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Sin t

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Title: Sin t tulo de diapositiva Author: Alejandro W. Bunge Last modified by: Alejandro W. Bunge Created Date: 3/18/2002 7:42:59 PM Document presentation format – PowerPoint PPT presentation

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Title: Sin t


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V.- Las parroquias, los párrocos y los vicarios
parroquiales (cánones 515 a 552)
1.- La parroquia (cánones 515 y 518)
1.1. Naturaleza de la Parroquia (cánones 515 y
518)
  • Las primeras comunidades se reúnen en casas de
    familia...
  • Las parroquias nacen cuando en el siglo IV la
    Iglesia se extiende al campo...
  • Época feudal los párrocos dependen en lo
    económico y en lo pastoral de los señores
    feudales...
  • Ordenes mendicantes hacen evidente la necesidad
    de reforma de las parroquias y la vida
    parroquial...
  • Parroquias urbanas sólo aparecen con el
    crecimiento de las ciudades en la baja Edad
    Media...
  • Trento posibilidad de dar ayudantes al párroco
    definición precisa de las tareas del párroco...

2
  • Concilio Vaticano II se plantean los
    interrogantes sobre las limitaciones de una
    estructura nacida en el campo, y su posibilidad
    de responder a la cultura crecientemente urbana
    de nuestro tiempo...

Necesidad de redescubrir la dimensión comunitaria
de la parroquia, comunidad de comunidades
(movimientos e instituciones), cuya vida se
centra en la Eucaristía...
  • Código 1917 especialmente el aspecto
    organizativo de la parroquia...
  • Código 1983 define la naturaleza y función de la
    parroquia...

La diócesis debe dividirse en comunidades menores
(can. 374 1)...
  • Determinada comunidad de fieles,
  • constituida de modo estable

Parroquia
  • en la Iglesia particular,
  • confiada al párroco como pastor propio,
  • bajo la autoridad del Obispo diocesano.

Las crea, suprime o cambia sus límites el Obispo
diocesano, después de haber oído el Consejo
presbiteral...
3
  • Por regla general las parroquias son
    territoriales...
  • Útil para determinar los fieles de la parroquia...
  • Variedad...
  • Facilidad y claridad...

Ventajas
  • Fomenta el espíritu misionero de la parroquia
    urbana...
  • Nadie se queda sin parroquia propia o sin
    pastor...
  • Es posible crear Parroquias personales por
    razones del rito, la lengua, la nacionalidad u
    otra causa...
  • Consejos para la organización parroquial
    planificada en las grandes ciudades Apostolorum
    Successores, nn. 213-214...
  • Una vez creada, la parroquia tiene personalidad
    jurídica, ipso iure...

1.2. Otras formas de división (canon 516)
  • Cuasiparroquia

Circunstancias peculiares hacen que no pueda ser
erigida como parroquia...
  • Otras formas posibles Vicarías, misiones, casas
    pastorales, centros pastorales o misionales...

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2.- El párroco (cánones 519 a 527)
2.1. Naturaleza (cánones 517, 519 a 521)
  • Es pastor propio de la parroquia...
  • Ejerce el cuidado pastoral bajo la autoridad del
    Obispo,

participando en el oficio de Cristo de enseñar,
santificar y regir, que tiene en plenitud el
Obispo,
ayudado por otros presbíteros, diáconos y laicos,
siguiendo las normas del derecho...
Condición para la validez
Debe ser presbítero...
(por carencia de sacerdotes, se puede confiar una
participación en el cuidado de una parroquia a
uno o varios diáconos, religiosos o laicos...)
  • Debe ser una persona física, no una persona
    jurídica...

Excepciones El Obispo diocesano puede confiar
  • Una o varias parroquias a varios sacerdotes in
    solidum...
  • Una parroquia a un IR o SVA apostólica,
    clericales...

5
  • Condiciones de idoneidad, para la licitud
  • Sana doctrina, probidad moral, celo por las almas,
  • Cualidades requeridas por derecho para la
    parroquia...
  • El Obispo diocesano determina el modo de
    verificar las condiciones de idoneidad, incluso
    con un examen...

2.2. Estabilidad (canon 522)
El párroco debe tener estabilidad...
  • Lo requiere el bien de las almas (Christus
    Dominus, 31)...

? Debe ser nombrado por tiempo indefinido...
(para removerlo contra su voluntad hace falta una
causa grave y seguir el procedimiento de remoción
de párrocos)...
  • Por tiempo determinado, si la Conferencia
    episcopal lo admite...
  • CEA cuando por razones pastorales se juzgue
    necesario, puede ser nombrado por seis años,
    renovables por igual lapso...

Se trata siempre de una excepción...
6
2.3. Nombramiento (cánones 523 a 527)
  • El Obispo diocesano nombra los párrocos...

(El Concilio Vaticano II abolió todos los
derechos de presentación o elección. Christus
Dominus, n. 31)...
  • En el caso de los religiosos, el Obispo diocesano
    instituye el presentado por el Superior (can. 682
    1)...
  • El Administrador diocesano puede instituir a los
    presentados o confirmar a los elegidos, pero no
    puede nombrar párrocos, si la sede no está
    vacante hace más de un año...
  • El Obispo diocesano debe nombrar al que considere
    idóneo...
  • Lo hace por libre colación, salvo en el caso de
    los religiosos...
  • Debe oír previamente la opinión del decano y
    hacer investigaciones...
  • Puede oír también a otros presbíteros y laicos...

Criterio general una parroquia por párroco, un
párroco por parroquia...
  • Comienza a ejercer el oficio desde la toma de
    posesión...
  • Debe hacer la profesión de fe...

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3.- Oficio del párroco (cánones 528 a 534)
  • Fuentes conciliares Lumen gentium, nn. 24, 27 y
    28 Christus Dominus, nn. 12-16 y 30,
    Presbyterorum ordinis, nn. 4-6...
  • Hace presente el múltiple servicio del Obispo
    (AS, 212)...
  • Enseñar (can. 528 1)
  • Santificar (can. 528 2)
  • Regir (can. 529)

3.1. Oficio de enseñar (canon 528 1)
El párroco tiene la obligación de proveer para
que la Palabra de Dios se anuncie con integridad
a todos los que viven en la parroquia (cf.
Evangelii Nuntiandi, nn. 40-48)...
Principio general
Tres aplicaciones concretas
  • La homilía (can. 767)...
  • Catequesis (cáns. 773-780) la parroquia,
    animadora de la catequesis en todo su ámbito y su
    lugar privilegiado)...

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  • Promoción del espíritu evangélico, incluso en
    orden a la justicia social...

Algunas recomendaciones especiales
  • Formación católica de niños y jóvenes (cáns.
    793-821) desarrollo armónico (físico, moral e
    intelectual) en el sentido de la responsabilidad
    y el uso de la libertad...
  • Espíritu misionero procurar que el mensaje
    evangélico se anuncie especialmente a quienes han
    dejado de practicar la fe, o no la tienen (can.
    771)...

3.2. Oficio de santificar (canon 528 2)
  • Debe lograr que la Eucaristía sea el centro de la
    vida de la comunidad parroquial... (LG 28, PO 6)
  • Debe procurar que los fieles reciban con
    frecuencia la Eucaristía y la Penitencia...
  • Promover la oración, también en el seno de las
    familias...
  • Promover la participación activa en la liturgia,
    que debe moderar bajo la autoridad del Obispo
    diocesano...

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3.3. Algunas funciones específicas (canon 530)
Confiadas de modo especial, aunque no exclusivo,
al párroco...
  • Bautismo (cáns. 861-862)...
  • Confirmación en peligro de muerte (can. 883,
    3)...
  • El Viático, la unción de los enfermos y la
    bendición apostólica, en peligro de muerte (can.
    1003 2)...
  • Asistir a los matrimonios (can. 1108) función no
    sólo específica, sino también propia del
    párroco...
  • La celebración de los funerales (cáns. 1177 1
    y 2)...
  • Bendición de la fuente bautismal, otras
    bendiciones y procesiones fuera de la Iglesia...
  • La celebración eucarística más solemne los
    domingos y días de precepto...

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3.4. Oficio de regir (canon 529)
  • Capacidad de comunicación, de organización y de
    dirección (AS, 212)...
  • Conocer a los fieles (visitar a las familias,
    tener un trato personal, AS 212)...
  • Participar en las preocupaciones...
  • Consolar en el dolor, corregir en el error...
  • Ayudar a los enfermos, especialmente los
    moribundos...
  • Particular diligencia con los pobres, afligidos,
    solos, emigrantes, los que tienen dificultades...
  • Poner los medios para que los cónyuges y padres
    cumplan sus deberes y las familias sean una
    iglesia doméstica...
  • Promover la función propia de los laicos en la
    Iglesia, fomentando sus asociaciones...
  • Cooperar con el Obispo y el resto del
    presbiterio, para que los fieles vivan la
    comunión parroquial, diocesana y universal...

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Facultad de dispensar (cáns. 1079, 1196, 1203,
1245)...
  • En peligro de muerte, impedimentos y forma
    canónica, si no se puede acudir al Ordinario de
    lugar (can. 1079)...
  • Impedimentos ocultos (can. 1080)...
  • Votos privados o promesas (cáns. 1196 y 1203)...
  • Días de fiesta o penitencia (cáns. 1245, 147,
    1251)...

3.5. Régimen económico de la parroquia (cánones
531 a 532)
  • El párroco representa a la parroquia en todo
    negocio jurídico...
  • Debe administrar sus bienes según los cáns.
    1281-1288...
  • Las ofrendas de los fieles por las funciones
    parroquiales (cf. can. 530) no pertenecen a
    quienes las realizan, salvo que conste lo
    contrario en el caso de ofrendas voluntarias,
    sino que deben ingresar a la masa parroquial...
  • El Obispo, después de oír al Consejo presbiteral,
    debe dar normas sobre el destino de las ofrendas
    de los fieles por las funciones parroquiales, y
    sobre la retribución de los clérigos que las
    realizan...

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3.6. Algunas obligaciones especiales (cánones 533
a 534)
3.6.1. Residencia (canon 533)
  • El párroco debe residir en la casa parroquial,
    cerca de la iglesia parroquial...
  • Con causa justa, en otro lugar, por ejemplo para
    residir con otros presbíteros...
  • Vacaciones máximo un mes, continuo o
    interrumpido...
  • No se cuenta la ausencia por retiro espiritual u
    otras previstas, como las reuniones pastorales o
    de formación...
  • Debe avisar al Ordinario del lugar cualquier
    ausencia de más de una semana,

quien deberá proveer la atención de la
parroquia...
3.6.2. Misa pro populo (canon 534)
  • Todos los domingos y fiestas de precepto...
  • Obligación personal (puede rezarla otro si está
    impedido)...
  • Obliga en justicia, se debe restituir...
  • Si tiene más de un parroquia, aplica la misma
    Misa...

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4.- Funcionamiento de la parroquia (cánones 535 a
537)
Materias sobre el funcionamiento de la parroquia
en las que debe legislar el Obispo diocesano (AS
210)
  • Consejo pastoral...
  • Consejo de Asuntos Económicos...
  • Libros parroquiales...
  • Derechos y deberes de los Vicarios parroquiales...
  • Atención de la parroquia en ausencia del
    párroco...

4.1. Libros y archivos (canon 535)
  • Debe existir un archivo parroquial...
  • Libros de Bautismos, Matrimonios, Difuntos...

Prescritos por la Conferencia Episcopal Argentina
(13/3/89)
  • Confirmaciones, Inventario, Entradas y salidas...

(Se recomienda también el Libro de Enfermos...)
  • Sello parroquial...
  • Las certificaciones llevan el sello y firma del
    párroco o su delegado...

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4.2. Consejo pastoral de la parroquia (canon 536)
  • No es obligatorio por norma universal (lo
    aconseja AS 210)...
  • Lo puede mandar el Obispo, después de oír al
    Consejo presbiteral (en todas o en algunas
    parroquias, AS 210)...
  • Tiene voto consultivo...
  • El Obispo debería dar normas sobre su composición
    y funcionamiento...

4.3. Consejo de asuntos económicos (canon 537)
  • Es obligatorio en cada parroquia....

(no bastan dos consejeros...)
  • El Obispo diocesano debe dar normas sobre su
    composición y funcionamiento...
  • Ayuda al párroco a administrar los bienes
    parroquiales conforme a derecho...

Tareas principales inventario, preparar el
presupuesto, balance anual...
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5.- Cesación del párroco (cánones 538 a 541)
5.1. Causas de cesación (canon 538)
  • Remoción (cáns. 192-195 1740-1747)...

(la del religioso la puede hacer el Obispo o el
Superior competente)...
  • Traslado (cáns. 190-191 1748-1752)...
  • Renuncia aceptada por el Obispo (cáns.
    187-189)...

Se le ruega que la presente, cumplidos los 75
años...
(no debe ser aceptada automáticamente (AS 212)...
  • Transcurso del tiempo (can. 186)...
  • Privación (can. 196)...
  • Muerte...

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5.2. Parroquia vacante o impedida (cánones 539 a
541)
  • Causas intrínsecas
  • Causas extrínsecas

Parroquia impedida
Cautividad...
Incapacidad...
Enfermedad...
Relegación...
o vacante
(Pena canónica...)
Exilio...
  • El Obispo diocesano debe proveer con un
    administrador parroquial...
  • Mismos deberes y derechos del párroco...

Mientras tanto, se hace cargo el Vicario
parroquial más antiguo, o el párroco que
determina el derecho particular...
6.- Parroquia a cargo de un equipo (cánones 542 a
544)
  • Se confía a varios sacerdotes in solidum el
    cuidado pastoral de una o varias parroquias...
  • Dirige la actividad conjunta...

Moderador
  • Responde por ella ante el Obispo

(primum inter pares...)
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  • Un oficio pastoral único, con un titular
    múltiple...
  • Cada uno se equipara al párroco (tiene los mismos
    deberes y oficios)...

6.1. Nombramiento (canon 542)
  • Todos deben tener la idoneidad requerida para el
    párroco...
  • El Obispo juzga sobre la idoneidad, oyendo al
    decano...
  • Todos tienen la estabilidad propia del párroco
    (can. 522)...
  • El Moderador hace la toma de posesión los demás
    la profesión de fe...

6.2. Funcionamiento (canon 543)
  • Todos tienen las obligaciones y las facultades
    del párroco...

Las ejercen bajo la dirección del Moderador...
  • Todos tienen el deber de residencia...
  • La Misa pro populo la celebra uno por vez, según
    acuerden...
  • Sólo el Moderador representa a la parroquia en
    los negocios jurídicos...

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6.3. Cesación del equipo (canon 544)
  • Los mismos motivos de cesación que para el
    párroco...
  • Si cesa un miembro, el Obispo es libre de
    completar o no...
  • Si cesa el Moderador, el Obispo debe nombrar
    otro...
  • Mientras tanto cumple su función el más antiguo...
  • La parroquia queda vacante si cesa todo el
    equipo...

7.- Vicarios parroquiales (cánones 545 a 552)
7.1. Naturaleza (cánones 545 a 547)
  • Cooperador del párroco y partícipe de su
    solicitud,

bajo su autoridad...
  • Debe ser sacerdote...

Es nombrado libremente por el Obispo para
  • Todo el ministerio parroquial

(en toda la parroquia o en una parte
para todos los fieles o para un grupo de ellos...)
  • Para un ministerio específico en varias
    parroquias...

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7.2. Deberes y derechos (cánones 548 a 552)
7.2.1. Normas a considerar (canon 548)
  • Cánones 515 a 552...
  • Estatutos diocesanos...
  • Decreto de nombramiento...
  • Mandato del párroco...

Es nombrado para todo el ministerio parroquial,
excepto la Misa pro populo...
  • Principio general
  • Debe informar al párroco, con quien es
    conjuntamente responsable...

7.2.2. En ausencia del párroco (canon 549)
  • Una ausencia temporaria del párroco, sin que esté
    impedido...
  • El Obispo diocesano no ha provisto de modo
    especial...

El Vicario parroquial más antiguo en el oficio se
hace cargo de la parroquia, con todas las
obligaciones del párroco, menos la Misa pro
populo...
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7.2.3. Otras obligaciones (cánones 550 y 551)
  • Debe residir en la parroquia, o en una de
    ellas....
  • Con causa justa, en otro lugar, por ejemplo para
    residir con otros presbíteros...
  • Convivencia con el párroco en la casa
    parroquial...
  • Mismo derecho de vacaciones que el párroco...
  • Ofrendas por las funciones parroquiales...

7.2.4. Cesación del Vicario parroquial (canon
552)
  • Puede ser removido por el Obispo diocesano o por
    el Administrador diocesano, con causa justa...
  • El Vicario parroquial religioso tanto por el
    Obispo como por el Superior competente...
  • No goza de la estabilidad del párroco...

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8.- Procedimiento para la remoción y traslado de
párrocos
Vemos el proceso administrativo,
no el penal,
ni la remoción ipso iure...
La pena de privación sólo se puede aplicar con el
proceso judicial...
8.1. Naturaleza del procedimiento
  • Es un procedimiento administrativo, no un proceso
  • se hace siguiendo normas de carácter sustantivo,
    no procesal,
  • que especifican las normas generales de remoción
    y traslado...

8.2. Ambitos de aplicación del procedimiento
  • Párrocos (cáns. 515 y 519)...
  • Párrocos solidarios (can. 517 1)...
  • Moderadores (can. 517 2)...
  • Capellanes militares (salvo el derecho
    particular)...
  • Pastor propio de una Cuasiparroquia (can. 516
    1)...
  • Titulares de oficios similares...
  • Párrocos que no presentan la renuncia a los 75
    años...

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8.3. Autoridad competente
El que es competente para proveer a un oficio,
también lo es para remover o trasladar a su
titular
  • Obispo diocesano para los párrocos...
  • Administrador diocesano (si la sede vaca más de
    un año)...

8.4. Causas para la remoción (cáns. 1740-1741)
8.4.1. Criterio general (can. 1740)
  • noxium...

Su ministerio resulta
  • aut saltem inefficax...

Aunque sea sin culpa grave del Párroco...
Ineficacia o daño grave y duradero (tiempo más o
menos prolongado)...
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8.4.2. Principales causas de remoción (can. 1741)
1. Modo de actuar que produce un grave
detrimento o perturbación a la comunión
eclesiástica...
(no la comunión del párroco sino de la Iglesia)...
2. Incapacidad para el oficio, ya sea por
impericia o enfermedad permanente...
(una o varias funciones esenciales)...
3. Pérdida de la buena fama o aversión...
(aversión causa subjetiva injusta)...
4. Grave negligencia o transgresión de los
deberes, con previa amonestación...
(plazo para enmendarse)...
5. Mala administración de los bienes temporales,
con daño grave para la iglesia
(por acción u omisión)...
(último recurso)...
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8.5. Causas para el traslado de párrocos (canon
1748)
  • El bien de los fieles,

de la parroquia ad quam...
  • La utilidad o necesidad de la Iglesia...
  • Si el párroco se opone, la causa debe ser grave...

8.6. Autoridad que juzga sobre la causa suficiente
  • El obispo diocesano...
  • Realiza un juicio discrecional...

8.7. Procedimiento para la remoción
  • Las normas sobre las causas para la remoción
    pretenden custodiar el bien de los fieles...
  • Las normas sobre el procedimiento para la
    remoción pretenden custodiar el bien de la
    estabilidad del párroco...

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8.7.1. Instrucción previa
  • Para detectar y probar la existencia de la causa
    suficiente para la remoción...
  • Conviene que no la haga el mismo Obispo
    diocesano...
  • Debe hacerse sin poner en peligro la buena fama
    del párroco...

8.7.2. Discusión (canon 1742 1)
  • Probada la causa, el Obispo diocesano debe
    discutir el asunto con dos párrocos, elegidos
    dentro del grupo designado por el Consejo
    presbiteral para esta función...

8.7.3. Invitación a renunciar (canon 1742 1)
  • El Obispo diocesano debe aconsejar al párroco
    paternalmente para que presente la renuncia en un
    plazo de quince días...
  • Para ser eficaz, el pedido debe exponer las
    causas y argumentos...

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8.7.4. Respuesta al pedido de renuncia
8.7.4.1. El párroco acepta renunciar (canon 1743)
  • La renuncia debe presentarse al Obispo diocesano,
    por escrito, o en forma oral ante dos testigos...
  • Para ser válida, la renuncia debe estar hecha sin
    temor grave e injusto, dolo, error sustancial o
    simonía...

8.7.4.2. El párroco no responde o se opone, sin
motivos (canon 1744)
El Obispo diocesano debe repetir el pedido,
concediendo un nuevo plazo útil para la
presentación de la renuncia...
8.7.4.3. El párroco rechaza el pedido, con
motivos (canon 1745)
  • Debe permitirse al párroco revisar el
    expediente...
  • Se lo debe invitar a presentar sus
    impugnaciones...
  • Debe completarse el expediente con las pruebas
    que aporte el párroco...
  • El Obispo debe estudiar nuevamente el asunto con
    dos párrocos...

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8.7.5. Decreto de resolución
  • Debe concluirse con un decreto, de remoción del
    párroco o con la decisión de no removerlo...

8.7.6. Consecuencias de la remoción
  • El Obispo diocesano debe proveer al sustento del
    párroco removido...
  • El párroco removido debe abstenerse de realizar
    las funciones parroquiales, y debe dejar libre la
    casa parroquial...
  • Una vez notificado el decreto de remoción,
    comienza para el párroco el tiempo útil para el
    recurso administrativo...

8.8. Procedimiento para el traslado (cáns.
1748-1752)
  • El sentido de las normas es el mismo que para la
    remoción...

8.8.1. Propuesta e invitación (can. 1748)
  • El Obispo diocesano debe hacer la propuesta por
    escrito, rogándole que acepte, por amor a Dios y
    a los fieles...

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8.8.2. Respuesta del párroco (can. 1749)
  • Si el párroco decide oponerse al traslado, debe
    exponer sus motivos por escrito...

8.8.3. Valoración del rechazo y nueva propuesta
(can. 1750)
  • Si el Obispo diocesano sigue creyendo oportuno el
    traslado, debe discutir el asunto con dos
    párrocos, elegidos dentro del grupo designado por
    el Consejo presbiteral para esta función...
  • Si considera que debe seguir adelante, el Obispo
    diocesano debe comunicarlo al párroco, con
    exhortaciones paternales...

8.8.4. Decreto de traslado (cáns. 1751-1752)
  • Si el párroco no presenta la renuncia, el Obispo
    diocesano hace el decreto de traslado, fijando la
    fecha a partir de la cual la parroquia se
    considera vacante...
  • Cumplido el plazo, se hace el decreto de
    vacancia...
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