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SUPUESTOS DE INFRACCI N PREVISTOS EN LAS LEYES QUE REGULAN LAS ADQUISICIONES Y ... proposiciones solventes en sobre cerrado, que ser abierto p blicamente, a ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Diapositiva 1


1
ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
CURSO
INFRACCIONES DE LICITANTES, PROVEEDORES Y
CONTRATISTAS A LAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES QUE
REGULAN LAS ADQUISICIONES Y LAS OBRAS PÚBLICAS
FECHA
2
ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
TEMARIO
6.2 HIPÓTESIS PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 60 DE LEY
DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL
SECTOR PÚBLICO Y SU CORRELATIVO ARTÍCULO 78 DE
LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADAS
CON LAS MISMAS. 7. DENUNCIA COMO OBLIGACIÓN POR
PARTE DE LA ENTIDAD ANTE EL ÓRGANO INTERNO DE
CONTROL.
1. MARCO JURÍDICO 2. SUJETOS DE
RESPONSABILIDAD 2.1 LICITANTE 2.2
PROVEEDOR 2.3 CONTRATISTA 3. INFRACCIÓN
ADMINISTRATIVA 4. SANCIÓN ADMINISTRATIVA 5.
TIPO DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS CONTEMPLADAS EN
LA LAASSP Y LOPSRM 5.1 MULTA 5.2
INHABILITACIÓN 6. SUPUESTOS DE INFRACCIÓN
PREVISTOS EN LAS LEYES QUE REGULAN LAS
ADQUISICIONES Y LAS OBRAS QUE CONTRATA EL
ESTADO. 6.1 HIPÓTESIS PREVISTAS EN EL ARTÍCULO
59 DE LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y
SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y SU CORRELATIVO
ARTÍCULO 77 DE LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS
RELACIONADAS CON LAS MISMAS.
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
MARCO NORMATIVO
LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS
DEL SECTOR PÚBLICO
REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES,
ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos
LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS
CON LAS MISMAS
REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y
SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS
LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS
DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE LA
FUNCIÓN PÚBLICA
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
Artículo 134.- Los recursos económicos de que
dispongan el Gobierno Federal y el Gobierno del
Distrito Federal, así como sus respectivas
administraciones públicas paraestatales, se
administrarán con eficiencia, eficacia y honradez
para satisfacer los objetivos a los que están
destinados. Las adquisiciones arrendamientos y
enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación
de servicios de cualquier naturaleza y la
contratación de obra que se realicen, se
adjudicarán o llevarán a cabo a través de
licitaciones públicas mediante convocatoria
pública para que libremente se presenten
proposiciones solventes en sobre cerrado, que
será abierto públicamente, a fin de asegurar al
estado las mejores condiciones disponibles en
cuanto a precio, calidad, financiamiento,
oportunidad y demás circunstancias
pertinentes. Cuando las licitaciones a que hace
referencia en párrafo anterior no sean idóneas
para asegurar dichas condiciones, las leyes
establecerán las bases, procedimientos, reglas,
requisitos y demás elementos para acreditar la
economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y
honradez que aseguren las mejores condiciones
para el estado. El manejo de recursos económicos
federales se sujetará a las bases de este
artículo. Los servidores públicos serán
responsables del cumplimiento de estas bases en
los términos del Título Cuarto de esta
Constitución.
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
ARTÍCULO 67.- Los titulares de las áreas de
responsabilidades, auditoría y quejas de los
órganos internos de control tendrán, en el ámbito
de la dependencia, de sus órganos desconcentrados
o entidad en la que sean designados o de la
Procuraduría General de la República, sin
perjuicio de las que corresponden a los titulares
de dichos órganos, las siguientes facultades I.
Titulares de las Áreas de Responsabilidades 5.
Tramitar y resolver los procedimientos
administrativos correspondientes e imponer las
sanciones a los licitantes, proveedores y
contratistas en los términos de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Público y la de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas e informar a la
Unidad de Normatividad de Adquisiciones, Obras
Públicas, Servicios y Patrimonio Federal sobre el
estado que guarde la tramitación de los
expedientes de sanciones que sustancie, con
excepción de los asuntos de que aquélla conozca.
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
LICITANTE La persona que participe en cualquier
procedimiento de licitación pública o bien de
invitación a cuando menos tres personas. (ART.
2º, FRACCIÓN VII, LAASSP) PROVEEDOR La persona
que celebre contratos de adquisiciones,
arrendamientos o servicios. (ART. 2º, FRAC. VI
LAASSP)
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
LICITANTE La persona que participe en
cualquier procedimiento de licitación pública o
bien de invitación a cuando menos tres personas.
(ART. 2º, FRACCIÓN VII, LOPSRM) CONTRATISTA La
persona que celebre contratos de obra pública o
de servicios relacionados con las mismas. (ART.
2º, FRAC. VI LOPSRM).
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA Acto realizado
contra lo dispuesto en una norma legal o
incumpliendo un compromiso contraído.
(1) Trasgresión, quebranto de una ley o
violación a las normas administrativas y que
amerita una sanción de la misma naturaleza.
(2) (1)DE PINA VARA RAFAEL. DICCIONARIO DE
DERECHO. ED. PORRÚA. XXIII EDICIÓN. PÁG. 320 (2)
AGENDA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.- ED.
RAÚL JUÁREZ CARRO. PÁG 600
FLUJOGRAMA
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
SUJETOS LICITANTE PROVEEDOR CONTRATISTA
CONTRAVENCIÓN DE DISPOSICIONES LAASSP Y LOPSRM
INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
SANCIÓN ADMINISTRATIVA ES EL CASTIGO QUE
IMPONEN LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS A LOS
INFRACTORES DE LA LEY ADMINISTRATIVA.(1)
CLASIFICACIÓN DE LA SANCIÓN ADMINISTRATIVA PR
EVENTIVA O REPRESIVA CORRECTIVA O
DISCIPLINARIA TRIBUTARIA O DE CASTIGO. LA
FINALIDAD PRINCIPAL ES EVITAR QUE SE SIGAN
COMETIENDO IRREGULARIDADES A LA PROPIA LEY,
MISMAS QUE SE ENCUENTRAN REGULADAS EN LOS
ARTÍCULOS 59 Y 60 DE LAASSP Y 77 Y 78 LOPSRM.
(1) JORGE FERNÁNDEZ RUÍZ. DICCIONARIO DE
DERECHO ADMINISTRATIVO. ED. PORRÚA. PRIMERA
EDICIÓN. PÁGS. 248 Y 249.
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
TIPOS DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS CONTEMPLADAS
EN LA LAASSP Y LOPSRM MULTA INHABILITACIÓ
N Las sanciones administrativas contempladas
en la LAASSP y LOPSRM, son CORRECTIVAS y
PREVENTIVAS.
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
MULTA Sanción pecuniaria impuesta por cualquier
contravención legal, en beneficio del estado o de
cualquier entidad oficial que se encuentra
autorizada para imponerla. En el orden jurídico
puede considerarse como una corrección
disciplinaria, como una sanción gubernativa, como
una pena y en relación con el derecho privado
como una cláusula puesta en un contrato como
sanción de un eventual incumplimiento. MULTA.-
Para el caso de infracción en ambas leyes, será
de un monto equivalente a la cantidad de
cincuenta hasta mil veces el S.M.G.V.D.F. elevado
al mes, en la fecha de la infracción (artículos
59 L.A.A.S.S.P. Y 77 L.O.P.S.R.M.).
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
INHABILITACIÓN Sanción accesoria de
determinados delitos que privan a quienes lo
cometen del ejercicio temporal o permanente de
derechos civiles. Por lo que corresponde a la
inhabilitación temporal, consiste en inhibir en
principio a las personas de participar en
procesos de contratación, prohibiendo a las
dependencias y entidades de la administración
pública federal, celebrar contratos con
ellos. Ahora bien, los artículos 60 de la
L.A.A.S.S.P. y 78 de la L.O.P.S.R.M. señalan el
plazo de la inhabilitación, siendo en ambas leyes
no menor de tres meses ni mayor de cinco años.
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
SUPUESTOS DE INFRACCIÓN PREVISTOS EN LAS LEYES
QUE REGULAN LAS ADQUISICIONES Y LAS OBRAS QUE
CONTRATA EL ESTADO
MULTA
LOPSRM
LAASSP
Artículo 59.- Los licitantes o proveedores que
infrinjan las disposiciones de esta Ley, serán
sancionados por la Contraloría con multa
equivalente a la cantidad de cincuenta hasta mil
veces el salario mínimo general vigente en el
Distrito Federal elevado al mes, en la fecha de
la infracción.
Artículo 77.- Los licitantes o contratistas que
infrinjan las disposiciones de esta Ley, serán
sancionados por la Contraloría con multa
equivalente a la cantidad de cincuenta hasta mil
veces el salario mínimo general vigente en el
Distrito Federal elevado al mes, en la fecha de
la infracción.
CASO PRÁCTICO
CASO PRÁCTICO
ELEMENTOS DOCUMENTALES
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
LOPSRM
LAASSP
MULTA
INHABILITACIÓN
Artículo 60 I. Los licitantes que
injustificadamente y por causas imputables a los
mismos no formalicen el contrato adjudicado por
la convocante
  • Artículo 78
  • Los licitantes que injustificadamente y por
    causas imputables a los mismos no formalicen el
    contrato adjudicado por la convocante

ELEMENTOS DOCUMENTALES
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
LOPSRM
LAASSP
Artículo 78 II. Los contratistas que se
encuentren en la fracción III del artículo 51 de
este ordenamiento, respecto de dos o más
dependencias o entidades.
Artículo 60 II. Los proveedores que se
encuentren en el supuesto de la fracción III del
artículo 50 de este ordenamiento, respecto de dos
o más dependencias o entidades
ELEMENTOS DOCUMENTALES
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
LAASSP
LOPSRM
ARTICULO 50.- Las dependencias y entidades se
abstendrán de recibir propuestas o celebrar
contrato alguno en las materias a que se refiere
esta Ley, con las personas siguientes III.
Aquellos proveedores que, por causas imputables a
ellos mismos, la dependencia o entidad convocante
les hubiere rescindido administrativamente más de
un contrato, dentro de un lapso de dos años
calendario contados a partir de la notificación
de la primera rescisión. Dicho impedimento
prevalecerá ante la propia dependencia o entidad
convocante por el plazo que se establezca en las
políticas, bases y lineamientos a que se refiere
el artículo 1 de esta Ley, el cual no podrá ser
superior a dos años calendario contados a partir
de la notificación de la rescisión del segundo
contrato
ARTICULO 51.- Las dependencias y entidades se
abstendrán de recibir propuestas o celebrar
contrato alguno en las materias a que se refiere
esta Ley, con las personas siguientes III.
Aquellos contratistas que, por causas imputables
a ellos mismos, la dependencia o entidad
convocante les hubiere rescindido
administrativamente un contrato dentro de un
lapso de un año calendario contado a partir de la
notificación de la rescisión. Dicho impedimento
prevalecerá ante la propia dependencia o entidad
convocante durante un año calendario contado a
partir de la notificación de la rescisión
CASO PRÁCTICO
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
LOPSRM
LAASSP
Artículo 60 III. Los proveedores que no
cumplan con sus obligaciones contractuales por
causas imputables a ellos y que, como
consecuencia, causen daños o perjuicios graves a
la dependencia o entidad de que se trate así
como, aquellos que entreguen bienes o servicios
con especificaciones distintas de las convenidas
Artículo 78 III. Los contratistas que no
cumplan con sus obligaciones contractuales por
causas imputables a ellos y que, como
consecuencia, causen daños o perjuicios graves a
la dependencia o entidad de que se trate, y
ELEMENTOS DOCUMENTALES
CASO PRÁCTICO
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
DAÑO PÉRDIDA O MENOSCABO SUFRIDO EN EL
PATRIMONIO POR FALTA DE CUMPLIMIENTO DE UNA
OBLIGACIÓN. PERJUICIO GANANCIA O BENEFICIO
QUE RACIONALMENTE ESPERADO, HA DEJADO DE
OBTENERSE.
CRITERIOS DE GRAVEDAD DE ACUERDO A LA SFP
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
LAASSP
LOPSRM
Artículo 60 IV. Las que proporcionen
información falsa o que actúen con dolo o mala fe
en algún procedimiento de contratación, en la
celebración del contrato o durante su vigencia, o
bien, en la presentación o desahogo de una queja
en una audiencia de conciliación o de una
inconformidad,
Artículo 78 IV. Las que proporcionen
información falsa o que actúen con dolo o mala fe
en algún procedimiento de contratación, en la
celebración del contrato o durante su vigencia, o
bien, en la presentación o desahogo de una queja
en una audiencia de conciliación o de una
inconformidad,
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
  • Algún procedimiento de contratación
  • En la celebración del contrato
  • Durante su vigencia
  • La presentación de una queja
  • El desahogo de una queja en una audiencia
  • de conciliación
  • La presentación de una inconformidad
  • El desahogo de una inconformidad.
  • Proporcionar
  • información falsa en

Actuar con dolo en
Actuar con mala fe en
CASO PRÁCTICO
ELEMENTOS DOCUMENTALES
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
  • DOLO. Deliberada intención de causar injustamente
    un mal a alguien.

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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
  • MALA FE. Actitud pasiva frente al error en que se
    encuentra otro, y que habiéndolo advertido lo
    disimula y se aprovecha de él.

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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
LAASSP
LOPSRM
Artículo 78 V. Los contratistas que se
encuentren en el supuesto de la fracción X del
artículo 51 de este ordenamiento.
Artículo 60 V. Las que se encuentren en el
supuesto de la fracción XII del artículo 50 de
este ordenamiento.
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
LOPSRM
LAASSP
ARTICULO 50.- Las dependencias y entidades se
abstendrán de recibir propuestas o celebrar
contrato alguno en las materias a que se refiere
esta Ley, con las personas siguientes XII. Las
que contraten servicios de asesoría, consultoría
y apoyo de cualquier tipo de personas en materia
de contrataciones gubernamentales, si se
comprueba que todo o parte de las
contraprestaciones pagadas al prestador del
servicio, a su vez, son recibidas por servidores
públicos por si o por interpósita persona, con
independencia de que quienes las reciban tengan o
no relación con la contratación, y
ARTÍCULO 51.- Las dependencias y entidades se
abstendrán de recibir propuestas o celebrar
contrato alguno en las materias a que se refiere
esta Ley, con las personas siguientes X. Las
que contraten servicios de asesoría, consultoría
y apoyo de cualquier tipo de personas en materia
de contrataciones gubernamentales, si se
comprueba que todo o parte de las
contraprestaciones pagadas al prestador del
servicio, a su vez, son recibidas por servidores
públicos por si o por interpósita persona, con
independencia de que quienes las reciban tengan o
no relación con la contratación, y
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
Requisitos de la infracción administrativa 1.-
Una persona física o moral que tenga la calidad
de licitante, proveedor o contratista. 2.- Que
esa persona contrate con otra persona física o
moral servicios de asesoría, consultoría y apoyo
en materia de contrataciones gubernamentales. 3.-
Se compruebe que todo o parte de las
contraprestaciones pagadas al prestador de
servicios, a su vez son recibidas por servidores
públicos, por si o por interpósita persona. Lo
anterior, según el precepto legal, que quienes
reciban esa contraprestaciones tengan o no
relación con la contratación.
ELEMENTOS DOCUMENTALES
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
DENUNCIA COMO OBLIGACIÓN POR PARTE DE LA ENTIDAD
ANTE EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL.
LOPSRM
LAASSP
ARTÍCULO 78. (ÚLTIMO PÁRRAFO) Las dependencias
y entidades dentro de los quince días siguientes
a la fecha en que tengan conocimiento de alguna
infracción a las disposiciones de esta Ley,
remitirán a la Contraloría la documentación
comprobatoria de los hechos presumiblemente
constitutivos de la infracción. (Días hábiles)
artículo 13 Ley de obras públicas y servicios
relacionadas con las mismas, correlacionado con
el artículo 28 de Ley federal del procedimiento
administrativo.
ARTICULO 60. (ULTIMO PÁRRAFO) Las dependencias
y entidades dentro de los quince días naturales
siguientes a la fecha en que tengan conocimiento
de alguna infracción a las disposición de esta
ley, remitirán a la Contraloría la documentación
comprobatoria de los hechos presumiblemente
constitutivos de la infracción.
PROCEDIMIENTOS DE SANCIÓN EN EL SEPOMEX
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
La presentación de la denuncia de hechos
constitutivos de una infracción es una obligación
del servidor público, y en caso de incumplimiento
se contraviene lo establecido en la fracción XXIV
del artículo 8º de la Ley Federal de
Responsabilidades Administrativas de los
Servidores Públicos, que establece lo siguiente
Artículo 8.- Todo servidor público tendrá las
siguientes obligaciones XXIV. Abstenerse de
cualquier acto u omisión que implique
incumplimiento de cualquier disposición legal,
reglamentaria o administrativa relacionada con el
servicio público.
INCUMPLIMIENTO
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
ESTADISTICA DE EXPEDIENTES DE SANCIÓN A
PROVEEDORES TRAMITADOS EN EL ÁREA DE
RESPONSABILIDADES
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
ELEMENTOS DOCUMENTALES QUE DEBERÁ DE APORTAR LA
ENTIDAD DENTRO DE SU DENUNCIA.
  • Convocatoria o, en su caso, invitación
  • Bases concursales
  • Comprobante de adquisición de bases por parte del
    presunto infractor
  • Propuesta técnica y económica presentada por el
    licitante
  • Documentos en los que conste la aceptación de las
    bases o protesta de cubrir requisitos
  • Actas levantadas con motivo de la celebración de
    las etapas concursales
  • Fallo técnico y económico, así como los
    respectivos dictámenes
  • Documentación legal y financiera que haya
    acompañado el presunto infractor a su propuesta.
  • Cualquier otra constancia relacionada con la
    posible irregularidad detectada.

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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
  • Notificación personal del fallo y de la
    solicitud de formalización del contrato de
    mérito.
  • Documentación legal y financiera que haya
    acompañado el presunto infractor a su propuesta.
  • Cualquier documento relacionado con la negativa
    a formalizar el contrato respectivo.

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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
  • Bases concursales
  • Comprobante de adquisición de bases por parte del
    presunto infractor
  • Fallo
  • Contrato
  • Constancias de anteriores rescisiones
  • - Término de ley dentro de 2 años
    LAASSP
  • - Término de ley dentro de 1 año
    LOPSRM

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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
  • El contrato, y en su caso, convenios
    modificatorios.
  • Bases concursales
  • Actas de juntas de aclaración de bases
  • La propuesta técnica y económica
  • En su caso, el desglose y cuantificación de los
    daños y perjuicios causados con motivo del
    incumplimiento.
  • La que acredite que se entregaron bienes o
    servicios distintos a los convenidos.

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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
  • Bases concursales
  • Comprobante de adquisición de bases por parte del
    presunto infractor
  • Propuesta técnica y económica presentada por el
    licitante
  • Documentos en los que conste la aceptación de las
    bases o protesta de cubrir requisitos
  • Documentación legal y financiera que haya
    acompañado el presunto infractor a su propuesta
  • Cualquier documento con el que se acredite que el
    licitante, proveedor o contratista proporcionó
    información falsa.

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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
  • Documentos que acrediten la calidad de licitante,
    proveedor o contratista de la persona física o
    moral probable infractora.
  • Documento en donde conste el contrato de
    prestación de servicios de asesoría, consultoría
    y apoyo en materia de contrataciones
    gubernamentales.
  • Documentos que acrediten la entrega de las
    contraprestaciones pagadas al prestador del
    servicio.
  • Elementos que acrediten la recepción de las
    contraprestaciones en todo o en parte.
  • Cualquier otro elemento que la entidad
    denunciante considere que puede servir para
    acreditar la probable infracción administrativa.

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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
  • GRAVEDAD DEL DAÑO O PERJUICIO.
  • Si el daño económico causado es del 20 o más del
    importe del contrato, será considerado daño
    grave.
  • Cuando el monto del contrato exceda de 1000 veces
    el S.M.G.D.F. vigente al momento de su
    celebración, elevado al año, se considera daño o
    perjuicio grave el equivalente al 10 de dicho
    monto.
  • OFICIO-CIRCULAR No. SP/100/0396/2003, POR EL QUE
    SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS Y CRITERIOS PARA
    EL CONOCIMIENTO, TRÁMITE Y RESOLUCIÓN DE LOS
    ASUNTOS EN MATERIA DE IMPOSICIÓN DE SANCIONES A
    LICITANTES, PROVEEDORES Y CONTRATISTAS, POR
    INFRACCIÓN A LAS LEYES ESPECIALES RESPECTIVAS.

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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
ARTICULO 8º El incumplimiento a lo dispuesto
en el presente artículo dará lugar al
procedimiento y a las sanciones que correspondan,
sin perjuicio de las normas específicas que al
respecto rijan en el servicio de las fuerzas
armadas.
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE RESPONSABILIDADES
DE LOS SERVIDORES PUBLICOS ANTE EL OIC
PROCEDIMIENTO
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
Artículo 13.- Las sanciones por falta
administrativa consistirán en
I.- Amonestación privada o pública
II.- Suspensión del empleo, cargo o comisión por
un período no menor de tres días ni mayor a un
año
III.- Destitución del puesto
IV.- Sanción económica, e
V.- Inhabilitación temporal para desempeñar
empleos, cargos o comisiones en el servicio
público.
39
ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN NOTIFICÓ DE LA
RESCISIÓN DEL CONTRATO EL 25 DE MAYO DEL 2004
ENTIDAD CONVOCANTE SERVICIO POSTAL MEXICANO
PROVEEDOR TRANSPORTE EJECUTIVO S.A. de C.V
SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA NOTIFICÓ DE LA
RESCISIÓN DEL CONTRATO EL 26 DE ABRIL DEL 2005
FORMALIZACIÓN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
20 DE ABRIL DEL 2006
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ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
CONTRATO OBJETO EQUIPO DE CÓMPUTO CON PROCESADOR
PENTIUM IV
ENTREGA DE BIENES EQUIPO DE CÓMPUTO CON
PROCESADOR PENTIUM II
INICIO PROCEDIMIENTO CONTRATACIÓN
41
ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO POSTAL
MEXICANO
PROPORCIONAR INFORMACIÓN FALSA
ESCRITO A TRAVÉS DEL CUAL, BAJO PROTESTA DE
DECIR VERDAD, MANIFIESTA ENCONTRARSE AL
CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES
FISCALES
POSTERIOR A LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
AL MOMENTO DE LA PRESENTACIÓN DE SU PROPUESTA
42
FIRMA DEL CONTRATO
GARANTIZAR CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
10 DÍAS NATURALES SIGUIENTES
A PARTIR DEL 11 DÍA, INCUMPLIMIENTO
43
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
GARANTIZAR CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 15 DÍAS
NATURALES SIGUIENTES
NOTIFICACIÓN DEL FALLO
A PARTIR DEL 16 DÍA, INCUMPLIMIENTO
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