Title: Sin t
1CONFIRMACION, 2
TESTIMONIOS ANTIGUOS
Hechos de los Apóstoles diácono Felipe
enviaron a Pedro y a Juan para que los que
bautizó recibieran el Espíritu Santo.
Diversidad de nombres - imposición de las
manos, - sacramento del crisma, - sacramento de
plenitud.
Primero a aplicar el nombre de confirmación San
Ambrosio.
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SIGNO SACRAMENTAL
- Lo esencial la unción con el crisma en la
frente, que se - hace con la imposición de la mano (CIC 880).
Para la validez, la imposición de la mano no es
necesaria.
Crisma aceite consagrado por el obispo en la
misa crismal del Jueves Santo aceite de oliva
mezclado con una pequeña cantidad de bálsamo.
Forma en el rito latino N. recibe por esta
señal el don del Espíritu Santo.
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MINISTRO
CCE 1312 El ministro originario de la
confirmación es el obispo (caso Felipe).
Rito latino ministro ordinario obispo
ministro extraordinario el
presbítero dotado de facultad por el derecho
común o por concesión peculiar de la autoridad
competente (CIC 882).
Por el derecho - los que se equiparan al obispo
diocesano - bautizo o
recepción en la Iglesia de un adulto
- en peligro de muerte.
Oriente el presbítero que bautiza confiere la
confirmación. Lo hace con el crisma consagrado
por el obispo.
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SUJETO
CCE 1306 Todo bautizado, aún no confirmado,
puede y debe recibir el sacramento de la
confirmación.
Bautizado con uso de razón VALIDEZ intención al
menos habitual. LICITUD instrucción y estado de
gracia.
EDAD Iglesia latina en torno a la edad de la
discreción (CIC 891). Pero la confe- rencia
episcopal puede determinar una edad mayor. Si
peligro de muerte u otra razón justa se puede
anticipar su administración.
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EFECTOS
1. Aumento de la gracia santificante y,
especialmente, de los dones del Espíritu Santo.
Nos introduce más profundamente en la
filiación divina (CCE 1303).
2. Gracia sacramental derecho a las
ayudas necesarias para ejercitar la fortaleza en
lo que se refiere a profesar públicamente la
fe. También para la lucha espiritual. cierta
consagración a servir a Cristo como soldado, a
ser miles Christi.
3. Carácter sello del Espíritu Santo que marca
la pertenencia total a Cristo, la puesta a su
servicio para siempre (CCE 1296).
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NECESIDAD
No necesaria con necesidad de medio. Pero es muy
conveniente para el desarrollo de la vida
cristiana de otro modo no habría sido
instituida por Cristo.
CCE 1285 es preciso explicar a los fieles que
la recepción de este sacramento es
necesaria para la plenitud de la gracia
bautismal.
Los fieles están obligados a recibirlo en el
tiempo oportuno (CIC 890).