Title: Ministrio da Agricultura, Pecuria e Abastecimento'
1INDICACIONES GEOGRÁFICASPARALOS PRODUCTOS
AGROPECUÁRIOS
- Ministério da Agricultura, Pecuária e
Abastecimento.
2MARCO LEGAL
- ? Decretos nº 5.351/05 e 5741/06
- ? Ley nº 8.171/91 (Lei Agrícola)
- Art. 45 El poder público apoiará y
estimulará los productores agrícolas a si
organizarem... - ? Acuerdo TRIPS/WTO/94 ( Decreto nº 1355/94)
- ? Ley nº 9.279/96- Lei de la Propriedad
Industrial - ? Resolución INPI nº 75, de 28/11/2000
3Ley nº 9.279/96 (LPI) regula los derechos y las
obligaciones relativas a la PI-Título IV- De las
Indicaciones Geográficas (Arts. 176 a 182)
ART. 176 - CONSTITUYE LA INDICACIÓN GEOGRÁFICA
LA CONSTITUI INDICAÇÃO GEOGRÁFICA LA INDICACIÓN
DE PROCEDÊNCIA O LA DENOMINACIÓN DE
ORIGEN.(ARTS.177/178)
ART. 182 EL USO DE LA INDICACIÓN GEOGRÁFICA SE
RESTRINGE A LOS PRODUCTORES Y LA REPRESENTACIÓN
ESTABLECIDA DEL SERVICIO EM EL LUGAR...
Parágrafo único El INPI establecerá las
condiciones para el registro de las IG.
4IG para el Brasil legislacion nacional
- Indicación de Procedencia (IP)
- 1) El nombre geográfico del país, ciudad, región
o lugar de su territorio. - 2) que asigne al producto o al servicio.
- que se tenga sido conocido como
- a) centro del extracción, producción o
fabricación del producto o - b) de la instalación del servicio resuelto.
- Denominación de Origen (DO)
- 1) El nombre geográfico del país, ciudad, región
o lugar de su territorio. - - 2) que asigne al producto o al servicio.
- cujas calidades o
- características
- se deban exclusiva o esencialmente al
- a) Medio geográfico
- b) Factores naturales
- c) Factores humanos
5Registro (INPI- Resolución nº 75/00)
El REGISTRO ES DE NATURALEZA DECLARATÓRIA Y
IMPLICA EM EL RECONOCIMIENTO DE LAS INDICACIONES
GEOGRÁFICAS
6Registro (INPI- Resolución nº . 75/00)
- El nombre geográfico
- La descripción del producto o servicio
- Las características del producto o servicio
- Regalamiento del uso del nombre geográfico
- Historia, control, método de logro.
7El papel del MAPA (1)
8El papel del MAPA (2)
9El papel del MAPA (3)
Decreto 5351/05 e Portaria 85/06
- Planear, promover, coordinar, supervisar e
evaluar las activida- - des, los programas y las acciones de la IG de
los productos agropecuarios - Desarrollar estudios subsidiarios y de
instrumentos de las pacerías, también cuanto a
los aspectos de la reglamentación - Dar ayuda técnica a los procesos de concesión ,
mantenimiento cancelación o anulación del
certificado, en materias específicas - Programar y implementar las acciones del
desarrollo e el fortalecimiento de los
procedimientos relativos a la indicación
geográfica
10Instituciones implicadas
MAPA
INPI
MAPA
Controlo
Promoción
Acompañamiento
Certificación
Registro
11 IG en Brasil
NÚMERO I.P. 1909 VEJA EM
Www.carnedopampagaucho.com.br
12 Problemas y Necesidades Identificadas
- ? Identificar los productos agropecuarios con
- potencial de protección por la IG
- Estudio del padrones de mejora de calidad
- Calificación de Agentes Multiplicadores e
Gestores - ? Parcerias institucionais
- Marco jurídico detalhado control, fiscalización,
- estampilla única, etc
13Coordinación del Incentivo à Indicación
Geográfica de Productos Agropecuarios -
CIG/DEPTA/SDC/MAPA-
Equipe Brasília Bivanilda Almeida Tapias
(coordenadora) Patrícia
Metzler Saraiva Rubens
Soares
Equipe nos Estados SEPDAG/SFA
Telefone55-61-3218-2237/2918email
cig_at_agricultura.gov.br