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Diapositiva 1

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Sancionar la simulaci n de contrataci n de trabajadores; ... de notificaci n de accidentes con resultado de muerte/graves y auto suspensi n; ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Diapositiva 1


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TRABAJO EN RÉGIMEN DE SUBCONTRATACIÓN Y TRABAJO
EN RÉGIMEN DE EMPRESAS DE SERVICIOS TRANSITORIOS
Ministerio del Trabajo y de Previsión Social
Zarko Luksic Subsecretario del Trabajo
2

Por qué legislar?
  • Situación de riesgo laboral empleos precarios,
    condiciones de trabajos inestables, seguridad e
    higiene inseguras.
  • Transferencia de responsabilidades, zonas grises
    o de responsabilidades indeterminadas.
  • Regular de forma integral y coherente este
    proceso de manera de garantizar normas básicas de
    protección de los derechos laborales.
  • Formalizar y regular el mercado, mediante una
    figura especial, y abrir camino para que puedan
    desarrollarse con certidumbre las empresas que
    legítimamente prestan servicios.



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  • Qué regula la nueva ley?
  • El trabajo en régimen de subcontratación, el
    trabajo en empresas de
  • servicios transitorios, establece la
    responsabilidad de la empresa
  • principal en materias de higiene y seguridad.
  • Objetivos
  • Determinar jurídicamente las formas de
    externalización
  • Regular el sistema de responsabilidad
  • Sancionar la simulación de contratación de
    trabajadores
  • Regular responsabilidad de la empresa
    principal/usuaria en materias de higiene y
    seguridad en el trabajo.



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RELACIONES EN SUBCONTRATACIÓN DE LA PRODUCCIÓN Y
EN SUMINISTRO DE PERSONAL
OBJETO DE TRANSACCIÓN
Producción de Bienes o
Trabajo
Producción de Bienes o
Trabajo
Prestación de Servicios
(trabajadores)
Prestación de Servicios
(trabajadores)
Empresa
Trabajador
contrato
contrato
Empresa
Empresa
Empresa
Trabajador
Contratista o subcontratista
de servicios transitorios
Contratista
Mandante
comercial
principal
comercial
Suministradoo
Contrato
Contrato
laboral
laboral
Empresa
Empresa
Empresa
Empresa
de servicios transitorios
Trabajador
Trabajador
usuaria
usuaria
suministradora
Subcontratado
5

Qué plantea la ley en materia de
subcontratación?


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  • Concepto de trabajo en régimen de subcontratación
  • Art. 183 A
  • Da certeza jurídica para precisar trabajo en
    régimen de subcontratación
  • La habitualidad de las labores se establece
    como un criterio distintivo
  • Obras o servicios se ejecutan en lugar donde se
    desarrolla la actividad productiva de la empresa
    principal.
  • En caso de mera intermediación de trabajadores la
    empresa principal será considerada el empleador
    del trabajador.



7
  • Tipos de responsabilidad laboral y previsional
  • de la empresa principal
  • Art. 183 B y 183 D
  • La regla es la responsabilidad de la empresa
    principal, que será solidariamente o
    subsidiariamente según si ejerció los derechos
    que la ley le reconoce para controlar el
    cumplimiento de las obligaciones laborales y
    previsionales del contratista respecto de sus
    trabajadores.
  • Se responde por obligaciones que se devengan
    durante el período de vigencia del contrato con
    el contratista.
  • Es responsable de las siguientes obligaciones
    de dar, laborales, previsionales e
    indemnizaciones laborales por término de la
    relación laboral.



8
  • Derechos de la empresa principal en la
  • subcontratación
  • Art. 183 C
  • Derecho a ser informado por el contratista
    acerca del monto y estado del cumplimiento de las
    obligaciones por medio de
  • - Certificados de la Inspección del
    Trabajo.
  • - Medios idóneos.
  • Derecho a retener las obligaciones que tenga el
    contratista o subcontratista.
  • Derecho a pagar por subrogación al trabajador o
    institución previsional.



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  • Certificación de obligaciones laborales
  • Reglamento
  • Procedimiento público o privado de certificación
    de obligaciones laborales
  • Dirección del Trabajo
  • Entidades de Verificación privadas.



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  • Objeto del reglamento
  • Regular la forma, condiciones y requisitos de la
    acreditación mediante certificado del monto y
    estado de cumplimiento de las obligaciones
    laborales y previsionales de los contratistas o
    subcontratistas.
  • Puede realizarse por
  • La oficina de la Inspección del Trabajo que
    tenga jurisdicción en el lugar o comuna que se
    presten los servicios o ejecuten las obras
  • La entidad o institución de derecho privado
    habilitada.
  • Estas obligaciones son pago de remuneraciones y
    asignaciones en dinero, cotizaciones
    previsionales e indemnizaciones legales por
    término del contrato.



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  • Forma de acreditación
  • Certificados de la Inspección del Trabajo.
  • - Inspección del lugar o comuna donde se prestan
    los servicios o ejecuten las obras
  • - Plazo de emisión del certificado 8 días
    hábiles.
  • - Inspección deberá llevar registro público de
    empresas contratistas.
  • Medio idóneos que garanticen la veracidad del
    monto y estado del cumplimiento.
  • - Por entidades o instituciones certificadoras
    privadas.
  • - Deben acreditarse ante el INN, el cual
    verifica el sistema de auditoria (art. 16). Norma
    NCH 2404.OF 97
  • - Objeto y criterio de independencia de las
    entidades certificadoras.
  • - Registro público de entidades a cargo del
    Ministerio del Trabajo y de Previsión
    Social.
  • - Sanciones por incumplimiento amonestación,
    suspensión y cancelación.



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  • Qué plantea la ley en materia de
  • empresas y trabajo de servicios
  • transitorios?



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Trabajador
de servicios transitorios
contrato de trabajo
Relación laboral real
Relación laboral formal
Relación de
civil o comercial
Empresa
Empresa usuaria
EST
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  • Características
  • La ley intenta que el suministro de trabajadores
    sea una figura especial, por lo cual su
    regulación es restrictiva
  • Objeto único de la empresa de servicios
    transitorios (art. 183 F, letra a))
  • Garantía permanente a nombre de la Dirección del
    Trabajo (art.183 J)
  • Independencia de la empresa de servicios
    respecto de la empresa usuaria (art. 183 I)
  • Se refiere a actividades que por su naturaleza
    son transitorias.



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  • Transitoriedad
  • Reemplazo de trabajadores (licencias médicas,
    descansos de maternidad o feriados). Plazo es por
    lo que dure la ausencia.
  • Eventos extraordinarios (organización congresos,
    ferias, exposiciones, etc.). Plazo es de 90 días.
  • Proyectos nuevos y específicos de la Usuaria
    (construcción nuevas instalaciones, nuevos
    mercados). Plazo es de 180 días
  • Inicio nuevas actividades en empresas nuevas.
    Plazo es de 180 días.
  • Aumentos ocasionales o extraordinarios de
    actividad. Plazo es de 90 días.
  • Trabajos urgentes, precisos e impostergables
    (reparaciones instalaciones).



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  • Casos de suministro ilícito
  • Tareas en las que se tengan facultades para
    representar a Usuaria (gerentes, subgerentes,
    agentes o apoderados)
  • Reemplazo trabajadores en huelga legal
  • Para ceder trabajadores a otras EST



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  • Protección de los derechos laborales de los
    trabajadores
  • Garantía EST
  • Obligación de constituir garantía permanente a
    nombre de la Dirección del Trabajo, monto que
    varía dependiendo del número de trabajadores
    (art. 183 J).
  • Ajuste garantía cada 12 meses
  • Responsabilidad empresa Usuaria
  • Subsidiaria obligaciones laborales y
    previsionales
  • - Responsabilidad directa normas de higiene y
    seguridad.



18
  • Qué plantea la ley en materia de
  • higiene y seguridad?



19
  • Se establece la faena como centro de imputación
    de responsabilidades
  • La empresa principal y el contratista están
    obligados a adoptar todas medidas necesarias para
    proteger la vida y salud de los trabajadores
    subcontratados
  • 3. Se establece un Sistema de notificación de
    accidentes con resultado de muerte/graves y auto
    suspensión
  • 4. La empresa principal deberá supervisar la
    existencia y en su caso confeccionar directamente
    el reglamento de higiene y seguridad en el
    trabajo para sus empresas contratistas y
    subcontratistas
  • 5. La empresa principal deberá constituir y velar
    por el correcto funcionamiento del Comité
    Paritario de Higiene y Seguridad y del
    departamento de Prevención de Riesgos.



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  • Reglamento sobre normas
  • de higiene y seguridad



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  • Ámbito de aplicación
  • Obras o faenas o servicios propias del giro de
    la empresa principal y que en conjunto presten
    servicios más de 50 trabajadores.
  • Materias que regula
  • Obligaciones de las empresas
  • Comités Paritarios de Faenas
  • Departamentos de Prevención de Riesgos de Faenas
  • Reglamento especial para contratistas y
    subcontratistas
  • Sistema de gestión de la seguridad y salud en el
    trabajo



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  • Obligaciones de la empresa principal
  • Informar a contratistas y subcontratistas de
    riesgos inherentes de la faena
  • Cumplir reglamentación sobre condiciones
    sanitarias y ambientales básicas
  • Instruir y capacitar a trabajadores en la
    prevención de riesgos laborales
  • Implementar un libro de obra, faena y
    servicio
  • Controlar que cada contratista cuente con un
    procedimiento oportuno para una adecuada atención
    médica en caso de accidente
  • Mantener un registro actualizado
  • Constituir el Comité Paritario cuando laboren
    más de 25 trabajadores, incluyendo los de la
    empresa principal y de la contratista
  • Crear y mantener el Departamento de Prevención
    de Riesgos de Faena, cuando laboren más de 100
    trabajadores tanto los propios como los que
    presten servicios en régimen de subcontratación



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  • Obligaciones del contratista o subcontratista
  • Cumplimiento de obligaciones que establezca
    empleador principal, Comité Paritario y
    Departamento de Prevención de Riesgos
  • Efectuar coordinaciones para el expedito
    cumplimiento de las medidas de prevención de
    riesgos, incluyendo el nombramiento de una
    persona encargada de ello.
  • Proporcionar toda información requerida.


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