Title: REUNION
1(No Transcript)
2- REUNION
- INM
- DELEGACION LOCAL REYNOSA
- Y
- RAMMAC
- CD. REYNOSA, TAMAULIPAS, A 11 DE DICIEMBRE DE
2007.
3CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS
- ARTICULO 1.- Garantía de Igualdad. (Goce de
garantías que otorga la CPEUM) - ARTICULO 8.- Derecho de petición. (Siempre que
esta se formule por escrito, de manera pacífica y
respetuosa). - ARTICULO 11.- Derecho de Libre tránsito
subordinado a la autoridad judicial en casos de
responsabilidad criminal o civil y a la autoridad
administrativa por lo que toca sobre emigración,
inmigración y salubridad general de la República. - ARTICULO 33.- De los extranjeros. (Facultad
exclusiva del ejecutivo de hacer abandonar el
país a todo extranjero cuya permanencia juzgue
conveniente). -
4LEY GENERAL DE POBLACIÓN
ARTICULO 1.- Observancia de la Ley. ARTICULO
7.- Asuntos de orden migratorio a la Secretaría
de Gobernación, corresponde II.- Vigilar la
entrada y salida de los nacionales y extranjeros,
y revisar la documentación de los mismos
ARTICULO 13.- Los nacionales y extranjeros para
entrar o salir del país, deberán llenar los
requisitos exigidos por esta ley, sus reglamentos
y otras disposiciones aplicables. ARTICULO 20.-
La SEGOB reglamentará, de acuerdo con las
particularidades de cada región, las visitas de
los extranjeros a poblaciones marítimas,
fronterizas y aeropuertos con tránsito
internacional. Lo mismo se observará respecto del
tránsito diario entre las poblaciones fronterizas
y las colindantes del extranjero, respetando en
todo caso los tratados o convenios
internacionales sobre la materia.
ROSSE\SDRTAM-4061-2007.doc ROSSE\CRM-008 y
009.doc ARTICULO 32.- Sujeción de la inmigración
a las posibilidades de contribuir al progreso
nacional. ARTICULO 41.- Calidad de No
Inmigrante. ARTICULO 42 FRACCIÓN III.-
Característica de Visitante (Diversas Modalidades
162 y 163 del RLGP).
5REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE POBLACION
ARTÍCULO 1º - Regulación de entrada y salida de
personas, así como la coordinación de
las actividades de los extranjeros
en México. ARTÍCULO 104 - Requisitos al
internarse a territorio nacional. ARTÍCULO 139 -
Restricción de realizar sólo las actividades
autorizadas. ARTÍCULO 163.- Visitante de
negocios e Inversionistas. ROSSE\SDRTAM-4129-2007
.doc ROSSE\Circular CRM-022-07.pdf ROSSE\SDRTA
M-4389-07.pdf ROSSE\Circular CRM-023-07.pdf RO
SSE\SDRTAM-4661-07.pdf ROSSE\Circular
CRM-024-07.pdf.
6LEY FEDERAL DE DERECHOS 2007.
ARTICULO 3.- Pago de derechos por parte de
personas físicas y morales. Así mismo en fecha
20 de Julio de 2007, el Subdirector de
Normatividad de la Coordinación de Regulación, el
Lic. Mauricio Castro Medina, estableció mediante
oficio CRM/439/07, los Lineamientos para la
Aplicación de los Artículos 8, 9, 13 y 14 de la
Ley Federal de Derechos 2007, a solicitud del
Subdelegado Regional del INM en Tamaulipas,
mediante el cual hace mención que el Manual de
Trámites Migratorios del 21 de septiembre de
2000, establece todos los casos si el pago de
derechos es obligatorio o no. Circular que da
vigencia al DPAS ROSSE\DPA'S.doc ROSSE\hojadeayu
da.pdf ROSSE\CLAVES DE REFERENCIA.doc Página en
internet donde se pueden asesorar o pueden
realizar pagos electrónicos. www.e5cinco.segob.go
b.mx
7OTROS SERVICIOS MIGRATORIOS
- CAPITULO II.- ESTANCIA.
- TMNI-E-14.- CAMBIO DE CARACTERÍSTICA DENTRO DE LA
CALIDAD DE NO - INMIGRANTE.
- TMNI-E-15.- EXPEDICIÓN Y REPOSICIÓN DE FORMA
MIGRATORIA. - TMNI-E-16.- ASIGNACIÓN DE NÚMERO EN EL REGISTRO
NACIONAL DE - EXTRANJEROS.
- TMNI-E-18.- AMPLIACIÓN DE PLAZO SEÑALADO EN
OFICIO. - TMNI-E-20.- PRÓRROGA DE ESTANCIA.
- El trámite deberá solicitarse dentro de los 30
días anteriores a la fecha de vencimiento del - documento.
8- Las prórrogas son autorizadas hasta por un año
de vigencia. - Podrán concederse hasta 4 prórrogas por igual
temporalidad. - TMNI-E-21.- CAMBIO O AMPLIACIÓN DE ACTIVIDADES
Y/O DE EMPLEADOR EN LA - CALIDAD DE NO INMIGRANTE.
- Para que un extranjero pueda desempeñar y/o
realizar otras actividades para las cuales no
esté autorizado, deberá contar con permiso previo
de la autoridad migratoria. Al igual el
interesado en contratar a dicho extranjero,
deberá cerciorarse de que está autorizado para
realizar esas funciones o acudir a pedir
información a las autoridades migratorias. - TMNI-E-22.- ANOTACIÓN EN LA FORMA MIGRATORIA.
- a).- Cambio de domicilio
- b).- Cambio de nacionalidad
- c).- Cambio de estado civil
- GRACIAS.