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CATERING

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CATERING LEGISLACI N REAL DECRETO 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboraci n, distribuci n y comercio de ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: CATERING


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CATERING
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(No Transcript)
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LEGISLACIÓN
  • REAL DECRETO 3484/2000, de 29 de diciembre, por
    el que se establecen las normas de higiene para
    la elaboración, distribución y comercio de
    comidas preparadas.
  • El Real Decreto 512/1977, de 8 de febrero, por el
    que se aprueba la Reglamentación
    técnico-sanitaria para la elaboración,
    circulación y comercio de platos preparados
    (precocinados y cocinados), modificado por el
    Real Decreto 3139/1982, de 12 de noviembre
  • la Orden de 21 de febrero de 1977 sobre normas
    higiénico-sanitarias para la instalación y
    funcionamiento de industrias dedicadas a la
    preparación y distribución de comidas para
    consumo en colectividades y medios de
    transportes.
  • Real Decreto 2817/1983, de 13 de octubre, por el
    que se aprueba la Reglamentación
    técnico-sanitaria de los comedores colectivos y
    sus modificaciones posteriores.

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Criterios técnicos-sanitarios del catering
  • La Real Academia Española de la Lengua define el
    Catering como Servicio de suministro de comidas
    y bebidas a aviones, trenes, colegios, etc

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Criterios técnicos-sanitarios del catering
  • Qué es lo que define a una empresa de Catering?.
  • Lo realmente definitorio de estas empresas es la
    entrega a distancia de comidas y bebidas, por lo
    que es necesario un perfecto control de
    temperaturas, sobre todo en el transporte de las
    mismas. Por ello, nos centraremos en el período
    desde el que se elabora el alimento hasta su
    entrega para su consumo inmediato.

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Criterios técnicos-sanitarios del catering
  • El siguiente esquema ilustra el flujo del
    alimento tras su preparación

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Criterios técnicos-sanitarios del catering
  • La mayoría de las empresas de catering funcionan
    con este diagrama de flujo anterior del mismo se
    desprende que existen 2 grandes maneras de
    transportar la comida en los catering
  • El catering en frío
  • Y el catering en caliente.

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Criterios técnicos-sanitarios del catering
  • Tanto uno como otro necesitan contenedores
    especiales, de forma que disminuya drásticamente
    el intercambio de temperatura con el ambiente,
    para que se mantenga el máximo tiempo posible a
    las temperaturas de conservación legalmente
    establecidas (R.D. 3484/2000).

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Criterios técnicos-sanitarios del catering
  • Existen varios modelos y materiales de
    recipientes en el mercado, tanto metálicos como
    de plásticos, cartón etc.
  • Uno de los puntos más importantes de estos
    contenedores es su hermeticidad, ya que los
    recipientes herméticos conservan mucho mejor la
    temperatura que los no herméticos, debido a que
    en los no herméticos existe un flujo de corriente
    de aire entre el medio ambiente y el interior del
    contenedor, provocando una pérdida de calor
    debido a la convección del aire que fluye desde
    el interior del recipiente al exterior.

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Criterios técnicos-sanitarios del catering
  • En cuanto al medio de transporte utilizado es
    aconsejable en el catering en caliente la
    utilización de un vehículo al menos isotermo,
    siendo ideal un vehículo calorífico siempre que
    no se transporten productos en frío, como son las
    ensaladas. Ni que decir tiene que los recipientes
    deben de ser herméticos.

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Criterios técnicos-sanitarios del catering
  • En el caso de catering en frío, lo aconsejable es
    utilizar vehículos refrigerantes o frigoríficos
    que ayuden a mantener la temperatura de
    refrigeración.

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Criterios técnicos-sanitarios del catering
  • La legislación que regula el sector del catering
    es el R.D. 3484/2000, de 29 de diciembre (BOE 12
    enero 2001), que establece las normas de higiene
    para la elaboración, distribución y comercio de
    comidas preparadas.
  • El artículo 7 trata de las condiciones y
    temperaturas de almacenamiento, conservación,
    transporte y venta, estableciendo las siguientes

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Criterios técnicos-sanitarios del catering
  • Comidas congeladas menor o igual -18º C.
  • Comidas refrigeradas con un período de duración
    inferior a 24 horas menor o igual 8º C.
  • Comidas refrigeradas con un período de duración
    superior a 24 horas menor o igual 4º C.
  • Comidas calientes mayor o igual 65º C.

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Criterios técnicos-sanitarios del catering
  • Los envases y recipientes utilizados para comidas
    preparadas se almacenarán protegidos de la
    contaminación
  • Las comidas preparadas serán envasadas
    adecuadamente, con cierre hermético o no,
    dependiendo del procedimiento de conservación
    utilizado y del proceso de distribución.

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Criterios técnicos-sanitarios del catering
  • En otras palabras, deja a los responsables del
    catering la responsabilidad de utilizar cualquier
    tipo de envase siempre y cuando cumpla con las
    condiciones generales de los materiales en
    contacto con los alimentos, y con las
    temperaturas que establece este (R.D. 3484/2000).
    para cada clase de conservación.

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Criterios técnicos-sanitarios del catering
  • Los catering tienen como obligación la
    conservación de comidas testigo que representen
    las diferentes comidas preparadas diariamente, y
    que posibiliten la realización de los estudios
    epidemiológicos que sean necesarios.
  • Estos platos testigo estarán claramente
    identificados y fechados, conservados
    adecuadamente (refrigeración o congelación)
    durante un mínimo de 2 días y la cantidad
    corresponderá a una ración individual.

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Criterios técnicos-sanitarios del catering
  • En conclusión, es conveniente que los catering en
    caliente utilicen contenedores herméticos, con un
    bajo coeficiente de transmisión global (menor a
    0,4 W/m² K).
  • Dichos contenedores deben de ser de uso
    alimentario.
  • Además deberán de incluir dentro de su
    autocontrol la toma de temperatura a la hora de
    la entrega del producto al cliente.
  • Conservando los correspondientes registros.
  • Otro punto importante de control es la
    elaboración de las comidas con la mínima
    antelación posible y siempre en función del calor
    específico del alimento, ya que a mayor calor
    específico mejor mantiene la temperatura.

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Criterios técnicos-sanitarios del catering
  • Por lo que se refiere a los catering en frío, en
    la actualidad existen vehículos refrigerantes
    como frigoríficos que aseguran la conservación de
    temperaturas. En este caso, el punto crítico de
    control sería tanto la manipulación como el
    recalentamiento al menos a 65º C antes de ser
    consumido (para comidas de consumo en caliente).

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Etiquetado en venta de alimentos
  • El etiquetado de las comidas preparadas se
    ajustará a lo regulado en el Real Decreto
    1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba
    la norma general de etiquetado, presentación y
    publicidad de los productos alimenticios.

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Etiquetado de producto
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Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio
  • Etiquetado, Artículo 18. Lengua en el
    etiquetado.
  • Las indicaciones obligatorias del etiquetado de
    los productos alimenticios que se comercialicen
    en España se expresarán, al menos, en la lengua
    española oficial del Estado.
  • Lo dispuesto en el apartado anterior no será de
    aplicación a los productos tradicionales
    elaborados y distribuidos exclusivamente en el
    ámbito de una Comunidad Autónoma con lengua
    oficial propia.

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Regimen sancionador
  • Capítulo VI del Título I de la Ley 14/1986, de 25
    de abril, General de Sanidad

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F I N
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