Title: Presentacin de PowerPoint
1SERVICIO SALUD COQUIMBO
FARMACIA HOSPITALES INDUCCION DIRECTIVOS 15 DE
ABRIL DE 2009 QF Maricella Cerda Tapia, Asesora
Farmacia
2FARMACIA
La farmacia es una unidad de apoyo clínico y
terapéutico integrado, funcional y
jerárquicamente establecida en un hospital. Dado
su rol la farmacia de los hospitales depende
jerárquicamente de la Dirección o de la
Subdirección Médica del hospital, según
complejidad del establecimiento.
3FARMACIA
Los servicios farmacéuticos incluyen un conjunto
de funciones y actividades planificadas,
organizadas, dirigidas, supervisadas con el
objeto de mejorar la calidad de vida del paciente
a través del uso eficiente y seguro de
medicamentos y otros recursos farmacéuticos.
4FARMACIA
Incluye, entre otros, los aspectos de diseño del
arsenal terapéutico, definición de terapias,
dispensación informada, seguimiento farmacéutico
de pacientes, información de medicamentos,
identificación de problemas relacionados con
fármacos, preparados oficiales y magistrales,
preparados estériles, vigilancia epidemiológica,
farmacocinética clínica, fármaco-vigilancia,
educación al paciente y atención farmacéutica.
5FARMACIA
OBJETIVO.- Contribuir al uso racional de los
medicamentos desarrollando una atención
farmacéutica eficiente, oportuna, segura e
informada, brindada a través de un conjunto de
servicios farmacéuticos que forman parte de la
atención a los pacientes del establecimiento y su
comunidad.
6ESTRATEGIAS
- I.-FORTALECER EL ROL DE LA JEFATURA DEL SERVICIO
DE FARMACIA - Objetivo Adecuar estrategias efectivas que
faciliten - el uso adecuado de los medicamentos,
- la administración del presupuesto asignado,
- racionalizar el gasto del item de farmacia,
7ESTRATEGIAS
II.-FORTALER LAS FUNCIONES DEL COMITÉ DE FARMACIA
Y TERAPÉUTICA Objetivo Posesionar al Comité de
Farmacia como el organismo técnico asesor,
contralor y coordinador del cuerpo médico y de la
administración del hospital, en relación al uso
de los medicamentos e insumos terapéuticos y
materias relacionadas.
8Compromiso de Gestión Asociado Potenciar el rol
técnico asesor del Comité de Farmacia y
Terapéutica. Indicador 100 de asistencia a las
reuniones del Comité de Farmacia del
establecimiento (1 reunión mensual) Fórmula de
Cálculo Nº de asistentes, de acuerdo a
resolución (titulares o suplentes) 100 N de
participantes según resolución Medios de
Verificación Actas y lista de asistencia con
firma de participantes 10 actas (desde Marzo a
Diciembre de 2009 enviadas a la DSSC)
9ESTRATEGIAS
III.-OPTIMIZAR NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE
DISPENSACIÓN.- Objetivo Atender la demanda
asistencial de medicamentos generada por la
atención de pacientes hospitalizados y por
aquellos pacientes con atención ambulatoria tanto
de morbilidad como de urgencia.
10Compromiso de Gestión Asociado Establecer grado
de cumplimiento de normativa de prescripción y
dispensación de fármacos en A.Cerrada y
Ambulatoria. Indicador 1,0 de recetas
procedentes de atención abierta y atención
cerrada, auditadas Fórmula de Cálculo Nº de
recetas auditadas 100 Nº total de recetas de
atención abierta y atención cerrada Medios de
Verificación Resultado de auditoria Planes de
mejora como resultado de auditoria
11ESTRATEGIAS
- IV.-OPTIMIZAR LOS SISTEMAS DE REGISTROS .-
- En la Sección Farmacia deberían estar disponibles
sistemas de registros que permitan mantener la
información necesaria para el manejo del Item - Gasto de Farmacia en relación al presupuesto.
- Descomposición del gasto.
- Determinar grupo de fármacos e insumos que más
inciden en el presupuesto. -
12ESTRATEGIAS
- V.-OPTIMIZAR EL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO.-
-
- Llevar a cabo un manejo óptimo y periódico de
inventarios generales y selectivos. - Coordinación entre los hospitales accediendo a
una economía de escala, centralizando la gestión
de compra para algunos fármacos e insumos como
también el traspaso de sobrestock a otro
hospital. - Control periódico de los productos sin uso y con
fechas de vencimiento cercanas. -
- .
13Compromiso de Gestión Asociado Garantizar
disponibilidad de la totalidad de fármacos
asociados a patologías GES. Indicador 100 de
disponibilidad de fármacos GES Fórmula de
Cálculo Nº de medicamentos trazadores
disponibles en la Farmacia del establecimiento /
Nº de medicamentos trazadores definidos
100 Medios de Verificación Informe del
establecimiento Orden de compra de medicamentos
trazadores
14Compromiso de Gestión Asociado Establecer grado
de cumplimiento de Norma General Administrativa
Nº 10 que establece adquisición de medicamentos e
insumos de uso médico por los Servicios de Salud.
Indicador 50 de compra de medicamentos e
insumos a CENABAST (Hospitales 2 y 3) 80 de
compra de medicamentos e insumos a CENABAST
(Hospitales 4) Fórmula de Cálculo Monto
comprado fármacos e insumos a CENABAST 100 Monto
total comprado de fármacos e insumos Medios de
Verificación Informe del Departamento de
Finanzas
15ARSENAL FARMACOLÓGICO
El Arsenal Farmacológico es una lista básica
de medicamentos para atender los
requerimientos establecidos en los esquemas
terapéuticos del establecimiento, cuyo objetivo
es orientar la conducta de prescripción. Todos
los hospitales deberán disponer de un arsenal
farmacológico el cual será propuesto, revisado y
actualizado cada 2 años por el Comité de Farmacia
y Terapéutica del Hospital, se aprobará mediante
una resolución de la DSSC.
16Compromiso de Gestión Asociado Establecer grado
de pertinencia de prescripciones de acuerdo al
Arsenal Farmacológico establecido. Indicador
de prescripciones de fármacos no incluidos en el
Arsenal Farmacológico del establecimiento. Fórmula
de Cálculo Nº de prescripciones de fármacos no
pertenecientes a Arsenal Farmacológico del
establecimiento 100 Nº total de
prescripciones Medios de Verificación Informe
del establecimiento
17REQUISITO RECETA
DECRETO 466, ART.38 Toda receta deberá cumplir
con los siguientes requisitos a)
Individualización del profesional que la
extiende, señalando su nombre, profesión y
domicilio. Estos datos deberán ser impresos o, en
su defecto, escritos o reproducidos en forma
perfectamente legible. b) Prescripción, en forma
clara y completa. Cuando se trata de fórmulas
magistrales los componentes deberán indicarse con
su denominación química o genérica y sus dosis en
forma perfectamente legible, no permitiéndose
claves o abreviaturas, debiendo señalarse el
nombre del paciente.
18REQUISITO RECETA
- DECRETO 466, ART.38 Toda receta deberá
- cumplir con los siguientes requisitos
- Firma del profesional y fecha en que se extiende
la receta. - DECRETO 466, ART.39 Cuando se prescriban
- productos farmacéuticos sometidos a controles
- especiales, los profesionales que lo hagan
deberán - cumplir estrictamente los requisitos de
formulación - que determinen los reglamentos pertinentes.
19RECURSO HUMANO
- JEFATURA
- La Unidad de Farmacia funcionará bajo la
dirección técnica de un Químico Farmacéutico,
quién además ejercerá su jefatura. - En aquellos establecimientos en que la asistencia
de un QF no sea directa ni permanente, la
responsabilidad de la Unidad de Farmacia
corresponderá al médico director , o quién por
resolución éste designe, y las tareas, será
responsabilidad del auxiliar de Farmacia,
encargado de la Unidad de Farmacia respectiva.
20RECURSO HUMANO
- ATENCIÓN CERRADA
- Un Químico Farmacéutico, en jornada completa,
cada 100 camas en aquellos hospitales que
dispensen medicamentos en dosis diaria. - Un Auxiliar Paramédico de Farmacia, cada 50 camas
en atención a pacientes hospitalizados.
21RECURSOS HUMANOS
- ATENCIÓN ABIERTA
- Un Químico Farmacéutico, cada 500 a 600
prescripciones diarias, para atención ambulatoria
del consultorio. - Un Auxiliar Paramédico de Farmacia, cada 200
prescripciones diarias en atención a pacientes de
consultorio.
22RECURSOS HUMANOS
- La Unidad de Farmacia además, contará con
personal administrativo y de auxiliares de
servicio en número suficiente para garantizar el
buen funcionamiento de las actividades a
realizar.
23RECURSOS HUMANOS
24PRESCRIPCIÓN EN APS
PRESCRIPCIÓN (Norma N4) La prescripción de
medicamentos se debe realizar solamente por el
personal facultado. Los profesionales facultados
para prescribir, deben registrar su firma en la
Unidad de Farmacia del consultorio. La
prescripción para el tratamiento de patologías
agudas no debe ser superior a cuatro días. Para
el tratamiento de patologías crónicas, la
prescripción no debe ser superior a treinta
días.
25PRESCRIPCIÓN EN APS
PRESCRIPCIÓN (Norma N4) Para otras patologías,
le corresponde al Comité de Farmacia Regional,
normalizar la duración de los tratamientos. Toda
prescripción que se extienda al personal de
consultorio se debe registrar en la historia
clínica correspondiente.
26PRESCRIPCIÓN EN APS
PRESCRIPCIÓN (Norma N4) Están legalmente
facultados para prescribir Los médicos -
cirujanos pueden prescribir todos los fármacos
contenidos en el Arsenal Farmacológico del
establecimiento donde se desempeñan, a excepción
de aquellos restringidos a ciertas especialidades
o protocolos, de acuerdo a resolución del Comité
de Farmacia respectivo. Los cirujanos
dentistas solo pueden prescribir medicamentos
necesarios para las atenciones odonto-estomatológi
cas.
27PRESCRIPCIÓN EN APS
- PRESCRIPCIÓN (Norma N4)
- Las matronas
- En atención abierta del nivel primario.-
- Fármacos e insumos de Paternidad Responsable
- Acido Ascórbico comprimido
- Acido Fólico comprimido
- Antiespasmódico supositorio adulto
- Clotrimazol crema
- Clotrimazo óvulo vaginal
- Hierro comprimido
- Metronidazol comprimido
- Metronidazol óvulo vaginal
- Povidona Yodada
-
28PRESCRIPCIÓN EN APS
PRESCRIPCIÓN (Norma N4) Las enfermeras En
atención abierta del nivel primario.- están
autorizadas para prescribir en el control de niño
sano los siguientes fármacos Vitamina ACD Hierro
en gotas Pasta Lassar Vaselina líquida ( como
lubricante ) Povidona Yodada NO PUEDEN
TRANSCRIBIR RECETAS DE CRÓNICOS.
29PRESCRIPCIÓN EN APS
PRESCRIPCIÓN (Norma N4) Nutricionistas,
Psicólogos, Asistentes Sociales, Kinesiólogos
NO PUEDEN PRESCRIBIR O TRANSCRIBIR NINGUN
MEDICAMENTO.
30PRESCRIPCIÓN EN APS
PRESCRIPCIÓN (Norma N4) Auxiliares Paramédicos
de Centros de Salud SOLAMENTE PUEDEN
ADMINISTRAR MEDICAMENTOS EN EL MOMENTO DE LA
ATENCIÓN DE URGENCIA, PARA LO CUAL, DEBEN
MANEJAR EXCLUSIVAMENTE EL ARSENAL BÁSICO
AUTORIZADO PARA ESTOS FINES. NO PUEDEN PRESCRIBIR
O TRANSCRIBIR NINGÚN MEDICAMENTO.
31PRESCRIPCIÓN EN APS
PRESCRIPCIÓN (Norma N4) Prescripción de
Productos Sujetos a Control Legal La
prescripción de productos benzodiazepínicos,
psicotrópicos y/o estupefacientes deben ser
realizados en recetarios foliados autorizados por
la Autoridad Sanitaria o en recetas verdes,
dicha entidad llevará el control de ambos tipos
de recetas. Tanto los recetones de urgencia,
pabellón o de programas de crónicos no deben
contener ningún producto sujeto a control legal,
éstos deben ser prescritos en recetas foliadas
para cada paciente.
32PRESCRIPCIÓN EN APS
USO DEL RECETARIO EN APS (Norma N7) Toda
receta médica extendida a pacientes ambulatorios
de cumplir con los siguientes requisitos para que
puedan ser dispensadas por la Unidad de Farmacia
del consultorio o posta de salud rural 1.- La
prescripción debe ser extendida de puño y letra
del profesional, con letra legible y sin
enmendaduras.
33PRESCRIPCIÓN EN APS
- USO DEL RECETARIO EN APS (Norma N7)
-
- 2.-En la receta se deben consignar los siguientes
- datos
- -Nombre de consultorio (impreso)
- Nombre y apellidos del paciente
- Número de historia clínica
- Programa y subprograma de salud en que se atiende
- el paciente
- Nombre genérico del medicamento (s)
- Forma farmacéutica y horario de administración
- Vía de administración
- Período que comprende el tratamiento expresado en
número de días
34PRESCRIPCIÓN EN APS
- USO DEL RECETARIO EN APS (Norma N7)
-
- -Total de unidades a despachar
- Fecha de extensión de la receta
- Nombre y Firma del profesional facultado para
prescribir (indicar profesión si no corresponde a
médico cirujano) - 3.- Los medicamentos indicados en la receta, no
deben registrarse con siglas ni abreviaturas. - 4.- La receta se debe cerrar sin dejar espacios
entre la prescripción y la firma.
35PRESCRIPCIÓN EN APS
USO DEL RECETARIO EN APS (Norma N7) 5.- La
receta no debe ser modificada en su prescripción
original. Solamente el profesional que la
extendió podrá modificarla, certificando este
hecho con su firma original. 6.- El formulario
debe ser foliado, contener 100 recetas, elaborado
en papel blanco de la siguiente
dimensión Ancho 11 cms. Largo 16 cms.
36PRESCRIPCIÓN EN APS
USO DEL RECETARIO EN APS (Norma N7) 7.- La
Unidad de Farmacia del consultorio debe entregar
el formulario de recetas a cada profesional
registrado, dejando constancia de su retiro en el
Registro de egresos de talonarios de
recetas. 8.- Cada profesional que retira un
recetario, es responsable de su uso y mantención.
En caso de extravío, sustracción, hurto o robo,
se debe comunicar al Director del consultorio y
dejar constancia en el registro correspondiente
que mantiene la Unidad de Farmacia.
37PRESCRIPCIÓN EN APS
USO DEL RECETARIO EN APS (Norma N7) 9.- La
receta oficial de consultorios se utilizará
además, para la prescripción de productos
psicotrópicos contenidos en el Reglamento de
Productos Psicotrópicos, Lista IV, cuya condición
de expendio es bajo receta retenida. 10.- Las
recetas que no cumplan con los requisitos
mencionados deben ser devueltas al profesional
que prescribió y se debe consignar al reverso de
la misma receta, la causa de su devolución.
38(No Transcript)
39(No Transcript)
40(No Transcript)
41(No Transcript)
42(No Transcript)
43(No Transcript)
44(No Transcript)
45(No Transcript)
46(No Transcript)
47(No Transcript)
48PRODUCCIÓN DE FARMACIA
49PRODUCCIÓN DE FARMACIA
50GRACIAS