Title: Diapositiva 1
1PROGRAMA DE INDUCCIÓN
BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL
2INDUCCIÓN Proceso de formación y capacitación,
dirigido a facilitar y a fortalecer la
integración del empleado nuevo a la cultura
organizacional, desarrollar en éste habilidades
relacionadas con el servicio público y
suministrarle la información necesaria para el
mejor conocimiento de la función pública y del
Distrito Capital.
3OBJETIVO GENERAL Facilitar la labor de inicio
del proceso de integración a la cultura
organizacional durante los cuatro meses
siguientes a su vinculación a la entidad,
familiarizarlo con el servicio público, con el
Estado, con el Distrito Capital y con respecto de
la entidad, su misión, las funciones de su
dependencia, al igual que sus responsabilidades
individuales, sus deberes y derechos.
4OBJETIVOS ESPECIFICOSQue el servidor público
tenga conocimientos básicos para su desempeño al
servicio del Estado y de la comunidad, sobre la
estructura del Estado, las ramas del poder
público, con énfasis en la rama ejecutiva, en el
nivel nacional, departamental, municipal y de
manera especial la Estructura y funcionamiento de
la administración de Bogotá, D.C.
5OBJETIVOS ESPECIFICOSSuministrarle al servidor
público algunos conceptos para que pueda
diferenciar lo público y lo privado y aplique los
criterios en cada campo.Determinar, de acuerdo
a las normas constitucionales y la Ley, el ámbito
de competencia de los servidores públicos del
Distrito Capital, el ejercicio de sus derechos y
deberes y las limitaciones que se imponen a las
mismas
6OBJETIVOS ESPECIFICOSDar a conocer al
servidor público conocimientos básicos sobre la
naturaleza reglada de la administración pública y
la importancia del debido proceso.Poner de
presente el papel fundamental que desempeña la
Administración Distrital en la consecución de los
fines del Estado y del bienestar general de la
comunidad, el Plan de Desarrollo 2004-2008
Bogotá sin Indiferencia, Un Compromiso Social
contra la Pobreza y la Exclusión así como los
diferentes medios con que cuenta para tales
efectos.
7 EL ESTADO NOCIÓN FINES ESENCIALES DEL ESTADO
8ESTADO NOCIÓN Puede entenderse por Estado un
conglomerado social, política y jurídicamente
constituido, asentado sobre un territorio
determinado, sometido a una autoridad que se
ejerce a través de sus propios órganos, y cuya
soberanía es reconocida por otros Estados.
9FINES ESENCIALES DEL ESTADO 1. Servir a la
comunidad 2. Promover la prosperidad general,
generar el desarrollo económico y social 3.
Garantizar la efectividad de los principios,
derechos y deberes establecidos en la
Constitución. 4. Facilitar la participación en
todos los aspectos de la vida nacional,
democracia plena, 5. Defender la independencia
nacional y la integridad territorial.. 6.
Asegurar la convivencia. Para eso surgió el
Estado. 7. Asegurar la vigencia de un orden
justo. 8 Asegurar la protección de la vida,
honra y bienes de todos los que residan en
Colombia.
10- RAMAS DEL PODER PÚBLICO
- RAMA LEGISLATIVA
- RAMA EJECUTIVA
- RAMA JUDICIAL
11(No Transcript)
12(No Transcript)
13(No Transcript)
14FUNCIONES DEL ESTADO la función legislativa, la
función administrativa o ejecutiva y la función
jurisdiccional o judicial.
15- RAMA LEGISLATIVA
- Poderes de delimitación
- Poderes de Control Político
- Poder de Impulsión
- Poder de provisión de ciertos cargos
- Poder constituyente
16RAMA EJECUTIVA LA FUNCION ADMINISTRATIVA LA
CUMPLE EL PODER EJECUTIVO A TRAVÉS DEL GOBIERNO.
Consiste fundamentalmente en realizar los actos
necesarios para el cumplimiento de las leyes, así
como los objetivos del bien común dentro del
Estado. El órgano que cumple la función
administrativa el gobierno
17EL JEFE DEL ESTADO El jefe del Estado es a su
vez el Jefe del gobierno Suprema autoridad
Administrativa. Gobierno el conjunto de
funcionarios a los cuales la Constitución
confiere la titularidad de la función ejecutiva y
administrativa del Estado, a cuya cabeza está
colocada una persona o un grupo de personas, que
ostenta la suprema autoridad política y
administrativa, que es el Presidente de la
República, representa la unidad nacional, elegido
por circunscripción nacional y voto popular
18EL GOBIERNO NACIONAL El Presidente de la
República , los ministros del despacho o jefe de
cada cartera, que conforman el gabinete ejecutivo
y el Consejo de ministros. Existen también, en
el orden nacional, otros funcionarios de rango
similar, o un tanto inferior, a los cuales se les
confía el manejo de ciertas dependencias
especializadas, cuya naturaleza y jerarquía hacen
que se les dé un tratamiento especial. Son los
jefes de departamentos administrativos, los
directores de institutos descentralizados, los
gerentes de empresas industriales y comerciales
del Estado, y los superintendentes. En el orden
Territorial hay un gobernador. Este funcionario,
a su turno, designa a sus propios colaboradores,
en lo que constituye una especie de gabinete a
nivel departamental. En el esquema de los
gobiernos municipales, distritales y locales,
está el alcalde municipal, Alcalde Mayor y los
alcaldes locales.
19- FUNCIONES DEL EJECUTIVO
- Hacer cumplir las leyes.
- Administrar los bienes del Estado.
- Ejercer la alta dirección política del Estado.
- Dirigir las relaciones exteriores.
- Planificar la economía.
- Preservar el orden público.
- Suministrar los servicios públicos esenciales.
20- LOS DECRETOS
- Ordinarios
- Con fuerza de ley
- Extraordinarios
- Legislativos
- Especiales
- Reglamentarios
21 LA FUNCION JUDICIAL Justicia Ordinaria. Resuelve
los conflictos jurídicos entre particulares, de
naturaleza civil, laboral, comercial, o que, en
general, correspondan a la órbita del derecho
privado. Es administrada por jueces
especializados en cada campo civiles, laborales,
penales, etc., o por jueces promiscuos. El máximo
tribunal de la justicia ordinaria es la Corte
Suprema de Justicia. El Consejo de Estado, es el
máximo Tribunal Administrativo. Resuelve los
conflictos jurídicos entre particulares y el
Estado y su naturaleza es contencioso-administrati
va. Para todas las actuaciones surtidas por los
enunciados jueces debe observarse el debido
proceso, básico del Estado de derecho. La Corte
Constitucional es la Guardiana de la Constitución
Política ( Constitucional) La función de resolver
los conflictos entre las diferentes
jurisdicciones fue atribuida al Consejo Superior
de la Judicatura (art. 256 C.N.).
22PRINCIPIOS DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA Buena
fe Igualdad Moralidad Celeridad Economía Imparcial
idad Eficacia Eficiencia Participación Responsabil
idad Transparencia
23Modalidades de la acción Administrativa LA
CENTRALIZACIÓN Es el fenómeno jurídico-político
en el que todas las tareas y funciones públicas
se radican en manos de las entidades de la
administración central de carácter nacional. Las
autoridades locales están subordinadas a las
autoridades centrales, no toman decisiones, solo
transmiten y ejecutan órdenes.
24Modalidades de la acción Administrativa COORDINAC
ION Prestar la colaboración con las demás
entidades para facilitar el ejercicio de las
funciones. DELEGACION ENTRE ENTIDADES Se hace
por medio de convenios en los que se fijan los
derechos y obligaciones de las entidades
delegantes y delegatorias.
25LA DESCONCENTRACIÓN Es la radicación de
competencias y funciones en dependencias fuera de
la sede principal del organismo. Las funciones
continúan monopolizadas por las entidades
nacionales pero sus funcionarios se desplazan
físicamente a las diversas partes del
territorio. Existe desconcentración cuando un
establecimiento público nacional crea oficinas o
agencias regionales simplemente está desplazando
algunas funciones para que se desarrollen más
ágilmente en la respectiva región, pero la
actividad sigue siendo nacional.
26 LA DELEGACIÓN Transferir el ejercicio de
funciones a sus colaboradores o a otras
autoridades con funciones afines o
complementarias.
27LA DESCENTRALIZACIÓN Facultad, que se otorga a
las entidades públicas diferentes del Estado para
gobernarse por si mismas, mediante la entrega de
funciones para que las ejerzan
autónomamente. La descentralización normalmente
es de carácter administrativo, puesto que esta
figura administrativa no aplica a las funciones
legislativa y judicial, en el Estado
Colombiano. Descentralización especializada o
por servicios. Otorgamiento de competencias o
funciones de la administración a entidades que se
crean para ejercer una actividad especializada.
Se crean entidades descentralizadas como los
establecimientos públicos, empresas industriales
y comerciales del Estado y sociedades de economía
mixta. Tienen autonomía, personería jurídica,
autonomía financiera y administrativa y
autoridades propias y control por el poder
central.
28LA ACTIVIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN Los actos
administrativos Los hechos administrativos Las
operaciones administrativas Las vías de
hecho Las omisiones administrativas
29LA ACTIVIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN Los actos
administrativos. Son las manifestaciones de
voluntad de la administración para producir
efectos jurídicos. Por ejemplo, un decreto del
Presidente de la República, una resolución de un
ministro, una ordenanza departamental, un acuerdo
municipal.
30CAUSALES DE ILEGALIDAD DE LOS ACTOS
ADMINISTRATIVOS Incompetencia Consiste en que
una autoridad toma una decisión sin estar
facultada legalmente para ello. Vicios de forma
y procedimiento. Desvío o desviación de poder.
Ilegalidad en cuanto al objeto. Falsa Motivación
31LA ACTIVIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN Los hechos
administrativos Aquellos fenómenos,
acontecimientos o situaciones que se producen
independientemente de la voluntad de la
administración, pero que producen efectos
jurídicos respecto de ella. Ejemplo un accidente
causado por un vehículo de la administración.
32LA ACTIVIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN Las
operaciones administrativas. Consisten en la
reunión de una decisión de la administración
junto con su ejecución práctica, constituyendo en
conjunto una sola actuación de la administración.
.
33LA ACTIVIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN Las vías de
hecho Es la actuación ilegal de la
administración cuando ejecuta materialmente una
orden, que atenta contra el derecho de propiedad
y de libertad pública. Se considera que no se
está realmente frente a una actuación
administrativa y, por consiguiente, la
competencia le corresponde a la jurisdicción
ordinaria y no a la contencioso-administrativa,
como una especie de sanción a la administración
por su actitud exageradamente irregular.
34LA ACTIVIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN Las omisiones
administrativas Consisten en que la
administración se abstiene de actuar cuando
debería hacerlo y produce efectos jurídicos
respecto a ella. Por ejemplo, la administración
no coloca señales de prevención con ocasión de
una obra pública, a raíz de lo cual se produce un
accidente que causa perjuicios a alguien.
35MECANISMOS DE CONTROL Para que no se viole el
principio de legalidad los controles existentes
en el derecho colombiano son los siguientes la
vía gubernativa, la vía jurisdiccional o vía de
acción, la vía de excepción y la revocación
directa.
36VIA GUBERNATIVA La vía gubernativa es el
procedimiento que se sigue ante la administración
con el fin de controvertir sus propias
decisiones. Por vía gubernativa proceden tres
recursos el recurso de reposición que consiste
en solicitar al mismo funcionario que dictó el
acto que lo aclare, lo modifique o lo revoque el
recurso de apelación en subsidio, con las mismas
finalidades ante el inmediato superior del
funcionario que dictó la providencia en tercer
lugar, el recurso de queja, que procede cuando se
rechace el de apelación y se interpone
directamente ante el superior del funcionario que
dictó el acto.
37VIA JURISDICCIONAL O VIA DE ACCIÓN Es la
controversia jurídica que se entabla ante los
jueces pero ya no ante la misma administración,
como en la vía gubernativa, sino ante la rama
judicial. La rama judicial está representada por
la jurisdicción de lo contencioso administrativo,
integrada por el Consejo de Estado a nivel
nacional y los tribunales administrativos a nivel
seccional. Acciones que proceden Por la vía
jurisdiccional contencioso administrativa
proceden las siguientes acciones acción de
nulidad y restablecimiento del derecho, acción de
reparación directa, acciones contractuales y
acción de definición de competencias
administrativas.
38 ACCIONES DE PROTECCIÓN CIUDADANA Acción de
tutela Toda persona podrá reclamar ante los
jueces, en todo momento y lugar, mediante un
procedimiento preferente y sumario, la protección
inmediata de sus derechos constitucionales
fundamentales, cuando quiera que estos resulten
vulnerados o amenazados por la acción o la
omisión de cualquier autoridad pública y, en
algunos casos, de los particulares (art. 86,
desarrollado por el Dto. 2591 de 1991).
39DERECHO ADMINISTRATIVO Puede definirse como el
derecho de la administración, el campo del
derecho publico. El Decreto Ley 01 de 1984
(Código contencioso Administrativo), es aplicable
a todos los entes de las ramas del poder público,
así como a las entidades privadas cuando unos y
otros cumplen funciones administrativas. El
derecho administrativo se define como el conjunto
de reglas jurídicas que rigen la actividad
administrativa de las entidades públicas y de
aquellas personas privadas que participan en esa
actividad o que son afectadas por ella.
40ACCIONES DE PROTECCIÓN CIUDADANA Acción de
cumplimiento Mediante la cual toda persona podrá
acudir ante la autoridad judicial para hacer
efectivo el cumplimiento de una ley o un acto
administrativo (art. 87, desarrollado por la Ley
393 de 1997).
41ACCIONES DE PROTECCIÓN CIUDADANA Acciones
colectivas o de grupo Originadas en los daños
ocasionados a un número plural de personas, que
reúnen condiciones uniformes respecto de una
misma causa que originó perjuicios individuales.
Se conocen las acciones de grupo de
consumidores y usuarios contra competencia
desleal en la intermediación financiera y la
actividad de seguros competencia desleal en el
mercado general. (art. 78 C.N., Ley 256/96 y
472/98.
42 ACCIONES DE PROTECCION CIUDADANA Las acciones
populares Para la protección de los derechos e
intereses colectivos, relacionados con el
patrimonio, el espacio, la seguridad y la
salubridad públicos, la moral administrativa, el
ambiente, la libre competencia económica y otras
de similar naturaleza que se definan en la ley
(CN 49, 63,79, 80, 81,82, 88, 333, 365, y
otros Leyes 388/97, 472/98.
43MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA DE LA
INICIATIVA POPULAR Derecho político que
permite a un grupo de ciudadanos presentar
proyectos ante el Congreso de la República, la
Asambleas Departamentales, los Concejos
Municipales y/o Distritales y las Juntas
Administradoras Locales. (C.N. Art.163, 375)
44MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA REFERENDO
Es la convocatoria que se le hace al pueblo
para que apruebe o rechace un proyecto de norma o
para que derogue o no una norma vigente o parte
de ella. Su ámbito puede ser nacional, regional,
departamental, distrital y local.
45MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA CONSULTA
POPULAR Procedimiento que permite al
Presidente de la República, a un gobernador o a
un alcalde consultar al pueblo para que decida
sobre un asunto de trascendencia o de interés
nacional, departamental, distrital, municipal o
local, según el caso. .
46MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA REVOCATORIA
DEL MANDATO Es un derecho político por medio
del cual se da por terminado el mandato conferido
a un gobernador o a un alcalde, después de
transcurrido más de un año desde su posesión, por
insatisfacción ciudadana e incumplimiento del
programa de gobierno.
47MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA PLEBISCITO
Es el pronunciamiento del pueblo, convocado
por el Presidente de la República, mediante el
cual apoya o rechaza una determinada decisión del
ejecutivo.
48MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA CABILDO
ABIERTO Es la reunión pública de los concejos
distritales o municipales y de las juntas
administradoras locales, en la cual los
ciudadanos pueden participar directamente, para
discutir asuntos de interés para la comunidad.
49DEMOCRATIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Art. 32 Ley 489/98 Las entidades y organismos
públicos tienen la obligación de desarrollar su
gestión acorde con los principios de democracia
participativa y democratización de la gestión
pública, involucrando a los ciudadanos y
organizaciones civiles en la formulación,
ejecución , control y evaluación de la gestión
publica, convocando audiencias públicas,
fortaleciendo la participación ciudadana y con la
difusión y promoción de los mecanismos de
participación y derechos ciudadanos. Para el
control social de la administración los
ciudadanos crearán las veedurías ciudadanas.
50- EL DERECHO DE PETICION
- Art. 23 C.N. Toda persona tiene derecho a
presentar peticiones respetuosas a las
autoridades por motivo de interés general o
particular y a obtener pronta resolución. - Requisitos del derecho de petición
- Citar la autoridad a la que se dirige
- Identificación, nombres y apellidos del
solicitante, dirección y teléfono. Apoderado - Objeto de la petición
- Razones en que se apoya
- Documentos que acompañan
- Firma del peticionario
- Término para resolver el derecho de petición
Dentro de los 15 días siguientes a la fecha de su
recibo. Su inobservancia será causal de mala
conducta.