Title: Diapositiva 1
1PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO No 034/06C acumulado
con el No. 009/06C Por medio del cual se
modifica el artículo 34 de Constitución
Política.
Ponentes Honorables Representantes Karime
Mota y Morad Partido
de la U Rosmery Martínez
Partido Cambio Radical Jaime Enrique Durán
Partido Liberal Gustavo
Hernán Puentes Partido Conservador David
Luna S. (Coordinador) Movimiento PPS
2Temario.
- CONTENIDO DEL ACTO LEGISLATIVO.
- Prevalencia de los derechos de los
niños (Art. 44 C.N). - II. ANTECEDENTES.
- Violaciones a los derechos de los niños (as).
- B. Casos concretos de violaciones a los
derechos de los niños. - CONSIDERACIONES JURÍDICAS.
- A. Viabilidad del Proyecto. Iniciativa
Legislativa. - B. Derecho Internacional y Legislación
Comparada. - Legislación Penal Actual.
- CONSIDERACIONES POLÍTICAS.
- La Prevalencia de los derechos de los niños (Art.
44 C.N) - La importancia de los niños en la sociedad.
- CONSECUENCIAS DEL ABUSO Y MALTRATO INFANTIL.
- VI. LA OPINIÓN DE LOS COLOMBIANOS.
- VII. CONCLUSIÓN.
3I. CONTENIDO DEL ACTO LEGISLATIVO.
- Artículo 34 de la C.P
- ()
- La prisión perpetua procederá para los delitos
de acceso carnal violento, homicidio doloso y
maltrato infantil cometidos en menores de 14
años. ().
4- PREVALENCIA DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS.
-
- ARTICULO 44 C.N. Son derechos fundamentales
de los niños - La vida, la integridad física, la salud y la
seguridad social, la alimentación equilibrada, su
nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser
separados de ella, el cuidado y amor, la
educación y la cultura, la recreación y la libre
expresión de su opinión. Serán protegidos contra
toda forma de abandono, violencia física o moral,
secuestro, venta, abuso sexual, explotación
laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán
también de los demás derechos consagrados en la
Constitución, en las leyes y en los tratados
internacionales ratificados por Colombia.
5 6A. Violaciones a los derechos de los niños.
Consolidado ICBF - 2005.
7Delitos sexuales.Dictámenes sexológicos
según grupo, edad y sexo. Medicina Legal -
2005.
- De 16.267 dictámenes sexológicos practicados en
el año 2005, 11.972 se practicaron a niños
menores de 14 años el 73.6 del total, de los
cuales - El 17 corresponde a niños entre cero y cuatro
años. - El 36.5 a los niños entre 5 y 9 años.
- El 46.3 corresponde a los niños entre los 10 y
14 años.
8 Maltrato infantil. Medicina Legal 2005.
9Razones del maltrato infantil. Medicina
Legal 2005.
- De los 7.944 casos reportados, las razones de las
agresiones son - 41 Intolerancia.
- 29 Sin dato.
- 10 No hay explicación.
- 10 Machismo, drogadicción, enfermedad, otros.
- 6 Desamor.
- 4 Alcoholismo.
10-
- Dónde se encuentran los abusadores y
maltratadores de los menores? - El 80 de los abusadores sexuales son conocidos
de los niños. - Cerca del 90 de las personas que maltratan
física o psicológicamente a los niños son
familiares. - El 87 de maltratos se cometen en las ciudades y
7 en las zonas rurales. - El 90 de las personas que abusan o maltratan a
los menores tienen algún tipo de formación
académica.
11- En el 70 de los eventos los delitos se cometen
en la casa de habitación del menor. - El 7 en la casa de habitación del agresor.
- El 4 en colegios y jardines.
- El 4 en el espacio público.
- El 9 en otros lugares.
12- B. Casos concretos de violaciones a los derechos
de los niños (as). - Cúcuta. Se registró la captura de un hombre de 65
años de edad en flagrancia del delito. En el
interior de la habitación del capturado, debajo
de la cama, fue hallada totalmente desnuda una
niña de diez años y varias revistas con material
pornográfico. DIJIN 2005 - Bogotá. Se llevó a cabo la captura de un hombre
de 29 años, quien fue capturado en el centro, por
el delito de acceso carnal violento cometido
contra una niña menor de 14 años. DIJIN 2005 - Cali. Un hombre de 58 años fue capturado en
flagrancia por el delito de acto sexual violento
contra una niña menor de 14 años, el retenido
pretendía abusar sexualmente la una menor de edad
que pasaba frente al taller de mecánica. DIJIN
2005
13- Cúcuta. Un padre entregaba a sus hijos a cambio
de droga. Cuando al papá se le acababa la
droga entregaba a sus hijos de 4,5 y 6 años a
vendedores de droga para que abusaran de ellos.
El Tiempo 2005 - Ibagué. Capturado hombre de 41 años quien abusaba
sexualmente de una menor de 4 años. El sindicado
sería el compañero sentimental de abuela de la
niña. DIJIN 2005 - Bogotá. Una mujer de 26 años de la localidad de
Suba quemó a su hijo con una cuchara caliente
para castigarlo causándole quemaduras de segundo
grado. Caracol Radio 2005
14III. CONSIDERACIONES JURÍDICAS.
- Viabilidad del Proyecto. Iniciativa Legislativa.
- El Proyecto es de origen parlamentario. No
se advierte que la reforma tenga un origen
reservado o de iniciativa exclusiva (privativa)
del Gobierno en los términos del artículo 154
constitucional. - En consecuencia el Proyecto cumple con el
requisito de la viabilidad constitucional.
15B. Derecho internacional y legislación comparada.
- Colombia ha suscrito un considerable número
de Tratados Internacionales que imponen la
obligación de legislar a favor de los menores.
(Obligación Internacional). Algunos de ellos
16- Otras obligaciones internacionales del Estado
Colombiano
17-
- De la legislación internacional se desprende
que en ella no existe prohibición alguna de
imponer la prisión perpetua como máximo castigo,
no hay violación al principio de derecho
internacional de Pactas Sund Servanda todo lo
contrario, hay compromisos internacionales que
exigen a los Estados fortalecer las penas y los
sistemas penales existentes, más cuando se trata
de delitos cometidos en menores de edad.
18Legislación comparada
- En otras legislaciones se imponen castigos
severos a quienes violan los derechos de los
niños (as) - La legislación Federal Estadounidense
establece que quien intente actividades sexuales
con menores de 12 anos será sentenciado por todos
los años que imponga el juez o a prisión perpetua
o a ambos. - En Irlanda existe la prisión perpetua para
quien cometa delitos sexuales contra menores de
15 años desde 1935 y normas posteriores
establecieron que para quien promueva el tránsito
o salida del país de menores con fines de
explotación sexual también habrá prisión perpetua.
19- Incluso, en un Estado tan garantista como
Francia los delitos de violación y abuso sexual
con actos de barbarie o tortura son condenados
con pena a perpetuidad. - El Congreso de Perú aprobó hace poco tiempo
y después de un gran debate, una modificación
constitucional para imponer la prisión perpetua
para los delitos sexuales contra menores de 10
años y la castración química. - En Cuba el delito de corrupción de menores
en el que esté involucrado un menor de 12 años,
es castigado con penas de 20 a 30 años o con la
pena de muerte. - La legislación fuerte de otros Estados
contrasta con la laxitud y flexibilidad de la
legislación colombiana.
20C. Legislación Penal Actual.
21- Nuestro derecho punitivo contempla una serie
de beneficios establecidos en los Códigos
Penitenciario, Penal, de Procedimiento Penal, en
la Ley 747 de 2002 y en la Ley 906 de 2004. - Tentativa.
- Confesión.
- Sentencia anticipada.
- Beneficios por trabajo, por buena conducta,
por estudio. -
22-
- El Código de la Infancia y de la Adolescencia
elimina algunos beneficios penales y mecanismos
sustitutivos de la pena. - No obstante no alcanza el rigor para las
penas que se pretende con esta reforma
constitucional.
23-
-
- El Proyecto de Acto Legislativo además propone
tipificar el delito de maltrato infantil, pues
nuestra legislación no lo contempla todavía.
24IV. CONSIDERACIONES POLÍTICAS
- A. La prevalencia de los derechos de los niños
(Art. 44 C.N) - El constituyente entendió que en los
niños está el futuro del país, y que de su
protección depende el bienestar de la comunidad.
Por ello la Constitución impone al Estado una
serie de obligaciones para con los niños. - Sus derechos prevalecen sobre los de las
demás personas. -
25- La importancia de los niños en la sociedad.
- En sociedades que se precien de ser
justas y equitativas la trasgresión de los
derechos fundamentales de los niños y los tratos
degradantes que sobre ellos se ejerza, producen
rechazo e indignación toda vez que los niños y
las niñas son sujetos cualificados dentro de
nuestro ordenamiento jurídico por su importancia
y por su alto grado de vulnerabilidad. - Los niños deben ser los únicos
privilegiados en la sociedad. Es obligación del
Estado protegerlos.
26V. CONSECUENCIAS DEL ABUSO SEXUAL Y DEL MALTRATO
INFANTIL.
- FÍSICAS pesadillas y problemas de sueño, cambios
de hábitos de comida, pérdida de control de
esfínteres. - CONDUCTUALES Consumo de drogas y alcohol, fugas,
conductas auto lesivas o suicidas,
hiperactividad, baja en el rendimiento
académico. - EMOCIONALES miedo generalizado, agresividad,
culpa y vergüenza, aislamiento, ansiedad,
depresión, baja estima, rechazo al propio cuerpo. - SEXUALES Conocimiento sexual precoz e impropio a
su edad, masturbación compulsiva,
exhibicionismo, problemas de identidad sexual. - SOCIALES Déficit en habilidades sociales,
retraimiento social, conductas antisociales.
27VI. LA OPINIÓN DE LOS COLOMBIANOS.
- En recientes encuestas los colombianos claman
unánimemente justicia y penas severas para los
abusadores y maltratadores de los niños. Veamos - Diario El Espacio.
- Encuesta de la semana 5 de Septiembre de 2006
- Pregunta Cree que la persona que cometa el
delito de acceso carnal violento merece - Pena de muerte 42
- Cadena perpetua 23
- Castración biológica 30
- Pena actual 40
28- Incluso algunos piden penas más severas
- Diario La Patria.
- Pregunta Qué opina de la idea de que sea
impuesta en el país la castración química a los
violadores reincidentes? - Es un acierto 76
- Viola los derechos humanos 13
- No es el castigo merecido 10
- Es un despropósito 1
- Portafolio
- Encuesta 17 de Agosto de 2006
- Pregunta Está de acuerdo con la pena de muerte a
violadores? - Si 58
- No 42
29VII CONCLUSIÓN.
- Es la oportunidad de establecer normas
jurídicas congruentes con las necesidades
actuales de nuestra sociedad, que permitan crear
un orden legal proporcionado y consonante con la
gravedad y el daño social que ocasionan los
delitos contra nuestros niños. -
- Debemos contribuir a crear vínculos de
convencimiento y de credibilidad en nuestras
instituciones y en nuestro sistema de derecho.