EL%20SEGURO%20DE%20CUMPLIMIENTO - PowerPoint PPT Presentation

About This Presentation
Title:

EL%20SEGURO%20DE%20CUMPLIMIENTO

Description:

Garantiza el cumplimiento de obligaciones ajenas. El fiador se compromete a cumplir la obligaci n afianzada ... asesor a profesional, consultar con abogado, etc. ... – PowerPoint PPT presentation

Number of Views:595
Avg rating:3.0/5.0
Slides: 32
Provided by: angelam59
Category:

less

Transcript and Presenter's Notes

Title: EL%20SEGURO%20DE%20CUMPLIMIENTO


1
(No Transcript)
2
SEGURO DE CUMPLIMIENTO
  • ANTECEDENTES NORMATIVOS
  • Ley 225 de 1938 Creación del seguro de manejo y
    cumplimiento
  • Reglamentación Decreto 1348 de 1939
  • Decreto 2950 de 1954
  • .Garantizar la fidelidad de los empleados
    públicos y privados, y tambi?n el pago de
    impuestos, tasas y derechos y el cumpliemiento de
    obligaciones que emanen de leyes.
  • Las compañías de seguros de que trata esta ley y
    los contratos que celebren se regirán además por
    las disposiciones legales pertinentes sobre
    compañías de seguros, socideades anónimas y
    contratos de seguros
  • Resolución 1810 de 1957 Contraloría General de
    la República
  • Resolución1323 de 1954 Contraloría General de
    la República

2
3
SEGURO DE CUMPLIMIENTO
  • ANTECEDENTES NORMATIVOS
  • Decreto Ley 150 de 1976 R?gimen de contratación
    Administrativa
  • Resolución 08660 de 1981- Contraloría General de
    la República
  • Decreto 222 de 1983 Nuevo R?gimen de
    Contratación pública
  • Oficio DS y C 2756 Junio 08 de 1983
    Superbancaria se dicta póliza matriz para el
    seguro de cumplimiento
  • Resolución 10500 de 1984 Contraloría General de
    la República Contratos y t?rminos de la póliza
  • Art. 203 Estatuto orgánico del sistema
    financiero Dcto. 663 de 1993
  • Ley 80 de 1993. Nuevo estatuto de la contratación
    pública.

4
  • 2. OBJETIVOS
  • ASEGURAR, GARANTIZAR O AFIANZAR
    EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CONTENIDAS EN
    UN CONTRATO, LA LEY O UNA ORDEN JUDICIAL.
  • 3. DEFINICION
  • Contrato por el cual una Aseguradora, a cambio
    de un precio, garantiza el cumplimiento de una
    obligación contenida en un contrato, una
    disposición legal o una orden judicial y
    se obliga a pagar los perjuicios que haya
    ocasionado dicho incumplimiento hasta por
    una suma determinada.

5
  • NATURALEZA JURIDICA DEL SEGURO DE CUMPLIMIENTO
  • Tesis expuestas
  • 1.Es un seguro Ley 225 de 1938
  • Ley 80 de 1993
  • Estatuto orgánico del sistema Financiero.
  • 2. Es una Fianza Decreto 410/71- Código de
    Comercio. .
  • Decreto 150/76
  • Decreto 222/83
  • Inaplicabilidad de principios generales
  • del contrato de seguros
  • 3. El seguro de Fianza Figura autónoma e
    independiente
  • 4. Un seguro que participa de la naturaleza de
    las fianzas
  • Obligación de pagar una indemnización por
    incumplimiento
  • Es accesorio


6
SEGURO
FIANZAS
SEGURO VS. FIANZA
  • Caución
  • Garantiza el cumplimiento de obligaciones ajenas
  • El fiador se compromete a cumplir la obligación
    afianzada
  • No hay límite de las responsabilidades del fiador
  • Obligación incondicional
  • Puede ser a título gratuito
  • Actividad libre
  • Beneficios de excusión y división

  • Contrato
  • Garantiza el pago de los perjuicios por el
    incumplimiento de la obligación
  • La Aseguradora no se obliga a cumplir la
    obligación garantizada
  • El límite es el valor asegurado
  • Obligación condicional
  • Siempre es contrato oneroso
  • Actividad reglada y vigilada
  • No aplicación de beneficios

7
  • 5. CARACTERISTICAS DEL SEGURO DE CUMPLIMIENTO
  • Naturaleza económica de la fianza Seguro
    Patrimonial
  • Contrato donde intervienen 3 personas
  • Contrato accesorio Su existencia está
    subordinada a una obligación principal y sigue la
    suerte de esta
  • El asegurador no se obliga a cumplir con la
    obligación garantizada
  • Por regla general se aplica el principio
    indemnizatorio de los seguros. Excepciones
    pago de Multas, cláusulas penales pólizas de
    disposiciones legales y de seriedad de oferta en
    procesos de Ley 80 de 1993
  • No procede la terminación automática por mora
    en el pago de la prima Ley 80 de /93 Tratándose
    de pólizas de Cumplimiento ante entidades
    estatales
  • No procede la revocación unilateral Art. 1071 C.
    de Comercio


8
5. CARACTERISTICAS DEL SEGURO DE CUMPLIMIENTO
  • La prima no tiene su fundamento en la
    compensación de riesgos, ni está calculada
    t?cnicamente para el pago de siniestros
  • La siniestralidad no la define el incumplimiento
    del afianzado o el pago de la indemnización, sino
    la imposibilidad del recobro
  • Subrogación Procede siempre contra el tomador
    afianzado, no operan las excepciones a favor del
    asegurado Necesidad de contragarantia
  • Cobertura para riesgos de ejecución sucesiva Vs.
    Ejecución instantánea


9
6. NORMAS LEGALES DEL CONTRATO DE SEGUROS NO
APLICABLES AL SEGURO DE CUMPLIMIENTO
  • DEFINICION TOMADOR DEL SEGURO ART. 1037 C.Co.
  • El RIESGO ASEGURABLE COMO EL SUCESO INCIERTO QUE
    NO DEPENDE EXCLUSIVAMENTE DE LA VOLUNTAD DEL
    TOMADOR Art.1054 C. Co.
  • TERMINACION DEL CONTRATO POR AGRAVACION DEL
    ESTADO DEL RIESGO Art. 1060 C. Co.
  • INEXACTITUD O RETICENCIA EN LA DECLARACION DEL
    ESTADO DEL RIESGO Art.1058 C. Co.
  • INASEGURABILIDAD DEL DOLO, CULPA GRAVE Y LOS
    ACTOS MERAMENTE POTESTATIVOS DEL TOMADOR Art.
    1055.
  • TERMINACION AUTOMATICA POR MORA EN EL PAGO DE LA
    PRIMA Art. 1066 C. Co.
  • EXCEPCIONES PARA LA SUBROGACION CONTRA EL
    TOMADOR Y EN FAVOR DEL ASEGURADO Art. 1096
  • PRINCIPIO INDEMNIZATORIO Art. 1080 y 1089.
  • REVOCACION UNILATERAL DEL CONTRATO DE SEGUROS
    Art. 1071
  • INFRASEGURO Y SUPRASEGURO ART. 1102 C. Co.

10
  • 7. PARTES QUE INTERVIENEN
  • Aseguradora
  • Compañía de Seguros que actuando
    como
  • garante o afianzador tiene como obligación
    pagar
  • al Asegurado, hasta el límite del valor
    asegurado,
  • los perjuicios que el tomador o afianzado
    ocasione
  • por el incumplimiento en la obligación
    garantizada
  • o si así lo elige, asumir el cumplimiento de la
    misma.
  • Tomador - Afianzado
  • Persona Natural o Jurídica que es el deudor
    de la
  • obligación que se garantiza y quien
    normalmente
  • contrata el seguro.
  • Asegurado - Beneficiario
  • Persona natural o jurídica con la cual el
    tomador
  • ha contraído la obligación que se
    garantiza y en
  • consecuencia será el beneficiario de la
    indemnización

11
  • 8. CLASES DE POLIZAS O PRODUCTOS EN EL SEGURO
    DE CUMPLIMIENTO
  • POLIZAS DE CUMPLIMIENTO
  • ENTRE PARTICULARES
  • POLIZAS DE CUMPLIMIENTO
  • ANTE ENTIDADES ESTATALES
  • (LEY 80 DE 1993)
  • POLIZAS DE CUMPLIMIENTO DE
  • DISPOSICIONES LEGALES
  • POLIZAS DE CAUCION JUDICIAL

12
  • 9. AMPARO BASICO
  • Cubrir al Asegurado por el pago de los
    perjuicios ocasionados con el incumplimiento
    imputable al afianzado, en la obligación legal
    o contractual que se garantiza y/o las sanciones
    que ello genere.
  • 10. EXCLUSIONES GENERALES
  • Fuerza Mayor o caso fortuito
  • Lucro Cesante
  • Causales legales de exoneración de
    responsabilidad del afianzado
  • Incumplimiento de Disposiciones Legales
  • Responsabilidad Civil Extracontractual
  • Multas o cláusulas penales (Póliza de
    cumplimiento entre particulares)
  • Perjuicios diferentes al incumplimiento de la
    obligación afianzada.
  • No contratación de otros seguros.

13
11. POLIZAS DE CUMPLIMIENTO ANTE ENTIDADES
ESTATALES (LEY 80 DE 1993)
GARANTIZAN EL CUMPLIMIENTO DE
OBLIGACIONES DERIVADAS DE UN
CONTRATO DONDE EL CONTRATANTE (ASEGURADO
Y BENEFICIARIO) ES SIEMPRE
UNA ENTIDAD ESTATAL Y/O REGIDA
POR EL DERECHO PUBLICO. (LEGISLACION
ADMINISTRATIVA, ESTATUTO DE CONTRATACION PUBLICA)
14
  • Aspectos Generales
  • Son obligatorias. Excepto en contratos
    interadministrativos, de Empr?stito de seguros y
    con Cooperativas Nacionales.
  • Garantía única En una sola póliza se
    incluyen todos los amparos (Excepto seriedad de
    la oferta).
  • Garantizan el pago de multas y cláusulas penales
    pactadas en el contrato
  • Tratándose de multas y cláusulas
    penales sancionatorias no opera el principio
    indemnizatorio
  • No opera la terminación automática por mora en el
    pago de la prima, ni la revocación unilateral

15
  • Las condiciones mínimas en cuanto a objeto,
    vigencia y cuantías las define la Ley (Decreto
    679 de 1994).
  • Su aprobación la efectúa la Entidad Estatal
    contratante sin posibilidad de emplear prácticas
    discriminatorias.
  • Por regla general el siniestro lo constituye un
    acto administrativo, su trámite y pago de la
    indemnización se rigen por la
    legislación administrativa (Estatuto de
    Contratación pública, Código Contencioso
    Administrativo).
  • No existe la objeción al reclamo por parte de la
    Aseguradora, quien puede interponer los recursos
    de ley.
  • En caso de controversia,
    se resuelven ante la
    jurisdicción Contencioso Administrativa
    (Tribunales Contenciosos, Consejo de Estado).
  • Prescripción del contrato de seguros y p?rdida de
    fuerza ejecutoria de los actos administrativos.

16
12. AMPAROS QUE SE OTORGAN EN UNA POLIZA DE
CUMPLIMIENTO
A. Seriedad de la Oferta Cubre al asegurado
por los perjuicios o la sanción derivados del
incumplimiento por parte del proponente, en las
obligaciones establecidas en el pliego de
condiciones o t?rminos de referencia y,
especialmente la de suscribir el contrato objeto
de la licitación en los t?rminos y condiciones
que dieron base a la adjudicación. En algunos
casos tambi?n la de constituir las garantías para
su ejecución. B. Cumplimiento del Contrato
Cubre al asegurado contra los perjuicios directos
ocasionados por el incumplimiento imputable al
contratista, de las obligaciones derivadas del
objeto del contrato garantizado. Tratándose de
pólizas a favor de Entidades Oficiales, comprende
el pago de multas y cláusulas penales. C. Buen
Manejo y Correcta Inversión del Anticipo Cubre
al Asegurado por los perjuicios derivados del uso
o apropiación indebida que el contratista haga de
los dineros o bienes que se le hayan anticipado
para la ejecución del contrato. D. Devolución de
Pagos Anticipados Cubre al Asegurado por los
perjuicios derivados del no reintegro o
devolución de saldos a cargo del contratista por
este concepto, en el evento de incumplimiento del
objeto del contrato.
17
  • E. Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e
    Indemnizaciones Cubre al Asegurado por los
    perjuicios ocasionados por el incumplimiento del
    Contratista en sus obligaciones laborales con el
    personal utilizado para la ejecución del
    contrato. (Solidaridad patronal art. 35 C.S.T.)
  • F. Estabilidad de la Obra Cubre al Asegurado por
    los perjuicios derivados del incumplimiento por
    parte del Contratista en su obligación de reparar
    los deterioros que sufra la obra, en condiciones
    normales de uso, que impidan el servicio para el
    cual se ejecutó , siempre y cuando este sea
    imputable al contratista.
  • G. Calidad del Bien o Servicio Cubre al
    Asegurado contra los perjuicios derivados del
    incumplimiento imputable al Contratista en su
    obligación de responder reparando, corrigiendo o
    saneando los deterioros o vicios que sufran los
    bienes o, generen los servicios contratados, en
    condiciones normales, como consecuencia de fallas
    en las especificaciones y requisitos mínimos
    contratados.
  • H. Correcto Funcionamiento de los Equipos Cubre
    al Asegurado por los perjuicios derivados del
    incumplimiento imputable al Contratista, en su
    obligación de responder por el deficiente e
    incorrecto funcionamiento de los equipos que
    suministre o instale en desarrollo del contrato.
  • I. Provisiones de Repuestos y Accesorios Cubre
    al Asegurado por los perjuicios derivados del
    incumplimiento imputable al Contratista de las
    obligaciones en el suministro de repuestos y
    accesorios previstos en el contrato, durante el
    tiempo establecido en el mismo.

18
  • SUSCRIPCION EN EL SEGURO DE CUMPLIMIENTO
  • RIESGO AFIANZADO
  • EL RIESGO EN ESTE TIPO DE SEGURO ES EL
    INCUMPLIMIENTO DE UNA OBLIGACION POR PARTE
    DEL AFIANZADO .
  • LA ASEGURADORA SE COMPROMETE POR SU
    SOLVENCIA MORAL, TECNICA Y ECONOMICA
    PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION QUE
    SE GARANTIZA.
  • QUIEN ES?
  • QUE HACE?
  • COMO LO HACE?
  • QUE TIENE?

Riesgo Subjetivo Analisis del afianzado en su
solvencia moral, económica, financiera,
experiencia (Know How), estructura administrativa
y t?cnica (Maquinaria equipos, etc.), solidez y
suficiencia de sus contragarantias
19
  • Cómo se evalúa el Riesgo Subjetivo?
  • A. ANALIZANDO DOCUMENTOS TALES COMO
  • Certificado de existencia y Representación legal
  • Certificado de inscripción en el registro de
    proponentes
  • Balances y estados de p?rdidas y ganancias
  • Declaración de renta
  • Record de obras ejecutadas y en ejecución
  • Referencias comerciales y bancarias
  • Consultas a las centrales de riesgo CIFIN -
    DATACREDITO
  • Formulario SIPLA
  • B. REVISANDO LAS VINCULACIONES DEL
    CLIENTE CON LA ASEGURADORA Y SU
    COMPORTAMIENTO EN PAGO DE PRIMAS,
    PRESENTACION DE RECLAMACIONES, SINIESTROS,
    CONCEPTO DEL INTERMEDIARIO DE SEGUROS, ETC.
  • C. VERIFICANDO LA IMAGEN INSTITUCIONAL DEL
    CLIENTE, SU RECONOCIMIENTO EN EL GREMIO Y ANTE
    EL PUBLICO EN GENERAL.
  • D. CONTRAGARANTIA LIQUIDA Y/O SÓLIDA

20
RIESGO OBJETIVO ANALISIS DE LA OBLIGACION A
GARANTIZAR (EL CONTRATO, LA DISPOSICION LEGAL O
LA ORDEN JUDICIAL) Y SUS EFECTOS
  • ES POSIBLE ?
  • ES LEGAL ?
  • ES FACTIBLE EN LAS CONDICIONES PACTADAS DE
    PLAZO, PRECIO, LUGAR, CONDICIONES SOCIALES,
    POLITICAS, ETC?
  • EL AFIANZADO ES APTO PARA CUMPLIRLA?
  • QUE PERJUICIOS SE PUEDEN OCASIONAR?

21
Cómo se evalúa el Riesgo Objetivo?
A. Solicitando copia del contrato para analizar
su objeto, plazo, valor. Obligaciones
especiales que asume el cliente, claridad en las
cláusulas, etc. B. Analizando con
profundidad la disposición legal, verificando
la experiencia en garantías similares, la
posición adoptada por el
asegurado, etc.
C. Analizando la norma judicial, solicitando
copia de las actuaciones procesales (demanda,
contestación de demanda), buscando asesoría
profesional, consultar con abogado, etc. D.
Analizando la situación social, económica y de
orden público de lugar o el momento en que debe
cumplirse la obligación. E. Verificando la
posición del Asegurado frente a los
siniestros. F. Verificando capacidad de
Reaseguro y exclusiones de dichos contratos.
22
  • 14. LA CONTRAGARANTIA
  • Objetivo
  • FACILITAR O AGILIZAR EL RECOBRO O DERECHO A LA
    SUBROGACION DE LA ASEGURADORA EN EL EVENTO DEL
    PAGO DE LA INDEMNIZACION CON OCASIÓN DE UN
    SINIESTRO.

Características
  • SEGURA Tener aplicación legal irrefutable
  • SUFICIENTE Permitir el recobro al 100
  • SOLIDA Contar con respaldo financiero para su
    realización
  • Clases de Contragarantías
  • PERSONALES Su respaldo lo constituye el
    patrimonio de quien la suscribe, al momento en
    que ?sta se hace efectiva Ej. Los títulos
    valores.
  • Sin embargo de estos, el que cumple con los
    requisitos arriba mencionados para facilitar
    el recobro inmediato, bajo la legislación
    Colombiana es el PAGARE EN BLANCO CON SU
    RESPECTIVA CARTA DE INSTRUCCIONES.
  • REALES Su respaldo lo constituye un bien
    mueble o inmueble, con independencia de su
    propietario, poseedor del lugar donde se
    encuentre Ej. Hipoteca, prenda, fiducias,
    depósito de dinero, endoso de C.D.T.S.

23
  • POLIZA DE CUMPLIMIENTO ANTE ENTIDADES ESTATALES Y
    DE DISPOSICIONES LEGALES
  • Siniestro Incumplimiento de la obligación legal
    o contractual
  • Acto administrativo debidamente motivado
  • Notificación en debida forma al afianzado y al
    Asegurador
  • Recursos vía gubernativa (Reposición , apelación)
  • Acto administrativo que resuelve (revoca o
    confirma) - Notificación
  • Aceptación del reclamo Pago del siniestro
    (dinero, reparación o ejecución)
    Subrogación por el asegurador al
    tomador.
  • Cobro a la aseguradora Jurisdicción contenciosa
    administrativa

  • Jurisdicción coactiva.
  • Controversia Acción de nulidad y
    restablecimiento del derecho ante la
    jurisdicción contencioso administrativa.
    Iniciativa de la aseguradora Existe la
    obligación

24
  • 15. GARANTIAS Y SEGUROS PARA LA CONTRATACION
    PUBLICA (LEY 80 DE 1993 Y DECRETO 679 DE 1994)
  • Clases POLIZAS DE SEGUROS
  • GARANTIAS BANCARIAS
  • Tipos
  • Para la adjudicación, celebración y ejecución de
    un contrato estatal es necesaria la constitución
    de las siguientes garantías y seguros
  • A. Garantía de Seriedad de la Oferta
  • Antecedente al Contrato
  • Valor asegurado No inferior al 10 de la
    propuesta o el

  • presupuesto oficial
  • Vigencia El plazo para la adjudicación

25
Amparos Todos en el mismo documento
(Concomitantes y subsiguientes al
contrato). Valor Asegurado La suma de todos los
amparos así Cumplimiento No inferior a la
cláusula penal ni al 10 del valor del
contrato Anticipo 100 del valor
entregado por este concepto No mayor al 50 del
valor contrato Salarios No
inferior al 5 del valor del contrato Otros
amparos Según el contrato haciendo referencia al
valor final La reposición, aumento del valor
asegurado y las prórrogas de vigencia son de
cargo del contratista. Su aprobación es
requisito indispensable para la ejecución del
contrato y la Entidad Estatal no podrá emplear
prácticas discriminatorias. C. Póliza se
Seguro de Responsabilidad Civil
Extracontractual En los contratos de ejecución
de obra o, cuando el Contratante lo considere
necesario mediante una póliza anexa
26
SINIESTRO EN GARANTÍA UNICA Según la
naturaleza del amparo así Seriedad de la
Oferta No suscripción del contrato. Será igual
al monto de la garantía. Cumplimiento Demora
injustificada Valor Multas pactadas
Incumplimiento del contrato y Caducidad
Monto de la Cláusula penal pecuniaria Anticipo
Liquidación del contrato
Saldo no amortizado Pago Anticipado
Liquidación del contrato Saldo no
devengado Salarios Incumplimiento
de obligaciones laborales Liquidación
Calidad, Estabilidad y Correcto Funcionamiento
Vicios y fallas Perjuicios
27
  • 16. SEGURO DE CUMPLIMIENTO ANTE ENTIDADES
    ESTATALES
  • ROBLEMÁTICA ACTUAL
  • CAPACIDAD DE ASEGURAMIENTO
  • Retención neta de los riesgos Art. 1 Dcto.
    2291/93 10 Patrimonio T?cnico de las
    Aseguradoras
  • Necesidades de Reaseguro Transferencia total o
    parcial del riesgo aceptado.
  • Número limitado de Reaseguradores interesados en
    el mercado Colombiano
  • Capacidad del mercado delimitada por contratistas
  • Altas acumulaciones por valores asegurados
  • Acumulaciones de larga duración por vigencias
    requeridas, amparos de salarios, estabilidad de
    obra y calidad

28
  • 16. SEGURO DE CUMPLIMIENTO ANTE ENTIDADES
    ESTATALES
  • PROBLEMÁTICA ACTUAL
  • CLAUSULAS Y CONDICIONES EXIGIDAS
  • Objeto de la Garantía Art. 16 Dcto. 679 de 1994
  • Respaldar el cumplimiento de todas y cada una
    de las obligaciones que surjan a cargo del
    contratista frente a las Entidades Estatales,
    por razón de la celebración, ejecución y
    liquidación de los contratos estatales. Por
    tanto deben cubrir cualquier hecho constitutivo
    de incumplimiento de las obligaciones a cargo del
    contratista.
  • Riesgos inasegurables - Garantías financieras
  • - Fuerza mayor y caso fortuito
  • - Obligaciones parafiscales
  • - Compromiso anticorrupción
  • - Riesgo geológico
  • - Riesgo ambiental

29
  • 16. SEGURO DE CUMPLIMIENTO ANTE ENTIDADES
    ESTATALES
  • PROBLEMÁTICA ACTUAL
  • CLAUSULAS Y CONDICIONES EXIGIDAS
  • Limitaciones de los amparos
  • Seriedad de oferta Veracidad de los documentos
  • Garantías de pago
  • Cumplimiento de contrato Calidad del servicio
  • Anticipos Pago de intereses pactados
  • Estabilidad de obra Pinturas, reparcheos obras
    de mantenimiento, etc.

30
  • 16. SEGURO DE CUMPLIMIENTO ANTE ENTIDADES
    ESTATALES
  • PROBLEMÁTICA ACTUAL
  • VIGENCIA DE LAS POLIZAS
  • Fecha de inicio de la cobertura Ejecución del
    contrato y/o del riesgo amparado
  • Inicio de vigencia retroactiva
  • Máxima vigencia 5 años incluyendo prórrogas
  • Vigencia amparo de estabilidad A partir de la
    entrega de la obra Vs. Fin etapa de mantenimiento
    y/o contrato
  • CONTRATOS ESTATALES QUE SE RIGEN POR EL DERECHO
    PRIVADO (ley 142 y 143 de 1993)

31
  • 16. SEGURO DE CUMPLIMIENTO ANTE ENTIDADES
    ESTATALES
  • PROBLEMÁTICA ACTUAL
  • CONTRATOS DE CONCESION
  • Largo plazo
  • Concepto de Garantía única
  • Obligación de renovar vigencias y/o pólizas
  • Siniestro por la no renovación
  • EL SEGURO ANEXO DE R.C.E.
  • Necesidad y cobertura R.C.E. del contratista y
    NO del contratante
  • Daños a terceros
Write a Comment
User Comments (0)
About PowerShow.com