Title: R
1Régimen jurídico de los bancos de datos. Ley
25.326Eduardo Molina Quiroga
2Contenidos
- Propiedad intelectual y proteccion bancos de
datos - Contratos derivados de operación banco de datos
- Responsabilidad derivada bancos datos
- Protección de los datos personales
3Introducción
- Derecho intimidad o vida
- privada y familiar
- Intromisión arbitraria
- derecho a que me dejen solo
4Impacto nuevas tecnologías
- Informática
- Telecomunicaciones
- Preocupación internacional por
- afectación intimidad y ejercicio libertades
fundamentales - Elaboración perfiles personales
5Antecedentes Derecho Argentino tutela privacidad
- Art. 19 C.N.
- Art. 18 CN
- Art. 1071 bis Cód.Civil (Intromisión
abritraria) - Art. 31 ley 11723 (permiso fotografiado)
- Ponzetti de Balbín vs Editorial Atlántida (CSJN
11-12-1984 LL 1985-B,120) - Ley 23798 (VIH-SIDA)
6Autodeterminación Informativa
- Más que proteger derechos personalísimos
- intimidad
- Honor
- Imagen
- Identidad
- Se trata del derecho a controlar los datos que
hacen a su persona, es un aspecto de la libertad
(libertad informática), aún cuando
específicamente no afecte un derecho de los
mencionados
7Antecedentes normativos
- ONU
- Consejo Ministros Europa
- Legislación europea
- Suecia (1970)
- Francia (1978)
- Dinamarca, Bélgica, etc
- España (leyes 5/92 y 15/99)
- Estados Unidos
8Normas europeas(Convenio 108/81 y Directiva
45/96 CE)
- Principios tratamiento datos personales
- Organismos (agencias) control
- Bancos datos públicos y privados
- Sanciones administrativas
- Sanciones penales
- Responsabilidad civil
- Incorporan a constituciones (España, Portugal)
9Principios rectores tratamiento datos personales
- Licitud recolección
- Calidad datos
- Consentimiento
- Información
- Derecho de acceso
- Derecho de rectificación y supresión
10Constitución Nacional
- Art. 43, párrafo 3
- Toda persona podrá interponer esta acción para
tomar conocimiento de los datos a ella referidos
y de su finalidad, que consten en registros o
bancos de datos públicos, o los privados
destinados a proveer informes, y en caso de
falsedad o discriminación, para exigir la
supresión, rectificación, confidencialidad o
actualización de aquellos. No podrá afectarse el
secreto de las fuentes de información
periodística
11Ley 25.326
- Objeto la protección integral de los datos
personales asentados en archivos, registros,
bancos de datos, u otros medios técnicos de
tratamiento de datos, sean éstos públicos, o
privados destinados a dar informes, - para garantizar el derecho al honor y a la
intimidad de las personas, - el acceso a la información que sobre las mismas
se registre, de conformidad a lo establecido en
el artículo 43, párrafo tercero de la
Constitución Nacional. - Aplicable, en cuanto resulte pertinente, a los
datos relativos a personas de existencia ideal. - En ningún caso se podrán afectar la base de datos
ni las fuentes de información periodísticas.
12Decreto reglamentario
- Decreto 1558/2001 reglamenta algunos artículos
- Crea la Dirección Nacional de Protección de Datos
Personales (Secretaría de Justicia del Ministerio
Justicia y DDHH) art. 29- - Registro Archivos,ficheros y bancos datos
- http//www.jus.gov.ar/minjus/DPDP/Formularios.htm
13Datos personales
- Información de cualquier tipo referida a
- personas físicas
- o de existencia ideal
- determinadas o determinables.
- Datos personales incluyen
- Texto, imagen ó sonido
14Licitud
- La recolección de datos debe tener un fin
socialmente válido - No es lícito recolectar datos con finalidad
socialmente repudiable - Aspectos vida personal que deben preservarse
(datos sensibles)
15Principio calidad datos personales
- Finalidad
- Adecuación
- Pertinencia
- No excesivos
16Finalidad
- Debe ser explícita
- No pueden utilizarse los datos para una finalidad
distinta o incompatible con la expresada en la
recolección - Salvo, para fines estadísticos o históricos,
encuestas anónimas, etc) - Problema datos salud
17Adecuación
- Funcionalmente
- Temporalmente
- Datos cierto puede ser inadecuado
- No completo
- Desactualizado
18Pertinencia
- Nadie tiene derecho a requerir información no
pertinente (con la finalidad declarada en la
recolección)
19Exactitud
- Ambigüedad - equivocidad
- Caso Lascano Quintana vs Org.Veraz
- Voto mayoría
- Voto minoría
20Consentimiento
21Requisitos consentimiento
- Para su validez es necesario (art. 6)
- Notificación previa al interesado sobre finalidad
recolección datos - Advertencia consecuencias brindar o negar
información - Posibles receptores información
22Consentimiento informado
- Es el que está precedido de una explicación, al
titular de los datos, en forma adecuada a su
nivel social y cultural, de la información a que
se refiere el artículo 6º de la Ley Nº 25.326.
23Forma
- Escrito
- Otros medios
- Videos
- Documentos electrónicos
- Debe reglamentarlo la DNPDP)
24Individualizable
- Si está incluido con otras declaraciones, debe
ser - Expreso
- Destacado
- Previa notificación derechos art. 6
25Revocación consentimiento
- El consentimiento dado para el tratamiento de
datos personales puede ser revocado en cualquier
tiempo. - La revocación no tiene efectos retroactivos.
26Puede considerarse implícito
- Cuando sea necesario
- Ejecución contrato en el que el interesado es
parte - Aplicación medidas precontractuales adoptadas a
petición interesado - Cumplimiento obligaciones a cargo interesado
- Protección interés vital interesado
27Omisión del consentimiento
- Puede omitirse el consentimiento del interesado
cuando sea necesario para el cumplimiento misión
de interés público o inherente ejercicio poder
público - Preocupación por la mala utilización de estos
conceptos abiertos e indeterminados (seguridad
nacional, salud pública, etc)
28Excepciones al consentimiento
- Fuentes acceso público irrestricto
- Ejercicio poderes Estado o cumplimiento ley
- Listados solo apellido, DNI, profesión
- Derivados relación contractual
- Entidades financieras
29Entidades financieras
- No es necesario el consentimiento para la
información que se describe en los incisos a),
b), c) y d) del artículo 39 de la Ley Nº 21.526. - bancos y financieras
- empresas emisoras de tarjetas de crédito,
- fideicomisos financieros,
- ex entidades financieras liquidadas por el BCRA
- los sujetos que expresamente incluya la Autoridad
de Aplicación de la mencionada Ley.
30Secreto bancario
- En ningún caso se afectará el secreto bancario,
quedando prohibida la divulgación de datos
relativos a operaciones pasivas que realicen las
entidades financieras con sus clientes, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 39
y 40 de la Ley Nº 21.526.
31Información ó conocimiento
- Al recabar datos personales se debe informar
previamente a sus titulares (en forma expresa y
clara) - finalidad de la recolección
- destinatarios posibles o clase de destinatarios
- existencia del archivo, registro, banco de datos,
electrónico o de cualquier otro tipo, de que se
trate - identidad y domicilio de su responsable
- Carácter obligatorio o facultativo respuestas
- Consecuencias de proporcionar o no los datos,
Consecuencias de la inexactitud de los mismos - Posibilidad ejercer derechos acceso,
rectificación y supresión de los datos
32Conocimiento y consentimiento
- Sin información adecuada,
- no hay consentimiento válido
33Datos sensibles(tratamiento especial)
- Datos que revelen (Direc. CE 45/96)
- Origen racial o étnico
- Opiniones políticas
- Convicciones religiosas o filosóficas
- Pertenencia a sindicatos
- Relativos a salud
- Relativos a sexualidad
34Datos sensibles (art. 7)
- Ninguna persona puede ser obligada a proporcionar
datos sensibles. - Estos datos sólo pueden ser recolectados y objeto
de tratamiento cuando - medien razones de interés general autorizadas por
ley. - con finalidades estadísticas o científicas cuando
no puedan ser identificados sus titulares.
35Prohibición de registros destinados a datos
sensibles
- No puede haber registros con información que
directa o indirectamente revele datos sensibles
(excepción Iglesia Católica, las asociaciones
religiosas y las organizaciones políticas y
sindicales pueden llevar un registro de sus
miembros). - Antecedentes penales o contravencionales sólo
autoridades públicas competentes, en el marco de
las leyes y reglamentaciones respectivas
36Datos sensibles pueden tratarse
- Consentimiento explícito del interesado
- para respetar derechos y obligaciones laborales
(si está autorizado por ley y hay garantías
adecuadas) - Datos que el interesado ha hecho públicos
- Reconocimiento, ejercicio o defensa de
- derechos en juicio
37Actualizar estas categorías
- Datos políticos o religiosos hoy tienen otro
contexto - Problema datos salud
- Seguros A.R.T.
- Medicina prepaga
- Historias clínicas
- VIH - SIDA
38Toma decisiones
- Derecho a no verse sometido a una decisión con
efectos jurídicos sobre ellos o que les afecte de
manera significativa basada únicamente en
tratamiento automatizado datos - Perfil de una persona
- Datos combinados automatizadamente pueden omitir
o agregar datos, incluso recolectados con otras
finalidades
39Seguridad
- Otro principio es el de seguridad datos
- Evitar y prevenir accesos no autorizados
- Conservación adecuada de la información
- Reglamentos técnicos,
- recaudos que deben cumplir
- los responsables bancos de datos
40Cesión de datos (art.11)
- sólo para el cumplimiento de los fines
directamente relacionados con el interés legítimo
- del cedente
- del cesionario
- previo consentimiento del titular de los datos
- informar sobre la finalidad de la cesión
- identificar al cesionario o los elementos que
permitan hacerlo - El consentimiento para la cesión es revocable.
41Cesión de datos excepciones al consentimiento
- Cuando así lo disponga una ley
- En los supuestos previstos en el artículo 5
inciso 2 - Cesión entre dependencias del Estado en forma
directa, en la medida del cumplimiento de sus
respectivas competencias - datos salud, necesario por razones de salud
pública, de emergencia o para la realización de
estudios epidemiológicos, en tanto se preserve la
identidad de los titulares de los datos mediante
mecanismos de disociación adecuados - procedimiento de disociación de la información,
de modo que los titulares de los datos sean
inidentificables.
42Obligaciones del cesionario
- El cesionario quedará sujeto a las mismas
obligaciones legales y reglamentarias del cedente
y éste responderá solidaria y conjuntamente por
la observancia de las mismas ante el organismo de
control y el titular de los datos de que se
trate.
43Información (derecho acceso)
- Antecedentes
- Convenio 108 Estrasburgo
- Art. 43 párrafo 3 C.N.
- Directiva CE 46/95
- Ley 25.326
44Titular derecho acceso
- Personas físicas
- También personas jurídicas ?
45Vías para hacerlo efectivo
- Administrativas o prejudiciales
- Judiciales (hábeas data, amparo,etc)
- Ley 25326 (arts. 13 y 14)
- Leyes provinciales (Chaco, Chubut, Río Negro,
Neuquén, Sgo del Estero, Jujuy, Entre Ríos,
Constitución Salta, etc.
46- EJERCICIO DEL DERECHO DE ACCESO
- Petición de información sobre los datos
personales incluidos en un banco de datos¹. - DATOS DEL RESPONSABLE DEL FICHERO O TRATAMIENTO
- Nombre...........................................
..................................................
................. Dirección de la Oficina de
Acceso C/........................................
....................... nº..........
C.P..................... Localidad...............
....... Provincia................................
.......... - Nota Si usted desconoce la dirección del
responsable del banco de datos puede dirigirse a
la Dirección Nacional de Protección de Datos
Personales (DNPDP) del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos para solicitar esta información
en el teléfono xxxxxxxx en horario de 9 a 14 de
lunes a viernes. (LA DNPDP NO DISPONE DE LOS
DATOS CONTENIDOS EN EL BANCO DE DATOS, SINO TAN
SÓLO LA DIRECCIÓN DEL RESPONSABLE DEL BANCO DE
DATOS). - DATOS DEL SOLICITANTE
- D./Dª. ...........................................
................................., con domicilio
en .. ...................................
........................ nº........ piso .
depto. , Localidad .......................
.................... Provincia de
.........................................., C.P.
............... con D.N.I .......................,
del que acompaña fotocopia, por medio del
presente escrito manifiesta su deseo de ejercer
su derecho de acceso, de conformidad con el
artículo 14 de la Ley Nº 25.326, y los artículos
14 y 15 de la Reglamentación de la Ley Nº 25.326
aprobada por Decreto Nº 1558/01. - SOLICITA.- 1.- Que se le facilite gratuitamente
el acceso a sus ficheros en el plazo máximo de
diez (10) a contar desde la recepción de esta
solicitud, entendiendo que si transcurre este
plazo sin que de forma expresa se conteste a la
mencionada petición de acceso se entenderá
denegada. En este caso se interpondrá la oportuna
reclamación ante la Dirección Nacional de
Protección de Datos Personales y quedará expedita
la vía para ejercer la acción de protección de
los datos personales, en virtud de lo dispuesto
por el artículo 14 de la Ley Nº 25.326 y el
artículo 14 de la Reglamentación de la Ley Nº
25.326 aprobada por Decreto Nº 1558/01. - 2.- Que si la solicitud del derecho de acceso
fuese estimada, se remita por correo la
información a la dirección arriba indicada en el
plazo de diez días desde la resolución
estimatoria de la solicitud de acceso. - 3.- Que esta información comprenda de modo
legible e inteligible los datos de base que sobre
mi persona están incluidos en sus ficheros, y los
resultantes de cualquier elaboración, proceso o
tratamiento, así como el origen de los datos, los
cesionarios y la especificación de los concretos
usos y finalidades para los que se almacenaron. -
- En................................... a los
........... días del mes de.......................
...... de 200..... - ¹ Los derechos se ejercen ante el responsable
del banco de datos Organismo Público o Privado,
empresa, profesional o particular, que es quien
dispone de los datos. - La DNPDP no dispone de sus datos personales.
47Legitimación
- Activa
- Titular de los datos
- Interpretación amplia caso Urteaga
- Pasiva
- Responsable banco datos
- Usuarios banco datos
- Caso Ganora
48Procedimiento
- Plazo 10 días para responder intimación
- Gratuidad (solo cada seis meses)
- Acreditar identidad
- Motivos por los que cree el intimado tiene sus
datos
49Claridad en la información
- Clara
- Sin codificaciones
- Explicada en lenguaje accesible nivel medio
población - Crítica sordos, ciegos, otros idiomas ?
- Informes financieros, datos médicos
50Amplitud en la información
- Todos los datos
- Aun los no solicitados
- No puede revelar datos sobre terceros
- Comp.Dir.CE 46/95- Reglam.LORTAD
51Forma (medios de proporcionar la información)
- Escrita
- Verbal
- Soporte electrónico
- Videos, etc
52Rectificación, actualización, cancelación
- Datos falsos
- Datos Inexactos
- Datos desactualizados
- Datos discriminatorios
53Cuándo procede
- Dato inexacto puede ser
- Formalmente cierto
- Pero desactualizado
- O Incompleto
- ES IGUAL A DATO FALSO
54Jurisprudencia argentina
- Interpretación restrictiva
- No procede rectificar ni cancelar un dato
cierto, aún cuando su desactualización o poca
significación produzca perjuicios (Caso Lascano
Quintana, entre otros)
55Aplicación del principio de calidad a los datos
patrimoniales
- Ciertos
- Adecuados
- Informes comerciales y patrimoniales
- significativos para evaluar solvencia (art.26)
- Inobservancia o inadecuada interpretación Normas
del Banco Central (Com.2729/98)
56Informes comerciales y patrimoniales
- Dos tipos de datos personales de carácter
patrimonial (art.26 comp. Art. 29 LPDP Esp) - relativos a la solvencia económica y al crédito
- obtenidos de fuentes accesibles al público
- o de informaciones del interesado o con su
consentimiento. - relativos al cumplimiento o incumplimiento de
obligaciones de contenido patrimonial - facilitados por el acreedor o por quien actúe por
su cuenta o interés.
57Significativos para evaluar solvencia
- Los datos que pueden tratarse deben ser
significativos para evaluar la solvencia
económico-financiera de los afectados - durante los últimos 5 años
- O 2 años (obligación extinguida), debiéndose
hacer constar dicho hecho - Las entidades financieras deben hacer
- análisis adecuado situación económica y
financiera deudor - revisión periódica su situación (condiciones
objetivas y subjetivas)
58Derecho a Información
- el responsable o usuario del banco de datos, le
comunicará, a su solicitud, al titular de los
datos - las informaciones, evaluaciones y apreciaciones
que sobre él hayan comunicado últimos seis meses - nombre y domicilio del cesionario (cuando sean
datos obtenidos por cesión)
59Deudores sistema financiero(Comunicación 2729/98
BCRA)
- Cada cliente puede pedir que, dentro de los 10
días corridos del pedido, la entidad financiera
le informe - la última clasificación que le ha asignado
- los fundamentos que la justifican
- el importe total de deudas con el sistema
financiero - las clasificaciones asignadas (última información
disponible en la "Central de deudores del sistema
financiero") - Este derecho debe notificarse al presentar
solicitud crédito, (formula independiente)
60Excepción consentimiento
- No es necesario consentimiento previo del titular
datos para su cesión ni comunicación de ésta - cuando estén relacionados con el giro de las
actividades comerciales o crediticias de los
cesionarios.
61Bases datos publicidad
- Actividades
- Recopilación domicilios,
- reparto de documentos,
- publicidad
- venta directa
- otras actividades análogas
- Se pueden tratar datos
- aptos para establecer perfiles determinados
- o establecer hábitos de consumo
62Fines permitidos
- promocionales,
- comerciales
- publicitarios
- En estos casos el titular de los datos podrá
- ejercer el derecho de acceso sin cargo alguno.
- solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los
bancos de datos - en cualquier momento
63Encuestas
- Si los datos recogidos no puedan atribuirse a una
persona determinada o determinable, la ley 25326
no se aplica a - encuestas de opinión
- mediciones
- estadísticas
- trabajos de prospección de mercados
- investigaciones científicas o médicas
- mantener anonimato o disociar
64Acción de Hábeas Data
- Marco normativo
- Constitución Nacional (art. 43 párr.3)
- Ley 25.326 (arts. 33 y ss)
- Leyes provinciales
- Finalidad
- Acceder a los datos personales
- Rectificar, suprimir, confidencializar o
actualizar - Cuando se presuma falsedad, inexactitud,
desactualización datos o que su tratamiento es
ilegal
65Legitimación activa
- El afectado, sus tutores o curadores
- Sucesores persona física
- hasta el segundo grado
- en línea directa
- o colateral
- Personas de existencia ideal
- (representantes legales o apoderados)
- Defensor del Pueblo (coadyuvante).
66Legitimación pasiva
- Responsables
- usuarios
- bancos de datos públicos
- bancos privados destinados a proveer informes
- Conflicto interpretativo
- Los que exceden el ámbito personal (amplio)
- Los que se dedican específicamente proveer
informes a terceros (restringido)
67Competencia
- Es competente el juez (a elección del actor)
- del domicilio del actor
- del domicilio del demandado
- del lugar en el que el hecho o acto se
exteriorice - del lugar en el que el hecho o acto pudiera tener
efecto
68Competencia federal
- Competencia federal
- contra archivos datos públicos organismos
nacionales - archivos de datos interconectados redes
interjurisdiccionales (nacionales/
internacionales)
69Normas procesales
- a) Ley 25.326
- b) acción de amparo común
- c) supletoriamente, Código Procesal Civil y
Comercial de la Nación (juicio sumarísimo) - Leyes provinciales ?
70Demanda
- Escrita, debe contener
- Nombre y domicilio banco de datos
- En su caso, nombre responsable o usuario (bancos
públicosorganismo estatal del cual dependen) - Razones existencia datos personales
- Motivos para considerar que la información es
discriminatoria, falsa o inexacta - Justificar cumplimiento recaudos ejercicio
derechos (acceso, rectificación)