Title: Introducci
1Introducción a los AMUMAsAndrea Brusco
2HITOS AMBIENTALES MUNDIALES
- 1972 - Estocolmo
- Conferencia de las Naciones Unidas sobre el
Medio Humano - 1992 - Rio de Janeiro
- Conferencia de las Naciones Unidas sobre el
Medio Ambiente y el Desarrollo - 2002 - Johannesburgo
- Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible
- 2012 Rio de Janeiro
- Conferencia Mundial sobre Desarrollo Sostenible
31972 EstocolmoConferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Humano
- Primera gran Conferencia Internacional dedicada a
problemas ambientales, - Convocada por la AGNU en dic. 1968,
- Inicio del derecho internacional ambiental,
- Creación del PNUMA, con la finalidad de fomentar
y apoyar la cooperación en materia ambiental. - Paradigma protección ambiental bajo una visión
antropocéntrica.
41972 EstocolmoConferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Humano
- Resultados - Res. AG 2994 de 15/12/72 -
-
- Plan de Acción para el Medio Humano, 109
recomendaciones específicas en tres categorías - - Evaluación ambiental
- - Gestión ambiental
- - Medidas de apoyo
51972 EstocolmoConferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Humano
-
- Declaración de Estocolmo sobre el Medio Humano -
26 principios no vinculantes - - Derecho fundamental a la libertad, igualdad y
el disfrute a condiciones de vida adecuadas en un
medio de calidad que le permita llevar una vida
digna. - - Preservación de los recursos naturales en
beneficio de las generaciones presentes y futuras.
61972 EstocolmoConferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Humano
-
- - Necesidad de impedir la contaminación de los
mares y poner fin a la descarga de sustancias
tóxicas. - - Importancia de la asistencia financiera y
tecnológica. - - Necesidad de confiar a instituciones
nacionales la planificación, gestión y control de
la utilización de los recursos naturales. - - Necesidad de educación ambiental.
- - El desarrollo económico y social es
indispensable para asegurar al hombre un ambiente
de vida y trabajo favorable.
71972 EstocolmoConferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Humano
-
- - Las medidas ambientales de los Estados no
deben menoscabar el crecimiento de los países en
desarrollo u obstaculizar el logro de mejores
condiciones de vida. - - Derecho soberano de los Estados para explotar
sus rec. naturales y obligación de asegurar que
las actividades bajo su control o jurisdicción no
perjudiquen a otros Estados o zonas fuera de la
jurisdicción nacional.
81992 - Rio de JaneiroConferencia de las
Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el
Desarrollo
- () No fue una reunión científica sobre
ecología, fue una reunión política con fuerte
contenido económico, donde se discutieron no sólo
las formas y métodos para preservar el medio
ambiente sino los criterios para asegurar la
participación de todos los pueblos en los
beneficios que racionalmente pueden obtenerse de
los recursos naturales ().
91992 - Rio de JaneiroConferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo
- 178 países, 112 de ellos representados por sus
Jefes de Estado y de Gobierno. - Creación de la Comisión de la ONU sobre
Desarrollo Sostenible CDS. - Paradigma desarrollo sostenible equidad
intergeneracional.
101992 - Rio de JaneiroConferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo
- Resultados
- I. Instrumentos jurídicamente vinculantes
- Convenio sobre la Diversidad Biológica,
- Convenio Marco de las NU sobre el Cambio
Climático, - Bases para la formulación y negociación de la
Convención de Lucha contra la Desertificación y
la Sequía. - II. Instrumentos no vinculantes
- Declaración sobre Bosques,
- Agenda 21,
- Declaración de Río.
111992 - Rio de JaneiroConferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo
- Agenda 21
- 40 Capítulos divididos en 4 secciones
- I Dimensiones sociales y económicas,
- II Conservación y gestión de los recursos
para el desarrollo, - III Fortalecimiento del papel de los grupos
principales, - IV Medio de ejecución.
121992 - Rio de JaneiroConferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo
- Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el
Desarrollo - Reafirma la Declaración de Estocolmo,
- Proclama 27 principios que buscan
- establecer una alianza mundial nueva y
equitativa mediante la creación de nuevos niveles
de cooperación entre los Estados, los sectores
clave de las sociedades y las personas, y - alcanzar acuerdos internacionales en los que
se respeten los intereses de todos y se proteja
la integridad del sistema ambiental y de
desarrollo mundial.
131992 - Rio de JaneiroConferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo
- Sus principios pueden agruparse en
- - Derecho a un medio ambiente adecuado (1)
- - Derechos de Acceso información -
participación - justicia (10) - - Implementación nacional del desarrollo
sostenible (3, 4, 8, 20, 21) - - Deber de cooperar (5, 6, 7, 9, 12, 18, 19)
- - Deber de evitar el daño ambiental (2, 14, 17,
24) - - Deber de reparar el daño ambiental (10, 13)
- - Deber de adoptar legislaciones ambientales
(11) - - Principio contaminador - pagador (16)
- - Reconocimiento del derecho de las minorías
(22, 23) - - Principio (enfoque) de precaución (15)
- - Indisolubilidad de la paz, el desarrollo y la
protección ambiental (25, 26)
141992 - Rio de JaneiroConferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo
- Valor agregado
- - Los Principios del 6 al 9 de la Dec. de Río se
refieren a la prioridad que deben tener la
situación y necesidades especiales de los PeD y a
la responsabilidad de los PD - Principio de las
responsabilidades comunes pero diferenciadas -. - - Los principios de contaminador-pagador (16) y
de EIA (17) no son tratados en la Dec. de
Estocolmo (DE). - - Los principios 20, 21 y 22 se refieren al
papel fundamental que desempeñan en la gestión
del medio ambiente y en el desarrollo las
mujeres, los jóvenes y los pueblos indígenas y la
comunidades locales. Estos grupos no se mencionan
en la DE. - - El principio 23, referido a la preocupación
por la protección del medio ambiente y los
recursos naturales de los pueblos sometidos a
opresión, ocupación y dominación, tampoco es
mencionado en la DE. - - La DE no se refiere al tema del posible
deterioro del medio ambiente causado por la
guerra (24).
152002 - Johannesburgo Cumbre Mundial sobre
Desarrollo Sostenible
- Resultados Tipo 1
- Plan de Implementación (JPOI)
- Declaración de Johanesburgo sobre Desarrollo
Sostenible - Resultados Tipo 2
- Iniciativas y alianzas
- Iniciativa Latinoamericana y Caribeña para el
Desarrollo Sostenible
16CMDS - Metas del JPOI
- Recursos Naturales
- Recursos marinos y pesca
- Para el 2012 facilitar el uso de herramientas
como la eliminación de prácticas de pesca
destructiva, el establecimiento de áreas marinas
protegidas y de sistemas de vedas para favorecer
el uso adecuado de las zonas costeras, la
planificación de las cuencas y la integración del
manejo de áreas marino costeras en sectores clave.
17CMDS - Medios de Implementación del JPOI
- Principio de Responsabilidades Comunes pero
Diferenciadas (7) - Flujo de recursos financieros, en particular
hacia los PeD - Oportunidades comerciales, transferencia de
tecnologías ambientalmente racionales sobre una
base preferencial o concesional, la
sensibilización y la creación de capacidades, - Apoyo mutuo entre el sistema multilateral de
comercio y los AMUMAs, - Toma de decisiones basadas en la ciencia y
reafirmar el Principio de Precaución (15) - Acceso, al nivel nacional, a la información, los
procedimientos administrativos y judiciales y a
la participación pública en la toma de decisiones
(10)
18CMDS Medios de Implementación del JPOI
- Fortalecimiento del marco institucional a nivel
nacional - Tomar inmediatamente las medidas necesarias para
progresar en la formulación de sus estrategias
nacionales de des. sostenible e iniciar su
implementación el 2005. - Adoptar y aplicar una legislación clara y
efectiva a los fines del desarrollo sostenible. - Crear o fortalecer sus instituciones
gubernamentales, promoviendo la transparencia y
la responsabilidad. - Participación de los Grupos Principales
- Fortalecer las alianzas entre los actores
gubernamentales y no gubernamentales, incluyendo
los grupos principales, en programas y
actividades tendientes al des. sostenible
19AMUMAs
- Contenido
- Son vinculantes para Estados parte
- Funcionalidad protectora y multidimensionales
(esferas económicas, sociales, políticas,
técnicas, etc.) - Generan compromisos de adoptar medidas en ámbito
interno, algunos con normas concretas
(self-executing) - Asimetría convencional relativización de las
obligaciones en función de calendarios, así como
en función de la diferenciación de las Partes
(ej. Protocolo de Montreal, Protocolo de Kioto
los compromisos son diferenciados para países
desarrollados (PD) y países en desarrollo (PeD),
PD se comprometen a prestar asistencia
financiera, transferencia de tecnología a PeD
20AMUMAs
- Forma y estructura
- Formato dual. Articulado con obligaciones de las
Partes, y anexos, que contienen disposiciones de
carácter científico y técnico. - Procesos de institucionalización cada vez más
desarrollados. Aplicación continuada desde su
entrada en vigor. Mecanismos institucionales de
seguimiento la COP, Secretaría, un organismo de
cooperación científica y técnica, organismos
financieros. - Continuidad del proceso convencional. Tratado
Marco con reglas básicas y posterior/es
protocolo/s con regulaciones detalladas
(objetivos jurídicamente vinculantes). - Creciente complejidad y tecnificación.
21- Aspectos de aplicación y cumplimiento de AMUMAs
- Presentación de informe periódico por el Estado
Parte y/o procesos admonitorios (cooperativos).
Comité de Aplicación. - En materia de resolución de controversias
ambientales en general los Estados pueden acudir
a los medios de solución políticos ? negociación,
mediación, investigación, conciliación etc.? o
jurídicos ? arbitraje y arreglo judicial ?.
22AMUMas pre-Río
1972-1992
- Convención sobre la Prevención de la
Contaminación Marina por Vertimiento de Desechos
y otras Materias, 1972 (vertidos de buques y
naves). - Convención sobre el Patrimonio Mundial de la
Humanidad, 1972 - MARPOL (contaminación producida desde buques)
1973, 78. - Convención de Tráfico de Especies Amenazadas de
la fauna y la flora silvestres (CITES), 1973 - Convención sobre Especies Migratorias (CMS), 1979
- Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho
del Mar (CONVEMAR), 1982 - Convención para la protección de la capa de Ozono
(Convención de Viena, 1985 y Protocolo de
Montreal, 1987) - Convención sobre movimientos transfronterizos de
residuos peligrosos (Convenio de Basilea), 1989
23AMUMAs Río
- Convenio sobre la Diversidad Biológica,
- Convenio Marco de las NU sobre el Cambio
Climático, - Bases para la formulación y negociación de la
Convención de Lucha contra la Desertificación y
la Sequía (1994)
24AMUMAs post-Río
1992-2002
- Protocolo de Kioto, CMNUCC, 1998
- Convenio de Rótterdam sobre Consentimiento
Informado Previo relativo al Comercio
Internacional de Sustancias Químicas y
Plaguicidas Peligrosos (PIC), 1998 - Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la
Biotecnología, en el marco del CDB, 2000 -
- Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes
Orgánicos Persistentes (PoPs o COPs), 2001
25Perspectivas
- Sinergias
- Aplicación y cumplimiento
- Nuevos acuerdos vinculantes
- RIO 20 Gobernanza Ambiental
Internacional y Economía verde.
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