Title: UNIVERSIDAD AUTONOMA DE ZACATECAS. U.A.C.A.
1UNIVERSIDAD AUTONOMA DE ZACATECAS.U.A.C.A.
- Maestría en Derecho Fiscal.
2- TEORIA GENERAL DE LA CONTRIBUCION.
- Catedrático
- Lic. Gerardo Mandujano Barrientos.
3TEMARIO.
- 1.- Objeto e importancia del Derecho Fiscal.
- Conceptos Generales.
- 2.- Principios Doctrinarios y Constitucionales en
- Materia Fiscal.
- 3.- La Interpretación de las Normas Jurídico
- Fiscales.
- 4.- Los Sujetos.
- 5.- Las Autoridades Fiscales. Sus atribuciones y
- Facultades.
- 6.- Obligaciones de los Sujetos.
- 7.- Extinción de la Obligación Fiscal.
- 8- Garantías del Crédito Fiscal.
41.- ASPECTOS GENERALES BASICOS.
- La Actividad Financiera del Estado.
- Actividad que desarrolla el Estado con el objeto
de - procurarse los medios necesarios para los gastos
- públicos destinados a la satisfacción de las
necesidades - públicas y en general a la realización de sus
propios fines. - Consta de tres fases importantes
- Obtención de Ingresos.
- Manejo de los recursos obtenidos.
- Efectuar las erogaciones.
5Los Aspectos de la Actividad Financiera.
- El Aspecto
Económico. - Surge al momento en que el Estado se ocupa de la
obtención de los - recursos necesarios para el cumplimiento de sus
fines. - Derivado de esto, se consideró por largo tiempo
que la actividad - financiera del Estado era una de las ramas de la
ciencia económica. - Es quizás el aspecto más sobresaliente de la
actividad financiera - estatal.
6Los Aspectos de la Actividad Financiera.
- El Aspecto Político.
-
- La facultad del Estado de procurarse los
medios económicos necesarios para el
cumplimiento de sus fines pertenece al ámbito de
los poderes de supremacía o de imperio, que
corresponden desde su origen, a los entes
públicos. -
- Los principios económicos quedan siempre
subordinados al principio político que domina y
orienta a toda la actividad financiera del
Estado.
7Los Aspectos de la Actividad Financiera.
- El Aspecto Jurídico.
-
- La actividad financiera que realiza el Estado se
encuentra sometida al Derecho. - Todas las manifestaciones de voluntad del
- Estado, dentro del campo de la administración
- pública, y las relaciones que ésta entable con
los - particulares, deben tener siempre su sustento en
- la ley.
8Los Aspectos de la Actividad Financiera.
- El aspecto sociológico.
- Orientado por los elementos sociales a los que
afecta. -
- La actividad financiera del Estado, muchas
veces es condicionada por las expectativas y
anhelos de los diversos grupos sociales que
conviven dentro del Estado.
9b) Teoría General del Derecho Fiscal.
Teoría General del Derecho Fiscal.Que es
lo que justifica o explica que los particulares
estén obligados a contribuir con parte de sus
ingresos para ayudar al sostenimiento de la
Administración Pública?
10Justificación Histórica.
- Al momento en que los grupos sociales adoptan
la vida sedentaria, el conglomerado social obligó
a sus integrantes a participar con una parte de
sus ingresos, a fin de allegarle al gobierno los
recursos económicos indispensables para la
satisfacción de todas las necesidades colectivas.
11Justificaciones Doctrinarias.
- Teoría de la Relación de Sujeción.
- Se justifica por el mero sometimiento a la
soberanía de quienes representan el poder
público. - Teoría del Beneficio Equivalente.
- Los servicios que el gobierno presta son
equivalentes al importe de los impuestos que se
pagan.
12EL PODER TRIBUTARIO DEL ESTADO.
- A lo anterior es a lo que se conoce como el
poder tributario del Estado, supremacía
tributaria, potestad impositiva, poder fiscal. - En México encuentra su fundamento
Constitucional en los artículos 31 fracción IV,
40,73 fracciones VII y XXIX, 115 fracción IV, 122
fracción IV inciso b) y 124.
13EL ORIGEN DEL PODER TRIBUTARIO.
- Conforme a los artículos 39 y 41
Constitucionales, el pueblo es el dueño original
de la soberanía nacional, y por consecuencia
también lo es de la potestad tributaria, la cual
se ejerce a través de los órganos del gobierno. -
- El órgano de gobierno al desempeñar esta
atribución, lo hace con el poder soberano, y con
los gobernados sometidos a ese poder, es decir,
se coloca en una situación de superioridad
respecto de los particulares.
14LA MANIFESTACION DEL PODER TRIBUTARIO.
- La potestad tributaria sólo puede expresarse
mediante leyes emitidas por los órganos
facultados para tal efecto, las cuáles establecen
las hipótesis normativas que al hacerse realidad
se traducen en pago de contribuciones a cargo del
sujeto pasivo que realice el hecho generador. - Lo anterior se desprende del contenido del
artículo 31 fracción IV en relación con el
artículo 14, ambos de la Constitución Política.
15EL EJERCICIO DEL PODER TRIBUTARIO.
- Se presenta en el plano material, cuando la
Administración Pública ya sea Federal, del D.F.,
Estatal o Municipal, proceden a comprobar y a
determinar que los hechos generadores, las
liquidaciones y el entero de los créditos
fiscales, se encuentran ajustados a la ley. - En un momento dado, también se puede dar la
intervención de los Poderes Legislativo y
Judicial, así como de los Tribunales
Contenciosos-Administrativos.
16Definición del Derecho Fiscal.
- Es el conjunto de normas jurídicas y
principios de derecho público que regulan la
actividad del Estado como fisco. (Arrioja
Vizcaíno). -
- Sergio Francisco de la Garza no nos define el
derecho fiscal, sino el derecho tributario como
el conjunto de normas jurídicas que se refieren
al establecimiento de los tributos, a las
relaciones jurídicas que se establecen entre la
administración y los particulares, a los
procedimientos que pueden surgir y a los ilícitos
y las sanciones establecidas por su violación.
17c) Fuentes Formales del Derecho Fiscal.
-
- Son los procedimientos, formas, actos o hechos,
y demás medios de creación e interpretación, en
los cuales tienen su origen los principios y
leyes en general.
18Cuales son esas fuentes
- La Constitución.
- La Ley.
- Reglamentos Administrativos.
- Decretos-Ley.
- Decretos-Delegados.
- La Jurisprudencia.
- Tratados Internacionales.
- La Doctrina.
19d) Concepto de Tributo.
- El tributo, contribución o ingreso tributario es
el vínculo jurídico en virtud del cual el Estado,
actuando como sujeto activo, exige a un
particular, denominado sujeto pasivo, el
cumplimiento de una prestación pecuniaria,
excepcionalmente en especie. - El tributo viene a constituir la manifestación
económica de la relación jurídico-tributaria,
representada por el derecho de cobro a favor del
fisco y la correlativa obligación de pago a cargo
del contribuyente.
20La definición del Código Fiscal dela Federación.
-
- Artículo 6o. Las contribuciones se causan
- conformen se realizan las situaciones jurídicas
o de hecho, previstas en las leyes fiscales
durante el lapso en que ocurran. - Más que definición, solo se define el momento
en que se causa una contribución.
21e) Clasificación de los Tributos.
- La Clasificación Tradicional.
-
- Directos- No son susceptibles de repercutirse.
Inciden en utilidades o rendimientos. - Indirectos- Sí poseen la posibilidad
traslativa. Gravan el consumo. - Reales- Gravan la titularidad de algún derecho
real. - Personales- Gravan los ingresos que se
obtienen de las actividades productivas.
222.- PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES EN MATERIA
FISCAL.
- a) Los principios doctrinarios.
- Proporcionalidad.
- Certidumbre o certeza.
- Comodidad.
- Economía.
- Conceptos desarrollados por Adam Smith.
23principios doctrinarios
- Capacidad de pago.
- Del beneficio.
- Crédito por ingreso ganado.
- Ocupación plena.
- De la conveniencia.
- Estos fueron desarrollados por Harold M.
- Sommers
24b) Principios Constitucionales.
- Se contienen en el artículo 31, fracción
- IV, de nuestra Constitución Política.
- Generalidad.
- Obligatoriedad.
- Vinculación con el gasto público.
- Proporcionalidad y equidad.
- Legalidad.
253.- LA INTERPRETACION DE LAS NORMAS JURIDICO
FISCALES.
- Interpretar una ley significa desentrañar su
contenido para poder aplicarla. - La interpretación de las leyes es una labor
que puede llevar a cabo cualquier interesado en
comprender su contenido, para poder aplicarlas a
casos o situaciones concretas.
26a) Métodos de interpretación.
- Interpretación literal.
- Lógico conceptual.
- Interpretación auténtica.
- A contrario sensu.
- Interpretación analógica.
- Interpretación exacta.
- Interpretación estricta (art. 5 C.F.F.).
27b) Jerarquía de las leyes fiscales.
- Al existir una multiplicidad de normas
jurídicas, con toda seguridad se presentarán
conflictos entre estas al momento de su
aplicación. -
- A fin de dar solución a estos conflictos, se
recurre a dos principios jurídicos - Principio de supremacía y superioridad.
- Principio de preferencia o prelación de la ley de
la materia.
28c) La eficacia de la ley fiscal en el tiempo.
- Desde cuando inicia su vigencia?
- Hasta cuando rige?
- Qué sucede con las situaciones preexistentes a la
norma?
29d) La eficacia de la ley fiscal en el espacio.
- La ley tiene un ámbito territorial de vigencia
que coincide con los límites geográficos del
Estado que la expide. - Cuando dos Entidades Públicas o más, imponen
una misma contribución sobre un mismo hecho
generador, se presenta la figura de la doble o
múltiple imposición.