Impuesto Empresarial a Tasa nica IETU - PowerPoint PPT Presentation

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Impuesto Empresarial a Tasa nica IETU

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De esta manera, el IETU no grava s lo la utilidad de la empresa, sino 'la ... a los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en M xico, ... – PowerPoint PPT presentation

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Title: Impuesto Empresarial a Tasa nica IETU


1
Impuesto Empresariala Tasa Única (IETU)
  • Lo que todos debemos saber del IETU

2
Impuesto Empresariala Tasa Única
  • Qué es el IETU?
  • Características

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Diseño del IETU
  • Es el primer impuesto transexual de la historia.
  • Fue concebido como
  • LA Contribución Empresarial a Tasa Única (CETU)
    y nació como
  • EL Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU).

4
Diseño del IETU
  • Según la Exposición de Motivos Presidencial, El
    Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) es un
    impuesto directo a la retribución a los factores
    de la producción de la empresa entendiéndose como
    factores de producción el trabajo y capital.

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Factores de la Producción gravados en la
fuente,es decir en la empresa, según Exposición
de Motivos.
6
Diseño del IETU
  • De esta manera, el IETU no grava sólo la
    utilidad de la empresa, sino la generación de
    flujos económicos destinados a la retribución
    total de los factores de la producción
  • Como quedó establecido lo grava
  • -en la fuente y no en el destinatario -

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Diseño del IETU
  • Para algunos autores como Juan Carlos Alonso y
    Enrique Gómez, El Impuesto Empresarial a Tasa
    Única (IETU) es un impuesto que debe de ser
    ubicado en una revolucionaria concepción de un
    impuesto directo al consumo, entendiendo consumo
    como la diferencia entre el ingreso y la
    inversión donde el ingreso que no sea invertido
    será consumo y por ende gravado -

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Diseño del IETU
  • Para mí, el IETU es un impuesto directo con alma
    de IVA.
  • Es directo porque no se traslada, afecta al
    patrimonio del contribuyente, porque se grava en
    la fuente todo el ingreso que se destina al
    consumo.

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Diseño del IETU
  • Tiene alma de IVA porque funciona en base a
    flujo de efectivo y, sin decirlo formalmente,
    grava el valor agregado que el contribuyente pone
    en el producto o servicio.

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Diseño del IETU
  • Según el Ejecutivo, el diseño del IETU está
    basado en un impuesto que existe en otros países
    llamado FLAT TAX, aunque el Flat Tax es un
    impuesto muy sencillo y el IETU no resultó así.

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Enunciados Del Impuesto Plano (Flat Tax)
  • Una tasa única
  • Bajo un impuesto plano, la renta se grava con una
    tasa baja, lo que promoverá un crecimiento más
    rápido reduciendo al mínimo la carga del impuesto
    contra el trabajo, los riesgos tomados y el
    espíritu emprendedor.
  • Ningún gravamen contra el ahorro y la inversión
  • Un impuesto plano elimina cargas contra la
    formación de capital, asegurándose de que no se
    grava ninguna renta más de una vez.
  • Simplificación
  • El impuesto plano elimina tratos preferenciales
    del impuesto o cargas fiscales a ciertos
    comportamientos y actividades, bajando los costos
    del papeleo y de cumplimiento.
  • Deducción total de las inversiones cada ejercicio
    fiscal.
  • Ningún impuesto mínimo alternativo
  • Ningún impuesto sobre las herencias ni a los
    donativos.
  • Ningún gravamen doble sobre los dividendos.

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Diseño del IETU
  • Hay información reciente de señala que el IETU
    se parece más al Impuesto Mínimo Alternativo que
    existe en los Estados Unidos.

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Diseño del IETU
  • El IETU es un gravamen mínimo respecto del ISR
    de la empresa.

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Diseño del IETU
  • Al entrar en vigor el IETU se Abrogó el IMPAC
    que también era un Impuesto Mínimo respecto del
    ISR, con la diferencia de que el IETU es un
    impuesto sobre ingresos y con un mínimo de
    exenciones y el IMPAC era un gravamen sobre
    activos y con exenciones

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Diseño del IETU
  • Por el nombre parecería que el IETU sólo grava a
    empresas y empresarios, pero no es así, también
    grava a Prestadores de Servicios y Arrendadores
    de muebles e inmuebles.

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Diseño del IETU
  • El IETU tiene un carácter extrafiscal, es decir
    no está destinado a cubrir el Gasto Público está
    diseñado simplemente para recaudar MÁS y además
    en la Ley de Ingresos para 2008 el Presidente no
    previó recaudación alguna para este Impuesto,
    situación irregular que el Congreso trata de
    remediar. Lo logrará?

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Características del IETU
  • Elimina regímenes preferenciales y desalienta la
    planeación fiscal en ISR
  • Se amplía la base al limitar las deducciones
    autorizadas, disminuyendo la tasa
  • Simplifica el cálculo ya que
  • La base se determina a flujo de efectivo, no hay
    cálculo de ajuste anual por inflación
  • Se deducen compras por lo que no se determina
    costo de lo vendido
  • Se deducen las inversiones, por lo que no se
    calculan depreciaciones y amortizaciones ni
    históricas ni reexpresadas.

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Características del IETU
  • Alienta la inversión ya que
  • Grava los ingresos hasta que son cobrados
  • La acumulación de inventarios es deducible
  • Las inversiones se deducen al 100 cuando se
    pagan
  • Es complementario al ISR se paga el que resulte
    mayor de los dos
  • Elimina al IMPAC
  • Se pretende que en el futuro se elimine el ISR

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Características del IETU
  • No tiene período de exención
  • No reconoce el efecto de estímulos,
    acreditamientos o reducciones
  • Subsidio al empleo
  • Créditos por consumo de diesel
  • Crédito por pago de casetas (Transportistas)
  • Reducción de tasas ISR actividades primarias
  • Deducción ciega arrendadores
  • No se vincula con CUFIN
  • Se causa a flujo de efectivo

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Sujetos, Objeto y Tasa del Impuesto (Art. 1)
  • Actividades que grava (según LIVA)
  • Enajenación de bienes
  • Prestación de servicios independientes
  • Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes
  • Sujetos
  • Las personas físicas y las morales residentes en
    territorio nacional,
  • Los residentes en el extranjero con
    establecimiento permanente en el país (según LISR
    o tratados para evitar la doble tributación Art.
    3-III LIETU)

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Sujetos del IETU
  • El IETU es un impuesto extraterritorial, es
    decir grava los ingresos mundiales que tengan las
    personas físicas y morales residentes en México.
    Respecto a los residentes en el extranjero con
    establecimiento permanente en México, sólo grava
    los ingresos atribuibles a dicho establecimiento.

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Tasa del Impuesto (Art. 1 y 4º Tr.)
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Impuesto EmpresarialA Tasa Única
  • Impuesto del Ejercicio, Pagos Provisionales y
    Acreditamientos
  • Artículos 7 a 10

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Impuesto del Ejercicio y Pagos Provisionales
  • IMPUESTO DEL EJERCICIO
  • Se calcula por ejercicios
  • Se paga mediante declaración que se presenta en
    el mismo plazo que la de ISR
  • PAGOS PROVISIONALES
  • Se calculan por mes y con base real
  • Se paga el que resulte mayor entre este y el de
    ISR

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Impuesto del Ejercicio y Acreditamientos (Arts. 7
y 8)
26
Impuesto del Ejercicio y Acreditamientos (Arts. 7
y 8)
27
Acreditamientos o Reducciones Que No Son ISR
Propio
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Crédito Fiscal Por Salarios y Aport. Seguridad
Social (Art.8 Penúltimo Pf)
Pagos conceptos art. 110 Gravados LISR mas
Aportaciones De seguridad social
Crédito a restar a IETU Después de restarle
el Crédito por pérdidas
Por Factor 0.175 Igual a
0.165 para 2008
  • Requisitos para el acreditamiento
  • Que las erogaciones sean efectivas y correspondan
    al ejercicio
  • Que se cumpla con lo dispuesto en el art. 113 de
    la LISR o.
  • Tratándose de trabajadores que tengan derecho al
    subsidio para
  • el empleo, efectivamente se entreguen las
    cantidades que por dicho
  • subsidio corresponda a sus trabajadores.

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Repecos (Art. 17)
  • Son contribuyentes del IETU
  • Para ello se les estiman los ingresos acumulables
    y deducciones autorizadas a la diferencia se le
    aplica la tasa y el resultado se divide entre 12
  • Al IETU determinado se le compara contra el ISR
    se paga el mayor de los dos
  • Hasta que no haya revisión por las Autoridades,
    el pago actual que hace el Repeco considera
    incluida la cuota de IETU estimada (Art. 18º Tr.)

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Impuesto Empresarial a Tasa Única
  • Efectos del inicio de la Ley
  • Período de Transición

31
Período Transición Datos al 31-Dic-07
(Partidas Monetarias)
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Período TransiciónDatos al 31-Dic-07 (Partidas
Monetarias)
33
Efecto de Inventarios al 31-Dic-07
  • Cuando se vendan en 2008, el ingreso se acumula y
    causa IETU a la tasa del 16.5 (el costo de
    ventas no es deducible)
  • Puede neutralizarse este efecto si se repone en
    2008 hasta el 94 del inventario vendido
  • A las personas morales del régimen general se les
    reconoce un deducible del 6 del saldo de
    inventario al 31-dic-07

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Efecto de Inventarios al 31-Dic-07
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Efecto de Inversiones por Deducir al 31-Dic-07
  • La depreciación fiscal de estas inversiones no es
    deducible para IETU
  • Puede neutralizarse este efecto si se invierte en
    2008 hasta el 95 del monto de la depreciación
    fiscal
  • A los contribuyentes se les reconoce un
    deducible del 5 del saldo de inversiones por
    deducir al 31-dic-07

36
Efecto de Inversiones por Deducir al 31-Dic-07
37
Créditos Fiscales Transición
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Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única
  • Transitorios

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Se Deroga LIMPAC(Art. 1º 2º Tr)
  • Esta Ley entra en vigor el 1 de enero de 2008.
  • Se Abroga la Ley y Reglamento de Impac a partir
    del 1-Ene-08
  • La presentación de declaraciones y en su caso el
    pago de IMPAC que deba hacerse en 2008 por
    obligaciones nacidas hasta el 31-dic-07, son
    obligatorias

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Impac Pagado en los Últimos10 Años (Art. 3º Tr.)
  • Impac pagado en los últimos 10 años es
    susceptible de recuperación por la vía de la
    compensación o devolución
  • Cantidad a devolver resulta de comparar el ISR
    del ejercicio de que se trate contra el IMPAC
    (ambos efectivamente pagados) menor de los
    ejercicios 2005, 2006 y 2007, siempre que
  • Esta diferencia no sea mayor al 10 del IMPAC por
    recuperar actualizado
  • La cantidad a recuperar puede compensarse contra
    IETU cuando el ISR del ejercicio resulte menor a
    este impuesto

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Deducción de Inversiones Período Sep-Dic/07
(Art. 5º Tr.)
  • Deducción adicional a restar a ingresos
    acumulables
  • Beneficia a inversiones deducibles para LISR,
    nuevas (que se utilicen por primera vez en
    México) adquiridas en el período Sep-Dic/07 y
    efectivamente pagadas al 31-dic-07
  • Se deduce una 1/3 en 2008 hasta agotarse
  • Para pagos provisionales aplica la 1/12 parte de
    la deducción anual
  • La parte de la inversión pagada después del
    31-dic-07 se deduce conforme esta Ley

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Deducción de Inversiones Período Sep-Dic/07
(Art. 5º Tr.)
Actualización del Monto de la Inversión
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Facilidades Para Comprobar Gastos Durante 2008
(Art. 13º Tr.)
  • Gastos con Auto factura
  • Se permite durante 2008 el uso de auto factura
    para comprobar erogaciones conforme el capítulo
    2.5 de la RM publicada el 25-Abr-07
  • Pequeños Agapes
  • Cuando estos no se encuentren inscritos en el RFC
    gozarán de la exención prevista en el Art. 4-IV
    de esta Ley, siempre que se inscriban en dicho
    registro dentro del ejercicio de 2008 y cumplan
    con reglas que publique el SAT mediante
    disposiciones de carácter general, las cuales
    deberán ser publicadas a partir del mes de agosto
    de 2008.

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Facilidades Para Comprobar Gastos Durante 2008
(Art. 13º Tr.)
  • Contribuyentes de Régimen Simplificado
  • Así mismo, mediante reglas de carácter general,
    el SAT podrá otorgar facilidades administrativas
    para el cumplimiento de las obligaciones fiscales
    correspondientes al ejercicio fiscal de 2008, a
    los contribuyentes que cumplan sus obligaciones
    fiscales, en materia del ISR, conforme al régimen
    simplificado establecido en el Capítulo VII del
    Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

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Posible Eliminación de ISR Actividades
Empresariales y Arrendamiento (Art. 19º Tr)
  • La SHCP deberá realizar y entregar a la Comisión
    de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de
    Diputados a más tardar el 30 de junio de 2011, un
    estudio que muestre un diagnóstico integral sobre
    la conveniencia de derogar los Títulos II y IV,
    Capítulos II y III de la Ley del Impuesto sobre
    la Renta, a efecto de que el tratamiento
    impositivo aplicable a los sujetos previstos en
    dichos títulos y capítulos quede regulado
    únicamente en la presente Ley. Para los efectos
    de este artículo el SAT deberá proporcionar al
    área competente de la SHCP, la información que
    tenga en su poder y resulte necesaria para
    realizar el estudio de referencia.

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A Quienes Afecta el IETU?
  • Empresas con pérdidas fiscales
  • Empresas con crédito al salario u otros estímulos
    fiscales
  • Empresas con altos inventarios
  • Empresas muy apalancadas
  • Empresas que tienen planes de previsión social
    agresivos
  • Empresas con esquemas de planeación fiscal para
    ISR

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A Quienes Afecta el IETU?
  • Escuelas particulares (no donatarias)
  • Clubes deportivos
  • Agricultores, ganaderos, pescadores y
    silvicultores
  • Transportistas
  • Arrendadores personas físicas
  • Sociedades cooperativas, en nombre colectivo o en
    comandita simple
  • Inmobiliarias que pagan intereses

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A Quienes Beneficia?
  • Empresas ganadoras que crecen
  • Empresas con posición financiera larga (mas
    activo financiero que pasivo)
  • Empresas que acumulan inventario del 31-dic-04

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Ventajas del Impuesto
  • La tasa es baja
  • Es complementario al ISR
  • No tiene tratamientos diferenciados lo que lo
    hace mas equitativo
  • Manejado individualmente es más sencillo que el
    ISR
  • Promueve la inversión
  • Grava a flujo de efectivo

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Desventajas del Impuesto
  • La base gravable no es un indicador de capacidad
    económica
  • No aplica criterios de progresividad
  • El régimen de transición perjudica a algunos
    sectores de empresas
  • Castiga el tener deducciones mayores a ingresos
    en algún ejercicio
  • Su pago no genera retiros de dividendos libres de
    impuesto

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  • Dudas y Comentarios

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