Title: AYER HOY MAANA
1AYER- HOY - MAÑANA
- MAS RESPONSABILIDADES
- NUEVO ROL DEL FISCALIZADOR
- O
- NUEVOS DESAFIOS
2- LEY GENERAL DE EDUCACION
- Derechos, deberes.
- Garantiza la Libertad de Enseñanza y fortalece el
rol regulador del Estado. - Reconocimiento Oficial, diez requisitos.
- LEY SUBVENCION PREFERENCIAL.
- Proyecto de la Superintendencia del Mineduc.
- Nuevas propuestas sobre financiamiento público de
la Educación, Transparencia y rendición de
cuentas. - Nuevos reconocimientos y asignaciones salariales
a los Profesionales de la Educación. - Y?.., Encasillamiento planta profesional a
Inspectores de Subvención
3- ENTONCES,
- BIENVENIDOS LOS NUEVOS DESAFIOS DE HOY Y MAÑANA
4FINANCIAMIENTO COMPARTIDO
- JORNADA DE TRABAJO INTERREGIONAL
- VII - VIII REGIONES
- LOCALIDAD DUAO
- COMUNA DE LICANTEN
- PROVINCIA DE CURICO
- VII REGION DEL MAULE
5BASE LEGAL
- D. F. L. N 2 DE 1998.
- LEY N 18.768-88 Inicio F.C. a/c
01-01-89.- - (ART. 23 AL 34)
- MODIFICACIONES
- LEY N 19.247-93 (Introduce modif. A D.F.L.
N5/92) - LEY N 19.532-97 DSE 755/97 REGLAMENTO
Jec - Título V establece el Sistema de Becas
Art.58 al 64 - LEY N 19.979-04
- (Modifica Art. 23 y 24 D.F.L. N2/98)
6QUIENES PUEDEN INGRESAR?Municipales y
Particulares con Rec.Oficial
- PARTICULARES El sostenedor decide.
- Modalidades 2 NT Educ. Básica
- Diurna Educ. Media Diurna.(HC/TP)
- E. E. PAGADOS (Pronunciamiento de
- Contraloría G.de la R. N59981/03)
- MUNICIPALIZADOS
- Padres y Apoderados deciden.
- Modalidad Educ. Media Diurna.(H-C/TP)
7FECHAS DE POSTULACION - ACEPTACION - RETIRO
- INGRESO Formulario Solicitud antes del 30 de
agosto año anterior. - ACEPTACION Resolución Secreduc., al 30 de
septiembre año anterior. - RETIRO Formulario solicitud antes del 30 de
agosto año anterior.
8COMUNICACIONES
- MATERIAL INFORMATIVO Y ACTIVIDADES DE DIFUSIÓN,
deben señalar que el EE pertenece al F. C. - APODERADOS
- Propuesta Educativa, (comunicación escrita)
- Sistema de Exención o beca (entregando el
- Reglamento de Becas, antes del 30/08)
- Reajustabilidad, trienal y anual, (I.P.C. o
U.S.E. - Señalar además las alternativas que tiene
el - alumno en otros E.E. gratuitos de la
Comuna) - Informar utilización recursos del F.
Compart. -
9- SECREDUC (DEPROE)
-
- Montos cobros anuales antes del 30 de
- Octubre de cada año.
- Enviar copia comunicación de cobros
- hecha a los Padres y Apoderados.
- Obligación Deprov. Antes 30 Septiembre
- comunicar a Secreduc. El cumplimiento del
- sostenedor de haber entregado Reglam.
Becas - a Apoderados en Agosto, caso contrario se
le - podría retener la subvención,Ley
N19.979/Art.2 punto N6.
10COBROS
- NO MAYOR A 4 USE, (Valor 1 use
- 14.206,93 - 4 use 56.827,72).
- TRIENIO Cuota inicial de escolaridad y
- reajustabilidad a aplicar próximos dos
- años.
- No se pueden modificar agregando nuevos
valores. - Nuevo trienio respetará lo indicado para
los dos primeros años.
11REAJUSTABILIDAD
12- Establecimientos Municipales adscritos al
- F.C. deberán otorgar cupos gratuitos, pre
- via declaración escrita del apoderado soli-
- citando el beneficio de la gratuidad.
- Derechos de Matrícula, fijado por el
- Mineduc.
- Cuotas ordinarias Centro General de Padres y
Apoderados, media UTM - Otros ingresos, ventas afectas al IVA
- éstas deben ajustarse a normativas
- tributarias vigentes.
13COBROS
- 14.206,93 x 4 56.827,72
- 14.206,93 x 48 681.932,64
- Ord. 07/ 28/1999 Depto. Jurídico Min. Educación,
se puede exigir el pago en 10 cuotas - 681.932,64 10 68.193,26
14COBROS
- En consecuencia, concordando las disposiciones
legales citadas, en la práctica se puede fijar un
arancel anual que no excede el monto de 4 USE
mensuales que permite la ley, y efectuar el cobro
en un periodo de 10 meses, ENTRE EL 1º DE MARZO
AL 31 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO.
15COBROS
- LOS EE. DE FC. NO PUEDEN COBRAR UNA CUOTA DE
ESCOLARIDAD POR ADELANTADO EN EL MES DE DICIEMBRE
DEL AÑO ANTERIOR, TODOS LOS COBROS DEBEN
EFECTUARLO DESDE EL 1 DE MARZO AL 31 DE
DICIEMBRE DE CADA AÑO - RECORDEMOS (dictamen 07/28 de 1999 Depto.
Jurídico Mineduc).
16COBROS
- Se complementa con pronunciamiento de la Div.
Jurídica de la Contraloría General docto.
N07/592 de 20-10-06, punto 9 Concluye que no
existe impedimiento en que el pago de cobros de
F. C. se efectúen en más de 10 mensualidades a
contar del 1 de Marzo, o sea, hasta Febrero del
año siguiente - Punto 10 Es importante señalar que un cobro de
escola- - ridad anticipado de carácter voluntario
deberá declararse en los ingresos efectivos, los
que deben estar contenidos en el balance que los
sostenedores deben entregar el 28 de Febrero de
cada año y deberá constar en los recibos
timbrados por el S.I.I.
17PROYECCION DE INGRESOS
- Los E.E. de Financiamiento Compartido, deben
presentar al inicio de cada año escolar una
Declaración de Ingresos Proyectados, considerando
todos los dineros que el colegio ha programado
recaudar durante el respectivo año escolar (Marzo
a Febrero del año siguiente) - a excepción cuotas centro de padres y ap. Y
derecho matrícula estipulado por el Mineduc. - En consecuencia todo ingreso que este fuera de
la excepción debe ser declarado en esta
declaración de ingresos. -
18PROYECCION DE INGRESOS
- Variables recurrentes en la elaboración de las
proyecciones - ARANCEL FIJO DIFERIDO RENTAS
- Esta proyección está relacionada con los
siguientes indicadores - -Valor cuota de escolaridad
- -N de matrícula de alumnos, y
- -N de cuotas a cancelar
-
- Fórmula
- escolaridad x matrícula x cuotas Total
Declaración Proyección
Anual de Ingresos
19PROYECCION DE INGRESOS
20PROYECCION DE INGRESOS
- SE COBRA ARANCEL UNICO
- 25.000 X 800 20.000.000 SE
MULTIPLICA POR EL N DE CUOTAS (10), POR TANTO LA
PROYECCIÓN DE INGRESOS NO PUEDE SER INFERIOR A
200.000.000, MENOS UN 15, EN EL QUE CONSIDERAN
LOS ALUMNOS BECADOS. - EJEMPLO
- 25.000 X 800 X 10 200.000.000
- MENOS 15 30.000.000
- TOTAL PROYECCION 170.000.000
21PROYECCION DE INGRESOS
- COBRO DIFERIDO POR NIVEL EDUCACION
22PROYECCION DE INGRESOS
- COBRO DIFERIDO POR NIVEL EDUCACION
- COBRO MENSUAL 19.250.000 24.063
- PONDERADO 800
- 24.063 X 800 19.250.000 SE
MULTIPLICA POR EL N DE CUOTAS (10), POR TANTO LA
PROYECCIÓN DE INGRESOS NO PUEDE SER INFERIOR A
192.504.000, MENOS UN 15, EN EL QUE CONSIDERAN
LOS ALUMNOS BECADOS. - EJEMPLO
- 24.063 X 800 X 10 192.504.000
- MENOS 15 28.875.000
- TOTAL PROYECCION 163.628.400
23PROYECCION DE INGRESOS
24PROYECCION DE INGRESOS
- COBRO DIFERIDO POR RENTAS
- COBRO MENSUAL 19.250.000 24.063
- PONDERADO 800
- 24.063 X 800 19.250.000 SE
MULTIPLICA POR EL N DE CUOTAS (10), POR TANTO LA
PROYECCIÓN DE INGRESOS NO PUEDE SER INFERIOR A
192.504.000, MENOS UN 15, EN EL QUE CONSIDERAN
LOS ALUMNOS BECADOS. - EJEMPLO
- 24.063 X 800 X 10 192.504.000
- MENOS 15 28.875.000
- TOTAL PROYECCION 163.628.400
25BECAS O EXCENCION
- Ley N 19.532/97 artículo 2, punto 5, establece
el sistema de becas. - DSE N 755/97 artículos 58 al 64.
- Los sostenedores eximirán total o parcialmente
del pago del valor que mensualmente deban
efectuar los alumnos que se determine conforme a
un sistema de becas sus bases deben estar
contenidas en un reglamento.
26BECAS O EXENCION
- DOS TERCIOS RAZONES SOCIOECONOMICAS
- y un tercio libre disposición.
- COMUNICADAS POR ESCRITO, antes 30/08
- DEBEN MANTENERSE MIENTRAS PERSISTAN LAS
CONDICIONES SOCIOECOMICAS APODERADO - SOSTENEDOR REEVALUA BECAS AL INICIO DEL 2
SEMESTRE - NO DEBEN CONDICIONARSE
- LISTADO RESERVADO DE ALUMNOS BECADOS
27REGLAMENTO BECAS
- Bases, criterios y procedimientos claros,
objetivos y transparentes postulación,
asignación, apelación. - Igualdad y equidad para la postulación de todos
los apoderados. - Enviar copia al Departamento Prov.
- Debe estar en conocimiento de todos los
apoderados. - Medir situación económica apoderado.
28LISTADO ALUMNOS BECADOS
- Artículo 62 DSE N 755/97
- Carácter reservado
- Listado debe indicar a lo menos
- nombre del alumno y monto de la
- exención se sugiere formato.
- Suma total de beneficios debe ser
igual a becas otorgadas según proyección.
29SUGERENCIA LISTADO ALUMNOS BECADOS
30FINANCIAMIENTO BECA
- APORTE SOSTENEDOR, obligatorio, letra A artículo
N 27 DFL N 2/98. -
- APORTE FISCAL, condicionado a descuento cobro
mensual promedio, letra B artículo N 27 DFL N
2/98. -
- EXCEDENTE AÑO ANTERIOR, más recursos propios.
31COMPROBANTES DE PAGO
- Timbrado o autorizados por S. I. I.
- Formato anverso y reverso.
- Extender uno por cada ingreso percibido.
- Debe indicar el valor de la beca
- Numeración correlativa.
- Traspasarse a Registros Contables.
32COMPROBANTE DE PAGO Nombre o razón social del
sostenedor Rut Domicilio (calle, número,
población o lugar y comuna) Giro Educación
(agregar otros rubros que tenga como
contribuyentes.) Sucursales (Señalarlas en el
evento que las hubiera). BOLETA DE VENTAS Y
SERVICIOS NO AFECTOS O EXENTOS DE IVA Recibo de
ingresos educacionales N _______ (numeración
única y correlativa Ley N 19.532, de 1997).
Fecha (deberá escribirse con números
arábigos). ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL DE
FINANCIAMINTO COMPARTIDO Nombre del
Establecimiento __________________________________
______ Región __________________ Provincia
__________________________ Recibí de Don
__________________________________________________
__ Apoderado de _________________________________
____ Curso _________ La suma de ____________
(________________________________________) Por
los siguientes conceptos Derecho de Matricula
año Escolar ____3.500__ Cobro Mensual por Alumno,
Mes _________________________Año _________ Monto
Mensual _______________ Menos
Exención sistema Becas (_______________)
__________________ Aportes o Donaciones
__________________ Cuotas extraordinarias Centro
de Padres __________________
Otros Cobros
__________________ Totales
______________________________
______________
Firma del recaudador y timbre del
establecimiento Original SII Duplicado
Cliente
33REGISTROS CONTABLES
- REGISTRO INGRESOS DIARIOS art. N 20 DFL N 2/98
art. 22 DSE N 8144/80. - Timbrado por S. I. I.
- Formato según necesidad colegio.
- Traspaso diario de valores recibidos.
- Cuadrar diariamente comprobantes
- de pago y recaudación.
-
-
34REGISTRO DE INGRESOS DIARIOS
35REGISTROS CONTABLES
- REGISTRO MENSUAL PAGO ALUMNOS art. 19 DFL N
2/98 artículo 42 DSE N 8144/80. - Formato curso mes alumno CP N C.
Mensual Exención O. Cobros Total. - Traspaso diario Los comprobantes de pago
deben traspasarse diariamente. - Suma diaria y mensual Cuadratura diaria y
mensual de los valores traspasados. -
36REGISTRO PAGOS MENSUALES
37DECLARACION INGRESOS EFECTIVOSARTÍCULO 33 DFL N
2/98
- OBLIGATORIA Si no la presenta el EE no puede
continuar en el sistema de F. C. - AJUSTE Sirve para determinar la subvención
definitiva y el fondo de becas del año escolar. - REINTEGRO ingresos mayor que proyección
6 interés anual. Facilidades artículo 51 DFL
2/98, (interés mensual 1 hasta 6 meses). - PAGO ingresos menores que proyección, el
Estado paga la diferencia antes 31 marzo I. P.
C. - BECAS diferencia no otorgada se suma al
fondo de becas del próximo año escolar.
38 CONSULTAS
39Artículo 6 DFL 2/98 LETRA a) bis
- Que al menos un 15 de los alumnos de los EE
presenten condiciones de vulnerabilidad
socioeconómica, salvo que no se hayan presentado
postulaciones suficientes para cubrir dicho
porcentaje. - Artículo 24 DFL 2/98 inciso 4 Con todo, a lo
menos las dos terceras partes de las exenciones
se otorgarán atendiendo exclusivamente a las
condiciones socioeconómicas de los alumnos y su
grupo familiar, alumnos que se entenderán
incluidos en el porcentaje establecido en la
letra a) bis del artículo 6, cuando la exención
del inciso tercero anterior sea total y
corresponda a alumnos en condiciones de
vulnerabilida.
40GRATUIDAD 15
- NIVEL SOCIOECONOMICO DEL ALUMNO SERA EL PUNTAJE
OBTENIDO EN LA FICHA CAS (DCTO N 414/91
MINISTERIO PLANIFICACION. - DETERMINACION ZONA RURAL URBANA DONDE SE UBICA
EL EE. POR ENCUENTA DE CARACTERIZACION
SOCIOECONOMICA NACIONAL (CASEN) MINISTERIO
PLANIFICACION. - FORMULA FICHA CAS DEL ALUMNO X 0.9 PORCENTAJE
A NIVEL REGIONAL NO POBRES DE LA ZONA GEOG. DONDE
SE EMPLAZA EL EE X 0.1 PUNTAJE DE CORTE REGIONAL
VULNERABILIDAD SOCIOECONOMICA.
41GRATUIDAD 15
- CADA EE DETERMINA LOS POSTULANTES EN CONDICIONES
DE VULNERABILIDAD SOCIOECON. QUE SE PRESENTEN CON
CONSULTA A CADA FAMILIA REVISANDO LOS DOCUMENTOS
QUE PRESENTEN (escolaridad madre, residencia,
otros), PODRA CRUZAR DATOS CON LOS DE LA JUNAEB. - LOS ALUMNOS CONSIDERADOS VULNERABLES MIENTRAS
MANTENGAN SUS CONDICIONES. - LOS EE DEBEN RECIBIR TODOS LOS POSTULANTES
CONSIDERADOS VULNERABLES HASTA ALCANZAR EL 15 DE
SU MATRICULA.
42GRATUIDAD 15
- LOS ALUMNOS CONSIDERADOS VULNERABLES NO PODRAN
SER OBJETO DE COBRO ALGUNO. - LOS ALUMNOS CON EXENCION TOTAL OTORGADAS
EXCLUSIVAMENTE POR RAZONES SOCIOECONOMICAS Y SE
ENCUENTREN EN CONDICIONES DE VULNERABILIDAD SE
ENTENDERAN INCLUIDOS DENTRO DEL 15 DE LA LETRA
a) bis DEL ARTÍCULO 6 DEL DFL N 2/98. - ESTE DISPOSICIÓN NO SERA OBSTACULO PARA LA
APLICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO DEL EE. - EL INCUMPLIMIENTO DE ESTE REGLAMENTO SERA
INFRACCION GRAVE (artículo 50 DFL N 2/98).
43- EJEMPLOAplicación Art. 24
- Establecimientos con 1500 alumnos
- El 15 de niños vulnerables alcanza a 225
- El listado de alumnos becados por razones
establecidas en el F.C. son 200 alumnos becados
(beca completa) - De los 200 alumnos becados, 30 de ellos están en
la condición de Vulnerabilidad acreditable. - Luego, el N total de niños que no pagan en el
E.E. son 395 alumnos y esto porqué de los becados
en el F.C. hay 30 que también reúnen la
condición de vulnerabilidad y por tanto forman
parte del 15 de niños vulnerable, esto es, 225
als. - La figura siguiente muestra que la intersección
de 30 als. Sirve para ambos -
F.C. 170
30 Vulnerables 195
44- Agradezco la gentileza de escucharme, la
asistencia, colaboración y participación en esta
jornada, sinceramente - Gracias!