OSHA SAFETY AND HEALTH OUTREACH PROGRAM - PowerPoint PPT Presentation

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OSHA SAFETY AND HEALTH OUTREACH PROGRAM

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... Cada patrono deber preparar, mantener y preservar, y poner a disposici n del oficial de OSHO aquellos informes respecto a la seguridad y salud ocupacional. – PowerPoint PPT presentation

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Title: OSHA SAFETY AND HEALTH OUTREACH PROGRAM


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OSHA SAFETY AND HEALTH OUTREACH PROGRAM
  • Safety Consultant Services
  • Silas Manuel Rivera
  • Safety Officer
  • Tel.(787) 948-8992
  • www.serviciosdeplomeria.com

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OSHA Act
  • Aprobada el 29/dic./1970.
  • Efectiva el 29/abril/1971
  • Enmendada el 5/nov./1990
  • Puerto Rico Ley No. 16 del 5/agosto/75
  • Enmendada junio/77, julio/91 y en
    19/diciembre/2002 Enmienda 281

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Propósito de OSHA ACT
  • para asegurar que cada empleado de la nación
    tenga un lugar de trabajo con condiciones Seguras
    y Saludables
  • para preservar nuestros Recursos Humanos

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Ley de Seguridad y Salud en el lugar de
TrabajoLey 16 del 5 de agosto de 1975
  • Enmienda Ley 281
  • 19 de diciembre de 2002

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Cambios en las definiciones
  • Patrono significa e incluye cualquier persona,
    natural o jurídica y cualquier persona que
    REPRESENTE a esa persona que ejerza AUTORIDAD
    sobre cualquier empleo o empleado.
  • Fondo Especial para la Promoción de la Salud y
    Seguridad Ocupacional significa un fondo creado
    para recibir TODO el recogido por el
    Secretario de Hacienda por virtud de las
    PENALIDADES que se imponen en esta ley.

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Articulo 3
  • Cualquier persona que dé aviso por adelantado de
    cualquier inspección a llevarse a cabo bajo esta
    ley, sin autorización será, una vez convicta,
    castigada con una multa no mayor de 5,000 o con
    pena de reclusión por un término que no excederá
    de 6 meses o con ambas penas.

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Articulo 3 (Cont.)
  • Quien quiera que a sabiendas haga una
    declaración, representación o certificación falsa
    en cualquier solicitud, record, informe, plan u
    otro documento radicado o que se requiera sea
    mantenido a tenor con esta ley, será, una vez
    convicta, castigada con una multa no mayor de
    25,000 o con pena de reclusión por un término
    que no excederá de 6 meses o con ambas penas.

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Articulo 3 (Cont.)
  • Se faculta al Secretario a ordenar el cierre
    provisional durante 72 hrs. de un lugar
    específico de trabajo para el cual se haya
    dispuesto un plan de acción correctiva y no se
    cumpla con el mismo, y que dicho incumplimiento,
    a juicio del Secretario, mantenga a las personas
    del lugar específico de trabajo en peligro
    inminente.

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Articulo 3 (Cont.)
  • El Secretario podrá llevar a cabo las gestiones
    para obtener una orden del Tribunal de Primera
    Instancia para extender el referido término,
    hasta que se cumpla con la acción correctiva.

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Articulo 3 (Cont.)
  • Cada patrono deberá notificar dentro de las 8
    hrs. Siguientes al accidente al Secretario del
    Trabajo o a las personas asignadas cuando ocurra
    un accidente grave (mas de 3 personas
    hospitalizadas por un mismo incidente) o
    fatalidad.

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(Recomendación)
  • Adiestrar a los empleados sobre las declaraciones
    falsas o de presentar querellas que no proceden o
    viciosas.
  • Adiestrar a toda la GERENCIA
  • Ingenieros y Supervisores
  • Capataces (Foreman)
  • Posiciones Gerenciales
  • Adiestrar sobre los deberes de los empleados en
    el cumplimiento de esta ley.

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Deberes del Patrono
  • Sección 6(a) Cláusula General de deberes Cada
    patrono deberá proveer un lugar de empleo libre
    de riesgos.
  • Sección 6(b) Cada patrono deberá proveer y
    asegurar el uso de aparatos de seguridad y
    equipos de protección personal que sea necesario,
    sin costo alguno para el empleado.
  • Sección 6(c) Cada patrono deberá cumplir con las
    normas de seguridad y salud ocupacional.

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Deberes del Empleado
  • Sección 6(d) Cada empleado deberá cumplir con
    las normas de seguridad y salud ocupacional.
  • Sección 6(e) Cada empleado deberá usar y cuidar
    el equipo de protección personal suministrado por
    el patrono.

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Deberes del Empleado
  • Sección 6(f) Ningún empleado deberá
  • Remover, destruir o dejar de usar cualquier
    equipo de protección personal provisto por el
    patrono.
  • Intervenir con el uso de ningún sistema adoptado
    para la protección de empleados.

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Deberes del Empleado
  • Ni podrá dejar de, ni descuidarse en hacer, todo
    aquello que sea razonable necesario para proteger
    la seguridad y la vida de él mismo o de otros
    empleados.
  • EL INCUMPLIMIENTO CON ESTA SUBSECCION POR PARTE
    DEL EMPLEADO NO RELEVARA AL PATRONO DE SUS
    DEBERES BAJO ESTA LEY .

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Inspecciones, Investigaciones Mantenimiento de
Récords
  • Sección 17(a) - Representantes de OSHO estan
    autorizados a
  • Entrar sin dilación y en cualquier momento a
    cualquier sitio de empleo.
  • Inspeccionar e investigar durante las horas
    regulares de trabajo y en otros momentos dentro
    de los limites razonables.

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Inspecciones, Investigaciones Mantenimiento de
Récords
  • Sección 17(b) Un representante del patrono y un
    representante autorizado por sus empleados deberá
    dársele la oportunidad de acompañar al oficial de
    OSHO con el propósito de ayudar en dicha
    inspección. El patrono le pagará a dicho empleado
    a su tipo de salario regular.

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Inspecciones, Investigaciones Mantenimiento de
Récords
  • Sección 17(d) Cada patrono deberá preparar,
    mantener y preservar, y poner a disposición del
    oficial de OSHO aquellos informes respecto a la
    seguridad y salud ocupacional.

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Citación Sección 19
  • Si el patrono ha violado algún requisito de la
    sección 6 de esta ley o de cualquier norma de
    seguridad y salud ocupacional la citación debe
    ser
  • Por escrito y deberá describir con
    particuliaridad la naturaleza de la violación.
  • Fijar un término razonable para la corrección de
    la violación.

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Citación Sección 19
  • (b) Cada citación debe ser exibida
    prominentemente según el reglamento en o cerca de
    cada sitio en que haya ocurrido la violación.
  • (c) Ninguna citación será emitida bajo esta
    sección después de la expiración de los 6 meses
    subsiguientes al descubrimiento de una violación.

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Procedimiento de EjecuciónSección 20
  • El patrono tiene 15 días a partir del recibo de
    la citación para
  • Impugnar la citación por escrito
  • Impugnar la penalidad por escrito
  • Solicitar conferencia informal con el director
    del área por telefono o fax

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Penalidades
  • Seria 1,500.00 hasta 5,000.00
  • Severidad Probabilidad Cantidad
  • High Great 5,000.00
  • Medium Great 3,500.00
  • Low Great 2,500.00
  • High Low 2,500.00
  • Medium Low 2,000.00
  • Low Low 1,500.00
  • Other 0.00 hasta 1,000.00
  • Minimal Great 1,000.00
  • Minimal Low 0,000.00

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Despido o Discriminación de Empleados
  • Sección 29 establece que ningún patrono despedirá
    o en modo alguno discriminará contra un empleado
    que haya radicado una querella o haya instituido
    o testificado en beneficio propio o de otros,
    cualquier derecho concedido por esta ley.

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Competent Person Definition
  • 1926.32(f) means one who is capable of
    identifying existing and predictable hazards in
    the surroundings or working conditions which are
    unsanitary, hazardous, or dangerous to employees,
    and who has authorization to take prompt
    corrective measures to eliminate them.
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