ACTAS DE LOS ORGANOS COLEGIADOS DE UN CENTRO EDUCATIVO. - PowerPoint PPT Presentation

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ACTAS DE LOS ORGANOS COLEGIADOS DE UN CENTRO EDUCATIVO.

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ACTAS DE LOS ORGANOS COLEGIADOS DE UN CENTRO EDUCATIVO. Consejo Escolar del centro y Claustro de Profesores. Regla D cima Queda sin efectos la anterior Resoluci n ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: ACTAS DE LOS ORGANOS COLEGIADOS DE UN CENTRO EDUCATIVO.


1
ACTAS DE LOS ORGANOS COLEGIADOS DE UN CENTRO
EDUCATIVO.
  • Consejo Escolar del centro
  • y Claustro de Profesores.

2
APOYO LEGAL
  • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
    Jurídico de las Administraciones Públicas y del
    Procedimiento Administrativo Común.
  • B.O.E. núm. 285, de 27 noviembre 1992, rect.
    B.O.E. núm. 311, de 28 diciembre 1992),
    modificada por la Ley 04/1999, de 13 de enero,
    (B.O.E. núm. 12, de 14 enero 1999, rect. B.O.E.
    núm. 30, de 4 febrero 1999).

3
SESIONES PERCEPTIVAS
  • El Consejo Escolar del centro y el Claustro de
    profesores podrán celebrar anualmente tantas
    reuniones como sean precisas para su buen
    funcionamiento y para la correcta marcha de los
    centros.

4
Los requisitos indispensables que deben reunir
toda convocatoria/citación escritapara ser
considerada como válida son
  • a) Requisitos formales
  • Fecha del escrito/convocatoria.
  • Sello de registro de salida del centro, fechado
    y numerado.
  • Firma del Secretario.
  • Visto bueno, en su caso, del Presidente del
    mismo.
  • Sello del centro.
  • Miembro del órgano colegiado a quien va
    dirigida.
  • Respeto a los plazos legales estipulados.
  • b) Requisitos de base legal
  • Lugar día y hora de la sesión.
  • Tipología de la sesión ordinaria o
    extraordinaria.
  • Orden del día, con los asuntos que vayan a
    deliberarse.

5
PLAZOS DE CONVOCATORIA
  • Una semana para las ordinarias
  • Cuarenta y ocho horas para las extraordinarias.

6
DEFINICIÓN DE SESIONES ORDINARIAS
  • Se entiende como sesiones ordinarias aquellas
    cuya celebración está contemplada en las cinco
    reuniones mínimas preceptivas anuales, o bien las
    que decida como tales el Presidente del órgano
    colegiado. En ellas se tratan asuntos generales y
    específicos de la marcha, gestión y gobierno del
    centro, cuyo período de resolución se encuentra
    prefijado de acuerdo con las funciones y
    atribuciones que otorgan las disposiciones
    vigentes al Consejo Escolar del centro y al
    Claustro de profesores. También se pueden abordar
    en estas sesiones otros asuntos de carácter
    infrecuente o excepcional que, sin tener una
    naturaleza extraordinaria o que requieran urgente
    resolución, se puedan presentar en el centro a lo
    largo del curso.

7
DEFINICIÓN DE SESIONES EXTRAORDINARIAS
  • La antelación mínima de cuarenta y ocho horas
    para la celebración de sesiones extraordinarias
    indica ya a simple vista la urgencia de los
    asuntos a deliberar en las mismas. No obstante,
    juzgamos además como extraordinarias aquellas
    convocatorias que traten de un único punto del
    orden del día, tanto por su urgencia como su
    importancia, las que han sido señaladas como
    tales por la legislación vigente (constitucióndel
    Consejo Escolar del centro, nombramiento o cese
    del Director, elección de los representantes del
    Claustro de profesores en el Consejo Escolar,
    etc.), así como las que han sido solicitadas por
    los miembros de los órganos colegiados.

8
CITACIONES EN PRIMERA Y SEGUNDA CONVOCATORIA.
  • La posibilidad de una segunda convocatoria,
    establecida legalmente, tiene el objetivo de
    poder celebrar la sesión en la misma fecha de la
    citación cuando a la hora convocada para la
    primera no estén presentes los miembros precisos
    para la legal constitución del órgano a efectos
    de poder iniciar la sesión.

9
LOS PUNTOS A TRATAR EN EL ORDEN DEL DÍA.
  • - Un punto inicial referido a la lectura y
    aprobación del acta o actas de sesio-
  • nes anteriores.
  • - Un punto de información al órgano colegiado.
  • Uno/dos puntos En los que se traten asuntos
    que no requieran toma de acuerdos.
  • Dos/cuatro puntos En los que se deliberen
    temas que precisen la toma, en su caso, de
    acuerdos.
  • Un punto final Referido a ruegos y preguntas

10
MODIFICACIÓN DE LOS PUNTOS DEL ORDEN DEL DÍA.
  • Así como hemos visto en el apartado anterior, que
    existe la posibilidad de posponer algún punto del
    orden del día para otra sesión con convocatoria
    diferente siempre que estos puntos hayan sido
    inicialmente tratados, igualmente es legalmente
    viable la incorporación de nuevos puntos a los
    oficialmente fijados para la sesión
    correspondiente
  • La Ley 30/1992 establece que no podrá ser objeto
    de deliberación o acuerdo, asunto alguno que no
    esté fijado en el orden del día de la sesión
    convocada ... salvo que estén presentes todos
    los miembros del órgano colegiado y sea declarada
    la urgencia del asunto por el voto favorable de
    la mayoría

11
El ACTO ADMINISTRATIVO DE LEVANTAR ACTA.
  • La Ley 30/1992 señala que corresponde al
    Secretario o Secretaria del órgano colegiado
    autorizar,levantar y redactar las Actas de las
    sesiones correspondientes encomendando al
    Presidente el visado de las mismas.

12
ACTAS
  • De cada sesión que celebre el órgano colegiado
    se levantará acta por el Secretario o Secretaria,
    que especificará necesariamente los asistentes,
    el orden del día de la reunión, las
    circunstancias del lugar y tiempo en que se ha
    celebrado, los puntos principales de las
    deliberaciones, así como el contenido de los
    acuerdos adoptados.

13
El Papel del Secretario.
  • Asitir a las reuniones con voz pero sin
    voto si es un funcionario , y con voz y
    voto si la Secretaría del órgano la ostenta un
    miembro del mismo.
  • Efectuar la convocatoria de las sesiones del
    órgano por orden de su Presidente, así como las
    citaciones a los miembros del mismo.
  • Recibir los actos de comunicación de los
    miembros con el órgano y , por tanto , las
    notificaciones , peticiones de datos,
    rectificaciones o cualquiera otra clase de
    escritos de los que deba tener conocimiento.
  • Preparar el despacho de los asuntos, redactar y
    autorizar las actas de las sesiones.
  • Expedir certificaciones de las consultas,
    dictámenes y acuerdos aprobados.
  •   Cuantas otras funciones sean inherentes a su
    condición de Secretario.
  • El Secretario tiene la facultad de tomar nota
    potestativamente de todo lo que se manifieste o
    acontezca en las deliberaciones de los puntos del
    orden del día o en cualquier momento de la
    sesión, actuación que determinantemente no
    aconsejamos. Su única obligación es la de
    transcribir en el acta correspondiente, y con
    relación al apartado que estamos tratando, los
    puntos principales de las deliberaciones

14
Aprobación de las Actas
  • La aprobación del acta (aprobación formal y
    de su contenido) corresponde a todos los miembros
    de los órganos colegiados con derecho a
    voto, pudiéndose realizar este
  • acto administrativo al término de la sesión o en
    la sesión posterior , no diferenciándose la
    circunstancia de su carácter ordinario o
    extraordinario.
  • El procedimiento usual que se sigue en la
    aprobación de un acta, es el de ratificarla en la
    sesión posterior, hecho que constituye un acto de
    obligatorio cumplimiento por parte de los órganos
    colegiados.
  • Insistimos en la obligatoriedad de la
    aprobación del acta en la misma o en la
    sesión posterior, no sólo por una cuestión
    práctica y necesaria en el procedimiento de
    actuación de un órgano colegiado, sino porque así
    lo ordena la normativa vigente .

15
Cumplimentación del Acta de cada sesión.
  • La Ley especifica claramente los aspectos
    que obligatoria y necesariamente debe figurar
    en el acta que, de cada sesión del órgano
    colegiado, levante su Secretario o Secretaria
  • Asistentes a la sesión.
  • Orden del día de la convocatoria.
  • Circunstancias de lugar y tiempo en que se ha
    celebrado la reunión o reuniones.
  • Los puntos principales de las deliberaciones.
  • El contenido de los acuerdos adoptados.

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Partes del Acta
  1. Encabezamiento del acta de la sesión.
  2. Párrafo introductorio previo al desarrollo del
    orden del día de la convocatoria, en el que
    figuren los asistentes y ausentes de la sesión,
    el citado orden del día y las circunstancias
    iniciales de lugar y tiempo de la reunión.
  3. Exposiciónredacción del punto primero del orden
    del día.
  4. Exposiciónredacción de otros puntos del orden
    del día.
  5. Exposiciónredacción del último punto del orden
    del día.
  6. Párrafo final de la sesión, con levantamiento y
    certificación del acta, en el que se reflejen las
    circunstancias ulteriores de lugar y tiempo de la
    sesión y la firma del Secretario con el visado
    del Presidente y el sello del centro

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Modelos de Acta
  • PÁRRAFO INTRODUCTORIO DE LA REDACCIÓN DEL ACTA
    DE LA SESIÓN
  • En........ (localidad) ...., en
    las........(dependencias, sala de profesores,
    biblioteca, etc.) del ......(Colegio de Educación
    Primaria/Instituto de Educación Secundaria
    Denominación específica) ..........1, siendo
    las ............ horas del día ............ de
    ................ de .........., se reúne en
    sesión ........ (ordinaria/extraordinaria)
    ........ el .................... (Consejo
    Escolar/Claustro de profesores) ...... del
    centro, con la asistencia de todos sus miembros
    componentes 2, con la ausencia justificada de
    .... (nombres y dos apellidos, en orden
    alfabético y sin especificación, en su caso, del
    sector educativo al que representan)
    ............y con la inasistencia
    de..........(nombres y dos apellidos, en orden
    alfabético y sin espeficación , en su caso, del
    sector educativo al que representan)
    ..................................................
    ..................................................
    ............................................ que
    no la justifican, previa citación realizada al
    respecto y de acuerdo con el siguiente.
  • ORDEN DEL DÍA
  • Punto 1º Lectura y aprobación, si procede, del
    acta/a de la/s sesión/es anterior/es
  • Punto 2º Comunicaciones al ......( Consejo
    Escolar/Claustro de profesores) ........
  • Punto 3º/5º ...................................
    ..................................................
    .........................
  • Punto 6º Ruegos y preguntas
  • ..................................................
    ..................................................
    ..................................
  • Desarrollo del punto 1º Lectura y aproba

18
(No Transcript)
19
INSTRUCCIONES A LA TRANSCRIPCIÓN DE LAS ACTAS
MEDIANTE EL SISTEMA DE HOJAS MÓVILES
  • La posibilidad de que la citada transcripción se
    realice mediante medios mecánicos por el
    procedimiento de hojas móviles, siempre que se
    respeten una serie de garantías formales.
  • A falta de regulación específica sobre este
    proceso de formalización de las actas de los
    órganos colegiados de los centros públicos
    docentes, cabe la aplicación analógica de lo
    establecido en el capítulo Sección 5ª del
    Capítulo III, del Título V (particularmente el
    artículo 136) de la Ley 14/1990 de 26 de julio,
    de Régimen Jurídico de las Administraciones
    Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 1 de agosto
    .)
  • Por este motivo Se aprobó la Resolución de 1 de
    septiembre de 2009 por la que se dictan
    instrucciones específicas sobre la
    cumplimentación de las mencionadas actas).

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Regla Primera
  • La regla general es la de que los Libros de Actas
    han de estar previamente foliados (numerado cada
    folio) y encuadernados, legalizada cada hoja con
    la rúbrica de la persona titular de la dirección
    del centro (y que preside el órgano colegiado) y
    el sello del centro, y expresará en su primera
    página, mediante diligencia de apertura firmada
    por el secretario o la secretaria, a lo que se
    destina el libro, el número de folios y la fecha
    en que se inicia la transcripción de los
    acuerdos. En todo caso, folio y hoja significan
    lo mismo.

21
Regla Segunda
  • No obstante lo anterior, cuando se utilicen
    medios mecánicos para la transcripción de las
    actas, los Libros, compuestos de hojas móviles,
    tendrán que confeccionarse de acuerdo con las
    siguientes cuatro reglas
  • 1. Habrá de utilizarse, en todo caso, papel
    timbrado del Estado o el papel numerado de la
    Comunidad Autónoma, si lo hubiera. En el papel
    adquirido para cada libro, que será de numeración
    correlativa, se hará constar en la diligencia de
    apertura firmada por el responsible de la
    secretaría, las series, números y la fecha de
    apertura en que se inicia la transcripción de los
    acuerdos. Al mismo tiempo, cada hoja será
    rubricada por la persona titular de la dirección
    o presidencia del órgano colegiado, sellada con
    el sello del centro y numerada correlativamente a
    partir del número 1, independientemente del
    número del timbre estatal o autonómico.
  • 2. Aprobada el acta, el secretario o la
    secretaria la transcribirá definitivamente y la
    imprimirá,sin enmiendas ni tachaduras (o salvando
    al final las que involuntariamente se produjeren)
    en las hojas correlativas siguiendo rigurosamente
    su orden y haciendo constar, al final de cada
    acta por diligencia, el número, clase y
    numeración de todos y cada uno de los folios del
    papel numerado en que ha quedado extendida.

22
  • 3. Como garantía y seguridad de todas y cada una
    de las hojas sueltas hasta la encuadernación, se
    prohíbe alterar el orden numérico de los folios
    descritos en la diligencia de apertura, debiendo
    anularse por diligencia en los casos de error en
    el orden de transcripción o en su contenido.
  • 4. Cuando todos los folios reservados a un Libro
    se encuentren ya escritos o anulados los últimos
    por diligencia al no caber íntegramente el acta
    de la sesión que corresponda pasar al Libro, se
    procederá a su encuadernación. Al final de cada
    tomo se extenderá diligencia de cierre por el
    secretario o secretaria, con el visto bueno de
    quien presida el órgano, expresiva del número de
    actas que comprende, con indicación del acta que
    lo inicia y de la que lo finaliza.

23
Regla Tercera
  • Una vez tenidas en cuenta las anteriores reglas,
    el procedimiento que debe seguirse es el
    siguiente
  • 1. Para la transcripción de las actas de los
    órganos colegiados por el sistema de hojas
    móviles,debe adoptarse por el órgano colegiado
    correspondiente acuerdo expreso en este sentido.
  • 2. Adoptado el acuerdo debe proveerse el centro
    de hojas de papel timbrado del Estado (o de la
    Comunidad Autónoma, si lo hubiera), en número
    suficiente, aproximadamente 100, para
    confeccionar un libro de actas.
  • 3. Las hojas que conforman el Libro de actas,
    deberán ir numeradas correlativamente a partir
    del número 1, independientemente de la numeración
    propia del papel.
  • 4. Cada hoja deberá rubricarse por el director o
    directora y sellarse en su margen superior
    derecho.
  • 5. El órgano colegiado podrá decidir, por acuerdo
    expreso que se reflejará en la diligencia
    deapertura, si se imprimen los folios por ambas
    caras, en cuyo caso el anverso y el reverso
    sepaginarán, siendo rubricada y sellada
    únicamente el anverso del folio.

24
En el folio número 1 debe estamparse la siguiente
diligencia
  • DILIGENCIA para hacer constar que se abre y
    confecciona el presente Libro al que se destinan
    (...) folios útiles, numerados correlativamente y
    legalizados cada uno de ellos con la rúbrica
    del/la Director/a, Presidente/a del
    Claustro/Consejo Escolar/ y sello del Centro, en
    papel timbrado del Estado de la clase (...) serie
    (...) y números correlativos del () al (), a
    efectos de transcribir las actas de las Sesiones
    celebradas por el Claustro de Profesores/Consejo
    escolar del Colegio.de . (Localidad),
    iniciándose con la transcripción del acta de la
    Sesión Ordinaria/Extraordinaria del Claustro de
    Profesores/Consejo Escolar de fecha de .de
    .

  • ..a . dede
  • VºBº
  • El/La Director/a E

    El/La Secretario/a
  • Fdo...

    Fdo...

25
En el caso que se opte por la impresión a doble
cara, la Diligencia de apertura será la
siguiente
  • DILIGENCIA para hacer constar que se abre y
    confecciona el presente Libro al que se destinan
    (...) páginas útiles, numeradas correlativamente
    y legalizadas las páginas impares con la rúbrica
    del/la Director/a, Presidente/a del
    Claustro/Consejo Escolar/ y sello del Centro, en
    papel timbrado del Estado de la clase (...) serie
    (...) y números correlativos del () al (), a
    efectos de transcribir las actas de las Sesiones
    celebradas por el Claustro de Profesores/Consejo
    escolar del Colegio.de . (Localidad),
    iniciándose con la transcripción del acta de la
    Sesión Ordinaria/Extraordinaria del Claustro de
    Profesores/Consejo Escolar de fecha de .de
    .

  • ..a . dede
  • VºBº
  • El/La Director/a

    El/La Secretario/a
  • Fdo...

    Fdo...

26
Regla Cuarta
  • Una vez cumplimentada la anterior diligencia se
    anulará el resto del folio 1, (incluido el
    reverso) con trazo grueso, empezar a transcribir,
    a partir de la página 2, la primera acta del
    órgano colegiado, utilizando para ello el
    anverso, sin enmiendas ni tachaduras, salvando al
    final del acta las que se produzcan, mediante
    diligencia.
  • En el caso de que se optepor la impresión a doble
    cara, igualmente se empezará a transcribir a
    partir de la página 3, utilizando el anverso y el
    reverso. Una vez transcrita el acta y salvadas
    las posibles enmiendaso tachaduras, se debe
    plasmar una diligencia de cierre del acta, de la
    siguiente manera
  • DILIGENCIA para hacer constar que el acta que
    antecede, y que se firma a continuación, queda
    transcrita en los folios enumerados
    correlativamente del . al , en papel
    timbrado del estado de la Clase ., Serie. y
    números correlativos del .. al ..
  • VºBº
  • El/La Director

    El/La Secretario/a
  • Fdo...

    Fdo...

  • En ..a..de.del .

27
En el caso que se opte por la impresión a doble
cara, la Diligencia será la siguiente
  • DILIGENCIA para hacer constar que el acta que
    antecede, y que se firma a continuación, queda
    transcrita en las páginas enumeradas
    correlativamente de la . a la, en papel
    timbrado del estado de la Clase ., Serie. y
    números correlativos del .. al ..
  • VºBº
  • El/La Director

    El/La Secretario/a
  • Fdo...

    Fdo...

  • En
    ..a .. de .del

28
Regla Quinta
  • A la hora de finalizar el Libro, cuando el número
    de folios que queden en blanco no sea suficiente
    para la transcripción del acta correspondiente,
    se anularán dichos folios en la diligencia del
    final del Libro.
  • DILIGENCIA para hacer constar que el presente
    tomo destinado a la transcripción de las actas de
    las sesiones celebradas por el Claustro de
    Profesorado/Consejo Escolar del (nombre del
    Centro) de . (Localidad), consta de actas,
    comenzando con la correspondiente a la sesión de
    fecha de de y finalizando con la de
    fecha de .. de .. haciéndose constar
    asimismo que los folios.. al .., número de
    timbre correlativo del al .. quedan anulado

  • ..a . dede
  • VºBº
  • El/La Director/a

    El/La Secretario/a
  • Fdo...
    Fdo...

29
En caso de que se opte por la impresión a doble
cara, la Diligencia será la siguiente
  • DILIGENCIA para hacer constar que el presente
    tomo destinado a la transcripción de las actas de
    las sesiones celebradas por el Claustro de
    Profesorado/Consejo Escolar del (nombre del
    Centro) de . (Localidad), consta de actas,
    comenzando con lacorrespondiente a la sesión de
    fecha . de de y finalizando con la de
    fecha de .. de .. haciéndose constar
    asimismo que las páginas.. al .., número de
    timbre correlativo del al .. quedan anuladas.

  • ..a . dede
  • VºBº
  • El/La Director/a
    El/La
    Secretario/a
  • Fdo...
    Fdo...

30
Regla sexta
  • Terminado el proceso descrito en las
    instrucciones anteriores, el Libro deberá ser
    encuadernado, tal y como está conformado y
    diligenciado.

31
Regla Séptima
  • Las referencias en las presentes instrucciones al
    director o la directora del centro se entenderán
    hechas también a la persona que ostente la
    presidencia de otros órganos colegiados en los
    que no esté previsto que la ejerza el titular de
    la dirección del centro (por ejemplo, jefe o jefa
    de departamento didáctico, entre otros).

32
Regla Octava
  • Para facilitar la transcripción informática de
    las actas, las plantillas para la gestión de las
    mismas estarán disponibles en la Web de la
    Consejería de Educación, Universidades,Cultura y
    Deportes, en el apartado de organización y
    funcionamiento.

33
Regla Novena
  • Sin perjuicio de lo establecido en las presentes
    instrucciones, los centros autorizados para
    implantar procesos de gestión documental,
    vinculados a sistemas de calidad,podrán utilizar
    procedimientos alternativos, siempre que se
    respeten las garantías básicas establecidas
    legalmente para la cumplimentación de actas y que
    cuenten con la autorización previa de la
    Inspección de Educación.

34
Regla Décima
  • Queda sin efectos la anterior Resolución de 1 de
    septiembre de 2009 por la que se dictan
    instrucciones relativas a la transcripción de las
    actas de los órganos colegiados de los centros
    docentes mediante el sistema de hojas móviles.
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