Title: GARANTAS
1GARANTÍAS
2Concepto
- Mecanismo jurídico de respaldo destinado a
proteger, resarcir o asegurar el cumplimiento de
las obligaciones asumidas por el contratista como
consecuencia de la suscripción del contrato con
el Estado.
3Finalidad
- Desincentiva y limita el incumplimiento de las
obligaciones del contratista. - Compensar a la Entidad por las consecuencias del
incumplimiento a través de una cobertura
dineraria. - Asumir excepcionalmente el pago de penalidades.
4Requisitos de las Garantías
- Deben ser
- Incondicionales
- Solidarias
- Irrevocables
- De realización automática
5Formas de constitución de Garantías
- Tipos
- Carta Fianza
- Emitida por empresas financieras
- Póliza de Caución
- Emitida por empresas aseguradoras
Nota Ambas sujetas al ámbito de Superindentencia
de Banca y Seguros.
6Régimen de Garantías para PYMES
- Pueden presentar carta fianza o póliza de
caución. - Únicamente en suministro de bienes o servicios de
ejecución periódica y servicios de consultoría
distinta a la de obras. - Como Garantía de Fiel Cumplimiento, la Entidad
retendrá un 10 del monto total del Contrato.
7Clases de GarantíasArt. 40 del TUO y 214 del
Reglamento
- Garantía de fiel cumplimiento
- Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones
accesorias. - Garantía por el monto diferencial de propuesta.
- Garantía por adelantos.
8Garantía de Fiel Cumplimiento (I)Art. 125 del
Reglamento
- Equivalente al 10 del monto del contrato.
- Debe entregarse antes de la suscripción del
contrato. - Ampliación o reducción en caso de adicionales o
reducciones.
9Garantía de Fiel Cumplimiento (II)
- Vigencia Desde la suscripción del contrato y
hasta - La recepción y conformidad (en bienes y
servicios), o - El consentimiento de la liquidación final (obras
y consultoría de obras).
10Garantía adicional por el Monto Diferencial de
la Propuesta (I)Art. 216 del Reglamento
- Finalidad, vigencias y excepciones iguales que la
GFC. - Servicios Cuando la propuesta del adjudicatario
sea inferior en más del 10 del valor
referencial. - Bienes Cuando la propuesta del adjudicatario sea
inferior en más del 20 del valor referencial.
11Garantía por Monto Diferencial de Propuesta (II)
- No resulta viable en ejecución de obras,
consultorías de obras y consultoría en general. - Monto de la garantía 25 de la diferencia entre
el valor referencial y la propuesta económica. - Presentación indispensable antes de la
suscripción del contrato.
12Excepciones para GFC (I)Art. 217 del Reglamento
- Contratos que por su monto correspondan a AMC
(excepto ejecución y consultoría de obras). - Contratos de servicios que por su monto
correspondan a ADS, siempre que - Se trate de pagos periódicos y/o
contraprestaciones ejecutadas, o - El pago sea condición necesaria para la ejecución
de la prestación. - Adquisición de bienes inmuebles.
13Excepciones para GFC (II)
- Contratación ocasional del servicio de transporte
- Arrendamiento de bienes muebles e inmuebles (cabe
garantía a favor del arrendador Art. 220). - Contratos derivados de procesos de selección
según relación de ítems, cuando el monto del ítem
no supere el monto establecido para convocar a
una AMC. - Contrataciones complementarias (Art. 236 del
Reg.) cuyo monto esté comprendido en los
supuestos de los literales a) y b).
14Garantía por adelantos (I) Art. 219 del
Reglamento
- Finalidad
- Garantizar amortización de adelantos o entrega de
materiales, insumos o servicios, cuando los
mismos fueron pactados en el contrato o las
bases. - Monto
- Equivalente al adelanto solicitado.
15Garantía por adelantos (II)
- Oportunidad de Presentación
- Antes de la entrega del adelanto
- Vigencia
- Mínima de 3 meses hasta la amortización del
adelanto o hasta la utilización de los
materiales. - Renovable trimestralmente por el monto pendiente
de amortizar (cabe la reducción progresiva).
16Ejecución de GFC y Adicional por Monto
Diferencial de Propuesta
- No renovación oportuna (antes del vencimiento).
- Resolución de contrato queda consentida.
- Laudo Arbitral que declare procedente resolución
del contrato. - Cuando, luego de 3 días de requerido, el
contratista no haya cancelado el saldo a su
cargo, luego de liquidación o conformidad de
prestación, según corresponda. - Excepcionalmente cobro de penalidades
17Ejecución de Garantías por Adelantos en bienes y
servicios
- No renovación oportuna
- Exista saldo pendiente de amortizar
18Conclusiones
- Sistema de garantías asegura el debido
cumplimiento de las prestaciones. - GFC y GA buscan que la Entidad vea satisfechas
sus expectativas de contar con la prestación de
acuerdo a lo ofertado por el contratista. - La garantía por adelanto cuida que el desembolso
de dinero se emplee para los fines solicitados.
19Conclusiones
- Carta fianza y póliza de caución son los tipos
permitidos de constitución de todas las clases de
garantías. - La retención del 10 es una forma alternativa de
constitución de garantía, a disposición de MYPES
en contratos de ejecución periódica. - Situaciones de excepción a la GFC y GA.