas (normalmente hijos) que mueren en
relación con agresiones a mujeres, con resultado
de muerte
8Comparativa por grados de parentesco en el año
2006
Fuente Informe de la Delegación Especial del
Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer
9Fuente Informe de la Delegación Especial del
Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer
10Fuente Informe de la Delegación Especial del
Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer
11(1) Se incluyen aquellas parejas (cónyuges,
compañeros sentimentales o novios) en las que se
ha planteado la ruptura de la relación y aquellos
matrimonios en los que todavía no han surtido los
correspondientes efectos legales
12- Mujeres en situación de violencia objetiva
- Mujeres en situación de violencia subjetiva
- Características sociodemográficas
- Repercusiones
13- 1.786.976 mujeres en España están en situación
objetiva de maltrato por parte de sus parejas o
ex parejas y 677.352 se sienten maltratadas - En Asturias están en situación objetiva de
maltrato por parte de sus parejas o ex parejas
55.522 mujeres y se identifican como maltratadas
19.829
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15Fuente Macroencuesta sobre violencia contra las
mujeres
16Fuente Macroencuesta sobre violencia contra las
mujeres
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19- Ley Orgánica de Medidas de Protección contra la
Violencia de Género - Artículo 32 de la ley Integral contra la
Violencia de Género - Planes de actuación autonómicos contra la
violencia de Género desde 2002 ? Centro de
Atención Integral para las víctimas - Protocolo Interdepartamental en cinco ámbitos
- Problema de Salud Pública salud física y
psíquica, consecuencias individuales, familiares,
hijos e hijas, personas cercanas, conjunto de la
sociedad - Cartera de Servicios del Sistema Nacional de
Salud -
20- Qué papel tienen los profesionales de la salud
en la resolución de problemas derivados de la
violencia? - Recuperar la salud de la mujer afectada,
mediante una actuación global, integrada y
coordinada - Contribuir a la prevención a través de la
correcta intervención de las instituciones - De este modo se pretende que la mujer participe
de forma más activa en el proceso de resolución.
21- Qué puede utilizar el personal de salud que le
permitan dar esa atención global, integrada y
coordinada? - Diferentes profesionales del Servicio de Salud
del Principado de Asturias han elaborado un
Protocolo Sanitario para Mejorar la Atención a
las mujeres víctimas de violencia de género que
sustituye al anterior protocolo editado en el
2003. - Para el personal sanitario, los protocolos
suponen un gran apoyo en su actuación y un
beneficio para las mujeres víctimas de malos
tratos. - Estos protocolos permiten
- La definición del campo concreto de la
intervención sanitaria, estableciendo de manera
explícita sus competencias y los límites a su
actuación. - Facilitan la ubicación de personal de salud en el
proceso completo. - Garantiza a la mujer la información adecuada de
los recursos a su alcance. - Establecer unos criterios de idoneidad y un uso
apropiado de los procedimientos asistenciales. - Formular estándares de calidad asistencia para
estas complejas situaciones y homogeneizar
criterios de buena práctica en la detección y
atención al maltrato.
22- Qué aportan los protocolos a las mujeres
víctimas? - Evitan intervenciones inútiles o repetidas
- Evitan peregrinaciones innecesarias por el
sistema - Facilitan su atención
- La percepción de la implicación de las
instituciones y de la sociedad en la lucha contra
la violencia a las mujeres -
Disposiciones legales relacionadas con el tema y
el sistema sanitario La Ley Orgánica 1/2004, de
28 de diciembre, de Medidas de Protección
Integral contra la Violencia de Género en su
artículo 19 garantiza el derecho a la asistencia
social integral de las mujeres víctimas de
violencia de género y recoge la obligación de
actuación coordinada de los servicios de atención
a la víctima con los cuerpos de seguridad, jueces
de violencia sobre la mujer, servicios sanitarios
y las instituciones encargadas de prestar la
asistencia jurídica a las víctimas. Dentro del
ámbito sanitario la Ley prevé que las
administraciones con competencias sanitarias
promuevan la aplicación, permanente actualización
y difusión de protocolos que contengan pautas
uniformes de actuación sanitaria. Dichos
protocolos deben contemplar explícitamente las
relaciones con la administración de justicia, en
aquello casos en los que exista constatación o
sospecha fundada de daños físicos o psíquicos
ocasionados por estas agresiones o abusos. La Ley
señala que deben tenerse en cuenta de forma
especial la situación de las mujeres
pertenecientes a minorías, inmigrantes, las que
se encuentran en situación de exclusión social o
las mujeres con discapacidad.
23Fijar las pautas de actuación comunes para
profesionales de la rama sanitaria que
garanticen
- La atención sanitaria adecuada a las mujeres
víctimas de violencia - La aportación de las pruebas precisas para que el
delito pueda ser perseguido y castigado - La atención social integral de las mujeres
víctimas de violencia en coordinación con el
resto de las administraciones y servicios
implicados
24 Mujeres que acuden a un centro sanitario con
daños físicos y psíquicos en los que existe la
constatación o sospecha fundada de que han sido
causados por agresiones o abusos. Se
establece el límite de edad inferior en 14 años,
que es límite de la edad pediátrica.
25INDICADORES DE SOSPECHA EN LOS ANTECEDENTES Y
CARACTERÍSTICAS DE LA MUJER
- Antecedentes de haber sufrido o presenciado malos
trataos en la infancia. - Antecedentes personales y de hábitos de vida
Lesiones frecuentes, Abuso de alcohol u otras
drogas, abuso de medicamentos, sobre todo
psicofármacos. - Problemas gineco-obstétricos Ausencia de control
de la fecundidad, presencia de lesiones
genitales, abdomen o mamas durante el embarazo,
dispareunia, dolor pélvico, infecciones
ginecológicas de repetición, anorgasmia,
dismenorrea, abortos repetidos, hijos/as de bajo
peso al nacer, retraso solicitud atención
prenatal.
26- Síntomas psicológicos frecuentes insomnio,
depresión, ansiedad, trastornos de estrés
postraumático, intentos de suicidio, baja
autoestima, agotamiento psíquico, irritabilidad,
trastorno de conducta alimentaria, labilidad
emocional. - Síntomas físicos frecuentes cefalea,
cervicalgia, dolor crónico en general, mareo,
molestias gastrointestinales (diarrea,
estreñimiento, dispepsia, vómitos, dolor
abdominal), molestias pélvicas, dificultades
respiratorias. - Utilización de los servicios sanitarios
Existencia de periodos de hiperfrecuentación y
otros de abandono (largas ausencias),
incumplimiento de citas o tratamientos, uso
repetitivo de los servicios de urgencias,
frecuentes hospitalizaciones, acudir con la
pareja cuando antes no lo hacía.
27- 7. Situaciones de mayor vulnerabilidad y
dependencia de la mujer - Situaciones de cambio vital embarazo y
puerperio, noviazgo, separación, jubilación
propia o de la pareja - Situaciones que aumentan la dependencia
aislamiento, tanto familiar como social,
migración, tanto interna o nacional como
extranjera, enfermedad discapacitante,
dependencia física o económica, dificultades
laborales y desempleo, dificultades de formación
y de ascenso en el trabajo, ausencia de
habilidades sociales - Situaciones de exclusión social reclusas,
prostitución, indigencia - 8. Información de familiares, amistades o de
otros y otras profesionales e instituciones de
que la mujer está siendo víctima de malos tratos.
28INDICADORES DE SOSPECHA DURANTE LA CONSULTA
- 1. Características de las lesiones y problemas
de salud - Retraso en la demanda de asistencia de las
lesiones físicas - Incongruencia entre el tipo de lesión y la
explicación de la causa - Hematomas o contusiones en zonas sospechosas
cara/cabeza, cara interna de los brazos o muslos - Lesiones en diferentes estadios de curación que
indican violencia de largo tiempo de evolución - Lesiones genitales
- Lesiones durante el embarazo en genitales,
abdomen y mamas, Lesión típica rotura de
tímpano.
29- 2. Actitud de la mujer
- Temerosa, evasiva, incómoda, nerviosa se altera,
por ejemplo al abrirse la puerta. - Rasgos depresivos triste, desmotivada,
desilusionada, sin esperanza. - Autoestima baja, sentimientos de culpa, estado de
ansiedad o angustia, irritabilidad, sentimientos
de vergüenza, retraimiento , comunicación
difícil, evitar mirar a la cara, vestimenta que
puede indicar la intención de ocultar lesiones,
falta de cuidado personal, justifica sus lesiones
o quita importancia a las mismas. - Si está presente su pareja temerosa en las
respuestas, busca constantemente su aprobación.
30- Actitud de la pareja
- Muy controlador (siempre contesta él), o, por el
contrario, despreocupado, despectivo o intentando
banalizar los hechos - Solicita estar presente en toda la visita
- Excesivamente preocupado o solícito con ella
- A veces, colérico u hostil con ella o con el
profesional.
LOS SERVICIOS SANITARIOS SON A MENUDO, LOS
PRIMEROS EN IDENTIFICARQUE UNA MUJER ESTÁ
SUFRIENDO VIOLENCIA, Y ESTE CONTACTO PUEDE
SUPONER EL INICIO DE UN PROCESO DE RECUPERACIÓN
31Centros Sanitarios del Principado de
Asturias Incluye
- Atención Primaria
- Atención Especializada
- Todos los servicios de urgencias
- Salud Mental
32- DURANTE LA ENTREVISTA SE EVITARÁN LAS SIGUIENTES
ACTITUDES - Dar la impresión de que el problema tiene fácil
solución - Dar falsas esperanzas
- Asumir actitudes paternalistas
- Crear sensación de culpabilidad en la mujer
- ACTITUDES QUE AYUDAN CUANDO LA MUJER NIEGA EL
MALTRATO - Dejar claro que el maltrato es un problema de
salud y que se puede hablar de ello en la
consulta - Dejar la puerta abierta a futuras consultas
- Informar a la mujer de los recursos existentes
33Recepción la recepción de los servicios
sanitarios a la mujer que sufre violencia ha de
ofrecer una respuesta contundente, mostrando
hacia ella empatía, comprensión, aceptación,
confianza y apoyo. Garantizar intimidad y
privacidad en todo momento. La mujer no estará
acompañada por ninguna persona allegada durante
la entrevista y la exploración, ya que, en
ocasiones la mujer acude acompañada por el
agresor o por una persona cómplice (persona de la
familia que encubre la situación). Facilitar
facilitar a la víctima la expresión de sus
sentimientos y emociones durante la entrevista
clínica mediante la indagación profesional.
Informar permanentemente a la mujer de todas
las exploraciones que se le van a realizar y de
la finalidad de las mismas, comentando en todo
momento lo que se está haciendo. Solicitar
deberá recabarse su aceptación para las
exploraciones que se van a realizar. En menores
de edad deberá avisarse a su padre o madre antes
de darle el alta. Si no colabora para su
localización, se le informará de que el juzgado
citará a su padre / madre en el momento de
recibir el parte.
34- Confidencialidad y privacidad en la atención
- Seguridad
- Autonomía
- Información
- Asertividad
- Continuidad de la atención
35- Identificación de Problemas
- Problemas de salud derivados de la agresión y el
abuso - Riesgo de seguridad
- Información y asistencia jurídica
- Riesgo social mujeres en situación de especial
vulnerabilidad
- Atención a los problemas
- Problemas de salud
- Atención a la seguridad
- Información y asistencia jurídica
- Riesgo social
36ATENCIÓN A LOS PROBLEMAS DE SALUD
- Anamnesis cuidadosa con descripción de los hechos
según los relata la víctima. - Exploración minuciosa de las lesiones y del
estado en el que se encuentra la mujer y
tratamiento requerido de las lesiones que
presente. - Se recomendará a la mujer que acuda para
seguimiento a su centro de salud (en caso de no
ser atendida en su centro, por ejemplo
urgencias). - Agresión sexual en estos casos la exploración
ginecológica debería de realizarse
simultáneamente por el personal sanitario forense
y el de ginecología en el momento en que la
paciente acude al centro sanitario. Para ello se
debe solicitar al juzgado de guardia la presencia
del personal forense e informar de la situación,
para coordinarse y asistir conjuntamente a la
paciente. - En caso de ser recibida la mujer en un centro de
atención primaria será derivada al servicio de
ginecología correspondiente, una vez
cumplimentado el parte / informe.
37ATENCIÓN A LA SEGURIDAD
- Antes de que la mujer abandone el centro
sanitario es preciso valorar si existe riesgo de
nuevas agresiones. - Cómo valorar el riesgo?
- Se explorará la sensación de seguridad que tiene
la mujer, considerando que la situación es de
riesgo si - Tiene miedo de regresar al domicilio.
- Han sido amenazadas de muerte, ella, sus
criaturas o personas a su cargo. - Han sido amenazadas o agredidas con armas,
ella, sus criaturas o personas a su cargo. - Presenta heridas que manifiestan la violencia
de las agresiones. - No cuenta con apoyos sociales ni familiares a
quienes acudir en caso de sentirse amenazada. - Qué hacer en caso de detectarse situación de
riesgo? - Solicitar la presencia policial, bien
directamente o a través del 112. (Ver anexo III). - La copia del parte / informe correspondiente a
la víctima será la que ésta utilice para efectuar
la - denuncia o iniciar otras diligencias. Si
existen dudas sobre la seguridad de la víctima,
puede no - entregársele el parte / informe y se
acordará con ella cuándo puede recogerlo y / o a
través de quién. - Si la víctima acude a través de las fuerzas y
cuerpos de seguridad corresponderá a estos la
identificación del riesgo.
38INFORMACIÓN Y ASISTENCIA JURÍDICA
Informar De la importancia de realizar la
denuncia. La violencia contra las mujeres está
tipificada en el código penal como delito. Sobre
el centro asesor de la mujer que le corresponde
según domicilio. En el centro asesor recibirá
asesoramiento jurídico e información de los
recursos existentes. (ver anexo III). Explicar
que aunque no desee presentar denuncia, es
obligatorio para el personal sanitario remitir el
parte / informe al juzgado en caso de sospecha de
violencia. Este parte es independiente de la
decisión de la mujer de presentar denuncia,
aunque constituye un documento de apoyo a la
acción judicial cuando la presente. Remitir
al centro asesor correspondiente al domicilio de
la victima, mediante fax, de la existencia de un
parte de lesiones junto con la información
necesaria para que pueda concertarse una cita de
forma urgente, con la finalidad de que la víctima
cuente con asesoramiento jurídico previo a la
citación por el juzgado, (existirá un anexo al
parte / informe que debe remitirse al centro
asesor de la mujer de su zona, en el que constará
nombre, teléfono y horario de contacto que la
mujer facilite).
39RIESGO SOCIAL. ATENCIÓN A MUJERES EN SITUACIÓN DE
ESPECIAL VULNERABILIDAD
Art.º 32.4 de la Ley establece que debe prestarse
especial atención a la situación de
vulnerabilidad en el caso de mujeres inmigrantes,
con discapacidad, pertenecientes a minorías
étnicas y en situación de exclusión
social. Para los casos en los que se
identifique una situación de especial
vulnerabilidad, que determine que pueda haber
mayor riesgo de sufrir violencia de género o
mayores dificultades para acceder a los servicios
previstos en la Ley, las mujeres deben de acudir
a la unidad de trabajo social del centro, para lo
que se tramitará una cita lo antes posible.
40- Obligaciones Legales
- Parte / informe al juzgado
- Comunicación telefónica al juzgado de guardia
112 - Solicitud de orden de protección
41CUMPLIMENTACIÓN DEL PARTE / INFORME AL JUZGADO
Es un modelo DIN A 3, autocopiativo, consta de
cuatro ejemplares. Dónde encontrarlo? En todos
los centros sanitarios. En los que tenga historia
clínica informatizada el protocolo quedará
incluido en esta. Cómo cumplimentarlo? En el
caso de cumplimentarlo en soporte en papel y no
en soporte informático se utilizará un bolígrafo.
Deberán completarse los datos referidos al
profesional que realiza el informe y a la mujer.
La información será lo más exhaustiva posible,
incluyendo la situación emocional de la víctima
(anexo IV). Las lesiones deberán datarse en la
medida de lo posible. Importante identificar
lesiones de distinta antigüedad e intentar
determinar las fechas en las que ocurrieron.
Quién lo cumplimenta? El profesional que
atiende a la victima en cada nivel asistencial.
(si se atiende en primaria y se deriva a
especializada se cumplimentará un parte / informe
en primaria y otro en especializada.) Si la
víctima es atendida por más de un profesional en
el hospital se cumplimentará un único parte /
informe, en el que cada profesional registrará
los apartados que le correspondan. Este requisito
es especialmente importante en caso de que la
mujer quede hospitalizada.
42- Dónde enviarlo?
- El parte / informe tiene cuatro copias
- Una copia para la mujer ( si no es un peligro
para la seguridad de la mujer, en este caso se
acordará con ella cuándo puede recogerlo y/o a
través de quién) - Una copia para el juzgado.
- Una copia para el Registro Sanitario de
Casos de Violencia contra las Mujeres del
Servicio de Salud. - Una copia para archivar en el centro
(recomendable en su historia clínica). - En el parte, con el fin de que la mujer víctima
de violencia cuente con asesoramiento jurídico
previo a su citación por el juzgado, existe un
anexo al parte / informe de lesiones que incluirá
los datos mínimos necesarios para que pueda
concertarse una cita de forma urgente. Enviar por
fax al centro asesor que le corresponda por
domicilio dicho anexo.
43- Registro de actuaciones
- Z12/Z25 (CIAP-2)
- Y07/Y05 (CIE-10)
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56GUARDA MODIFICACIONES HISTORIA CLINICA
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59Se inicia el 1 de julio de 2003
Ligado al Protocolo de Atención Sanitaria ante
violencia contra las mujeres
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61- Fuente de información parte/informe que se envía
al Juzgado - Mujeres que demandaron atención sanitaria por
causa del maltrato recibido tanto en Atención
Primaria como en Atención Especializada (incluye
Salud Mental). Son situaciones de maltrato agudo
62El parte/informe al juzgado consta de cuatro
hojas autocopiativas, tres en el sistema de
información OMI AP el ejemplar para el juzgado,
el ejemplar para la historia clínica, el ejemplar
para la mujer y por último el ejemplar para el
registro. En OMI AP este ejemplar se imprime
utilizando el icono correspondiente a imprimir
informe asociado y grabar, que se encuentra en la
parte de abajo, el primero a la izquierda, de la
pantalla. La hoja del parte/informe se debe
remitir en sobre cerrado con la inscripción
CONFIDENCIAL a Servicio de Salud del Principado
de Asturias (Sespa) Registro VIMPA A/A Teresa
Méndez Morales Unidad de Análisis y
Programas Plaza del Carbayón 1 y 2, 1ª
Planta 33001 OVIEDO
63Se estableció un procedimiento para el envío,
archivo, custodia y destrucción de las partes
informes que cumple con los requisitos
establecidos por la Ley de Protección de Datos
Personales.
64- Los partes / informes se codifican en la Unidad
de Análisis y Programas - Posteriormente se graban en la aplicación
informática diseñada a estos efectos - Se archivan en la misma unidad
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66- Numero de asistencias sanitarias por mujer
atendida - Distribución de los partes/informes según tramo
de edad y nivel de atención - Número de casos atendidos según relación con el
agresor y tramo de edad - Número de partes/informes registrados por área
sanitaria y nivel de atención - Distribución por tipo de maltrato y nivel de
atención - Número de casos por tipos de acompañantes y nivel
de atención - Promedio días demora transcurridos desde la
agresión al momento de la atención sanitaria - Lesiones causadas por la agresión Diagnósticos
más frecuentes - Situaciones especiales de riesgo
67() Población considerada, mujeres mayores de 14
años
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74() Población considerada, mujeres mayores de 14
años. Fuente SADEI. Padrón Municipal de
Habitantes 2005/2006
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76- Los circuitos administrativos para el envío de
los partes/informes - La cumplimentación de los partes
- La codificación se evaluó CIE-9, CIAP
77- Consejería de Salud y Servicios Sanitarios
- Equipos directivos de A. Especializada y A.
Primaria - Coordinadores médicos y de enfermería S. Mental
- Trabajadores/as Sociales A. Especializada y A.
Primaria - COF
- Miembros grupo elaboración protocolo
- Miembros del grupo de formación
- Programa atención psicosocial
- Servicios Centrales Sespa
- Observatorio de la Mujer
- Instituto Asturiano de la Mujer
- Instituto de práctica forense
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