Title: Diapositiva 1
1Barcelona, 22 de Octubre de 2009
2(No Transcript)
3Mercado VN y VO. Previsiones
4Mercado VN Mes Septiembre 2009
5Mercado VN 1/I/09-30/IX/09
6MATRICULACIONES DE TURISMOS Y TODO TERRENO POR
CANALES ENERO-SEPTIEMBRE 2009
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9MATRICULACIONES DE TURISMOS Y TODO
TERRENO CATALUNYA SEPTIEMBRE 2009
10(No Transcript)
11RENT A CAR
12AVANCE MATRICULACIONES DE TURISMOS Y TODO TERRENO
A 20 DE OCTUBRE DE 2009
13AVANCE MATRICULACIONES DE TURISMOS Y TODO TERRENO
A 20 DE OCTUBRE DE 2009
14AVANCE MATRICULACIONES DE TURISMOS Y TODO TERRENO
A 20 DE OCTUBRE DE 2009
152007
2008
2009
- Previsión cierre 2009 -22/25 , 900.000 unid.
- 715.000 unidades menos que en 2007 (-45)
- 261.000 unidades menos que en 2008
162007
2008
2009
- Sin este efecto 810.000 unidades. (- 30 )
- En 2008 el mercado descendió un 28
172007
2008
2009
2010
- Con prorroga Plan 2000E, la previsión cierre
2010 900.000 unid. Sin Plan 2000E 800.000 unid.
11 .
18Mercado de Turismos V. O.
19Relación de Ventas V. O./V. N. 1,6 a 1
Las importaciones de turismos V.O. representan el
2,1 , con 20.865 unidades. Han descendido un
52,8 en relación a 2008.
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22Profesional a Particular
20
56
23Particular a Particular
16
66
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251.400.000
2007
2008
2009
- Previsión año 2009 - 5/7 1.400.000/1.375.000
- Proporción VO/VN de 1,6 a 1
26Mercado de Vehículos Industriales de Ocasión 1er.
Semestre 2009
27Mercado de Vehículos Industriales de Ocasión 1er.
Semestre 2009
28Mercado de Vehículos Industriales de Ocasión 1er.
Semestre 2009
44
21
29Mercado de Vehículos Industriales de Ocasión 1er.
Semestre 2009
65
9
30Bajas de Vehículos Enero-Septiembre 2009
31Bajas de Vehículos Enero-Septiembre 2009
32Futuro del Reglamento de Distribución 1400/2002
33Futuro del Reglamento 1400/2002
- 22/07/2009 Comunicación de la Comisión Europea
- Futuro marco jurídico en materia de competencia
aplicable al sector de vehículos a motor. - Observaciones antes del 25 de Septiembre.
- La Comisión Europea propone lo siguiente
- AREA DE VENTA Prorrogar hasta el 31/05/2013 el
actual Reglamento 1400/2002, (el 31/05/2013
pasaría al ámbito de aplicación del Reglamento
general 2790/1999). - AREA DE POSVENTA Pasar al Reglamento General
2790/1999 junto con unas líneas directrices
específicas, o bien un nuevo Reglamento
específico para posventa, con temas como por
ejemplo, acceso a la información técnica acceso
a las piezas de recambio garantías acceso a las
redes de talleres autorizados, etc.
34Separación de la venta y la posventa
- En el fondo la Comisión propone ir al Reglamento
General, pero hace una excepción con el área de
ventas y prorroga el R1400/2002 hasta 31/05/2013
fundamentalmente por dos razones Porque en el
área de venta no ha detectado problemas
importantes de competencia y por la crisis del
sector. - Creemos que la situación económica actual es más
grave para la venta que para la posventa, pero
que sería preferible esperar 3 años más para
cambiar el marco legal también en la posventa. - En tres años, Reglamento General 2790/1999
Mini-BER?
35Multimarca
- El Reglamento general actual recoge una
obligación de no-competencia de hasta el 80 y un
límite temporal de 5 años, siempre que el
proveedor no tenga una cuota de mercado del 30. - En ventas, esto supone que la multimarca podría
quedar excluida (todas las marcas prácticamente
tienen menos del 30, aunque la CE señala que hay
que analizar si supone un obstáculo a la entrada
de nuevos operadores, competencia entre-marcas,
etc.). - Pero en posventa, todas las marcas están por
encima del 30, por lo que en principio, el
Reglamento general no se podría aplicar a la
multimarca en posventa. La Comisión tiene que
aclarar este punto.
36Artículo 3
- Se trata de mecanismos orientados a defender la
independencia económica del distribuidor y por
tanto garantizar el retorno a las inversiones
efectuadas por el mismo - Transferencia del negocio
- Duración mínima del contrato
- Plazo de preaviso
- Motivación escrita para cancelar
- Arbitraje
- La CE señala son materias que nada tienen que ver
con la competencia y sí con las leyes internas
nacionales (España no tiene una Ley de Contratos
de Distribución comercial). - GANVAM ha pedido su inclusión en todo marco
legal, sea de venta o de posventa.
Preferiblemente en el propio Reglamento. Si no,
en las Líneas Directrices. Y en el peor de los
casos, en el Código de Conducta que se pueda
elaborar. Debemos defender que sí tiene impacto
en la competencia.
37Competencia Reparadores autorizados-Talleres
independientes
- Objetivo básico de la CE Aumentar el grado de
competencia entre ambos sectores. De tres
maneras - Información técnica
- Uso de las garantías
- Acceso de los Talleres Independientes al recambio
original - La Comisión Europea debe aclarar aún cuál será el
tratamiento de estos puntos. Mini-BER?
38Ley de Contrato de Distribución Comercial
- PALCD Propuesta de Anteproyecto de Ley de
Contrato de Distribución - Comisión de Codificación
- I Congreso Distribución Comercial
- Mecanismos de defensa del distribuidor como parte
más débil en el contrato (Transferencia del
negocio, Duración del contrato, Plazo de
preaviso, Motivación escrita para cancelar,
Arbitraje) - Indemnización por clientela
- Indemnización por inversiones no amortizadas
39Otros asuntos de interés para el sector
40Barcelona, 22 de Octubre de 2009